miércoles, 20 de diciembre de 2023

[Valencia Plaza] Juzgado de lo contencioso de Valencia sentencia la anulación de las bases del concurso de méritos Ley 20/2021 del Ayuntamiento de Valencia por las que se puntúaba la cuarta parte la experiencia en otras AAPP

Informa Valencia Plaza este 19/12/2023 que el Juzgado de lo contencioso-administrativo nº5 de Valencia ha sentenciado la anulación de las bases del concurso de méritos de  Ley 20/2021 del Ayuntamiento de Valencia por las que se puntuaba la cuarta parte la experiencia en otras AAPP siguiendo el criterio de la reciente sentencia la reciente sentencia de su Tribunal superior regional de la C. Valenciana para el caso del Ayuntamiento de Santa Pola, entendiendo que no puede haber una desproporción injustificada del mérito de la experiencia previa en una administración para acceder a un proceso de estabilización de empleo temporal derivado de la Ley 20/202. 

NOTA DEL EDITOR: Hay que recordar que:

  • en la sentencia de 24/06/2019, la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo declaró justificado en un plan de estabilización, como el de Baleares de 2009, valorar mucho más la experiencia previa en la Administración convocante que en otra distinta. En ese caso se trataba de 4 veces en un concurso-oposicion, en éste del Ayuntamiento de Valencia, se trata de 4 veces en un concurso de méritos.
  • el  'El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León ha avalado la puntuación 4 veces en la propia AAPP para los concursos-oposición de las bases de los procesos selectivos de la Ley 20/2021 en la Administración y Servicios de la Junta de Castilla y León


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2 comentarios:

Anónimo dijo...

Quién crea inseguridad jurídica...?


Los Jueces que NO se aclaran..
Los que NO llevsn las plazas que deberían a Concurso...

Por tanto de puta madre, todos esos funcionarios de recursos humanos,
que cumplen órdenes de sus jefes... a sabiendas de que no hacen lo correcto...

Cuando les toque "su evaluación de desempeño" tendrán que hacer cursos de Ética y Honestidad.. Hay que joderse 😏

Anónimo dijo...

Si, pero previo pago de los perjuicios que nos han causado, tanto ellos como sus irresponsables jefes, después que se apunten a los cursos que quieran.