Se ha publicado en el CENDOJ la sentencia de 18 de julio de 2024 al recurso nº 873/2022 de 22 funcionarions interinos contra la convocatoria a finales de 2021 del proceso selectivo incluyendo sus plazas ,en la categoría de Cuerpo de Auxiliares,de Administración General, por concurso-oposición de la OPE de "estabilización" de la C. de Madrid de la ley anterior de Presupuetos del Estado de 2017 con estos fundamentos:
- el Tribunal de Justicia dela UE ha establecido que la organización de procesos selectivos de libre concurrencia y resultado incierto no es sanción adecuada frente al abuso de temporalidad, situación en la que se encontrarían los demandantes por llevar todos en sus plazas al menos desde antes 2014
- la entrada en vigor de la Ley 20/2021 , días después dela convocatoria, implica la exclusión de sus puestos de la convocatoria recurrida, ya que se cumplen todos los requisitos para incluirse en el concurso de méritos previsto, como proceso extraordinario de estabilización, por las DA 6ª y , en especial por la DA 8ª de la ley, y entender que por esas Disposiciones Adicionales no deberían incluirse puestos que se encuentran afectados a procesos previamente convocados, "supone consumar una clara discriminación en la aplicación de la Directiva 1999/70/CE a todo empleado víctima de abuso", dado que los que no vieron convocados sus puestos sí los han podido ver computados al concurso de méritos de estabilización
