Informa el Faro de Vigo este 02/10/2024 que la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha confirmado , en el recurso de casación de la Xunta de Galicia, la sentencia de 14/06/2023 de la sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo Tribunal Superior de Justicia de Galicia que estimó la demanda de un aspirante de anulación de la diferencia de puntuación establecida en las bases de la convocatoria de Facultativos especialistas del concurso de méritos excepcional en el SERGAS derivado de la ley 20/2021 de 28 de Diciembre de 2021 ["en lo que aquí concierne" en cuanto a las "16 plazas de Facultativo/a especialista de Farmacia Hospitalaria", según trasladaba de la demanda el Supremo en su auto de admisión a trámite del recurso de casación]
Esa diferencia, establecida en todas las convocatorias, consiste en asignar el doble de puntuación a la experiencia obtenida en la misma categoría dentro del sistema gallego de salud con respecto a la obtenida en la misma categoría en otros centros del Servicio Nacional de Salud. El Supremo habría razonado que ese "distinto trato puede hacer que el proceso selectivo, de facto, se convierta en restringido, en contra de lo prescrito por la Ley 20/2021”