lunes, 19 de febrero de 2024

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo admite recurso de casación de un aspirante contra el concurso de méritos de la Ley 20/2021 de Facultativo especialista de Farmacia Hospitalaria del SERGAS contra la puntuación del doble de la experiencia en la categoría en centros del SERGAS con respecto a otros centros del SNS

Se ha publicado en el CENDOJ el importante Auto de 26/01/2024 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ante el recurso de casación (nº 6920/2023) de un facultativo especialista de Farmacia Hospitalaria, contra la  sentencia de 14/06/2023 de la sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo Tribunal Superior de Justicia de Galicia  que desestimó su demanda de que se anulara la diferencia de puntuación establecida en las bases de la  convocatoria de Facultativo especialista de Farmacia Hospitalaria del concurso de méritos excepcional en el SERGAS derivado de la  ley 20/2021 de 28 de Diciembre de 2021  al que se ha presentado y que asignaba el doble de puntuación a la experiencia obtenida en la misma categoría dentro del sistema gallego de salud con respecto a la obtenida en la misma categoría en otros centros del Servicio Nacional de Salud.

La Sección de Admisión de la Sala de lo Contencioso admite a trámite el recurso de casación fijando como cuestión para la formación de jurisprudencia:

"si se quiebra el principio de igualdad y libre concurrencia cuando se establece una puntuación más elevada por los servicios prestados en la Comunidad Autónoma convocante de un proceso de estabilización derivada de la previsión del artículo 2.4 y disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo"


A este respecto hay que recordar

  • el Tribunal Superior de Justicia de la C. Valenciana ha anulado  bases del concurso de méritos de Ley 20/2021 de varios ayuntamientos por las que se puntúaba la cuarta parte la experiencia en otras AAPP  ( no se ha pronunciado sobre el doble) 
  • esta Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremó rsentenció el 24/06/2019,  justificado en un plan de estabilización, como el de Baleares de 2009, valorar mucho más la experiencia previa en la Administración convocante que en otra distinta, tratándose en aquel caso  de 4 veces si bien un concurso-oposicion, en vez de un concurso de méritos como ahora
  • el  'El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León ha avalado la puntuación 4 veces en la propia AAPP para los concursos-oposición de las bases de los procesos selectivos de la Ley 20/2021 en la Administración y Servicios de la Junta de Castilla y León

Nótese que 2 a 1 es la proporción entre experiencia dentro  del SERMAS y fuera del SERMAS que el SERMAS eligió para las bases de sus concursos de méritos.


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