'Acuciado por las obligaciones marcadas por las directivas de la Unión Europea y por las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE que afectan tanto a la Administración de Justicia como al resto de administraciones y que les obligan a dotar con personal funcionario o laboral fijo todos los puestos de trabajo estructurales de la administración, el Ministerio de Justicia se ha negado a tomar decisiones efectivas como las propuestas por CCOO para reducir estas tasas de temporalidad que deben ser subsanadas a través de las Ofertas de Empleo Público anuales.
En su lugar, ha propuesto a las organizaciones sindicales para su negociación una modificación de la LOPJ para que el personal interino sea cesado de forma fulminante cuando transcurran dos años desde su nombramiento, aunque persistan las razones de urgencia por las fue nombrado, con lo que el servicio público se resentiría de forma muy considerable.
El Ministerio de Justicia incluye, además, una injusta e innecesaria medida que condena al desempleo durante seis meses al personal interino cesado tras dos años de trabajo ya que la propuesta (rechazada también de forma contundente por CCOO que ha exigido su retirada inmediata) dispone literalmente: “No podrá nombrarse personal interino a quien ya hubiera sido nombrado en la misma Administración en una o varias relaciones diferentes, por un periodo total que supere el máximo de dos años, hasta pasados seis meses desde la finalización del último nombramiento”.