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martes, 23 de agosto de 2022

Recordatorio. [Confilegal] El Tribunal Supremo admite a trámite recursos de casación donde decidirá si la normativa nacional de 2017-18, que regula los procesos de estabilización de interinos anteriores, vulnera la normativa europea

 [Recordatorio de entrada publicada el 09/08/2022]

Publicaba Confilegal este 06/08/2022 que  el Tribunal Supremo, por demandas impulsadas por plataformas/sindicatos de empleados públicos temporales contra las OPEs de estabilización anteriores de 2019 del Servicio de Salud y de 2018 de Administración General de Castilla y León y 2019 de  la Adminstración de Asturias, que lleva el abogado Raúl Bocanegra, ha admitido a trámite recursos de casación , para fijar doctrina en la cuestión de si las anteriores leyes de estabilización de 2017/2018 vulneran la normativa europea sobre abuso de temporalidad y deben ser desplazadas por la primacia del derecho de la Unión Europea, citando nuestra entrada sobre esta noticia y trasladando declaraciones al respecto de: 

  • Domingo Sánchez Ruiz, presidente de la Asociación de Profesionales de Informática de la consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid y el informático del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020 sobre la que pivotan las demandas

martes, 9 de agosto de 2022

[Confilegal] El Tribunal Supremo admite a trámite recursos de casación donde decidirá si la normativa nacional de 2017-18, que regula los procesos de estabilización de interinos anteriores, vulnera la normativa europea

Publicaba Confilegal este 06/08/2022 que  el Tribunal Supremo, por demandas impulsadas por plataformas/sindicatos de empleados públicos temporales contra las OPEs de estabilización anteriores de 2019 del Servicio de Salud y de 2018 de Administración General de Castilla y León y 2019 de  la Adminstración de Asturias, que lleva el abogado Raúl Bocanegra, ha admitido a trámite recursos de casación , para fijar doctrina en la cuestión de si las anteriores leyes de estabilización de 2017/2018 vulneran la normativa europea sobre abuso de temporalidad y deben ser desplazadas por la primacia del derecho de la Unión Europea, citando nuestra entrada sobre esta noticia y trasladando declaraciones al respecto de: 

viernes, 5 de agosto de 2022

[Interinok_Taldea] 'El sindicato Interinok_Taldea , gracias a las aportaciones de cientos de compañeras y compañeros , ha denunciado , en la s ala de lo c ontencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco , la normativa que sustenta el diseño de los procesos de consolidación del gobierno vasco , como son : la convocatoria de la oferta de empleo de 2022, las bases generales , y las bases específicas de los cuerpos convocados el pasado mes de mayo'

'En 2019, Interinok_taldea denunció, por un lado, la situación de abuso de temporalidad del personal interino del Gobierno Vasco, que cuenta con un 61,8% de interinidad en sus servicios centrales de Lakua, y, por otro lado, el incumplimiento de la Administración vasca de la Directiva europea 1999/70/CE, sobre trabajo de duración determinada, y el incumplimiento de la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en materia de abuso de la contratación temporal.

El Derecho Europeo deja claro que el abuso de la temporalidad requiere de una sanción, y que esta sanción puede ser; o una indemnización lo suficientemente proporcionada, eficaz y disuasoria, o, la transformación de la relación laboral temporal en una relación laboral de fijeza.

Así, en aplicación del principio de equivalencia del derecho europeo se debe regular en el sector público lo ya regulado en el sector privado y recogido en el Estatuto de los Trabajadores.

En este sentido, Interinok_taldea promovió una campaña de recursos individualizados ante los juzgados de lo contencioso-administrativo, que todavía se encuentran en tramitación.

miércoles, 3 de agosto de 2022

Recordatorio. La Comisión Europea sigue respondiendo a denuncias personales de abuso de temporalidad en el empleo público español que está evaluando si las medidas de reducción de temporalidad tras la nueva Ley 20/2021 y sus aplicaciones sectoriales son conformes a la normativa y sentencias europeas

 [Recordatorio de entrada publicada el 27/07/2022 en este blog

 

El área de Empleo de la Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión de la Comisión Europea sigue respondiendo personalmente , y en días o semanas, mediante carta firmadas siempre por el jefe de la Unidad de "Derecho del" , actualmente Adam Pokorny, a  las denuncias que masivamente sigue recibiendo de empleados públicos sobre abuso personal de temporalidad en empleo público español , y que se pueden enviar en su página web de denuncias o  por correo electrónico a su buzón de denuncias SG-PLAINTES@ec.europa.eu adjuntado el formulario descargado relleno, siguiendo las instrucciones.

Y responde enviando, como lo lleva haciendo desde Julio de 2018, con una carta tipo de respuesta, que tiene ligeras variacines con respecto a la carta de entonces, coincidiendo siempre en esta parte común de las cartas en la que dice:

  • que ha recibido previamente un gran número de denuncias similares
  • que dado el alto número de denuncias las agrupó en el procedimiento de denuncia múltiple CHAP(2013)0917
  • cuya información oficial actualizada sobre los resultados del examen de la Comisión y las medidas de  seguimiento pueden consultarse en esta página web de la CE

 

miércoles, 27 de julio de 2022

La Comisión Europea sigue respondiendo a denuncias personales de abuso de temporalidad en el empleo público español que está evaluando si las medidas de reducción de temporalidad tras la nueva Ley 20/2021 y sus aplicaciones sectoriales son conformes a la normativa y sentencias europeas

El área de Empleo de la Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión de la Comisión Europea sigue respondiendo personalmente , y en días o semanas, mediante carta firmadas siempre por el jefe de la Unidad de "Derecho del" , actualmente Adam Pokorny, a  las denuncias que masivamente sigue recibiendo de empleados públicos sobre abuso personal de temporalidad en empleo público español , y que se pueden enviar en su página web de denuncias o  por correo electrónico a su buzón de denuncias SG-PLAINTES@ec.europa.eu adjuntado el formulario descargado relleno, siguiendo las instrucciones.

Y responde enviando, como lo lleva haciendoa desde Julio de 2018, con una carta tipo de respuesta, que tiene ligeras variacines con respecto a la carta de entonces, coincidiendo siempre en esta parte común de las cartas en la que dice:

  • que ha recibido previamente un gran número de denuncias similares
  • que dado el alto número de denuncias las agrupó en el procedimiento de denuncia múltiple CHAP(2013)0917
  • cuya información oficial actualizada sobre los resultados del examen de la Comisión y las medidas de  seguimiento pueden consultarse en esta página web de la CE

 

Recordemos  una vez más que la Comisión Europea había dado con fecha 5/08/2021, en esa página web como última información oficial del curso de dicho  procedimiento de denuncia múltiple CHAP(2013)0917 , que estaba evaluando si la reforma introducida con dicho Real Decreto-ley  de 14/2021  de reducción de la temporalidad publicado el 7 de Julio era ya conforme a la normativa europea y que evaluaría las modificaciones futuras anunciadas. Previamente en Octubre de 2020, ya había dicho que había visto la sentencia europea de 19/03/2020 , la del asunto "Sánchez Ruiz y otros" (con asunto principal el de un informático nuestro) con su declaración de existencia de abuso en el empelo público y evaluaría que la entonces  futura reforma del Estatuto del empleado Público, ahora ya nueva Ley de reducción de temporalidad pública 20/2021, y  que, además, mantenía abierto el procedimiento de infracción 2014/4334 relativo a la posible incompatibilidad del derecho español con la cláusula 5 del Acuerdo Marco , procedimiento que todavía sigue en el primer paso de "Carta de emplazamiento enviada".
 
Lo mismo respondió después a varias preguntas de eurodiputados (a Jordi Cañas de Ciudadanos, a Miguel Urbán de Anticapitalistas, a Antonio López-Istúriz Whit y  Rosa Estaràs Ferragu del Partido Popular,...)  y a las peticiones en el Parlamento Europeo de "Enfermeras Eventuais en Loita" y de "Empleados Públicos en Abuso".
 
Además, respondió:
  • al europarlamentario Antonio López-Istúriz, que los procesos de estabilización de las leyes estatales de 2017 y 2018 son procesos selectivos que son procesos de resultado incierto y, por tanto,  según la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020, "no eximen de una sanción al abuso de temporalidad en el empleo público"
  • en  la comparecencia de ASEPAT sobre su petición, que  estaban "examinando con detalle" la nueva ley 20/2021 , y que iban a "a seguir muy de cerca los próximos procedimientos legislativos vinculados" [de las CCAA y de algunos sectores] y"entonces evaluaremos la conformidad de los texto resultantes" con la directiva.

 

Ahora en la nueva versión de la carta que está enviando el alto responsable de de trabajo a los denunciantes acumulados a la denuncia múltiple CHAP(2013)0916, dice literalmente:

jueves, 14 de julio de 2022

[Jover/CGT AAPP nacional] 'Interinos: el Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha admitido a tramite una demanda para la suspensión de todas las oposiciones de la comunidad por no adaptarse a la normativa europea'

'Varias decenas de demandantes, todos ellos amparados por la “sección sindical de la Confederación General del Trabajo (CGT) en la Diputación General de Aragón” y la “Asociación PTTAZ” del Ayuntamiento de Zaragoza interpusieron el 15/02/2022 una denuncia al buzón externo de la Directiva 2019/1937 de ASPERTIC-Viadenuncia. A partir de ese momento, como las denuncias iniciales señalaban al Ayuntamiento de Zaragoza, se constató que ni éste ni tampoco ninguna de las entidades públicas de la Comunidad Autónoma de Aragón habían puesto en marcha dicho canal, cuando eso era obligatorio a partir del 17 de diciembre de 2021. Todas las instituciones públicas deben tener su canal interno gestionado independientemente.

ASPERTIC, AUTORIDAD COMPETENTE

Todo así, ASPERTIC, como Autoridad Competente en términos de la Directiva Whistleblowers, notificó a dicho Ayuntamiento por la falta de canal, informando asimismo al Ministerio de Hacienda y al de Igualdad, la no existencia de sendos otros canales independientes que era obligatorio tener ya en funcionamiento. Ante el silencio institucional, y entendiendo la infracción continuada del Derecho de la Unión por parte de las instituciones públicas de dicha comunidad, como medida de protección a los denunciantes y al resto de las posibles víctimas, todas las personas protegidas por el Derecho de la Unión, el canal resolvió, de acuerdo con los denunciantes interponer una demanda al Tribunal Superior de Justicia de Aragón, para que ellos, como Jurisdicción competente europea también, decidieran, o no, en el sentido de la petición de los Whistleblowers.

El fondo de la demanda


La demanda pide la suspensión, hasta la clarificación jurídica de la más de veinte cuestiones prejudiciales actualmente en marcha, de todas las oposiciones convocadas y que se convoquen. Asimismo, las recientes sentencias del TJUE obligan a que se tenga en cuenta la «antigüedad» de un trabajo de similares características en otra comunidad, institución u otros países de la Unión, cosa que ninguna de las oposiciones examinadas tiene previsto. Esto es importante porque los interinos “caídos” o “echados” puedan presentarse con sus méritos y antigüedad, con garantías, a otras oposiciones no previstas de regularización.

viernes, 24 de junio de 2022

Recordatorio. [Unión de Plataformas Autonómicas /CEEPT] Reunión con la Presidencia de la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo y ampliación de la Petición 774/2021 a los incumplimientos de la normativa europea sobre abuso de temporalidad con la aplicación de la Ley 20/2021 en diferentes AAPP españolas

 [Recordatorio de entrada publicada el 17/06/2022] 'El pasado 3 de Junio  representantes de la Coordinadora Estatal de Empleados Públicos Temporales [CEEPT] y de varias plataformas autonómicas de personal temporal , acompañados del abogado Javier Araúz , mantuvimos una reunión con  Elena Martín Alonso, asesora de la presidenta de la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo, Dolors Montserrat, en representación de la Presidencia de la Comisión de Peticiones.

Se trataba de una reunión de seguimiento de la  petición 0774/2021 formulada por Francisco José Pons Bejarano, como miembro de la  Asociación de Empleados Públicos en abuso de temporalidad de Cádiz [ASEPAT],  integrada en CAEPAT y la CEEPPT, tras la  pasada comparecencia de 10/01/2022  en la Comisión de Peticiones . Cuando se presentó la petición en Julio de 2021 , la petición planteaba  que el Real Decreto-Ley 2014/21 de 6 de Julio de reducción de la temporalidad de las AAPP  incumplía la normativa y jurisprudencia de la Unión Europea sobre abuso de temporalidad. Solicitamos que se ampliara la petición para tratar los incumplimientos de la normativa y sentencias europeas que siguen teniendo lugar en muchas AAPP con  la aplicación de la nueva Ley 20/2021, de 28 de Diciembre, de reducción de temporalidad de las AAPP.

Destacamos de la reunión que la asesora de la Comisión de Peticiones, tras recabar más información "in situ", nos trasladó que el equipo de la Presidencia

viernes, 17 de junio de 2022

[Unión de Plataformas Autonómicas /CEEPT] Reunión con la Presidencia de la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo y ampliación de la Petición 774/2021 a los incumplimientos de la normativa europea sobre abuso de temporalidad con la aplicación de la Ley 20/2021 en diferentes AAPP españolas

'El pasado 3 de Junio  representantes de la Coordinadora Estatal de Empleados Públicos Temporales [CEEPT] y de varias plataformas autonómicas de personal temporal , acompañados del abogado Javier Araúz , mantuvimos una reunión con  Elena Martín Alonso, asesora de la presidenta de la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo, Dolors Montserrat, en representación de la Presidencia de la Comisión de Peticiones.

Se trataba de una reunión de seguimiento de la  petición 0774/2021 formulada por Francisco José Pons Bejarano, como miembro de la  Asociación de Empleados Públicos en abuso de temporalidad de Cádiz [ASEPAT],  integrada en CAEPAT y la CEEPPT, tras la  pasada comparecencia de 10/01/2022  en la Comisión de Peticiones . Cuando se presentó la petición en Julio de 2021 , la petición planteaba  que el Real Decreto-Ley 2014/21 de 6 de Julio de reducción de la temporalidad de las AAPP  incumplía la normativa y jurisprudencia de la Unión Europea sobre abuso de temporalidad. Solicitamos que se ampliara la petición para tratar los incumplimientos de la normativa y sentencias europeas que siguen teniendo lugar en muchas AAPP con  la aplicación de la nueva Ley 20/2021, de 28 de Diciembre, de reducción de temporalidad de las AAPP.

Destacamos de la reunión que la asesora de la Comisión de Peticiones, tras recabar más información "in situ", nos trasladó que el equipo de la Presidencia

miércoles, 1 de junio de 2022

[ PI - La Mancha] La Plataforma de Interinos de Castilla-La Mancha inicia una recogida de fondos para impugnar la OPE22 e iniciar acciones penales contra sus responsables

[27/05/2022] 'Ayer se publicó el acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en ejecución de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. La puedes descargar aquí: https://docm.jccm.es/docm/descargarArchivo.do?ruta=2022/05/26/pdf/2022_4817.pdf&tipo=rutaDocm

La Plataforma de Interinos de Castilla-La Mancha se reunió ayer mismo con las compañeras y compañeros del sindicato Solidaridad Obrera con presencia fundamentalmente en el SESCAM en Castilla-La Mancha y tras conversaciones con su equipo jurídico y nuestros propios abogados hemos decidido conjuntamente iniciar una campaña para recoger fondos de forma colaborativa para impugnar la OPE 2022, al igual que se hizo en impugnaciones realizadas a la OPE 2018 y OPE 2019 por colectivos de sanidad y a la convocatoria de educación por parte de los profesores. Está campaña, como la anterior, está dirigida a todos los sectores de la administración pública, ya que lo que se impugna es toda la Oferta de Empleo Público Extraordinaria de la JCCM para el 2022.

lunes, 23 de mayo de 2022

[HUELGA TPTS NAVARRA] 'El personal docente no Universitario de Navarra tendrá escasas oportunidades para su estabilización si no cambia la OPE propuesta por el Departamento de Educación. El Defensor del Pueblo ha remitido al Departamento de Educación del Gobierno de Navarra la queja presentadapor la Asociación de Trabajadores Públicos Temporales de Navarra “Ehun Ginen Justiziaren Alde-Éramos 100 por la Justicia para que entregue toda la documentación de la propuesta de plazas docentes que cumplen los requisitos previstos en la Ley 20/2021 y el Real Decreto 270/2022 para la Oferta Pública de Empleo extraordinaria que debe publicarse con anterioridad al 1 de junio de este año.'

  •  'Desde la Asociación también se anuncia que está en su disposición un estudio jurídico para la interposición de un recurso contencioso contra la OPE extraordinaria a través de la puesta en marcha de una campaña de crowfunding. Igualmente se hace un llamamiento a todo el personal docente interino y a las organizaciones sindicales para que se movilicen en defensa de su estabilización.'

 

'La Asociación de Trabajadores Públicos Temporales de Navarra “ Ehun Ginen Justiziaren Alde-Éramos 100 por la Justicia” fue constituida el pasado verano gracias a la campaña de crowfunding promovida por el Comité de Huelga de la Asamblea de Trabajadores Públicos Temporales de Navarra ( ATPTN) para el ejercicio de acciones legales contra el abuso de la temporalidad.

La Asociación remitió una queja el pasado Lunes 9 de Mayo al Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra en relación con la previa solicitud que la Asociación había presentado al Departamento de Educación al amparo de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y Buen Gobierno y de la Ley Foral 11/2012, de 21 de junio, de la Transparencia y del Gobierno Abierto sobre información urgente en relación con la situación del personal docente interino y contratado administrativamente. El Defensor del Pueblo ha confirmado el pasado día 18 de mayo que ha remitido la queja con una petición de información al Departamento de Educación.

jueves, 12 de mayo de 2022

[HUELGA TPTS NAVARRA] 'El Defensor del Pueblo estudiará la queja de la Asociación de Trabajadores Públicos Temporales de Navarra para la estabilización del personal docente no universitario'

'El Defensor del Pueblo ha admitido la queja en la que se solicita al Departamento de Educación del Gobierno de Navarra que entregue urgentemente la documentación de la propuesta de plazas docentes que cumplen los requisitos previstos en la Ley 20/2021 y el Real Decreto 270/2022 para la Oferta Pública de Empleo que debe publicarse con anterioridad al 1 de junio de este año.

La Asociación ha podido también confirmar que el Ministerio de Educación ya ha remitido a los sindicatos presentes en la Mesa Sectorial un borrador con las instrucciones para la coordinación de las solicitudes y el proceso para la estabilización de plazas por concurso de méritos en todas las Comunidades Autónomas, según la petición que la propia Asociación había hecho en su audiencia ante el Consejo de Estado el pasado mes de Marzo.'

lunes, 9 de mayo de 2022

[Mi15F] Manifiesto de la manifestación temporales en abuso de la administración día 7 de mayo

'Los nuevos esclavos del siglo XXI, los trabajadores precarios de la administración pública, nos manifestamos para pedir estabilidad en el empleo y que no se despida a ningún Trabajador Temporal Público en FRAUDE DE LEY POR ABUSO DE TEMPORALIDAD hasta que se dé una solución acorde a la Legislación Europea y Nacional a este problema. Hoy, 7 de mayo de 2022 Los empleados públicos en abuso de todas las administraciones nos movilizamos de nuevo en Madrid. Hartos de no ser escuchados por nuestros dirigentes políticos, representantes sindicales, ni jueces. Totalmente indignados con todos ellos. Ninguno ha sido capaz de cumplir la Normativa Europea, incumpliendo sus mandatos constitucionales.

Se ha manipulado la información y los medios, haciendo creer que se va a consolidar a las personas cuando en realidad se están estabilizando plazas.

Ellos han generado el problema y no lo están solucionando ni son sancionados por ello.

Basta ya de falsear y manipular la información a la opinión pública; no somos enchufados que han entrado a dedo; no somos privilegiados ni queremos serlo; no hemos accedido a la Administración por “la puerta de atrás”, sino por la principal, y con “actas” que lo atestiguan (da igual el tipo de proceso selectivo: entrevista, bolsa de trabajo, oposición...) Somos los que cubrimos los puestos que nadie quiere, los de los peores horarios y guardias, los peor localizados geográficamente y en los lugares más problemáticos a donde no quiere ir nadie...

sábado, 7 de mayo de 2022

[TVE] Manifestación de empleados públicos temporales en fraude de abuso por la estabilidad y contra los ceses. [Imágenes de la manifestación]

 El  Telediario de la 1 de hoy 7/5/2022 se ha hecho eco de la manifestación de miles de empleados públicos en abuso de temporalidad exigiendo la estabilidad y contra los ceses con  oposiciones con sus puesto, cumpliendo con la normativa y sentencias europeas [Vídeo].


martes, 29 de marzo de 2022

Respuesta del Ministerio de Educación a la petición de la Asociación de Interinos Docentes de Andalucía (AIDA) del número de docentes temporales desde antes de 2016 y de más de 3 años: sólo podría responder por los de Ceuta y Melilla y está haciendo el estudio sólo de las PLAZAS temporales más de 3 años y 5 años a 31/12/2020 para la publicación de la OPE de estabilización según la ley 20/2021. "El criterio para determinar los procesos de estabilización no es el tiempo de servicio continuado de un funcionario interino" [Omite mención a la Disposición Adicional 8ª de la ley que sí usa ese criterio para determinar plazas al concurso excepcional de méritos]

'Con fecha 18 de enero de 2022 tuvo entrada en este Ministerio una solicitud de acceso a la información pública al amparo de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (en adelante LTAIGB) [...]

[...] En dicha solicitud, que quedó registrada con el número 001-064749 y cuyo asunto es “Situación del personal docente interino”, se requiere la siguiente información: 

En nombre y representación de la Asociación de Interinos Docentes de Andalucía (AIDA) solicitamos a través del Portal de la Transparencia de la Administración General del Estado:

A.- Relación del número de interinos e interinas docentes que tienen tiempo de servicio continuado desde el 1 de enero del 2016, desglosado por grupos (Infantil, Primaria, Secundaria, PTFP, Escuelas de Idiomas, Artes, Música, Adultos...), y especialidades que corresponde a cada uno. También el porcentaje de interinidad que representan en cada cuerpo y especialidad.

B.- Relación del número de interinos e interinas docentes que tienen tiempo de servicio continuado de más de tres años a fecha de petición, desglosado por grupos (Infantil, Primaria, Secundaria, PTFP, Escuelas de Idiomas, Artes, Música, Adultos,...) y especialidades que corresponde a cada uno. También el porcentaje de interinidad que representan en cada cuerpo y especialidad. 

C.- Medidas que se van a aplicar con las Administraciones Educativas que no apliquen la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, la modificación del Real Decreto que se encuentra en trámite de aprobación y si continúan incumpliendo la Directiva 1999/70 con los docentes interinos en España.”. '

lunes, 14 de marzo de 2022

[Parlamento Europeo] Acta de la reunión de la comisión de peticiones del Parlamento Europeo de 10/01/2022 por la petición 0774/2021 de ASEPAT sobre abuso de temporalidad en las AAPP públicas españolas: se pidió a la Comisión Europea que solicite opiniones al Consejo de Estado español y la comisión de empleo del Parlamento Europeo [Sigue abierta la adhesión a la petición]

El parlamento europeo publicó hace unas semanas el  acta de la reunión de la comisión de peticiones del Parlamento Europeo  del pasado 10/12/2021 para discutir la la petición 0774/2021 formulada por ASEPAT, por  la que se denunciaba ante este órgano del Parlamento Euroeo que el Real Decreto-ley 2014/21 o “Icetazo”  incumplía la normativa de la Unión Europea

 Ya realizamos un resumen de las intervenciones en esa reunión en otra  entrada, destacando que Empleo de la Comisión Europea  intervino afirmando "estamos examinando con detalle" la nueva ley de temporalidad 20/2021 y "vamos a seguir muy de cerca los próximos procedimientos legislativos vinculados" [de las CCAA y de algunos sectores] y "entonces evaluaremos la conformidad de los texto resultantes" con la directiva.

Tal y como refleja el acta oficialmente,  la decisión aprobada en esa reunión  de la Comisión del Parlamento Europeo fue "mantener abierto el examen de la petición, pedir a la Comisión que haga un seguimiento de la cuestión e informar a la Comisión PETI por escrito sobre la situación actual; pedir a la Comisión que solicite una opinión al Consejo de Estado español y solicitar una opinión a la Comisión EMPL".

 

martes, 15 de febrero de 2022

[Coordinadora Estatal de Personal Público Temporal] Nota de Javier Arauz 'sobre la preceptiva obligación de las Administraciones Públicas de vincular al concurso de méritos todos los puestos a que se refieren las Disposiciones Adicionales 6ª y 8ª, sin excepción alguna' [ contenidas en la nueva Ley estatal 20/2021 de reducción de temporalidad, vigente desde el 30/12/2021 para todas las AAPP y todo el sector público]

' PRIMERO.-

NUEVO MARCO NORMATIVO


El 8 de julio de 2021 entraba en vigor el Decreto-Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, que se ha tramitado como proyecto de ley, dando lugar a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, publicada en el BOE el día 29 de diciembre de 2021 y vigente desde el día siguiente a su publicación.


En esta Ley 20/2021, se prevé lo siguiente:


a) En primer lugar, se prevé la convocatoria preceptiva y por una sola vez, de un concurso de méritos, que, a tenor de las disposiciones adicionales 6ª y , debe incluir:

· Todas aquellas plazas ocupadas con carácter temporal (sea con interinos, eventuales, sustitutos, etc), de forma ininterrumpida, con anterioridad a 1 de enero de 2016

· Todas aquellas plazas de naturaleza estructural que, al tiempo de entrada en vigor de la Ley, estén ocupadas por personal con una relación temporal con la Administración empleadora anterior a 1 de enero de 2016, aunque la plaza no este ocupada con empleados públicos temporales con anterioridad a 1 de enero de 2016.

En consecuencia, la Ley 20/2021 obliga a sacar a concurso de méritos no solo las plazas ocupadas con carácter temporal (ya sea por eventuales, interinos, sustitutos etc), con anterioridad a 1 de enero de 2016, sino también aquellas otras en las que no concurre este requisito previo pero que, al tiempo de la entrada en vigor de la Ley, estén ocupadas por un empleado público temporal que acredite más de 6 años de antigüedad -antes de 1 de enero de 2016- en la misma Administración empleadora, aunque no en la misma plaza.


b) En segundo lugar, la Ley 20/2021, en su art 2, obliga a convocar concursos-oposiciones para cubrir las plazas que estén ocupadas de forma temporal e ininterrumpida, al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020, esto es, antes del 31 de diciembre de 2017 y hasta el 1 de enero de 2016, pues la anteriores se sujetan a la disposición adicional 6ª


En estos casos y para estas plazas, podrán ser no eliminatorios los ejercicios en la fase de oposición, de tal manera que se computarán conjuntamente las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase del concurso, valorándose la fase del concurso en un 40% de la puntuación total.


c) En tercer lugar, el art. 2.1 de la Ley, en su párrafo segundo, establece que de estos concursos-oposiciones en los que pueden no ser eliminatorios los ejercicios de la fase de oposición, quedan excluidas las plazas incluidas en los procesos de estabilización previstos en la Leyes de Presupuestos 2017 y 2018, siempre que, a la entrada en vigor de la Ley, los procesos selectivos de estabilización hubieran sido convocados.


SEGUNDO.-

IMPERATIVA OBLIGACIÓN POR PARTE DE LAS ADMINISTRACIONES EMPLEADORAS DE VINCULAR TODOS LOS PUESTOS QUE REUNEN LOS REQUISITOS DE LAS DA 6ª Y 8ª AL CONCURSO DE MÉRITOS


La cuestión que se plantea estriba en determinar si la exclusión de las plazas incluidas en los procesos de estabilización de 2017 y 2018, establecida en el art 2.1, párrafo segundo, de la Ley 20/2021, rige también para los procesos excepcionales de concursos de méritos establecidos en las disposiciones adicionales 6ª y 8ª de dicha Ley.

lunes, 7 de febrero de 2022

El Parlamento Europeo informa a la Asociación de Emplead@s Public@s en Abuso de Temporalidad de Cádiz que, tras el debate de su Petición 774/2021 denunciando el incumplimiento del Icetazo, ha solicitado un informe a la Comisión Europea sobre si la nueva Ley 20/2021 derivada cumple con la normativa y sentencias europeas sobre abuso de temporalidad

Traslada este 05/02/2022 la Asociación de Emplead@s Public@s en Abuso de Temporalidad (ASEPAT-Cadiz) en su cuenta de Twitter el escrito que han recibido de  la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo tras el debate en la Comisión de Peticiones del pasado 10/01/2022 de la petición 0774/2021 formulada por Francisco José Pons Bejarano, en representación de ASEPAT denunciando  cuando se presentó  en Julio  que el Real Decreto-Ley 2014/21 de 6 de Julio de reducción de la temporalidad pública o “Icetazo”  incumplía la normativa de la Unión Europea.

En dicho escrito, la Comisión de Peticiones, informa que se decidió solicitar por escrito a la Comisión Europea un informe sobre si la  nueva Ley de reducción de temporalidad pública 20/2021,, publicada el 29/12/2022 tras proyecto de ley derivado del Decreto-Ley denunciado, cumple con la Directiva europea 1999/70/CE ya las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea al respecto.

El Parlamento Europeo admite a trámite la petición 832/2021, de la Plataforma Empleados Públicos en Abuso [EPA] con Navas & Cusí, y solicita a la Comisión Europea una investigación sobre si en España hay medidas de sanción adecuadas al abuso de temporalidad

Informa la plataforma de Empleados Públicos en abuso [EPA] en su cuenta de Twitter este 05/02/2022 que el Parlamento Europeo ha admitido [a trámite] su petición (n.º 0832/2021), presentada con el abogado Juan Ignacio Navas Marqués, denunciando la falta de medidas de sanción válidas en la legislación y jurisprudencia nacional ante el abuso de temporalidad en en el sector público español, y que cuenta ya casi con 2 mil adhesiones.

En su escrito de 04/02/2022, la presidenta de la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo informa que ha solicitado a la Comisión Europea una "investigación preliminar sobre  este asunto", recordando que las sentencias europeas han establecido que no hay una obligación general de la medida de la conversión en fijo como sanción al abuso de temporalidad si bien la legislación nacional sí que debe contar con alguna medida para sancionar estos abusos


miércoles, 2 de febrero de 2022

El Tribunal General de la Unión Europea no admite las dos demandas presentadas, por la Plataforma de Trabajadores Temporales del Ayuntamiento de Zaragoza (PTTAZ), y por la Plataforma Empleados Públicos en Abuso , contra la Comisión Europea por su omisión de acción en el abuso de temporalidad en el empleo público

 El Tribunal General de la Unión Europea  había  recibido estas dos demandas contra la Comisión Europea  ante su omisión de acción en hacer cumplir el Derecho comunitario y las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE] en materia de abuso de temporalidad en el empleo público , mediante la incoación de un procedimiento de infracción contra España (interponiendo un recurso contra España por incumplimiento ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea), :

resultando en ambos casos la misma Sala la asignada (la Sala Octava).