martes, 9 de agosto de 2022

[Confilegal] El Tribunal Supremo admite a trámite recursos de casación donde decidirá si la normativa nacional de 2017-18, que regula los procesos de estabilización de interinos anteriores, vulnera la normativa europea

Publicaba Confilegal este 06/08/2022 que  el Tribunal Supremo, por demandas impulsadas por plataformas/sindicatos de empleados públicos temporales contra las OPEs de estabilización anteriores de 2019 del Servicio de Salud y de 2018 de Administración General de Castilla y León y 2019 de  la Adminstración de Asturias, que lleva el abogado Raúl Bocanegra, ha admitido a trámite recursos de casación , para fijar doctrina en la cuestión de si las anteriores leyes de estabilización de 2017/2018 vulneran la normativa europea sobre abuso de temporalidad y deben ser desplazadas por la primacia del derecho de la Unión Europea, citando nuestra entrada sobre esta noticia y trasladando declaraciones al respecto de: 

  • Domingo Sánchez Ruiz, presidente de la Asociación de Profesionales de Informática de la consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid y el informático del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020 sobre la que pivotan las demandas
  • Dolores González, presidenta de Plataforma de Trabajadores Temporales Públicos de Castilla y León,
  • Antonio Navarro, presidente del Sindicato Nacional de Trabajadores Temporales de la Administracion  (SINTTA) con origen en Asturias,

 coincidiendo todos en la trascendencia de las cuestiones planteadas sobre las que el Tribunal Supremo deberá fijar doctrina.

 

 


Entradas relacionadas:

4 comentarios:

Anónimo dijo...

pues claro que vulneran el derecho europeo en cuanto a la temporalidad.porque han echo oposiciones de examenes inadecuados a cada plaza con resultado incierto de aprobados ,por el contrario si al menos hubiesen sido adaptados a las plazas pues estarian todos aprobados y aqui no se estaria solucionando el asunto de las convocatorias 2017/18 .y tra cosa es porque se ha pasado a las de despues de esa fecha a solo concurso,por que es lo minimo que pide europa ,justicia sin discriminacion .

Anónimo dijo...

....para resolver cuando ya hayan perpetrado dichos "procesos"

Anónimo dijo...

Cuando esos procesos se hayan perpetrado se habrán calzado a gran parte del personal en fraude de ley. Este no ha denunciado y por lo tanto carecerá de vinculación alguna con su administración empleadora, muerto el perro, muerto la rabia.
El problema lo tienen con los diez o veinte mil que si mantenemos vínculo a través de la denuncia.
Cuando el TJUE ponga los puntos sobre las íes será principalmente para los que hemos denunciado, y ya veremos si en algo se benefician los que aún no estén cesados.
Ánimo compañeros que ya queda menos para que venga la justicia de Europa.

Anónimo dijo...

Fuera de la Iglesia no hay SALVACIÓN... fuera de un procedimiento judicial no hay FIJEZA (iniciado antes de ley 20/2021)