jueves, 1 de julio de 2021

Hoy jueves 1 de Julio Conferencia Sectorial de la Administración Pública para debatir la propuesta del Ministerio de Función Pública de reforma del EBEP para evitar el abuso de temporalidad a futuro y de medidas ante la enorme temporalidad actual , de larga duración en gran parte, en el empleo público

Tal y como estaba anunciado, hoy tendrá lugar desde las 10:30 la Conferencia Sectorial de la Administración Pública, donde con toda seguridad el Ministerio planteará a las CCAA y la Federación de Municipos Entidades locales [FEMP] sus propuestas actualizadas contra la temporalidad prolongada en el empleo público, en princpio:

  1. su propuesta de reforma del EBEP para evitar el abuso de temporalidad a futuro en el empleo público incorporando la indemnización de 33 días por año al cese del FUTURO interino en situación de abuso de temporalidad. Para la enorme bolsa de abuso de temporalidad actual, mantiene realizar procesos selectivos libres de estabilización

     

  2. su propuesta de indemnizar con 20 días a los interinos de más de 3 años que pierdan su plaza en los procesos de estabilización, como medida para atajar la gran bolsa de temporalidad existente

 

miércoles, 30 de junio de 2021

[Araúz] El Juzgado Central de lo Contencioso nº 2 de Madrid reconoce la fijeza a cuatros funcionarios interinos [de Instituciones Penitenciarias del Estado] como única sanción viable al abuso de temporalidad ante la normativa y jurisprudencia europea

'El Juzgado Central nº2 de Madrid nos da la razón

Me alegra enormemente poderos comunicar que que hemos recibido sentencia estimatoria del Juzgado Central nº 2 de Madrid donde reconoce el derecho a la permanencia de los recurrentes en sus puestos de trabajo con los mismos derechos y régimen de estabilidad e inamovilidad


[La información] Iceta propone ahora indemnizar con 20 días a los interinos de más de 3 años que pierdan su plaza en los procesos de estabilización

 Publica La Información este 30/06/2021 , entre numerosos medios que el Gobierno modifica su propuesta ante las reclamaciones sindicales y propone ahora indemnizar con 20 días por año trabajado y tope de 12 mensualidades al interino en plaza más de 3 años que sea cesado por los concurso-oposición que se harán con sus puestos para reducir la temporalidad y cumplir con la Union Europea.

[Redacción Médica] Fallece Armando Resino Sabater, [el actual Director General de RRHH de la Comunidad de Madrid y] ex Director General de RRHH del SERMAS.

 Informa Redacción Médica este 30/06/2021 que ha fallecido Armando Resino Sabater, el actual Director General de RRHH de la Comunidad de Madrid y que fue desde 2003 a 2015,  Director General de RRHH de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, período por el que era muy conocido en el entorno sanitario madrileño


NOTA DEL EDITOR: esta asociación de informáticos de la Consejería de Sanidad mantuvo numerosos contactos, especialmente a raíz de conflictos laborales por las categorías propias de informática y la estabilidad del colectivo. La Junta Directiva de APISCAM manifiesta sus condolencias

[Rioja2] El Gobierno del Estado decide presentar recurso de inconstitucionalidad contra la disposición del Parlamento de La Rioja que convirtió en fijos al personal interino de larga duración del propio Parlamento

Informa Rioja2 este 29/06/2021 que el Gobierno del Estado ha decidido presentar un recurso de inconstitucionalidad contra la disposición transitoria del Estatuto del personal de su Parlamento que reconocía directamente la condición de empleado público fijo a los empleados del propio Parlamento de La Rioja temporales más de 5 años ante el fraude de ley de abuso de temporalidad

El Gobierno dice que "vulnera" los principios de igualdad, mérito y capacidad previstos y que además el Parlamento de la Rooja no tiene competencia para esto

martes, 29 de junio de 2021

[COPE] El Secr Gral de CCOO valora positivamente la sentencia del Supremo y cree que hay que consolidar "plazas" con un "concurso u oposición"

Informa la cadena COPE este 29/06/2021  que el Secretario General de CCOO,  Unai Sordo, ha valorado la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo que condena con la figura del "indefinido no fijo" el abuso de temporalidad en personal laboral interino en las AAPP: considera "positiva" esta sentencia "en tanto en cuanto supone un paso hacia la mejora de la estabilidad", pero ha instado al Gobierno "a negociar un sistema de consolidación de plazas" y cree que "hay que buscar una fórmula, como un concurso u oposición, en la que se garanticen los principios de acceso a la función pública con una valoración suficiente de los méritos adquiridos por la propia antigüedad".

NOTA DEL EDITOR: Segunda versión de la entrada tras corregir el titular en la primera versión,  donde pusimos concurso-oposición

 

[CEPPT] Concentraciones este 30 de Junio #FijezaYaEsConstitucional contra la propuesta del Gobierno de reducir la temporalidad abusiva con más OPEs

Informa la Coordinadora Estatal de Personal Público Temporal que se ha llamado a realizar concentraciones simultáneas en toda España ante la sede del Gobierno del Estado y sus Delegaciones para protestar ante su propuesta para "reducir" la temporalidad con más procesos selectivos y exigir reconocer el abuso de temporalidad existente y la fijeza como la sanción adecuada.

En Madrid apoya la Coordinadora Madrileña de Empleados Públicos en Fraude de Ley y se ha convocado a las 12:00 frente a La Moncloa:



[FSC CCOO] 'FSC CCOO valora el anuncio del Tribunal Supremo sobre abuso de temporalidad en personal laboral interino Es necesario aclarar que al ser la Sala de lo Social la que se ha pronunciado al respecto, la aplicación es únicamente para personal laboral' ["También da fuerza a la reivindicación de CCOO en cuanto a que deben salir todas las plazas en el proceso de estabilización que estamos negociando"]

 'A falta de ver la sentencia, el Tribunal Supremo (TS) vuelve a la interpretación de hace años respecto a la temporalidad y reconoce la figura de indefinido no fijo para el personal laboral interino que siga en su plaza después de un plazo de 3 años. Hasta ahora, el TS siempre ha añadido que seguirá siendo indefinido no fijo hasta que su plaza fuera cubierta por la convocatoria de una oferta de empleo público (OEP). Igualmente la persona trabajadora tendría derechos indemnizatorios, en principio a razón de 20 días por año trabajado, si se mantiene lo que venían marcando las sentencias. CCOO siempre ha defendido que esa interpretación general nunca debió abandonarse.

Para CCOO, la prioridad fundamental siempre es la estabilidad en el empleo y el incremento de las plantillas. No obstante, la comunicación del Tribunal Supremo va en la línea de la reivindicación de CCOO en las negociaciones con Función Pública en relación con las indemnizaciones, también para funcionariado interino, y que sean tanto para nombramientos futuros como para los anteriores. Esta es la medida que el sindicato ha venido defendiendo como compensatoria, disuasoria y sancionadora.

También da fuerza a la reivindicación de CCOO en cuanto a que deben salir todas las plazas en el proceso de estabilización que estamos negociando y que hay que eliminar la tasa de reposición para conseguir que las ofertas sean suficientes y de verdad se reduzca la temporalidad por debajo del 8%.'

Fuente: FSC de CCOO 28/06/2021

[Fesp UGT Nacional] 'EL TRIBUNAL SUPREMO ACLARA SU JURISPRIDENCIA CON RESPECTO AL PERSONAL LABORAL TEMPORAL CON CONTRATO DE INTERINIDAD'

'A  expensas de conocer el texto concreto de la resolución, la Sala 4ª del Tribunal Supremo (de lo social) rectifica puntualmente su jurisprudencia en relación con el personal laboral temporal (no funcionario o estatutario interino) en dos cuestiones muy importantes: duración máxima del contrato de interinidad (lo fija en 3 años) y computo temporal de aquellos años en los cuales no hubo OPE debido a las limitaciones derivadas de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, para considerar que existe abuso.

 Hasta la fecha, el Tribunal Supremo (TS), tras reiterada jurisprudencia, venía reiterando lo siguiente: 

- El periodo comprendido entre 2009 y 2017, no se puede computar a efectos de declarar abuso en la contratación, pues las Leyes de Presupuestos Generales del Estado, impidieron la convocatoria de OPES (tasa de reposición del 0% o muy reducida). 

- El plazo previsto en el artículo 70 del EBEP de 3 años máximo para organizar, desarrollar y realizar los procesos selectivos no es taxativo, siendo susceptible de variarse según las circunstancias. Lo que daba pie a las AA.PP. a disponer de una cuestión que no lo es. 

- Se precisa la existencia de varios contratos laborales a lo largo del tiempo para que exista abuso en la contratación. Es decir, no basta un solitario y largo interinaje para que exista abuso.


 Pues bien, a raíz de varias cuestiones prejudiciales planteadas al Tribunal de Justicia la Unión Europea (TJUE) que fueron vistas en la Sentencia del TJUE elpasado 3 de junio de 2021, este recriminó al TS la jurisprudencia arriba reproducida' 

[...]

Fuente y texto completo : Comunicado de la Federación de Servicios Públicos de UGT nacional de 28/06/2021


Enlaces en el texto nuestros

Publicadas las convocatorias de promoción interna de las OPE 2018 del SERMAS, entre ellas de categorías de la Función Administrativa

En el BOCM de 28/06/2021 se han publicado  convocatorias de promoción interna procesos selectivos de las (antiguas 2ª y 3ª fases) de la OPE 2018 del SERMAS c:

[TVE 1] Valoración de Trabajadores públicos temporales y del abogado Javier de Araúz de la sentencia del Supremo que establece que los trabajadores interinos de más de 3 años pasen a ser indefindos no fijos para cumplir con la normativa europea

Informa La 1 de Televisión Española en su Telediario de las 21h de este 28/06/2021 [audio íntegro] de la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo por la que cambia su  doctrina para pasar a establecer que los trabajadores laborales interinos públicos pasen automáticamente a ser indefinido no fijo cuando transcurran tres años, entrevistando a varias afectados de plataformas de interinos que les parece insuficiente al seguir siendo una figura temporal y al conocido abogado Javier de ARaúz, que afirma que para cumplir con la normativa europea la figura en la que se transforme debe ser realmente estable


lunes, 28 de junio de 2021

[Arauz] NOTA SOBRE LA NUEVA DOCTRINA DE LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE LOS CONTRATOS DE INTERINIDAD POR VACANTE EN EL SECTOR PÚBLICO

 'La Sala Cuarta del Tribunal Supremo acaba de emitir una nota relativa a la incidencia de la STJUE de 3 de junio de 2021, asunto C-726/19, en la que anuncia una rectificación de su doctrina respecto a la duración del contrato de interinidad por vacante del Sector Público.'

[...]

'La figura del indefinido no fijo, tal y como está concebida en nuestro país, en cuanto cesa -al igual que el trabajado interino que no ha sido víctima de un abuso- cuando se provee su plaza a través de un proceso selectivo con personal fijo, no puede ser concebida como una medida sancionadora que garanticen el cumplimiento de los objetivos de la Directiva 1999/70, ya que: 1) perpetua a le victima del abuso, en el abuso y en la precariedad en el empleo; 2) su aplicación no tendría ningún efecto negativo para el empleador; y 3) avoca al cese del indefinido fijo a través de procesos selectivos que se constituyen en la sanción aunque no se ajustan a la Directiva, toda vez estos procesos también están abiertos a los candidatos que no hayan sido víctimas de ese abuso y no confieren a los empleados públicos víctimas de tal abuso ninguna garantía de adquirir la condición de personal estatutario fijo'

Fuente y texto completo: nota de Javier Araúz de 28/06/2021

[Poder Judicial] '[La Sala de lo Social de] El Tribunal Supremo establece doctrina sobre la duración de un contrato de interinidad por vacante en el sector público tras la sentencia del TJUE La duración máxima será la del tiempo que duren los procesos de selección para cubrir la vacante conforme a lo dispuesto en su normativa legal o convencional específica' ["Una duración superior a tres años debe considerarse injustificadamente larga, lo que comportará que el trabajador interino pase a ostentar la condición de indefinido no fijo". Sentencia confirmando la indemnización al cese de laboral interina de vacante de casi 8 años que demandaba ser considerada indefinida no fija al cese a efectos indemnizatorios por superar el plazo de 3 años]

'La Sala Cuarta del Tribunal Supremo reunida en pleno para examinar la incidencia de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 3 de junio de 2021 en diversos recursos, ha decidido, por unanimidad, rectificar la aplicación que venía haciendo de su propia doctrina en relación a la duración del contrato de interinidad por vacante en el sector público. 


En aplicación de las previsiones legales y reglamentarias sobre el referido contrato, su duración máxima será la del tiempo que duren los procesos de selección para cubrir la vacante conforme a lo dispuesto en su normativa legal o convencional específica. 


A falta de previsión normativa la Sala entiende, con carácter general, que una duración superior a tres años debe considerarse injustificadamente larga, lo que comportará que el trabajador interino pase a ostentar la condición de indefinido no fijo


[MI15F] Conferencia de Javier de Araúz el 30 de Junio en Madrid para explicar la situación actual y sentencia y auto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre abuso de temporalidad en empleo público español

'CONFERENCIA DE ARAUZ 30 DE JUNIO EN MADRID PARA EXPLICAR SITUACIÓN ACTUAL Y SENTENCIA Y AUTO TJUE.

domingo, 27 de junio de 2021

Entradas más vistas de la semana 21/06/2021-27/06/2021 en este blog: en pregunta en el Congreso de Coalición Canaria sobre solución a abuso de temporalidad Ministro Iceta responde que procesos de estabilización de concurso-oposición, rechazada PNL de PP de que sea siempre concursos-oposición abiertos, ......

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