Informa en su Twitter este 21/01/2019 la Plataforma de Personal Temporal de las Administraciones Públicas de la Comunidad de Madrid que la Mesa de la Asamblea de la Comunidad de Madrid en reunión hoy
21/01/2019, y por mayoría de sus grupos políticos, ha vuelto a decidir NO ESTIMAR la no conformidad -necesariamente de tipo presupuestario según el reglamento de la Asmablea- que había planteado el Gobierno de la Comunidad de Madrid para que no se debatiera en el pleno de la Asamblea de Madrid la Proposición de Ley 24/2018, planteada por el Grupo Parlamentario Podemos, para un proceso selectivo para alcanzar la condición de personal estatutario fijo mediante un "concurso de méritos" extraordinario en el Servicio Madrileño de Salud con los puestos en abuso de duración de temporalidad (los de más de 3 años), según Podemos, siguiendo una línea más acorde con la compensación
que exige la normativa superior europea para el personal temporal de duración abusiva - línea plasmada en una importante resolución reciente del Parlamento Europeo
que pide la conversión a fijo del personal público abusado - y en lugar de la decisión tomada por el anterior Gobierno nacional , en pacto con los sindicatos representativos, que establece que justo
esos puestos se
convoquen a Ofertas Públicas de Empleo, que necesariamente tienen fase
de oposición eliminatoria para el caso del personal estatutario de los
Servicios de Salud a falta precisamente de una ley que
autorice el sistema selectivo excepcional de sólo concurso de méritos, tal y como
permite y lo exige
el artículo 61.6 del Estatuto Básico del Empleado Público.
El Gobierno de la Comunidad de Madrid en su acuerdo de presentar esta solicitud de reconsideración, se apoya en un nuevo informe de su Dirección General de Presupuestos de la Consejería de Economía y Hacienda que reitera que una Ley de Concurso de Méritos -por suponer hacer fijo a mucho personal temporal con antigüedad- acarrearía un incremento de coste por la carrera profesional (que la Comunidad de Madrid y por ende el SERMAS sólo paga al personal fijo), que estima en casi 100 millones de euros anuales, cantidad que no ha sido contemplada en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2019.
Decimos ha vuelto a decidir, porque la Mesa de la Asamblea de la Comunidad de
Madrid en reunión del 10/12/2018 ya había tratado, y desestimado entonces, la misma no conformidad a la tramitación parlamentaria de la ley planteada por el Gobierno de la Comunidad, que por reglamento tiene esta prerrogativa de "bloqueo" pero sólo basándose en razones sobre los
presupuestos del ejercicio. La no conformidad presupuestaria del Gobierno en concreto versaba así: "reconocer a todo el personal afectado por la
Proposición de Ley el complemento de carrera profesional conllevaría un coste anual de 99.700.000 euros" -al presuponer que por esta fórmula de concurso de méritos ser haría fijo mucho personal interino y con mucha antigüedad
precisamente-, "lo que implicaría un importante incremento del Capítulo 1
de la Comunidad de Madrid en el ejercicio de su aprobación". Recordemos que el Gobierno de la Comunidad de Madrid había acordado ya entonces también manifestar su criterio desfavorable para la "toma en
consideración de esta ley" por otros argumentos adicionales , pero esto algo que se discutiría en debate público en el Pleno de la
Asamblea y en caso de seguir el trámite allí.
Así el Gobierno , con este mecanismo ya había forzado la que sería segunda reunión de la Mesa de la Asamblea para decidir si seguir tramitando esta Ley, dado que en su reunión previa de 05/11/2018 la Mesa ya había acordado , con la mayoría formada por la opinión favorable de los grupos
parlamentarios de Podemos, PSOE y Ciudadanos, la admisión a trámite parlamentario
esta proposición de ley.
Ante el argumento de no conformidad presupuestaria en su primera alegación del Gobierno, la Mesa de la Asamblea ya consideró que "no se ha acreditado ni pueda apreciarse que la iniciativa supondría un incremento de los créditos presupuestarios del ejercicio económico en curso". Pero según lo dispuesto en el punto 1ª de la Resolución 9/2016, de la Presidencia de la Asamblea, de 3 de marzo, el Gobierno de la Comunidad tenía todavía la prerrogativa adicional de presentar una "solicitud de reconsideración a la Mesa Asamblea de su decisión de no aceptar la no conformidad presupuestaria", solicitud que, como era de esperar en su intento de bloquear o retrasar el máximo esta ley, el Gobierno de la Comunidad hizo, forzando por tanto a una tercera reunión de la Mesa de la Asamblea -segunda para la no conformidad presupuestaria planteada por el Gobierno-, que es la que ha tenido lugar hoy.
Ante el argumento de no conformidad presupuestaria en su primera alegación del Gobierno, la Mesa de la Asamblea ya consideró que "no se ha acreditado ni pueda apreciarse que la iniciativa supondría un incremento de los créditos presupuestarios del ejercicio económico en curso". Pero según lo dispuesto en el punto 1ª de la Resolución 9/2016, de la Presidencia de la Asamblea, de 3 de marzo, el Gobierno de la Comunidad tenía todavía la prerrogativa adicional de presentar una "solicitud de reconsideración a la Mesa Asamblea de su decisión de no aceptar la no conformidad presupuestaria", solicitud que, como era de esperar en su intento de bloquear o retrasar el máximo esta ley, el Gobierno de la Comunidad hizo, forzando por tanto a una tercera reunión de la Mesa de la Asamblea -segunda para la no conformidad presupuestaria planteada por el Gobierno-, que es la que ha tenido lugar hoy.
El Gobierno de la Comunidad de Madrid en su acuerdo de presentar esta solicitud de reconsideración, se apoya en un nuevo informe de su Dirección General de Presupuestos de la Consejería de Economía y Hacienda que reitera que una Ley de Concurso de Méritos -por suponer hacer fijo a mucho personal temporal con antigüedad- acarrearía un incremento de coste por la carrera profesional (que la Comunidad de Madrid y por ende el SERMAS sólo paga al personal fijo), que estima en casi 100 millones de euros anuales, cantidad que no ha sido contemplada en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2019.
Precisamente la Ley
de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2019, publicada
y vigente contiene en su Tít
II, Art 27.3 y 4 una regulación
de una recuperación parcial progresiva de la carrera profesional del personal
estatutario fijo del Servicio Madrileño de Salud, que tras varios años había visto por presupuestos
congelados el reconocimiento de nuevos niveles (por antigüedad o por ser nuevo fijos), y así los Presupuestos para 2019 contemplan una recuperación sin retroactividad económica y parcial estableciendo que "en todo caso, tanto los
reconocimientos de niveles de carrera profesional como los pagos
estarán condicionados y limitados por las disponibilidades
presupuestarias, sin que, en ningún caso, tengan validez ni
eficacia las resoluciones adoptadas sin la existencia de crédito
adecuado y suficiente." habiéndose reservado
exclusivamente una partida presupuestaria de
50 millones de euros para gastar como tope entre los nuevos niveles de
carrera profesional que se puedan adjudicar en 2019, que quedarían abonados
por tanto sólo parcialmente. Es decir, que
aún en el improbable caso
de que los nombramientos de nuevo personal fijo por una ley de concurso de méritos convocado
hubiera
tiempo de que tuvieran lugar en este ejercicio presupuestario -algo que precisamente un Gobierno puede modular-, no supondría coste
adicional alguno sino simplemente un aumento del número de
empleados entre los que se repartiría la cantidad presupuestada ya limitada para
todos los nuevos reconocimientos.
Finalmente
la Mesa Asamblea, y en buena lógica, no ha aceptado esta reconsideración solicitada por el Gobierno de su decisión
previa sobre el rechazo al argumento de no conformidad presupuestaria
con el presente ejercicio, reafirmando su decisión previa, con lo que el
trámite de la Proposición de Ley continuará ya, por fin, con el primer debate en Pleno de la Asamblea, el "de la Toma en Consideración"
- donde ya se considerarían las argumentaciones como la falta de
competencia o de situación de excepcionalidad esgrimidas por el
Gobierno o que puedan esgrimir los diferentes grupos parlamentarios
además de
las consideraciones políticas- que vendría seguido en caso de superar
dicha "toma en consideración", del
proceso de enmiendas y debate parlamentario del contenido y votación
para, en su
caso, aprobación final con rango de Ley.
Entradas relacionadas:
Ver más detalles sobre el contenido propuesta de esta ley en nuestra entrada previa.
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