El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid del pasado 18/12/2018 acordó plantear discrepancia contra el Acuerdo de la Mesa de la Asamblea de Madrid que había rechazando el el argumento de no conformidad
presupuestaria - ¡por la cantidad de carrera profesional
que habría que pagar a tanto nuevo personal fijo con tanta antigüedad!- que había
presentado previamente el Gobierno de la Comunidad de Madrid para que no se debatiera
la Proposición de Ley [nº 24/2018], de un concurso de méritos para adquirir la condición
de estatutario fijo en el Servicio Madrileño de Salud con los puestos
temporales de más de 3 años (en "fraude de ley" por abuso de temporalidad).
La Proposición de Ley había sido presentada por el Grupo Parlamentario Podemos siguiendo una línea más acorde con la compensación
exigida por la normativa europea para el personal temporal de duración abusiva -línea plasmada en una importante resolución reciente del Parlamento Europeo-
que la de la decisión tomada por el anterior Gobierno
nacional , en pacto con los sindicatos representativos, de que justo
esos puestos en "fraude de ley" por exceso de temporalidad se
convoquen a Ofertas Públicas de Empleo que a falta de ley explícita que
autorizara el sistema del concurso de méritos, como permite y establece
el artículo 61.6 del Estatuto Básico del Empleado Público, sería
necesariamente "convencionales" , es decir, con fase de oposición
eliminatoria.
La Mesa de la Asamblea, en su reunión de 05/11/2018 ya había acordado , con la mayoría formada por la opinión favorable de los grupos parlamentarios de Podemos, PSOE y Ciudadanos, admitir a trámite parlanentario esta proposición de ley, pero al invocar el Gobierno de la Comunidad de Madrid un argumento de conformidad no presupuestaria, forzaba a que la Mesa tuviera que reunirse de nuevo para replantearse su decisión, si estimaba el argumento presupuestario del gobierno, algo que finalmente no sucedió. Según el Acuerdo publicado, la Mesa consideró que "no se ha acreditado ni pueda apreciarse que la iniciativa supondría un incremento de los créditos presupuestarios del ejercicio económico en curso". Según lo dispuesto en el punto 1ª de la Resolución 9/2016, de la Presidencia de la Asamblea, de 3 de marzo, el Gobierno tenía la posibilidad, de presentar todavía una solicitud de reconsideración a la Mesa Asamblea de su decisión de no aceptar la conformidad presupuestaria.
La Mesa de la Asamblea, en su reunión de 05/11/2018 ya había acordado , con la mayoría formada por la opinión favorable de los grupos parlamentarios de Podemos, PSOE y Ciudadanos, admitir a trámite parlanentario esta proposición de ley, pero al invocar el Gobierno de la Comunidad de Madrid un argumento de conformidad no presupuestaria, forzaba a que la Mesa tuviera que reunirse de nuevo para replantearse su decisión, si estimaba el argumento presupuestario del gobierno, algo que finalmente no sucedió. Según el Acuerdo publicado, la Mesa consideró que "no se ha acreditado ni pueda apreciarse que la iniciativa supondría un incremento de los créditos presupuestarios del ejercicio económico en curso". Según lo dispuesto en el punto 1ª de la Resolución 9/2016, de la Presidencia de la Asamblea, de 3 de marzo, el Gobierno tenía la posibilidad, de presentar todavía una solicitud de reconsideración a la Mesa Asamblea de su decisión de no aceptar la conformidad presupuestaria.
Así
procedió el Gobierno, forzando por tanto una nueva reunión de la Mesa,
que tendrá lugar este próximo lunes 21 de Enero. El Gobierno en su
escrito, apoyándose en un informe de su Dirección General de Presupuestos de la Consejería de Economía y Hacienda, reitera que una Ley de Concurso de Méritos supondría hacer fijo a mucho
personal temporal con antigüedad que acarrearía un coste en carrera
profesional (que la Comunidad de Madrid y por ende el SERMAS sólo paga al personal fijo), que estima en casi
100 millones de euros anuales, ca ntidad que no ha sido contemplada en el la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2019.
Nótese que precisamente la Ley
de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2019, ya publicada
y vigente contiene en su Tít
II, Art 27.3 y 4, como novedad y tras varios años que los presupuestos
recogían para el personal estatutario "con
carácter excepcional" que no estaba en vigor los reconocimientos de
nuevos niveles de carrerra profesional, el Aceurdo de Gobierno de 31/07/2018 por el que se aprueba el acuerdo adoptado en la Mesa Sectorial de Sanidad el día 29 de noviembre de 2017 que incluir ( el Anexo
III) en la carrera profesional a los estatutarios fijos del área sanitaria de
formación profesional y a los de de gestión y servicios del personal estatutario
del Servicio Madrileño de Salud y, que además, contemplar la regulación
de la recuperación progresiva de la carrera profesional del personal
estatutario fijo del Servicio Madrileño de Salud, pero sin retroactividad económica y con la apostilla: "En todo caso, tanto los
reconocimientos de niveles de carrera profesional como los pagos
estarán condicionados y limitados por las disponibilidades
presupuestarias, sin que, en ningún caso, tengan validez ni
eficacia las resoluciones adoptadas sin la existencia de crédito
adecuado y suficiente.". En las partidas presupuestarias se ha reservado
50 millones de euros para la recuperación de la
carrera profesional para 2019. Es decir, que aún en el improbable caso
de que los nombramientos por un concurso de méritos convocado hubiera
tiempo de que tuvieran lugar en este ejercicio, no supondría coste
adicional alguno , al suponer simplemente que aumentaría el número de
empeleados entre los que se repartiría la cantidad presupuestada para
nuevos reconocimientos
Destacar que en el texto no hay mención explícita alguna a la posibilidad de pago de carrera profesional al personal estatutario temporal.
Destacar que en el texto no hay mención explícita alguna a la posibilidad de pago de carrera profesional al personal estatutario temporal.
Si la Mesa repite su decisión , ya, comenzaría el trámite parlamentario, por fin, con el primer debate en Pleno de la Asamblea, el "de la Toma en Consideración"
- donde ya se considerarían las argumentaciones como la falta de
competencia o de situación de excepcionalidad esgrimidas además de
consideraciones políticas- que vendría seguido en el caso de superarla, del
proceso de enmiendas y debate parlamentario de votación para, en su
caso, aprobación.
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