Informa Law&Trends este 29/05/2026 de la reunión que mantuvieron varias plataformas de empleados públicos temporales con la representación de la Comisión Europea en España para reclamar a la Comisión Europea contundencia ante el Gobierno Español para que regule medidas válidas para el abuso de temporalidad en empleados públicos que cumplan con las sentencias del TJUE en la materia y eviten las multas por el procedimiento de infracción- ya muy avanzado- y la retirada definitiva de los 626 millones de € de fondos del Plan de Recuperación suspendidos por la Comisión Europea , ambas cosas por el incumplimiento con la Ley 20/2021 en disponer de una normativa con sanción válida al abuso.
El medio traslada declaraciones de varios miembros, que reclaman al Gobierno y legislativo español la solución única posible sin un coste inasumible: la fijeza por una norma extraordinaria de todo el personal temporal en abuso.
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91 comentarios:
Gracias Apiscam
https://sepma.es/2026/05/22/temporalidad-empleo-publico-personal-interino-fijeza-fraude-ley/
Aún así no cumplen con la sentencia de la Gran Sala del TJUE en el caso Obadal.
Qué pasa con esos interinos/temporales que aprobaron con IMC incluso habiendo aprobado más de una oposición y vuelta a estudiar, y llevan más de 20 años así. Ceses improcedentes, daños morales, daños materiales, mucho tiempo de incertidumbre, falta de conciliación familiar, no haber tenido derecho a concurso de traslados,sufrimiento, sentimiento de nunca haber pertenecido a la organización y que no han tenido ningún derecho, habiéndo tenido una directiva que los respaldaba, y dónde esta la sanción para la administración conocedora y un largo etcetera.
Habría que mirar caso por caso y la fijeza según TJUE no es suficiente por tanto tiempo.
Ni suficiente ni aconsejable para los casos de abusos más graves. Además, sabiendo la indefensión que nos espera en la jurisdicción contenciosa, hay que pensárselo mucho para volver a trabajar en el inseguro y poco transparente servicio público español.
Las prisas de Arauz no fueron buenas Consejeras en Junio del 2024.
En nombre de la Comisión Europea, por las Sras. I. Galindo Martín y D. Recchia y por el Sr. N. Ruiz García, en calidad de agentes.
Que no hubiera Vista fue un problema bien gordo. En fin ..
Al no participar Napoleon.. la liaron ..
Además. En la pregunta iba incluida la respuesta.
https://apiscam.blogspot.com/2022/05/arauz-el-juzgado-de-lo-contencioso.html
"La lió pero bien liada en mayo del 22"
"SEGUNDA.- Cuando un órgano jurisdiccional nacional, en cumplimiento de su obligación de sancionar, en todo caso, el abuso constatado (la sanción es “indispensable e “inmediata”), llega a la conclusión de que el principio de interpretación conforme no permite garantizar el efecto útil de la Directiva sin incurrir en una interpretación “contra lege” del Derecho interno, precisamente porque el ordenamiento interno del Estado miembro no ha incorporado ninguna medida sancionadora para aplicar la cláusula 5 del Acuerdo marco en el sector publico"
Dice contra lege ... collons... ---> Error de "pardillo" redactando la preguntita 2"
Respuesta del 13 de Junio del 24.
115 Habida cuenta de las anteriores consideraciones, procede responder a las cuestiones prejudiciales segunda, cuarta y quinta en el asunto C-331/22 y a las cuestiones prejudiciales segunda a cuarta en el asunto C-332/22 que la cláusula 5 del Acuerdo Marco, a la luz del artículo 47 de la Carta, debe interpretarse en el sentido de que, a falta de medidas adecuadas en el Derecho nacional para prevenir y, en su caso, sancionar, conforme a la cláusula 5, los abusos derivados de la utilización de sucesivos contratos o relaciones de empleo de duración determinada, la conversión de esos sucesivos contratos o relaciones de empleo de duración determinada en contratos o relaciones de empleo por tiempo indefinido puede constituir tal medida, siempre que esa conversión no implique una interpretación "contra legem" del Derecho nacional.
Maldita sea, nunca se debieron unir las 2 cuestiones prejudiciales.
En la de Salellas no se mencionaba "el contra lege o legem" por ningún lado.
Tanto afán de protagonismo de Arauz, nos hundió a los del Contencioso. Mira que tuvo meses , para renunciar a la prejudicial, y no unirla a la de Salellas, pero nada oye... erre q erre... joer..., y encima con "prisas" para que no hubiera vista.. Bufffff.....
Esa es la historia, que nadie os cuenta... de Arauz... Que la sepais todos y todas... !!!
Arauz tendrá la historia que quieras, pero lo cierto es que los temporales hemos trabajado sin protección en la administración desde 2001, en fraude y abuso laboral de la temporalidad más sus derivados, y como no se previene ni sanciona porque no se legisló, los responsables sin principios ni valores aprovecharon la baza sabiendo que eran impunes. Los contenciosos no iban a mover un dedo por los temporales públicos abusados nunca.
Nada oye.. el clavo ardiendo al q se agarraron las administraciones, para no hundirse en la miseria se lo dió Arauz !!!
Creo...que no interpretamos bien el derecho...o no somos imparciales a la hora de interpretarlo...por que son 25 años... sin transposicion de directiva...por que durante 25 años el poder judicial ha usado todos los resquicios que le ha permitido la directiva dada su ambiguedad a la hora de concretar medidas sancionadoras, y a la hora tambien de imponer una sancion (directiva no tiene el poder coercitivo de reglamento) Por eso han pasado tantos y tantos compañeros en prejudiciales y TJUE dentro de sus posibles herramientas ha ido concretando la aplicacion del derecho europeo sin menoscabar el derecho nacional. Que va a pasar...Pues que españa va a proponer un nuevo paquete de medidas sancionadoras, La comision vera si cumple con la directiva o no y sino lo mandara al TJUE...y el problema esta ahi...en enviar la medida sancionadora al TJUE...¿Por Que? Por que el propio pais va a reclamar al TJUE su soberania nacional y va hacer intentar prevalecer sus medidas aplicadas...No quiere decir que españa no tenga medidas...España ha aplicado medidas...pero es el TJUE el que dice si cumplen o no...Aqui no hay inacción, simplemente que las medidas no cumplen con los parametros exigidos...que es muy diferente...moraleja. 2 años mas hasta el tjue y veremos... por que los abogados de españa no se van a quedar esperando...Veremos entonces quien queda y si se ha aplicado la nueva ley de funcion publica medidas adicionales reduccion de la temporalidad...Ah...se me olvidaba....confundis...medidas efectivas para el abuso de la temporalidad.... con el resarcimiento a las victimas...En ninguna prejudicial se ha planteado nunca eso...sino de medidas de prevencion del abuso.
Esto debe acabar ya, fijeza para todo aquel que lleve más de 3 años en lo público, y fijeza más indemnización para aquellos que doble los años permitidos, acordé a los años de abuso. Deben legislar para dar la solución más digna y responsable posible. ¿Alguien con esperanza aún le que el gobierno puede aprobar un decreto ley con la estabilización de todo el personal afectado?
Contradecirse, para el poder, no significa admitir haberse equivocado, solo haber adoptado dos decisiones discordantes, la primera de las cuales era justa y lo siguió siendo hasta que se hizo necesario cambiarla».
Pino APRILE, Elogio del error, 159
Y que yo sepa se contradicen constantemente...
La paradoja: Ambas decisiones (negar la fijeza antes y facilitarla de forma extraordinaria ahora) se presentan por el poder como correctas en su respectivo momento, blindando al Estado de la responsabilidad moral o económica por el abuso previo.
Un psicólogo analiza la negación de la realidad de Pedro Sánchez
Negar la realidad no es un simple despiste; es una estrategia de supervivencia mental...
Los psicólogos sostienen que «negar la realidad no es un simple despiste; es una estrategia de supervivencia mental» y añaden que cuando la negación se prolonga, impide que la persona tome medidas reales para solucionar el problema, perpetuando la crisis.
No, creo que van a seguir igual
El contralegem nos remató
La de Sallelas era la de la A1 exdiputada en el Parlamento de Cataluña. Fue la única que debió de llegar al TJUE. https://www.iberley.es/jurisprudencia/auto-administrativo-jca-barcelona-sec-17-rec-63-2021-12-05-2022-48417685
Alguna de ellas.
https://gencat.cat/eleccions/epc2012resultats/09AU/DAU09000XX_L1.htm
https://www.youtube.com/watch?v=8ALGQ3pmDOo
Minuto 2.40 Compartiendo espacio con el futuro Ministro "provocador". Puesto 11 PSCAT.
17 años. 3 en excedencia por ser diputada.
Técnico superior de administración de la Generalitat en el SOC
No confundimos. En mi opinión, la fijeza cumpliría las dos necesidades cuando el trabajador todavía está en activo en la administración abusadora y no existen otros intereses o motivos ocultos ilegales.
Una vez fuera, y depende de los abusos laborales sufridos la fijeza en esa administración para el abusado sería un castigo.
Los funcionarios interinos aparecen regulados por primera vez en la función pública española en 1964, a través de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, aunque la figura ya existía de forma precaria y dispersa en el derecho administrativo desde la Segunda República.
En el 2026 seguimos sin ser reparados por los abusos y la precariedad sufridos durante 20 años mas 6 de indefensión.
.
Ese es el progresismo y estado de derecho español, la mayor mentira jamás contada por los privilegiados abusadores.
Oferta de trabajo temporal para trabajar de A1 en SOC 2026
https://documents.dadesobertes.gencat.cat/ofertes-treball/docs/1/124923.pdf
Condiciones 2026
Fase I. Prioritariamente, una persona con vinculación de funcionaria de carrera del cuerpo superior
de la administración general de la Generalidad de Cataluña.
Fase II. Excepcionalmente, en caso de que no se presente ninguna persona funcionaria que cumpla los requisitos de empleo, también se tendrán en cuenta las solicitudes de las personas que cumplan los siguientes requisitos:
Estar en posesión de la titulación que da acceso al cuerpo superior.
Acreditar el conocimiento oral y escrito de la lengua catalana de nivel C1 de la Dirección General de Política Lingüística o su equivalente.
De acuerdo con el art. 1.4 del Acuerdo de Gobierno de 13 de junio, no se podrá nombrar o contratar a personal temporal con vínculo vigente que no haya prestado servicios, como mínimo, durante seis meses en la última vinculación.
Vale, vale... ya sé catalán y tengo la titulación para ser A1 , y llevo de interina 6 meses.
Y ahora?
Asimismo los candidatos tendrán que cumplir los requisitos que con carácter general establece el art. 56 y siguientes del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
Con el fin de garantizar el cumplimiento de los principios de legalidad y buena administración, así cómo prevenir el uso abusivo de nombramientos o contrataciones temporales contrario a la Directiva 1999/70/CE, en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, ya lo que disponen el artículo 10 y la disposición adicional decimoséptima del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se analizará la participación en este proceso de selección de las
personas que, en los años anteriores a la publicación de esta convocatoria, hayan prestado servicios como personal interino en este Departamento en el mismo cuerpo, escala o categoría
profesional y dentro de la misma subdirección general —o equivalencia establecida por las Secretarías Generales—, cuando concurra un supuesto de uso indebido o constitutivo de abuso de la
temporalidad. En estos casos, no se podrá nombrar personal interino o personal laboral temporal, de acuerdo con esta normativa en materia de empleo público.
Collons. Habeis puesto por escrito que no vais a seguir abusando!!!!
Y lo de antes, que??
Ahora hay que garantizar los principios de legalidad y buena administración... Cojonudo!!!
Y antes??
Corre, corre, que te hacen una entrevista, tras presentar tu curriculum. Quedan 2 días!!!!!
Eso sí, máximo "solo" 3 años.
Fecha límite de presentación de la solicitud: 1 de junio de 2026
7. Procedimiento de selección
1.- Comprobación de los requisitos de participación. Las solicitudes que no cumplan los requisitos y/o que no estén incluidas en los supuestos previstos quedarán excluidas.
2.- Si procede, se podrá tener en cuenta la información facilitada al Formulario para hacer la preselección del personal candidato participante.
3.- Análisis del currículo para valorar aspectos relacionados con el puesto de trabajo a cubrir.
En relación al currículum presentado, sólo se podrán valorar las experiencias donde consten los períodos (meses y años) y las funciones detalladas.
4.- Los candidatos preseleccionados pueden ser convocados a una entrevista personal y/o prueba por ampliar la información detallada en el currículum y valorar aspectos relacionados con sus
competencias profesionales.
Los candidatos pueden ser excluidos del proceso de selección en función de los resultados obtenidos en las distintas etapas.
Le informamos que, en el caso de ofertas de la Administración de la Generalidad de Cataluña, en cumplimiento del art. 9.1 e) de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en caso de que sea la persona seleccionada para la plaza ofertada, su nombre y apellidos será
publicado en la web del Portal de transparencia de la Generalitat de Cataluña durante un mes, salvo que ejerza el derecho de oposición informando al gestor de la convocatoria que concurre alguna circunstancia especial que justifique legalmente su no publicación.
Bah... me apunto,,, que voy a tener excedencia en el Parlamento Catalan... si me presento por el PP... seguro...
A mi no me van a hacer un 155...
Guau... Que sitio mas chulo, pa a aparcar la moto.
https://www.google.com/maps/@41.4061699,2.2080464,3a,75y,354.62h,103.34t/data=!3m7!1e1!3m5!1se3SIq6ikIP115GeP6VjJ9w!2e0!6shttps:%2F%2Fstreetviewpixels-pa.googleapis.com%2Fv1%2Fthumbnail%3Fcb_client%3Dmaps_sv.tactile%26w%3D900%26h%3D600%26pitch%3D-13.341922901552607%26panoid%3De3SIq6ikIP115GeP6VjJ9w%26yaw%3D354.6218009174447!7i16384!8i8192?entry=ttu&g_ep=EgoyMDI2MDUyNy4wIKXMDSoASAFQAw%3D%3D
Na.
Mejor aqui...
https://serveiocupacio.gencat.cat/web/.content/01_SOC/12_Treballa-amb-nosaltres/PDF/TSOC238-26.pdf
Y dale, la indefensión es anterior, reprochable legal y jurídicamente al estar obligado como país europeo desde 2001.
La falta de conocimiento y voluntad no es excusa para no prevenir, abusar y no sancionar ni reparar.
De las 54 mujeres que fueron elegidas en las elecciones de 2012, 36 de ellas no fueron elegidas nuevamente en las elecciones de 2015.
Este dato se obtiene al comprobar que solo 18 mujeres repitieron escaño en ambos procesos electorales (ya sea en la misma lista o en una nueva coalición como Junts pel Sí).
A continuación se detalla quiénes son las 36 mujeres que, habiendo sido elegidas en 2012, no aparecen en los resultados definitivos de 2015 según las fuentes:
Por formación política en 2012:
Convergència i Unió (14 mujeres):
1. Joana Ortega i Alemany.
2. Núria De Gispert i Català.
3. Meritxell Borràs i Solé.
4. Marta Llorens i Garcia.
5. M. Mercè Jou i Torras.
6. Montserrat Ribera i Puig.
7. M. Glòria Renom i Vallbona.
8. Elena Ribera i Garijo.
9. Begonya Montalban i Vilas.
10. Mireia Canals i Botines.
11. Cristina Bosch i Arcau.
12. Anna Solé i Ramos.
13. Victòria Forns i Fernández.
14. Annabel Marcos i Vilar.
Esquerra Republicana de Catalunya (4 mujeres):
1. Gemma Calvet i Barot.
2. Eva Piquer i Vinent.
3. Marta Vilalta i Torres.
4. Maria Rosa Amorós i Capdevila.
Partit dels Socialistes de Catalunya (6 mujeres):
1. Núria Parlón Gil.
2. Rocío Martínez-Sampere Rodrigo.
3. Montserrat Capdevila Tatché.
4. Marina Geli i Fàbrega.
5. Núria Segú Ferré.
6. Núria Ventura Brusca.
Partit Popular (5 mujeres):
1. Alicia Sánchez-Camacho Pérez.
2. Eva García Rodríguez.
3. Mª Dolors Montserrat i Culleré.
4. Dolors López Aguilar.
5. Alícia Alegret Martí.
ICV-EUiA (5 mujeres):
1. Dolors Camats Luis.
2. Laura Massana Mas.
3. Lorena Vicioso Adrià.
4. Sara Vilà Galan.
5. Hortènsia Grau i Juan.
Ciutadans (1 mujer):
1. Carina Mejías Sánchez.
Candidatura d'Unitat Popular (1 mujer):
1. Georgina Rieradevall i Tarrés.
Pues una de ellas ( de las 36 ) ha sido interina como A1 20 años ( 2 y medio en excedencia por ser elegida como diputada en 2012).
Es decir, mismos años desde que la que es fija por sentencia en lo laboral aprobó Ope sin plaza, en un polideportivo de Madrid, desde el 11 de mayo de este año.
Las 36,.
Alícia Alegret Martí
Alicia Sánchez-Camacho Pérez
Anna Solé i Ramos
Annabel Marcos i Vilar
Begonya Montalban i Vilas
Carina Mejías Sánchez
Cristina Bosch i Arcau
Dolors Camats Luis
Dolors López Aguilar
Elena Ribera i Garijo
Eva García Rodríguez
Eva Piquer i Vinent
Gemma Calvet i Barot
Georgina Rieradevall i Tarrés
Hortènsia Grau i Juan
Joana Ortega i Alemany
Laura Massana Mas
Lorena Vicioso Adrià
M. Glòria Renom i Vallbona
M. Mercè Jou i Torras
Mª Dolors Montserrat i Culleré
Maria Rosa Amorós i Capdevila
Marina Geli i Fàbrega
Marta Llorens i Garcia
Marta Vilalta i Torres
Meritxell Borràs i Solé
Mireia Canals i Botines
Montserrat Capdevila Tatché
Montserrat Ribera i Puig
Núria De Gispert i Català
Núria Parlón Gil
Núria Segú Ferré
Núria Ventura Brusca
Rocío Martínez-Sampere Rodrigo
Sara Vilà Galan
Victòria Forns i Fernández
Buen fin de Semana a tutom lean en el enlace
https://elpais.com/economia/2026-04-29/bruselas-amenaza-con-llevar-a-espana-a-los-tribunales-si-no-corrige-el-abuso-de-la-temporalidad-en-el-sector-publico.html
Sánchez debería de irse ya, convocar elecciones
De abril??
La reforma del SOC, se la encargan a una consultora externa en 2023. En fin, poco nos pasa!! https://serveiocupacio.gencat.cat/web/.content/01_SOC/01_Qui-som-i-que-fem/Pla-Estrategic-de-transformacio-del-SOC.pdf
https://www.linkedin.com/in/marta-guillaumet/
Claaro, el informe lo hace en 2023 estando en la consultora, y hoy... ya es la bomba desde hace 8 meses.
Responsable de polítiques públiques a la Secretaria General del Departament de la Presidència. Coordinació de l’estratègia de reforma de l’Administració. Programa Catalunya Futur.
En fin , mejo callarse
Otros q tal bailan ...
Están estudiando si cesan o no al personal interino con nombramiento anterior a tres años y CCOO hemos vuelto a insistir en que no sea cesado porque la ley de estabilización no obliga a ello y por los perniciosos efectos que estos ceses tendrían para la atención de los servicio
CCOO y sus oportunas y perniciosas desinformaciones, cuanto más lejos de ellos mejor estaremos.
0,21, lo que tu dices cumple con el espíritu del TJUE Obadal.
El caso de Agnès R.
A. (referenciada en documentos judiciales bajo el seudónimo) representa un litigio pionero en España sobre el abuso de la temporalidad en la función pública.
A continuación, se resumen los puntos clave de su trayectoria y el conflicto jurídico:
Inicio y acceso (2005): Agnès accedió a la administración de la Generalitat el 5 de mayo de 2005, con 23 años, como técnica superior de administración en régimen de interinidad. Su nombramiento fue fruto de un proceso selectivo (bolsa de trabajo de 2004) que cumplió con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.
Trayectoria y excedencia: Tras años ocupando una vacante estructural, en 2013 solicitó una excedencia por servicios especiales para ejercer como diputada de ERC en la X Legislatura del Parlament ...
https://www.lawandtrends.com/noticias/laboral/falsas-estabilizaciones-exigimos-una-ley-de-punto-y-final-para-recuperar-la-equidad-y-acaba-con-el-abuso-de-1.html
No lo han podido dejar más claro, ojalá llegue a los responsables de todo este sufrimiento. Legislen, una ley de punto final es la justicia a tantas desigualdades.
"Porque si incumplir sale gratis, el sistema entiende que puede volver a hacerlo."
Si incumplir sale gratis volverá a pasar, es incorrecto.
Para que algo empiece otra vez tiene que haber terminado y eso, precisamente, es lo que NO ha pasado con el abuso de la temporalidad más todos los abusos derivados de ella por no prevenirse ni sancionarse sino todo lo contrario, seguir abusando del trabajador y ya ciudadano al estar cesado hace años. Ciudadano demandante que en nada ha sido reparado sino castigado con la total indiferencia del corrupto estado de desecho español, mas de lo mismo.
Las últimas novedades son que tenemos que volver a demandar, ahora en lo social, y que al actual gobierno no le da tiempo a aprobar una ley de punto final, luego, estando completamente de acuerdo con el artículo, ¿qué tenemos como cierto tras 26 años de abusos e indefensión, además de cada uno nuestro concreto caso? Tangible, para la mayoría, nada.
Probablemente no le dé tiempo a legislar, pero si ha presentar un programa con la previsión de un decreto ley, y alegar ante la comisión un plazo de solución de 3 meses, quizás de esta manera, la comisión consideraría movimiento propósitivo por parte del Gobierno. Pero la realidad es, que ninguno de los partidos mayoritarios nos apoya y así difícilmente exista un cambio.
Hombre siento disentir, no es lo mimo si el PSOE estuviese en la Oposición seguramente cambiaría su pensamiento y defendería la Ley de Punto Final al igual que los Sindicatos Mayoritarios ante un PP que no le quedaría mas remedio que legislar, pero eso es... otra Historia
https://www.lawandtrends.com/noticias/empleado-publico/falsas-estabilizaciones-exigimos-una-ley-de-punto-y-final-para-recuperar-la-equidad-y-acaba-con-el-abuso-de-1.html
Un incierto programa de aplicación incierta, para unicamente salvar su culo. 26 años de abusos, embustes y falsas esperanzas, qué seguridad!!!
No puedo másssss!!!
Será ella? https://ccam.gencat.cat/web/.content/01_consorci/documents/transparencia/alts_carrecs/fitxa_perfil_i_trajectoria_professional_agnes_russinol.pdf
STEPA, al parecer sois los siguientes, enhorabuena!!
Pues confirmado
El Juzgado 17 atendió su petición mediante un Auto de 7 de diciembre de 2021, acordando la exclusión de su plaza de dicha convocatoria de estabilización previa.
Eso la permitió mantener su puesto de trabajo de forma temporal mientras se resolvía el fondo del litigio, evitando que su plaza fuera asignada a otra persona en el proceso de estabilización.
En cualquier caso fue nombrada en octubre del 2021 directora del Consorci de Comerç, Artesania i Moda de Catalunya, y a día de hoy está en la empresa privada. No consiguió ser INF ni estabilizar su plaza, y tras 5 años de litigio ya no trabaja para la administración.
Pilar ha recibido más ostias q nadie.
Un beso Pilar.
13:35 Claro que sí. Animo Pilar, lo vais a conseguir, ya verás!
Eso sí, nunca consiguió la sentencia merecida de Benjamín Ignacio Gorriz que es juez sustituto desde el 2009 y no fue uno de los 3 jueces q tras participar en el acceso a la Carrera Judicial por la categoría de Magistrado/a, fue así nombrado por el Rey en 2025, pese a ser jurista de reconocida competencia con más de diez años de ejercicio profesional en las materias propias de los órganos del orden contencioso-administrativo.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-25907
En fin, sustituto abusado, q algún día esperemos que sea Fijo.
Social 1 . Trinidad o Guadalupe.
Contencioso 0 . Petra o Agnes.
Todavía pueden hacer Real Decreto si quieren
Todavía, puede, a lo mejor, depende, si tienen a bien, quizás.....
Joder con el progresismo de desecho, en este puto pueblo todo hace juego
No quieren y no lo harán, así se las gastan
Pues peor para ellos porque van a perder votos
Cambiaremos unos monguers corruptos por otros, nada nuevo.
Pues en mi opinión, y ya no es porque me interese a mí, creo que tienen que legislar sí o sí, la verdad es que no creo que tengan opción de seguir pasando del tema porque tienen a la Comisión encima, pensad que las cartitas ya son cada pocos meses y que esta vez le están dando un seguimiento real además de que la Comisión no está esperando a que el TJUE diga o sentencie algo, ta está todo dicho. Yo ya lo miro como desde la barrera y apuesto con mi familia a ver qué día va a caer el RD, que será una fecha proxima a final de junio.
Sánchez reconoce «problemas» y «tropiezos» pero avisa a la «oposición marrullera»: «Vamos a seguir». Yo apostaría una tarde calurosa de finales de junio sobre el 20 de junio.
Un 6.81% de estabilización fue del SOC, y fueron estabilizadas noviembre del 2022 39 plazas, ya que la de Agnes fue excluida en Diciembre del 21.
Si Agnes hubiera seguido la vía de la convocatoria 242, habría dejado de ser interina en noviembre de 2022, tras 17 años y medio en dicha situación.
Me apuesto un viaje a Marte para tus descendientes a que no pasa ..
21:26. Ojalá tengas razón, necesitamos acabar con todo esto. Dinero retenido, próximas sanciones, la justicia y la administración española entredicho, y el sufrimiento de los abusados. Legislar es la única vía.
Tras lograr su plaza definitiva en el Servicio Público de Ocupación de Cataluña (SOC) en noviembre de 2022 , Lucía Mayans compartió un mensaje cargado de emoción donde describe este hito como el momento de culminación de tantos sueños.
Sus palabras se pueden resumir en los siguientes puntos clave:
El fin de un largo camino:
Explica que este proceso comenzó cinco años atrás, en noviembre de 2017, cuando se comprometió consigo misma a preparar las oposiciones al Cuerpo Superior de la Generalitat para dar continuidad a su propósito vital y profesional.
Esfuerzo y sacrificio personal:
Lucía destaca que conseguir la plaza que quería ha requerido un esfuerzo continuo y un gran sacrificio, especialmente de su tiempo familiar, fines de semana, vacaciones y vida social. Señala que su ausencia temporal durante este tiempo "ha durado demasiado".
Satisfacción y compromiso público: Expresa una profunda alegría y satisfacción personal, pero también reafirma su compromiso de seguir dando lo mejor de sí misma en todos sus proyectos, buscando siempre ofrecer un servicio público de calidad".
Gratitud hacia su entorno: Muestra un agradecimiento especial a su familia (tanto de sangre como elegida), a sus amigos y a sus compañeros de trabajo de todos estos años.
Mención especial a su apoyo principal: Dedica unas palabras muy emotivas a su compañero, Jordi, a quien describe como su
compañero de viaje y el gran motor diario que la ha acompañado en todo el proceso, asegurando que sin él todo hubiera sido mucho más difícil.
Lucía concluye su mensaje con un rotundo y victorioso: I did it! ¡Lo logré!.
El desarrollo normativo de la Directiva 1999/70 le corresponde al legislador, a quien se dirige el mandato contenido en su art. 2: «Los Estados miembros pondrán en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Directiva […]».
El legislador debe efectuar las reformas necesarias en aras al cumplimiento efectivo de la Cláusula 5 introduciendo medidas sancionadoras y disuasorias de la situación abusiva. La elevada y persistente tasa de temporalidad evidencia que en muchas Administraciones públicas hay una cultura de la temporalidad que solo podrá ser atajada por la acción del legislador, en particular estableciendo claras y efectivas responsabilidades individuales a quienes incurran en ella. Los trabajadores que han sufrido dicho abuso en la temporalidad deben recibir la correspondiente respuesta del legislador, respetando los principios de igualdad, mérito y capacidad”.
Llegados a este punto, la pregunta es inevitable: ¿Puede el sistema de mérito y capacidad sobrevivir a esta crisis de gestión si no se acomete una reforma radical en estos puntos? ¿Es hora de que la ley deje de castigar al presupuesto público y empiece a exigir responsabilidades políticas y patrimoniales directas a los gestores que perpetúan el abuso?
Una de las claves del futuro del empleo público en España depende de si somos capaces de romper, de una vez por todas, el bucle de la precariedad injustificada. Alguien, el Gobierno y el Parlamento me temo, debería tomar nota.
Tienen obligación de legislar porque se lo indican los tribunales, lo manda la Comisión, el TJUE y creo que el camino actual de presionar a la Comisión es el acertado porque no va a ser por nuestros políticos, ni porque tengamos razón, ni por los abusos. Esto viene de arriba...
Si viene de arriba mejor...
De esa estabilizacion prevista en 2017 de 40 plazas del SOC. 36 fueron "legales", 3 promociones de A2 encubiertas, y 1 retirada cautelarmente.
Eso trasladado al resultado final de la estabilización nos da entre 336.000 - 377.000 estabilizaciones reales
Por tanto, han estabilizado un 42% y seguimos en la estacada un 58%.
Ah, recordaros que las Maestras Interinas De Escuelas Infantiles de Getafe, no tienen su plaza gracias a lo peor como personas que hay ..
A mi me gustaría estabilizar, pero que sea ya. Si no puede ser, que aprueben una indemnización conforme a la normativa del TJUE. Que nos indemnicen de forma gravosa para la Administración. 2-3 años de sueldo, y que les den. Me busco la vida donde sea, pero no se puede seguir así...
No se puede. No se debe.
Joder somos miles de afectados, de verdad importamos tan poco al gobierno. Si hemos sido válidos durante años como nos cesan con el criterio de IMC, quien tiene más méritos que nosotros que, en situación de inestabilidad laboral, hemos sacado adelante los servicios públicos.
Readmisión y fijeza para todos los funcionarios interinos cesados con sentencias de abuso y sanción, condenados en costas por el TS.
Se habla tanto de un decreto ley, filtrar noticias si las tenias por dios, y que sean buenas. Ojalá Junts, Podemos y otros partidos políticos presionan como se debe.
Hasta que no se vea no se crea
Veremos cosas que nunca creeríamos. De sorpresa en sorpresa.
Buenos días. No sé cuál será vuestra sensación, pero veo que la cosa está demasiado parada. Ya no se leen ni noticias alimentando la especulación de la fijeza ni nada. No sé qué pensar...
Saludos.
Resumen de mi parecer antes del amanecer:
"Hay muchas formas de matar a una persona. Apuñalarlo con una daga, quitarle el pan, no tratar su enfermedad, condenarlo a la miseria, hacerlo trabajar hasta desfallecer, impulsarlo al suicidio, enviarlo a la guerra. Sólo lo primero está prohibido por nuestro estado." (B. Brecht)
Que no van a hacer nada, y seguirán defendiendo la ley 20/2021 y las indemnizaciones topadas, como mucho el incremento a 33 días y listo.
https://leon24horas.net/actualidad/justicia-postuma-para-juanjo-hubo-nexo-entre-su-suicidio-y-su-situacion-laboral-en-onzonilla/
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