'Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL, como ya os avanzábamos, publicamos una serie de hojas informativas para aclarar las dudas sobre reducción de la temporalidad en el empleo público, tras la ley 20/2021. En este caso y tras solventar las dudas relativas a la contratación de personal interino dentro del recopilatorio que hemos elaborado, nos centramos en la compensación económica o indemnización por incumplir el plazo máximo en la relación de interinidad y cese:
Blog de APISCAM
miércoles, 9 de marzo de 2022
[CSIT-UP] 'Compensación económica o indemnización por incumplir el plazo máximo de interinidad y cese, tras la Ley de reducción de la temporalidad 20/2021'
martes, 8 de marzo de 2022
Publicado en el Diario Oficial de la UE el fallo de la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo en el asunto de los profesores de religión italianos: su situación también sería de abuso y viola la Directiva europea su exclusión de la conversión en fijos que reguló el Gobierno italiano para el resto de docentes tras la sentencia europea Mascolo de 2014, si no existe ninguna otra medida de sanción en su normativa particular.
Acaba de publicarse en el Diario Oficial de la Unión Europea el fallo de la sentencia de 13/01/2022 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el asunto C-282/19 sobre profesores italianos de religión: [como ya dijo en 2014 en la sentencia Mascolo sobre el resto de docentes públicos] los profesores públicos de religión italianos contratados por cursos durante años estarían en abuso de temporalidad y viola la Directiva europea su exclusión de la conversión en fijos [que reguló el Gobierno italiano tras dicha sentencia Mascolo], si no existe ninguna otra medida de sanción en su normativa particular.
Con esta publicación en el DOUE , la sentencia pasa a ser de obligado conocimiento - y cumplimiento- por los tribunales nacionales.
Ya en el texto de la sentencia, que analizamos en esta entrada, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea recordó una vez más que ante el abuso es indispensable aplicar una medida de sanción y sugirió en el caso conceder la medida del régimen general italiano, la fijeza, por la vía de una interpretación amplia del derecho italiano "considerado en su totalidad".
Huelga decir, que por analogía de la solución sugerida por el Tribunal Europeo en este asunto italiano, nuestros órganos judiciales nacionales podrían llegar a alcanzar como solución al abuso de temporalidad en el empleo público español, mediante una interpretación conforme amplia del Derecho nacional usando el instrumento del derecho del principio de la equivalencia, la fijeza, especialmente en su forma del tipo "fijo a extinguir", "indefinido a extinguir" o como se quier llamar, sin reconocer la condición de funcionario de carrera o laboral fijo, toda vez que la fijeza en sí es la medida de sanción en la normativa española del régimen general del trabajo.
Este miércoles 9 de marzo monográfico en Comisión de la Asamblea de Madrid sobre el personal temporal de larga duración de la Comunidad de Madrid ante sus convocatorias de proceso selectivos y la nueva ley estatal de reducción de la temporalidad: comparecencia de representantes de la Coordinadora Madrileña de Empleados Públicos en Fraude de Ley y de la Coordinadora Estatal de Personal Público Temporal gracias a Podemos y PSOE y pregunta al Gobierno de Más Madrid sobre el marco legal tras la nueva ley
Este miércoles 09/03/2022 desde las 16 horas habrá reunión de la Comisión de Presupuestos y Hacienda de la Asamblea de Madridy, monográfica sobre la situación del personal temporal de larga duración y el impacto sobre ellos de las convocatorias de empleo público y la nueva Ley de reducción de temporalidad pública de 28/12/2021. Recordemos que la consejería con la competencia sobre la Función Pública en toda la
Comunidad de Madrid es la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, si bien ya sobre gestión de de RRHH sólo tiene competencias sobre la Administración General (aparte estań por ejemplo los RRHH del SERMAS)
- la Comparecencia (C 331/22 RGEP 3415) de María Teresa Agredano, representante de la Coordinadora Madrileña
de Empleados Públicos en Fraude de Ley, a petición del Grupo
Parlamentario Unidas Podemos para "informar sobre la actual
situación de los trabajadores y trabajadoras públicas interinas en la
Comunidad de Madrid"
- la Comparecencia (C 337/22 RGEP 3715) de José Fernando Silva Data, representante de la
Coordinadora Estatal de Personal Público Temporal, a petición del Grupo
Parlamentario Socialista para "informar sobre las convocatorias
de empleo público convocadas por el Gobierno de la Comunidad de Madrid"
- la Pregunta de contestación oral en comisión (PCOC 284/22 RGEP 1251) al Gobierno de la Comunidad de Madrid, de Santiago Eduardo Gutiérrez Benito del Grupo Parlamentario Más Madrid: ¿cómo valora el Gobierno de Madrid el marco legal resultante del debate como proyecto de Ley del RD 14/2020 de estabilización del empleo temporal?
[CSIT-UP] 'Contratación de personal interino y control de temporalidad ( Sobre la reducción de la temporalidad en el empleo público, tras la ley 20/2021)'
'Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL, como ya os avanzábamos, editamos una serie de hojas informativas para aclarar las dudas sobre reducción de la temporalidad en el empleo público, tras la ley 20/2021. En este caso, en concreto, nos centramos en la contratación de personal interino y control de temporalidad, dentro del recopilatorio que hemos elaborado.
Tras la Ley 20/2021, de Medidas urgentes para reducción de la temporalidad en el empleo público, a través de estas tres preguntas con sus respectivas respuestas, intentamos aclarar algunas dudas que se plantea gran parte del personal afectado, con respecto a cómo han de actuar las Administraciones Públicas desde el 30 de diciembre de 2021 en la contratación o nombramiento de su personal temporal.
¿Cuándo se puede contratar personal funcionario interino?
lunes, 7 de marzo de 2022
La sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por el caso de una laboral interina de vacante más de 3 años, plantea cuestión prejuficial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la que vuelve a cuestionar si la figura del indefinido no fijo del Supremo para laborales puede valer como sanción al abuso de temporalidad y cuestiona además si los procesos de estabilización, y concurso de méritos, de libre concurrencia indemnizados con un tope de 1 año de sueldo. de la nueva ley 20/2021 pueden valer com sanción y así evitar la declaración judicial de fijeza
La Sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha elevado otro Auto el 03/02/2022 , que se suma a su Auto de 21/12/2021 que ya comentamos aquí en una entrada y de su Auto el 22/12/2021 que comentamos en esta otra entrada, una nueva e importante "cuestión prejudicial" al Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la que, esta vez ante un caso de una ahora por el caso de una empleada pública laboral en contrato de interinidad de vacante de más de 3 años de la Comunidad de Madrid,, plantea 12 preguntas en las que esta sección de Sala de lo Social de un tribunal superior regional no sólo vuelve a
- cuestionar la actual doctrina de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de no conceder más que esa figura de indefinido no fijo al laboral empleado público que no haya superado un proceso selectivo para puesto fijo ,
- si la figura
del "indefinido no fijo" [INF] es un "contrato de duración determinada" de los
de la cláusula 5ª en la Directiva 1999/70/CE [es decir, temporal],y no valdría como una sanción efectiva al abuso de temporalidad
- si ante la ausencia de medidas efectivas no debería concederse la fijeza, incluso aunque se interpretara que lo prohíbe la Constitución Española también para el empleado públicos
sino que además pregunta si
Publicados los listados provisionales de las convocatorias por concurso-oposición de las categorías de la OPE 2018 del SERMAS con plazas de "estabilización" , temporales ya más de 8 años, según la anterior ley estatal de 2017 que faltaban. El SERMAS no decide pasarlas al concurso de méritos indemnizado de la nueva ley. Entre ellas, las de las 3 categorías A1, A2 y C1 de la Función Administrativa, con más de 18 aspirantes por plaza admitidos
En los BOCBM del pasado miércoles 02/03/202 y jueves 03/03/2022 se publicaban los listados provisionales de admitidos a las convocatorias publicadas en Junio de 2021, poco antes de la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 14/2021, de los procesos selectivos de las categorías, no de facultativos especialistas, que fatltaban (de las antiguas 2ª y 3ª fases) de la OPE 2018 del SERMAS con plazas de estabilización (salvo las de facultativos especialistas), entre ellas las de las 3 categorías A1, A2 y C1 de la Función Administrativa, , convocatorias todas ellas con plazas computadas de dos formas diferentes:
- por un lado , y en su inmensa mayor parte con plazas computadas fuera de tasa reposición autorizadas por el denominado "proceso de estabilización de puestos" que se derivaba de la Ley de Presupuestos 2017 , tras el polémico y previo primer acuerdo del Estado con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público, y que autorizaba a convocar sin tener en cuenta límites de tasa de reposición hasta el 90% de los puestos de trabajo en el SERMAS y otros sectores de la Comunidad de Madrid que a fecha de 31/12/2016 llevaran más de 3 años cubiertos de forma temporal [ más de 22 mil según el SERMAS] ,
- y por otro, de la tasa de reposición autorizada en el año en cuestión ,y que incluyen en lo posible al menos ese 10% de los puestos temporales de más de 3 años a 31/12/2016, no computado por el apartado anterior
El Parlamento de la Rioja modifica la disposición que convirtió en fijos al personal interino de larga duración del propio Parlamento y que se encuentra suspendida por un recurso del gobierno del Estado en el Tribunal Constitucional, sustituyéndola por el Concurso de Méritos contemplado para todas las AAPP en la nueva ley estatal de reducción de temporalidad 20/2021
Se ha publicado en el Boletín Oficial de la Rioja de este 04/03/2022 la aprobación por parte del Pleno del Parlamento de La Rioja de 23/02/2022 de la Modificación del estatuto de personal al servicio del Parlamento de La Rioja, en concreto de su disposición transitoria segunda de dicho estatuto,m que con su anterio9r redacción de Abril de 2021 convirtió en fijos al personal interino de larga duración del propio Parlamento y que se encontraba suspendida cautelarmente por el recurso de inconstitucionalidad (nº 4585/2021) del Gobierno del Estado.
[FeSP UGT nacional - Justicia] 'Segunda reunión negociación de las Ofertas de Empleo Público y las implicaciones de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre en la Administración de Justicia' [UGT propone que se ofrezcan todas las plaza afectadas por la Ley 20/2021 en concurso de traslados previos para fijos y que se garantice la libre concurrencia en los procesos de estabilización derivados de la nueva ley]
'REUNIÓN MESA SECTORIAL (4/03/2022) OEPs, Promoción interna e Implicaciones de la Ley 20/2021 de reducción de la temporalidad en el empleo público en la Administración de Justicia:
Orden del día:
1. Situación de las Ofertas de Empleo Público de 2017, 2018 y 2019
2. Promoción interna correspondiente a las Ofertas de Empleo Público pendientes
3. Implicaciones de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
ALEGACIONES DE UGT:
Después de la primera reunión mantenida el pasado 28 de febrero de 2022 donde la Administración explicó su borrador/propuesta y UGT dió su valoración a la totalidad del documento conseguimos forzar una nueva reunión para el 4 de marzo de 2022, en la cual comenzamos la negociación punto por punto sobre el documento.
Como cuestión previa UGT volvió a exigir que la Administración nos tiene que dar la cuantificación total de las plazas afectadas por esta Ley 20/2021 y, su identificación y justificación caso por caso. Y todo en aras, de garantizar que estos procesos se implementarán basados en la igualdad y seguridad jurídica.
domingo, 6 de marzo de 2022
Entradas más vistas de la semana 28/02/2022-06/03/2022 en este blog: borrador de criterios recomendados a las AAPP para nuevos procesos de estabilización, tribunal regional de Atenas sentencia la fijeza tras sentencia europea, tribunal regional madrileño rechaza la fijeza tras sentencia europea, ...
Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:
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Ha trascendido en las redes sociales esta tarde un documento "borrador", supuestamente de la Dirección General de Función Pública...
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La sección de apoyo a la 8ª de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid , está dictando estas semanas sente...
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Publicaba el medio griego epoli.gr el pasado 29/03/2021 como importante novedad jurídica que el Tribunal de apelación de Atenas [ Εφετείο ...
viernes, 4 de marzo de 2022
Primera sentencia nacional del caso del informático de la sentencia del Tribunal europeo de 19/03/2020: el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, tras quedarse con el caso del juzgado, aplica la nueva jurisprudencia del Supremo y rechaza la fijeza como posible sanción al abuso, que sí reconoce, por no estar contemplada en la ley nacional y no sentirse obligado por la jurisprudencia europea, y "condena" en costas al demandante ante la "claridad" en la decisión, sin hacer mención alguna que se trata del informático cuyo juzgado inicial tuvo dudas tan fuertes como para plantear una consulta al Tribunal de Justicia de la Unión Europea
La sección de apoyo a la 8ª de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, está dictando estas semanas sentencias a las demandas de fijeza que tenía acumuladas del grupo de demandas de empleados públicos estatutarios temporales del SERMAS de 2016 que dieron lugar a la famosa sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros y que, Unión Europea y presión política mediante, han acabado "provocando" la reacción legislativa del Gobierno estatal y - desde nuestro punto de vista "a regañadientes" y sin cumplir con la jurisprudencia europea el nuevo texto- de la nueva Ley de reducción de temporalidad pública ,.
En estas sentencias, como era de esperar, el tribunal regional madrileño está teniendo en cuenta las recientes primeras sentencias de Diciembre de 2021 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo parael mismo grupo de demandas del SERMAS de 2016, sentencias en las que el Tribunal Supremo tenía a su vez ya en cuenta la citada sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz" y su corroboración en la sentencia europea de 03/06/2021 en el asunto IMIDRA., como ya había tenido en cuenta en su importante sentencia de 30/11/2021.
En todas esas sentencias de finales de 2021, la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo pasaba a reconocer -de forma pionera- en un empleado público funcionario/estatutario que interino de vacante de forma prolongada más de 3 años la situación de abuso de temporalidad en el sentido de la Directiva europea pero sin conceder ni la fijeza, ni la figura del indefinido no fijo ni la indemnización por el abuso de temporalidad argumentando el alto tribunal que no están contempladas en la legislación nacional como tales sanciones al abuso para este personal y que esas sentencias del Tribunal de Justicia del Unión Europea sobre abuso de temporalidad en empleo público, puede seguirse que la normativa española no es acorde a la europea pero "no se sigue que haya obligación" de conceder una sanción ante este tipo de abuso si la sanción demandada no está explícitamente contemplada en la legislación nacional para el funcionario o estatutario de servicio de salud, remitiendo el Supremo a las autoridades legislativas regular dichas sanciones.
Y era de esperar que esta sección especial de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid siguiera esa "nueva" jurisprudencia de su homónima del Tribunal Supremo , de reconocer abuso pero no encontrar sanción si ya se está en vacante prolongada, porque, a su vez, el Tribunal Supremo siguió en la práctica la doctrina de las sentencias que ya estaba realizando esta sección de apoyo a la 8ª del tribunal madrileño en otros casos (ver por ejemplo, esta entrada nuestra).
[Com. de Madrid] 'La Comunidad incorporará todos los psiquiatras, psicólogos clínicos y enfermeros que terminan su formación como especialistas en Salud Mental . La Consejería de Sanidad sumará en dos años 370 especialistas en diferentes categorías, 259 en 2022'
'La Comunidad de Madrid va a incorporar todos los psiquiatras, psicólogos clínicos y enfermeros que terminan su formación como especialistas en Salud Mental. Así lo ha avanzado el consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, en el Pleno de la Asamblea de Madrid, donde ha expuesto las líneas estratégicas del Ejecutivo regional en el Plan de Salud Mental y Adicciones 2022-2024. Un trabajo desarrollado en base a la evaluación de las medidas llevadas a cabo en el anterior Plan y en la Estrategia de Respuesta Asistencial en esta materia ante la pandemia de COVID-19.
La nueva estrategia prevé integrar 370 profesionales especialistas en diferentes categorías, de los que 259 lo harán este mismo año 2022. Estos profesionales, que son la tecnología punta, representan el 85% de los 45 millones de presupuesto en esta materia.
Dentro de estas incorporaciones se encuentran los 90 médicos, psicólogos clínicos y enfermeras residentes que este año terminan su formación como especialistas en psiquiatría, psicología clínica y enfermería de salud mental enlos centros sanitarios públicos de la Comunidad de Madrid. De esta manera se mantiene a los profesionales formados dentro del sistema público, que ya conocen la organización de su etapa de residencia.
jueves, 3 de marzo de 2022
[FEAs no fijos/MUD] SÁBADO 5 MARZO 12h CONCENTRACIÓN en Puerta del Sol por la cancelación de las mal planteadas OPEs 2021 de facultativos del SERMAS y por una consolidación justa
"Motivo: Para la cancelación inmediata de las mal planteadas OPEs 2021 de facultativos del SERMAS y por una consolidación justa por tantos años de contratos precarios temporales en fraude de ley.
[La Voz de Galicia] Juzgado de lo Social de Santiago sentencia la fijeza a laboral temporal 8 años de Radio Televisión de Galicia, por el fraude del abuso de temporalidad y haber superado un proceso selectivo para fijo sin obtener plaza, aplicando la nueva doctrina del Supremo para laborales públicos
Informa La voz de Galicia este 02/03/2022
que el Juzgado de lo Social nº 3 de Santiago ha sentenciado la fijeza , en lugar del a figura del indefinido no fijo, a una empleada de Radio Televisión de Galicia temporal desde hace 8 años , teniendo en cuenta que la trabajadora había
superado un proceso selectivo para fijo en el ente público sin obtener plaza, siguiendo una reicente doctrina del Tribunal Supremo [la doctrina "AENA" de la Sala de lo Social del Supremo
para laborales con los requisitos de acceso al empleo fijo bajo el EBEP].
[FAIS] XII Jornadas de la Asociación Valenciana de Informática Sanitaria [AVISA] del 4 al 5 de Marzo
'La Asociación Valenciana de Informática Sanitaria [AVISA], miembro de la Federación de Asociaciones de Informáticos de Sanidad, organiza en Gandía (Valencia del Viernes 4 de Marzo al Sábado 5 de Marzo sus XII Jornadas, de inscripción limitada a los socios de AVISA, este año bajo el lema ""AVIS@ ... en vivo y en directo"
[CCOO Sanidad Madrid] 'La FSS-CCOO de Madrid se reúne con representantes del Colegio de Logopedas ["se han abordado temas tan importantes como ... las diferentes convocatorias de OPE"]
'Mariano Martín-Maestro, Secretario General de la FSS-CCOO de Madrid y Elena Cabrerizo, miembro de la Ejecutiva, se han reunido esta mañana con los representantes del Colegio Profesional de Logopedas de la Comunidad de Madrid, donde se les ha informado de la situación actual tratada en las diferentes reuniones de la Mesa Sectorial, y se han abordado temas tan importantes como el empleo, las diferentes convocatorias de Oferta Pública de Empleo (OPE) y la situación actual de las plantillas.