'Esta nueva Sentencia del TJUE, sobre el fraude en la contratación y
transposición de directiva 1999/70/CE sobre abuso de la temporalidad en
el ámbito público, se circunscribe a tres supuestos concretos, pero no
por ello gravísimos en el ámbito laboral (no funcionarial) puesto que se
trata de personal con reconocimiento del Tribunal Supremo en abuso de
temporalidad desde hace años y que las administraciones públicas no han
dado solución.
Se trata de personal que tiene reconocido la figura de “indefinido no
fijo” por jurisprudencia del Tribunal Supremo (TS), hecho que reconoce
el fraude en la contratación a la vez que preserva la garantía de acceso
al empleo público bajo los principios constitucionales de igualdad,
mérito y capacidad recogidos en la Constitución Española.
En este caso el TJUE pone en cuestión varias materias y/o medidas
contempladas en el RDL 14/2021, Ley 20/2021 y PGE 2018 respecto al
cumplimiento de la directiva sobre abuso de la temporalidad respecto al
personal laboral indefinido no fijo, ya que esto deberían haberse
resuelto hace varias décadas.