viernes, 24 de febrero de 2012

Acta de la Reunión de la Mesa Sectorial de 23 de Febrero con el Acuerdo sobre la aplicación de la ampliación de jornada. Borrador de las instrucciones propuestas por RRHH de Sanidad

[Acta Sanitaria 24/02] 'Por parte del Dir. Gral de Recursos Humanos se procede a la explicación del borrador de Resolución [ver amplio extracto de su contenido al final] por la que se dictan instrucciones sobre jornada de trabajo, horarios y turnos, en aplicación de la Disposición Adicional Primera de la Ley 6/2011, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, haciendo entrega de la misma a las organizaciones sindicales para su valoración y posterior propuesta de observaciones.

Por parte de la Organizaciones Sindicales se formulan distintas observaciones respecto al contenido de la resolución; observaciones que en algún caso han sido aceptadas.'

'Tras un debate sobre los distintos apartados de la mencionada resolución, las organizaciones sindicales SATSE, AMYTS Y USAE muestran su conformidad condicionada a la aceptación de unos compromisos por parte de la Administración que posteriormente se detallan.

CCOO agradece el esfuerzo y considera que es la mejor resolución que se puede en estos momentos adoptar, pero que deben valorarlo en el interno de su sindicato, y aunque ahora no pueda suscribir el acuerdo, no descarta que en un futuro pueda adherirse al mismo.

CSIT-UP manifiesta que en estos momentos no está en disposición de la firma de dicho acuerdo y solicita plazo hasta el próximo lunes para poder suscribir el mismo.

UGT, en coherencia con lo que ha venido planteando hasta el momento, manifiesta que no puede suscribir este acuerdo.'


'COMPROMISOS ADQUIRIDOS

1. [...] 'los procesos selectivos pendientes' [...] 'finalizados antes del 31 de diciembre de 2012'

2. [...]  'negociación en la semana del 5 al 8 de marzo, de las bases de las convocatorias de los procesos selectivos' [...] 'pendientes de convocar' [...]

3.  [...] 'en la primera quincena del mes de mayo las negociaciones de los procesos de movilidad interna ' [...]

4. 'El Director General de Recursos Humanos recibe la propuesta efectuada sobre prórroga de los contratos a 31 de diciembre de 2012, manifestando la Dirección de RRHH que es objetivo de esta Dir. Gral. prorrogar los contratos hasta dicha fecha, pero en todo caso manifiesta que las plantillas resultantes de la aplicación de la jornada de treinta y siete horas y media no supondrán en ningún caso merma de la calidad asistencial'


[Borrador de ] Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud por la que se dictan instrucciones sobre jornada de trabajo, horarios y turnos.

INSTRUCCIONES
PRIMERA.-OBJETO

'La presente Resolución tiene por objeto asegurar la efectiva y homogénea apliación en el Servicio Madrileño de Salud, de la nueva duración de la jornada de los empleados públicos fijada por la Disposición Adicional Primera de la Ley 6/2011, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, adecuando el promedio semanal de treinta y siete horas y media, a la organización de los servicios públicos prestados por el personal del Servicio Madrileño de Salud, así como a la organización del trabajo establecida.'


CUARTA-TURNOS DE TRABAJO


'1.-Turno diurno: [...] ' Con carácter general, este turno supondrá la realización de 7 horas diarias de trabajo, durante cinco días a la semana, debiendo completarse la jornada anual con el trabajo efectivo que con periodicidad al menos semestral se establezca, teniendo en cuenta la programación funcional y la organización de cada centro.'


QUINTA-ORGANIZACIÓN PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA JORNADA EN LOS CENTROS

'Los Gerentes de hospitales, el Gerente del SUMMA 112, el Gerente de Atención Primaria a través de los Directores de Centro de  Salud de Atención Primaria, dentro de la capacidad organizativa que les corresponde, deberán establecer la programación funcional que permita el cumplimiento de la jornada legalmente establecida, respetando en todo caso, los descansos establecidos en los artículos 51, 52 y 54 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud.

1.-Profesionales que prestan servicios en atención hospitalaria.

a) Personal en turno diurno:

1º.- Personal que realiza guardias: a efectos del cómputo de la jornada anual, el personal que realice guardias podrá completar dicha jornada ordinaria de lunes a viernes a cargo de las horas de guardia que tenga programadas.

2º.- Personal que realiza prolongaciones de jornada con cargo a programas especiales: a efectos del cómputo de la jornada anual, este personal podrá completar dicha jornada con el cómputo de las horas de prolongación de jornada realizadas de lunes a viernes con cargo a los mencionados programas.'


'4º.- Personal que realiza exceso de jornada: a los efectos del cómputo de la jornada anual, este personal podrá completar dicha jornada con el cómputo de las horas que realicen por este concepto.

5º.- Personal que no realiza guardias ni participa en programas especiales: este personal podrá completar dicha jornada de lunes a viernes con la realización de módulos en distinto horario al que está adscrito. A estos efectos, podrán programarse módulos semanales, mensuales o trimestrales, o cualquier otra programación que estimen necesaria los Gerentes para facilitar el cumplimiento de la jornada.

6º. - Persona laboral en formación mediante el sistema de residencia: a los efectos del cómputo de la jornada efectiva anual que debe realizar este personal,' [...] 'podrán programarse módulos de actividad en la jornada de lunes a viernes, en los que se podrá realizar sesiones clínicas, actividad formativa, investigadora y asistencial, dentro de sus programas formativos, dedicando a cada una de dichas actividades un 25% de las horas comprendidas en dichos módulos de actividad.'



2. Profesionales que prestan servicios en atención primaria.

'El Director de cada Centro de Salud, en coordinación con el Responsable de Enfermería para su personal, y en uso de la capacidad organizativa que le corresponde, podrá establecer la programación funcional de su centro, de lunes a viernes, con objeto del cumplimiento de la jornada legalmente establecida, mediante la implantación de módulos de actividad a realizar en jornada ordinaria.'

Fuente y texto completo: Acta Sanitaria 24/02/2012


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5 comentarios:

Anónimo dijo...

Transcribiendo, para los de jornada L-V diurna :
- siguen haciendo la misma jornada completa
- ademas tienen que hacer una bolsa de 110 horas al año
- para los que hacen guardias de L a V, las podran descontar de las guardias que hacen de L a V., me temo que no cobrando ni guardias ni nada por esas horas?, por tanto 110 horas de guardais menos que cobran al año ?
- para los que tienen complemeneo de prolongación de jornada reflejada en nomina justificada por realizarse de L a V, podran descontar las nuevas adicionales de esa prolongacion, me temo que no cobrando ni guardias ni nada por esas horas, por tanto 110 horas de prolongación de jornada menos que cobran al año ?
- para los MIR, gracias a su acuerdo propio, un 26% de las horas adicionales las pueden descontar directamente en concepto de las actividades formativas; el resto, supongo que como es gente que hace guardias, pues un 75% de 110 horas menos de guardias de L-V que dejan de cobrar?
- el resto de gente o los que con los conceptos anteriores no cubran (bajando su sueldo efectivo) el equivalente a 110 horas: tendrán que hacer 110 horas más al año en paquetes de tiempo de L-V a decidir unilateralmente por los gerentes y directores de centro!!
- queda descartado obligar a ir en sábados (como sí se desprendía de la propuesta original)

Anónimo dijo...

Claro, la ampliación de jornada es una medida de ahorro de coste, por tanto , busca reducir pagos de horas extras (guardias, complementos de jornadas, especiales, etc).

Parece que lo que se ha acordadi es que lo que no se "gaste" de la bolsa de 110 horas en concepto de horas extras no cobradas de lunes a viernes hay que gastarlo trabajando las horas faltantes.

En las categorías donde no se haga masivamente horas extras, es de suponer que los gerentes y directores ordenarán el gasto de las horas en turnos o paquetes como dice el del comentario de arriba destinados a maximizar el aprovechamiento del tiempo y el númnero de personal eventual que se puede prescindir, vamos que habrá despidos.

Con respecto a la primera propuesta, por el acuerdo con los médicos, se mejora en que se descarta el tema de quitarles guardias de los sábados que imagino serán más caras, hacer consultas y operaciones en sábados (y con ello hacer ir en sábados a los demás) y el regalito del 25% a los MIR a cambio de su desmovilización.

Anónimo dijo...

quería decir busca reducir pagos de horas extras y personal en nómina

Anónimo dijo...

lo de los MIR es al revés de como dice el del primer comentario: gracias al acuerdo alcanzado antes de ayer, es el 75% de las 112 horas lo que nos podemos descontar en concepto de actividades formativas no asistenciales y es el 25% de esas horas lo que nos rebajarán de lo que actualmente se cobraba por horas de atención continuada. Vamos sólo 2 horas y media menos al mes de guardias de lunes a viernes que se dejan de cobrar

Anónimo dijo...

CCOO, CSIT y UGT podrían llevar a asambleas en los centros sus dudas y someterlas a votación de los trabajadores