Recordemos que, según su orden del día publicado . el Tribunal Constitucional abordaba el pasado martes 11/05/2024 una unificación de criterio ante una serie de recursos de amparo (la serie 13-2024) sobre "Fijeza interinos + Condena en costas".
Se acaba de publicar el orden de ese día completado con los resultados siendo el resultado apuntado en este punto el de "Inadmisión".
Recordemos que la Sala de lo Contencioso del Supremo yaya estaba inadmitiendo a trámite recursos de casación en los que se
solicitara fijeza -o indemnizaciones- como sanción al abuso de
temporalidad, condenando además en costas al demandante, que se
encuentra en dicha situación de abuso de temporalidad, al considerar el
alto tribunal que ya tenía una doctrina muy consolidada al respecto después de la sentencia
esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez
Ruiz" de 19/03/2020 en su serie de sentencias desde su sentencia de 30/11/2021 (recurso de casación 6302/2018) y sentencias siguientes (como la serie de sentencias derivadas desde primeros de Diciembre de 2021 y las primeras
sentencias a las demandas de fijeza del grupo de demandas del SERMAS de
2016 que dieron lugar a dicha sentencia europea de 19/03/2020):
- de las sentencias europeas, como la sentencia del TJUE de 19/03/2020, se sigue que puede haber abuso de temporalidad en personal interino de vacante prolongada aunque sea en nombramiento único , o encadenada a otros tipos de nombramientos temporales anteriores, si bien esto debe establecerse en demandas personales del reconocimiento del abuso
- pero "no se sigue que haya obligación" de conceder una sanción ante un abuso de temporalidad que no está contemplada en la legislación nacional , como la fijeza o una indemnización genérica "por abuso"
- siendo la única posible consecuencia ante el abuso la que estableció en las sentencias del Tribunal Supremo de 26/09/2018: el mero mantenimiento del puesto de trabajo (con su readmisión si se había cesado al temporal de otra forma) hasta que la AAPP cumpla con la cobertura fija de la vacante por algún proceso de cobertura (un proceso selectivo, un concurso de traslados, un reingreso, etc) o su amortización, en ambos casos, sin indemnización alguna más que una muy hipotética de daños y perjuicios concretos y acreditados, cuya carga de la prueba se hace recaer en el temporal y no en la administración, pero no una "indemnización al abuso de temporalidad".
También hay que recordar a raíz de la sentencia
de 13/06/2024 del Tribunal de Justicia de la UE en los asuntos
acumulados #GenCat, donde el alto tribunal europeo ha dictaminado que no valen como sanción al abuso de temporalidad
pública dicha doctrina del Contencioso del Supremo (ni los procesos de
estabilización e indemnización al cese o con tope de la ley 20/2021), la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo volvió a admitir a traḿite el 17/07/2024 recursos de casación para determinar si revisa su doctrina de la consecuencia
ante el abuso de temporalidad del funcionario interino (incluye
estatutario temporal de servicio de salud) e introduce fijeza o alguna
indemnización penalizadora como sanciones.
Por otro lado, la
sección de admisión del Tribunal Constitucional, con discrepancia de 1
de sus 3 magistrados, en un recurso de amparo contra sentencias y autos
de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo aplicando esa doctrina
previa el alto tribunal español, coincidió
antes de la sentencia del TJUE de 13/06/2024, con el Supremo en "reconocer" que este abuso puede quedar sin sanción
efectiva (como es, evidentemente el caso) sin que suponga una violación
del derecho a la tutela judicial efectiva.
Pero , precisamente es destacable que en la importante sentencia del
TJUE de 13/06/2024, el Tribunal europeo ha recordado el Derecho
fundamental a la tutela judicial efectiva europeo, que incluye la
reparación ante un abuso sufrido, señalando en su párrafo 106 que " dado que el principio de tutela judicial
efectiva es un principio general del Derecho de la Unión reconocido,
además, en el artículo 47 de la Carta, corresponde a los órganos
jurisdiccionales nacionales, si no existe una medida que transponga
correctamente al Derecho español la Directiva 1999/70, asegurar la
protección jurídica que para los justiciables se deriva de las
disposiciones del Derecho de la Unión y garantizar su pleno efecto".
- [19/03/2020] Sentencia
esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez
Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada
que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español
fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a
proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [22/10/2020] Auto del Tribunal Europeo ante cuestiones del Tribunal Supremo portugués: contraria a la Directiva europea una normativa de un Estado miembro que prohíba la conversión en fijo en un sector público si no incluye ninguna otra medida eficaz para evitar y sancionar el abuso de temporalidad
- [11/02/2021] Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del asunto griego "M.V. y otros/Municipio de Agios Nikolaos": golpe a la doctrina de nuestro Supremo de que la sentencia europea de 19/03/2020 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz y otros" no se aplica a situaciones de un único nombramiento prolongado en el tiempo como las interinidades de vacante. Y una vez más, reitera que la justicia nacional puede conceder la medida general de la fijeza como sanción si no hay sanción disuasoria contemplada en la legislación nacional para el caso de empleados públicos aunque se prohíba [o se interprete que lo prohíbe] por una norma nacional existente
- [27/12/2021] La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo aplica en varias sentencias seguidas a la de 30/11/2021 su "doctrina" de que de las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea "no se sigue que haya obligación" de conceder una sanción ante un abuso de temporalidad y niega por inexistentes o prohibida en la normativa nacional para personal funcionario la indemnización, la figura del indefinido no fijo de los laborales y la fijeza
- [13/01/2022] Primeras sentencias de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo a demandas de fijeza y derechos de carrera y movilidad del grupo de demandas del SERMAS de 2016 que dio lugar a la sentencia europea de 19/03/2020. Sigue la línea de su sentencia de 30/11/2021: pasa a reconocer el abuso en interinidades de vacante prolongadas, incluso de único nombramiento, pero rechaza la fijeza como sanción como está rechazando la indemnización, por no estar contemplada por la ley nacional
- [07/09/2022] La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo deniega paralizar recursos de casación sobre abuso de temporalidad para esperarse a la sentencia del Tribunal europeo en las cuestiones prejudiciales: "que un Juez haya planteado una cuestión prejudicial no es razón válida para que esta Sala suspenda la tramitación de un recurso de casación"
- [10/10/2022] El Tribunal Supremo Administrativo portugués sentencia la conversión en indefinida a la empleada pública del Auto "Gondomar" del Tribunal Europeo , pese a la prohibición de "fijeza" de la ley portuguesa para los empleados públicos y ante la ausencia de medidas efectivas de sanción reparadora: "el principio de igualdad de acceso a la función pública no puede superponerse ciegamente al derecho a la estabilidad en el empleo"
- [25/10/2022] La Sala de lo Social del Tribunal Supremo rechaza plantear cuestiones al Tribunal europeo sobre que la figura del indefinido no fijo valga como sanción al abuso de temporalidad porque no tiene "duda razonable de la adecuación de nuestra norma" al derecho de la UE y reitera que debe aplicarse igualmente al personal en abuso de las sociedades mercantiles públicas si no han superado un proceso selectivo para fijo
- [18/01/2023] Jurisprudencia en Portugal al abuso de temporalidad público establecida en la sentencia de su Tribunal Supremo Administrativo al caso del asunto "Gondomar" del Tribunal de Justicia de la UE: la prohibición de la conversión en fijo de la ley portuguesa ante la falta de medidas de sanción viola el Derecho de la UE y esa conversión no vulnera el principio de igualdad de su Constitución
- [30/01/2023] Publicado Auto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el diario oficial: un tribunal de última instancia no está obligado a plantear cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la UE cuando "la interpretación correcta del Derecho de la Unión es tan evidente que no deja lugar a ninguna duda razonable" y si está convencido de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea procedería a la misma interpretación
- [07/02/2023] El Tribunal de Justicia de la Unión Europea reitera en otro Auto que un tribunal de última instancia no está obligado a plantearle cuestiones prejudiciales cuando la interpretación correcta del Derecho de la Unión es tan evidente "que no deja lugar a ninguna duda razonable" y si está convencido de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y otros tribunales nacionales de última instancia procederían a la misma interpretación
- [27/06/2023] El Tribunal de Justicia de la Unión Europea reitera en nuevos Autos que un tribunal de última instancia no está obligado a plantearle cuestiones prejudiciales cuando la interpretación correcta del Derecho de la Unión es tan evidente "que no deja lugar a ninguna duda razonable" y si está convencido de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y otros tribunales nacionales de última instancia procederían a la misma interpretación
- [11/10/2023] El Tribunal Constitucional no admite a trámite, con discrepancia pública de uno de 3 votos , el primer recurso de amparo, de los 600 acumulados, contra la doctrina del Contencioso del Supremo ante abuso de temporalidad del empleado público y su interpretación de las sentencias europeas .Reconoce que puede que el abuso quede sin sanción efectiva según norma UE pero coincide con el Supremo , y sin dudas como para preguntar al Europeo, que no hay obligación de inaplicar el derecho nacional. El voto discrepante público es de la presidenta de la sección que entiende debe admitirse a trámite sólo por la envergadura de las cuestiones planteadas y por seguir pendiente cambio de doctrina ante la sentencia europea de 19/03/2020 Sánchez Ruiz
- [04/10/2023] La Sala de lo Contencioso del Supremo tumba la indemnización que concedió, "por analogía" a la del RDL 14/21, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña a una interina en abuso de temporalidad cesada antes del RDL
- [10/01/2024] La Sala de lo Contencioso del Supremo tumba otra sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña donde se concedía indemnización, por analogía a la regulada en el Real Decreto-Ley 14/2021, a una interina en abuso de temporalidad cesada antes del RDL
- [11/01/2024] La Sala de lo Contencioso del Supremo vuelve a revocar una indemnización al cese del interino en situación de abuso de temporalidad que concedía una sección del Tribunal Superior de Justicia de Aragón. Reitera una vez más su doctrina de fin de 2021 que de las sentencias europeas no se sigue que sea "necesaria e ineludible" una sanción al abuso de temporalidad en empleo público si no está ya contemplada en la ley español
- [12/03/2024] La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo sigue rechazando admitir a trámite recursos de fijeza como sanción al abuso de temporalidad así como esperarse a la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE en las cuestiones prejudiciales pendientes sobre funcionarios interinos en abuso de temporalidad, donde se cuestiona precisamente su doctrina actual. Y condena en costas al personal demandante declarado en abuso [13/06/2024] Sentencia de 13/06/2024 del Tribunal de Justicia de la UE en los asuntos acumulados #GenCat: no valen como sanción al abuso de temporalidad pública la doctrina del Contencioso del Supremo ni los procesos de estabilización e indemnización al cese o con tope de la ley 20/2021. Ante la falta en la normativa nacional de medidas válidas de sanción debe intentar realizarse una "interpretación conforme" del derecho nacional, sin ser contra él, para aplicar la fijeza como sanción, modificando la jurisrpudencia incompatible del Supremo, siendo posible en este caso con la declaración de personal indefinido con la misma condiciones de cese que el funcionario de carrera
- [30/07/20'24] Recursos de casación admitidos a trámite el 17/07/2024 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo tras la sentencia del Tribunal europeo de 13/06/2024 para determinar si es suficiente para el abuso un criterio temporal y si revisa su doctrina de la consecuencia ante el abuso de temporalidad del funcionario interino (incluye estatutario temporal de servicio de salud) e introduce fijeza o alguna indemnización penalizadora como sanciones. También admite cuestiones para ver si en el caso del personal docente de más de 3 años no habría abuso si hay cambios de centros, funciones o hubo convocatorias de procesos selectivos
- [05/11/2024] El Pleno del Tribunal Constitucional aborda este 5/11/2024 unificar criterio en recursos de amparo sobre fijeza de interinos y sus condenas en costas
11 comentarios:
Ahí está Conde Pumpido haciendo su trabajo a la perfección, claro que sí, ¿Cómo era eso que decía el felón en la tele? ¿De quien depende? ¿De quien depende? Pues ya está...
Gracias iNjusticia española, gracias
jajaja a comerse las costas, y si queréis ser fijos ... a estudiar vagos !
Troll, de 11,39 rica bilis , no creed al Troll
https://www.economistjurist.es/actualidad-juridica/el-gobierno-a-traves-de-la-futura-ley-de-eficiencia-organizativa-regularizara-la-situacion-de-los-jueces-sustitutos/
Es más necesario que nunca denunciar ante la Comisión Europea.
España es el único país de la Unión Europea que no sanciona el abuso de temporalidad en el sector público.
FIJEZA YA!!!
TROLL la sociopatía es una enfermedad, habla con tu médica de cabecera y cuéntale todo, lo que te hizo Arauz también.
España es el único país de la Unión Europea que no sanciona ningún abuso laboral que se cometa en el sector público por irresponsables admtivos y sindicales.
Triste ver cómo te regocijas en el drama de muchas personas. Todo llega, dont worry bebé
14:02 cómo podemos denunciar ante la Comisión Europea? gracias
No sé si lo entiendo correctamente...pero creo dice que el Supremo ya tiene su propia doctrina al respecto. Por tanto devuelve la pelota al Supremo.
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