Acaba de actualizarse el calendario del Tribunal de Justicia de la UE, y tal como se había anunciado, el 14 de Abril a las 09:30 tendrá lugar la lectura del fallo de la sentencia, por la Gran Sala del TJUE, del asunto Obadal [C-418/24] , el asunto de cuestión prejudicial que fue elevado por la propia Sala de lo Social del Tribunal Supremo español sobre las sanciones al abuso de temporalidad del empleado público español (que sea competencia de esa Sala, en principio el laboral al menos). El asunto tenía el pasado 10 de marzo como fecha de señalamiento para la deliberación del fallo. La lectura será transmitida en directo. Durante esa mañana está prevista la publicación del texto íntegro de la sentencia (en la página web del asunto).
Recordemos que esta cuestión prejudicial fue la reacción de la Sala de lo Social español a la importante sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 , donde, recordemos, el tribunal europeo ya afirmó que la figura del indefinido no fijo - la figura que concede la doctrina actual de esa Sala del Supremo al laboral temporal público por el mero transcurso de 3 años en uno o varios contrato temporales salvo que el temporal tenga una declaración de proceso selectivo para fijo superado sin haber obtenido plaza, sílo etonces sí da fijeza- es una figura temporal a efectos de normativaEuropa y mantenida durante años sufre nuevo abuso de temporalidad, no siendo válida para sancionar el abuso de temporalidad del laboral público , mientras que conceder la fijeza al laboral como sanción al abuso sí es una solución para el laboral público en abuso de temporalidad así como una indemnización mientras no se posponga al cese, no tenga topes por la antigüedad y sea de una cantidad disuasoria.
Por contra el planteamiento de su cuestión prejudicial, realizado aprovechando un recurso de casación por el caso de una cuidadora infantil empleada pública laboral temporal 8 años de la Comunidad de Madrid defendid por el abogado Miguel Angel Santalices Romero, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo español defendía -aparentemente en contradicción con lo dictado por el TJUE en aquella sentencia de 22/02/2025- seguir concediendo la figura del indefinido no fijo como una sanción válida ante el abuso de temporalidad del empleado público laboral , o si no era posible de ninguna forma conceder dicha figura, pues, proponía pasar a conceder una indemnización de 33 días por año (al cese) con tope (en vez de los 20 días por año con tope que conlleva el indefinido no fijo), siempre antes que la fijeza propuesta claramente por el Tribunal europeo en la citada sentencia de 22/02/2024.
Recordemos que el 24/06/2025 tuvo lugar la vista en Pleno del TJUE de la que hicimos un amplio resumen, y en la que la Comisión Europea trasladó su opinión de que la conversión en indefinido no fijo no puede ser una solución válida, y sí la fijeza, mientras que tanto el Gobierno español como el de la Comunidad de Madrid coincidieron en asegurar que tanto la doctrina del Tribunal Supremo como la normativa nacional ya cumplen con la normativa y jurisprudencia europea.
El 9/10/2025 tuvo lugar por su parte la publicación del Informe de Conclusiones del Abogado General de la UE en este asunto Obadal: hay que dar fijeza y/o indemnización sin topes al abuso de temporalidad, afirmando que la prohibición de la fijeza como sanción es válida sólo si hay medidas válidas de sanción al abuso, y parece que no las habría en España.
Entradas relacionadas:
- [19/03/2020] Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [22/10/2020] Auto del Tribunal Europeo ante cuestiones del Tribunal Supremo portugués: contraria a la Directiva europea una normativa de un Estado miembro que prohíba la conversión en fijo en un sector público si no incluye ninguna otra medida eficaz para evitar y sancionar el abuso de temporalidad
- [31/05/2021] Repaso de la Abogacía
General de la UE a los principios "bien establecidos de la
jurisprudencia del Tribunal Europeo sobre la sanción al abuso de
temporalidad": por el derecho a una reparación efectiva ante un abuso
-derivado del artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la
Unión Europea-, aunque la cláusula 5ª de la Directiva 1999/70 sobre
medidas para evitar el abuso de temporalidad en sí no sea de efecto
directo, en el caso de que no haya ningúna medida en la legislación
nacional suficientemente disuasoria y eficaz prevista para sancionar el
abuso de temporalidad, "tendría que dejar de aplicarse cualquier norma
del Derecho nacional que obstaculice la conversión en fijo".
- [28/06/2021] [Poder Judicial] '[La
Sala de lo Social de] El Tribunal Supremo establece doctrina sobre la
duración de un contrato de interinidad por vacante en el sector público
tras la sentencia del TJUE La duración máxima será la del tiempo que
duren los procesos de selección para cubrir la vacante conforme a lo
dispuesto en su normativa legal o convencional específica' ["Una
duración superior a tres años debe considerarse injustificadamente
larga, lo que comportará que el trabajador interino pase a ostentar la
condición de indefinido no fijo". Sentencia confirmando la indemnización
al cese de laboral interina de vacante de casi 8 años que demandaba ser
considerada indefinida no fija al cese a efectos indemnizatorios por
superar el plazo de 3 años]
- [10/12/2021] La Comunidad de Madrid sigue publicando convocatorias de las OPEs de "estabilización" anteriores (con las plazas temporales , todas ya más de 6 años a 31/12/2020 ) de su personal de la Administración y Servicios con el sistema de concurso-oposición y oposición eliminatoria siguiendo las bases acordadas en la Comunidad con los sindicatos en Febrero. La C. de Madrid no se espera a la nueva Ley aprobada por el Congreso y pendiente del Seando de reducción de temporalidad bajo la que tendría que convocar en concurso de méritos todas las plazas de estas convocatorias
- [24/12/2021] El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, con discrepancia de 3 magistrados, sentencia este 25/11/2021 seguir concediendo el indefinido no fijo y no la fijeza ante el abuso de temporalidad en empleados públicos laborales que sólo hayan superado proceso selectivo para temporal. Dice que hacerlo iría contra la norma del Estatuto Básico del Empleado Público y que las sentencias del Tribunal europeo no le obligan a dejar de aplicar normativa nacional en abusos de temporalidad. Dos magistrados afirman que conceder la fijeza no viola esa normativa nacional y otro que tendría que haberse consultado al Tribunal Europeo si la norma que impide la fijeza no viola la normativa europea
- [10/10/2023] El
Tribunal Supremo Administrativo portugués sentencia la conversión en
indefinida a la empleada pública del Auto "Gondomar" del Tribunal
Europeo , pese a la prohibición de "fijeza" de la ley portuguesa para
los empleados públicos y ante la ausencia de medidas efectivas de
sanción reparadora: "el principio de igualdad de acceso a la función
pública no puede superponerse ciegamente al derecho a la estabilidad en
el empleo"
- [22/02/2024 El
Tribunal de Justicia de la UE, en su sentencia de este 22/02/2024
reafirma la figura del indefinido no fijo como un temporal que mantenido
durante años sufre nuevo abuso de temporalidad, tumba tanto la figura
del indefinido no fijo para el abuso de temporalidad del laboral público
como que puedan valer como sanción indemnizaciones al cese ni procesos
de consolidación abiertos [como es la ley 20/2021]. Si el tribunal
remitente entiende que se puede hacer la interpretación de que es
constitucional, la solución para el laboral público en abuso es la
fijeza. Posible futuro cambio jurisprudencial de la Sala de lo Social
del Tribunal Supremo y posible exigencia de la Comisión Europea de más
cambios legislativos con medidas completamentarias a la ley 20/2021
- [15/07/202] [CEPPT] Registrado en
Comisión Europea informe para el Procedimiento de infracción contra
España sobre abuso de temporalidad en empleo público que "desmonta las
tesis" del gobierno
- [31/05/2024] [Poder
Judicial] 'El Tribunal Supremo pregunta al TJUE sobre la situación de
los empleados públicos con temporalidad abusiva' [ si es contrario a la
directiva europea no conceder la fijeza por los principios
constitucionales y si una indemnización superior al cese del indefinido
no fijo es una medida suficiente]
- [09/01/0225] [Dirección General de Recursos Humanos C. Madrid] 'Instrucciones para el abono de la compensación en procedimientos de estabilización sujetos a la Ley 20/2021' [Deja fuera a los cesados en plazas de la OPE de estabilización masiva con oposición convocadas semanas antes de la ley, exige llevar más de 3 años en ese puesto ysólo tiene en cuenta el último nombramiento o contrato]
- [27/02/2025] [ElDiario.es/20 Minutos] La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo mantiene que no puede conceder ningún tipo de fijeza como sanción al abuso de temporalidad porque iría contra la Constitución española y reitera su doctrina vigente desde 2018 sobre las consecuencias del abuso de temporalidad en el funcionario interino [Sentencias a dos de los recursos de casación del pasado 11 de Febrero
- [28/02/2025] [Poder
Judicial] 'El Tribunal Supremo declara que el ordenamiento jurídico
español no permite convertir en funcionario fijo o equiparable a quien
ha recibido nombramientos temporales abusivos sin que medien los
procesos selectivos previstos por la ley Destaca que este criterio no
se opone a la jurisprudencia del TJUE sobre la materia'
- [09/05/2025] [PAFP]
La vicepresidenta de Empleo y Derechos Sociales de la UE, Roxana
Minzatu, en su visita a España, se reúne con la Plataforma de Afectados
por la Función Pública por la situación de abuso de temporalidad
pública en España
- [31/03/2025] Publicada en la web del Tribunal de Justicia de la UE como asunto C-201/25 la cuestión prejudicial que elevó el Juzgado de lo Social de Murcia sobre qué hacer cuando la conversión en fijo implica una interpretación contra legem de un Derecho nacional que no tiene sanción válida contra el abuso de temporalidad
- [13/05/2025] Publicada
en la web del Tribunal de Justicia de la UE como asunto C-253/25 la 2ª
cuestión prejudicial que elevó el Juzgado de lo Social de Murcia sobre
qué hacer cuando la conversión en fijo implica una interpretación contra
legem de un Derecho nacional que no tiene sanción válida contra el
abuso de temporalidad
- [26/05/2025] La Comisión Europea reconoce que la reunión del 13 de Marzo del Ministro de Función Pública con la Comisaria Europea de Empleo fue íntegramente sobre el procedimiento de infracción contra España por el abuso de temporalidad en el empleo público español
- [28/05/2025] [Arauz]
La Comisión Europea incorpora a los procedimientos de infracción las
denuncias por incumplimiento del compromiso de reducir al 8% la
temporalidad pública y por la vulneración de la Sala de lo Contencioso
del Supremo de la jurisprudencia europea
- [16/06/2025] Actualizado
el Boletín Estadístico del Personal al servicio de las Administraciones
Públicas por Función Pública con datos a Enero de 2025. I - Datos
globales: 2024 acabó con un 32% de temporalidad en el empleo público,
muy lejos del 8% exigido por la UE; casi 1 millón de empleados públicos
temporales entre todas las AAPP , pese a los procesos de
"estabilización" de plazas. 3/4 están en las CCAA. 48% de temporalidad
en instituciones sanitarias
- [24/06/2025] Resumen de la vista del asunto Obadal en el Tribuna de Justicia de la UE sobre la cuestion de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo tras la sentencia del TJUE de 22/02/2024. España: la doctrina del Tribunal Supremo cumple con la normativa y jurisprudencia europea. Comisión Europea: la conversión en indefinido no fijo no puede ser una solución . Habrá informe de conclusiones del Abogado General, el 9 de octubre, antes de la sentencia
- [10/09/2025] 9 de Octubre, informe del Abogado General de la UE del asunto Obadal en el Tribuna de Justicia de la UE sobre la cuestion de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo tras la sentencia del TJUE de 22/02/2024, sobre abuso de temporalidad en empleo público español
- [26/02/2026]
68 comentarios:
Hi.
I'd like to share the following url:
https://cdj.connectedviews.eu/SitePlayer/default?lang=en&session=407
2/22/2024 9:17:59 AM, Prononcé des arrêts et conclusions
Pues eso. La del 22 Feb del 24 fue a las 9:17:59.
Se viene Obadal!! Ojalá zanje este asunto de una vez, para bien o para mal.
Para bien tiene que ser, otra cosa es que haya resistencias de los que deberían de aplicarla y NO resistirse a su aplicación
Si al final se ganará
A los profes ya les pilla de paso, van muy adelantados
https://diariosabemos.com/analisis/interinos-varias-comunidades-psoe-pp-aprueban-medidas-podrian-ser-antesala-fijeza_515617_102.html
Me alegro por ellos.
Sobre todo a los de ciencias, cada vez menos competencia en la docencia.
La oposición es competencia, y si ésta desaparece de la profesión es una estupidez hacerla porque van a tener que contratar docentes, quieran o no.
Es mejor entre gente con vocación que ofrecerlo en el paro a personas que nunca han dado clase.
Y a l@s que han echado fuera de las bolsas después de más de 20 años,., quedando cesad@s....! Es que nunca van a tener culpa los responsables de siempre?
Compañeros, creo debemos estar preparados tras Obadal para que los poderes del estado actúen como hasta ahora, mostrando su tradicional resistencia. Creo que ya es hora de que actuemos todos a una. Somos un colectivo fragmentado y representado por múltiples plataformas, sindicatos, etc, y necesitamos UNIDAD en nuestras acciones. Es la única manera de que algo cambie. Tenemos que ser mucho más combativos. Necesitamos hacernos oír. Si después de Obadal nada cambia o la solución se dilata indefinidamente, como es presumible, reaccionemos. Debemos hacer ver a los que han provocado y consentido esta situación que somos muchos y que sin nosotros el sistema colapsaría. Tenemos que mostrar que sin nuestro trabajo, el sistema no funciona. Debemos considerar una huelga masiva indefinida. Que se nos vea. Que se nos oiga. Y que el conflicto sea visible en Europa. Luchemos por nuestros derechos. No pedimos que nos regalen nada, EXIGIMOS que se cumplan las leyes. El futuro está en nuestras manos. Ya hemos perdido bastante.
Ahora lo ganaremos y Obadal es la luz en la oscuridad
Habrá maneras mas inteligentes de dar la razón Obadal a emplearse con quien no quiera darse por enterado, el caso es similar a lo ocurrido con el IRPH, que ha costado trabajo ganar y sigue costando, pero al final van a tener que claudicar. Una PLATAFORMA ESTATAL llamada XXXXX se encargaría todos los días de recordar a los Negativistas , que hay Lucha y por ende Denuncias por cada paso que den mal dado, (Aguantaría poco el Andamiaje), pero no va a hacer falta Europa nos dará razon
20:41
Colectivo de Interinos ??? 😏
Colectivo de jueces? Ellos SI van a una. El único colectivo q existe para nuestra envidia es el de JUECES/FISCALES SUSTITUTOS.
Han logrado lo que QUIEREN?
No, aún hay 1004 que no son Fijos a todos los efectos.
Por cierto recordar uno o 2 de esos detalles sin importancia.
A la vista de Junio, solo fueron como público 2 niños.
Y en esa Vista Kumin preguntó si existe en España la figura del Fijo a Extinguir.
Por tanto menos rollos de q si somos muchos, pq eso no vale de nada.
Los "malos" de esta película saben q o pagan de su bolsillo o pagamos todos. Es lo único q pasa su filtro Constitucional.
Han librado con Montoro, con Iceta, con Montero, con el presidente del Banco de España
Por tanto, hasta que no haya una Ley que les obligue a pagar pasta de su bolsillo a todos nosotros, esto NO ACABA.
Eso es lo que se dilucida en Obadal, que les den POSIBILIDADES, incluida la del Fijo a Extinguir.
Pero si la de que paguen de su bolsillo no sale del TJUE mal vamos.
Los malos de España optarán porque paguemos TODOS.
Creedme, a Óscar esa solución de que paguen ELLOS es la que le pide el cuerpo.
El me lo admitió hace 1 mes.
Frase textual.
"La Fijeza sin un tribunal q valore vuestros méritos NO SIRVE"
"Mi problema ahora es como hago que eso sea obligatorio, y si no lo consigo que al menos ellos os paguen"
Su "parapeto Constitucional" para hacer "lo que me da la gana" les ha traído hasta aquí.
Es momento de que paguen dinero de sus bolsillos.
Ni en sus peores pesadillas hubiesen pensado que esto pasaría.
Ahora solo queda la faena de identificar quienes son. Porque en ambos colectivos ( los malos y los buenos ) ya hay gente fallecida.
Vamos a ver quien espere que lo den todo al momento se va a equivocar ,ahora empezaran a tamizar, por ende a clasificar y adoptaran medidas disuasorias para que la gente con un tiempo de años sin estar les cueste mas trabajo hacer reclamaciones, (Divide y vencerás) Lo mejor es unirse ahora mas que NUNCA
Y como la Oposición le haga el juego a quien tiene que Aplicar estas medidas, va costar mas trabajo, no que mas remedio que unirse
Educación lo está consiguiendo por Comunidades,sin Obadal
¿porque los demás No?, acaso no dice la Constitución que todos somos iguales ante la Ley
⛑️🚨🚧
Después de Obadal, es el TS quien debe "validar" esas posibilidades que le dé el TJUE.
Aviso: Solo le va a gustar la de paguemos TODOS por el caciquismo de ELLOS.
Ellos han pasado de no querer pagar nada y conseguirlo, a
q su atrofia Constitucional, les sirva para INTENTAR que paguemos más TODOS.
SI el GOBIERNO ACTUAL, se lo permite está por ver. HUYE de sus puntos de vista como de la peste ...
El Gobierno que hará?. Lo mismo que ha pensado Bolaños para los Jueces/Fiscales Sustitutos.
Un Concurso obligatorio.
El Gobierno NO QUIERE PAGAR por los delitos de otros.
El compañero que dijo que esto se soluciona en Octubre lleva razón.
Por tanto, ni movilizaciones ni leches.. esto debe caer como fruta madura.
El trabajo chungo ya está hecho, y nos hemos encargado unos pocos de hacerlo por el bien de todos ..
Dar trabajo a infinidad de compañeros, será una alegría muy muy gorda.
La lucha ahora ya por fin podré decir q mereció la pena ..
10, 37 Ojala fuese en Octubre del 26, te lo firmo ahora mismo
Para el caso que se prevea una indemnización, no puede fijarse un tope máximo que impida sufragar un perjuicio superior acreditado.
10:01 ¿Quién valora nuestros méritos? Cualquiera que quiera cumplir una ley que así lo establezca.
Y si no lo hacen, por los reiterados incumplimientos de las normas por parte de las Administraciones Públicas españolas, que según hemos visto y padecido es potestativo, qué hacemos, empezamos de nuevo?
Pero, ¿quién valora y sanciona los abusos y daños cometidos por saltarse las normas desde hace años, la justicia española no, desde luego, al ser juez y parte interesada en que no se haga nada.
Por eso si vamos a cobrar debemos acreditar el perjuicio ¿Cómo? Con justificantes de entrevistas realizadas no superadas antes o después de cesados.
Ahora bien, para que le sirvió eso a Victor el Psiquiatra jubilado de Pontevedra. 10.000 euros a su buchaca que pagamos todos, y NO LOS RESPONSABLES que llevan décadas escondiéndose detrás de la Constitución.
Es esencial que Obadal indique que la "carga de la prueba" no recae en el perjudicado. Y que pague tanto desaguisado, quien realmente lo ha creado (con millones de nombramientos\contratos temporales).
Por cierto la cuantía de la indemnización no puede ser directamente proporcional a tu sueldo. Para todos los mismo.
Por ejemplo, por cada nombramiento/contrato firmado desde hace 20 años , 5.000 euros. Así se les acaban las tonterías constitucionales. Eso sí que realmente es efectivo, y disuasorio.
10:24 si, pero unos mas que otros, por eso unos ya y otros nunca.
La Constitución española y su chiringuito el TC, como también hemos sufrido sirve para dificultar el paso, sólo es un trámite más que frena el derecho a ser resarcido en un tiempo prudente para que sea ágil, lógico y digno.
12:47 Entonces los de uno sólo palman, aunque hata durado 15 años y sean abusos y fraudes uno tras otro.
*haya
Esto pinta a que al final los ceses serán despidos improcedentes y al que no le guste pista (pagaremos todos). Lo mismo que no es efectiva la responsabilidad patrimonial, tampoco será efectivo acreditar un perjuicio superior.
Y sí es cierto, el despropósito es de quien lo crea, y debe ser él/ella quien lo pague.
Verdad que nadie debe pagar a alguien que atropella si no ha sido él el responsable?
Puesto estos caraduras de Anexpal/Fedeca y sucedáneos tienen montado un buen Lobby para impedirlo.
Yo insisto. No podemos pensar que obadal derá el final. El probrema que tenemos los trabajadores abusados es que no vamos todos a una. Necesitamos unidad en la respuesta al abuso. Es cierto que representamos colectivos diferentes: jueces, profesores, maestros, etc, pero nuestra causa es común. Sólo pongo un ejemplo, que creo que es la clave: somos prácticamente invisibles. ¿Cuántas veces se habla de nuestro problema en la prensa mayoritaria?¿Conqué profundidad? Cuando es oye alguna noticia en un telediario o en la prensa, no es abriendo el informativo ni en primera página. Cuando habla alguno de los ministros cuenta "su" película o tergiversando los hechos, y es lo que llega.
Lo que quieran y cuando quieran, en caso de que así lo decidan, o nada.
Vaya usted a saber el porqué.
Y cuando hablo de este tema con mis compañeros funcionarios, no saben ni de que va el asunto. Todo esto que nosotros conocemos tan bien, para ellos es un tema absolutamente desconocido. Creo que es ilustrativo.
12:57 Hombre ,se podría poner un bonus. A los 3, 8, 13, 18 años (cada 5 años) un Bonus de 15.000 euros. Por ejemplo, Trabajador con 1 solo nombramiento durante 18 años, (15.000*5)+5.000 = 80.000 euros.
Ah, y solo recordar como se dijo en Obadal, que la causa del ABUSO NO ES SOLO EL CESE. Por tanto, también deben cobrar quienes no fueron cesados, que haberlos haylos.
Te miraran raro o pasaran del tema ...
Soy de Fedeca y no pienso pagaros ni un duro
Jjajajja
13:11 Dando clase .... Vete con el de la Cam, espabilao
https://cdj.connectedviews.eu/SitePlayer/default?lang=es&session=277
No, no me refiero a eso. Cuando hablo de compañeros, hablo de gente con la que tengo buena sintonía y confianza. Obadal es algo que nunca han oído. Nuestro problema para la mayoría no existe porque no se conoce. Haz la prueba, pregunta a alguién de fuera del círculo.
Iker Jimenez puede ser solucion con su programa
13:09 Ni siquiera te miran, pasan.
Año 2019.
El celador desde 1999, o la q tiene 56 años, con un solo contrato firmado desde el 2003.
http://www.rtve.es/alacarta/videos/aqui-hay-trabajo/aqui-hay-trabajo-18-09-19/5390333
VERGÜENZA
Si aún siguen sin tener plaza, llevan 27 y 23 años
En otros casos a partir de esos 3 años y un día, o incluso antes, es cuando comienza la verdadera fiesta del abuso y fraude por parte de los responsables de rrhh.
Te vas a comer no el mismo trabajo que un compañero de carrera sino el de unos cuantos, tantos como vacantes se vayan produciendo por jubilación o concurso, además de superiores niveles y cuerpos, que por la crisis se han dejado de cubrir, pero ¿pasa algo? Aquí NO.
Ningún abuso reconocido por SENTENCIA que quede sin sanción. Ninguna condena más en costas para funcionarios, laborales, etc. que fueron cesados hace 1,2,3,4,5, 6,7,8, 9 años... y que llegados al Supremo hayan quedado sin sanción. Fijeza y readmisión.
Aunque veo difícil que esta gente quiera soltar dinero, dirán que no tienen la culpa de que un toro matase al Piyayo hace un montón de años, queda lucha todavía, no confiaros ...lo mejor y lo peor puede estar por venir
Esperemos que en la interpretación que se produzca de la sentencia Obadal, no haya eufemismos administrativos ni soluciones imaginativas, ni actuaciones de mala gana, ni retrasos, ni tergiversaciones de la norma, ni más nada.
Para ello debería haber herramientas coercitivas a los responsables de su aplicación para que los límites constitucionales no sirvan para evadir la primacía del derecho europeo dando lugar a lo que estamos viviendo! muchos años de inestabilidad laboral, precariedad laboral, ceses injustos, precariedad económica, incertidumbre, sufrimiento. Y que encima te venga alguien y te diga "haber estudiado mas". Y las culpas de todo al interino.
Haber estudiado más quien te lo dice? el cuñao de la mesa de al lado... pues que le den por el ...
https://vento.es/caso-obadal/
Esta muy bien ese informe, pero a su vez es también es confuso y/o ambiguo por ejemplo:
"Sin embargo, sí se exige al TS a que se garantice una medida sancionadora, una alternativa eficaz que permita la reparación del daño sufrido durante años, y que esa solución en modo alguno son los procesos de estabilización; por lo que es evidente que, tal y como pregunta en su cuestión prejudicial, el Tribunal deberá fijar para estas personas una indemnización disuasoria y proporcionada, que incluso puede ser superior a la establecida por despido improcedente, hayan o no hayan cesado en sus contratos temporales."
En qué quedamos son válidos o no los procesos de estabilización? Hay aapps que han hecho malabares y no han estabilizado a interinos/temporales con más de 20 años. Se deben estabilizar personas y no plazas y si no que hubieran hecho las cosas bien.
Pienso que si va a haber algo, podría ser la idemnizacion, y no lo tengo claro del todo.
De todas las maneras ese informe es el mejor que he visto, porque da las claves y desgrana todo el asunto. Y creo también que el Contra Legen va a seguir existiendo.
Dineros es lo ultimo que darán, sino ya queda poco para verlo
Está muy bien el informe de Vento, pero a mi parecer se obvia que la No interpretación de la Directiva desde su inicio por parte del Estado, ocasiona una serie de tendencias de pensamiento en Negativo para los trabajadores y que estas, están interpretadas por Tribunales con ese vacío legislativo, por lo cual ha sido impredecibles las Sentencias, para su consecución debe de legislarse y allanar el camino para siempre en torno a los actos administrativos efectuados por la Admón a los trabajadores eso, solo se consigue con una Ley de Función Publica que recoja todos estos vacíos, claramente la voluntad del Legislador deberá ser positiva, sino de vuelta a empezar , se me olvidaba una vez salido obadal hay ruedas para hacer andar el carro, peroooo falta el motor, aquí es donde habrá que pedirlo a Papa Estado y sus representantes, también quizás y lo dejo caer la coletilla ContraLegem, dicen que no salio del TS, , si esto es cierto , ¿¿ese alguien a ver que hace ahora para quitarla???
Resumen: A nuestro criterio, una vez más las expectativas de miles de interinos se frustran ante lo que parece una respuesta ambigua, anodina y miedosa de Europa frente al abuso en la contratación temporal en España, que finaliza su largo relato devolviendo el asunto al Supremo, para que aprecie si nuestra normativa nacional contiene de forma efectiva medidas disuasorias y proporcionadas para sancionar eficazmente esta utilización abusiva.
Y esto sólo para los que dependan de lo Social, que para los Contenciosos na de na.
Si el que tiene que resolver, es el mismo que nos ha negado la tutela efectiva durante más de 25 años posicionándose del lado de los abusadores, qué esperamos, que de un giro de 180 grados? Parecerá que lo hace a los ojos de Europa, le dará la razón, pero creo que no me equivoco si los abusados despues de esperar años seguiremos observando dónde, cuándo y en qué vaso está escondida la bolita.
Tenemos razón, aquí y en Sebastopol, pero no acabará por el mismo motivo que empezó, justificar la total y absoluta arbitrariedad de la Administración que no es sino "la maté porque era mía", es el abuso de poder que en España nunca va a desaparecer.
Podrán justificarlo con millones de folios llenos de excusas, de de términos viejos o nuevos pero confusos, indeterminados, o poniendo el foco en una palabra clave para ellos, que creara otra doctrina y mas polémica con corrientes a favor o en contra, para entretenimiento de juristas y bufetes.
Mientras tanto, los viejos interinos abusados, en lo que al TS se refiere, seguiremos sin ser resarcidos debidamente.
Confío en Europa pero no en los españoles, y menos en el TS, porque actúa por eso tan español, cojones.
Buenos días. Al compañero 🫂.
Bien leído e interpretado lo que dice Vento.
Buen dicho, "Aquí se hace todo por cojones". Y los cojoncillos "los ponen" los que aprobaron Ope de Justicia hace mil siglos.
No hay que darle muchas vueltas, son mala gente ..
"Abuso de poder"
Ahí les has dado compañero 🫂
La administración está llena de miserables
Y manda huevos que sean los q deciden el futuro de 1 millón de familias
Ahora no tengo tiempo de buscarlo. Pero te añado, un juez de cuyo nombre no me quiero acordar, en un congreso de esa gente q sabe taaaaanto ...
Al que también fue Marcos Peña Molina , vino a decir algo así ...
Mientras yo esté aquí, no pasarán por mis cojones ,( no han aprobado un puñetero examen ).
Si la justicia es la q dictan esos seres con alguna tara existencial ... No vamos a ninguna parte y el abuso de poder seguirá campando a sus anchas
Ah. Y os voy a dar más datos. La jueza española del TJUE es amiga de otra q hace de cuñada de los jueces que dicen q Bolaños es un .. ( pon aquí lo más inhumano q se te ocurra )
Vamos a ver... Tranquilos, lo que hace falta es voluntad por parte del Gobierno y Políticos de Partidos que son afines a aprobar la ley de Función Publica, sabemos quienes son los que No quieren , a esos Partidos ni agua, que no nos engañen, con esa premisa estamos y depende de Nosotros , Nunca mas les votare ,ni yo ni mi familia, ni mis conocidos, sumad y veréis como algunos se van a llevar un chasco, con Igualdad, Merito y Capacidad, (con mi voto NO)
https://fijezaya.org/el-juego-de-las-sillas-y-el-tratado-de-la-verguenza/
Nos pasa lo mismo que a los abuelos dependientes en las residencias de la Comunidad de Madrid, van a comer mierda sí o sí.
Se previene? No. Se indoecciona? No. Se sanciona?No. Al contrario, se premia a esas empresas otra vez prorrogando sus contratos de comida basura mientras se ahorran mucho dinero, que luego se repartirán, porque de no ser así, no lo entiendo.
Mientras sigan bajo la tutela de esas residencias, no mejorarán, seguirán sufriendo lo mismo hasta que por desnutrición desaparezcan.
Lo mismo para los temporales abusados, mientras la tutela judicial la tengan los que nos la niegan nada bueno podemos esperar porque sería reconocer su nulo y dañino actuar al ya abusado injustificadamente durante años.
*Se inspecciona? No
11,06 y cual es según usted la solución? Queda muy de verdad eso que dice y asevera , habrá que buscar una salida a tanta hartura
Siguiendo con el similar de las residencias, las que todavía ofrecen comida decente, viendo que las que dan basura no son sancionadas sino premiadas, copiarán el modelo, ellas también quieren sacar más provecho.
Al final, que todas ofrezcan lo mismo será lo normal para perjuicio de todos los abuelos españoles.
Eso es lo que pasó con los temporales, se normalizó el abuso dejando de realizar las pertinentes y periódicas opes, incumpliendo la ley.
Que se normalice y generalice es lo que les hace impunes, pero con un agravante más, mientras abusan no paran de repetir el mantra de que vives en un estado de derecho avanzado y europeo que ha costado mucho lograrlo, jajaja, pero ¿qué me estás contando?
Los abusados ante esa mentira solo podemos abrir mucho los ojos, y asumir que es un castigo más, negar la evidencia y hasta nuestra existencia, porque para nosotros no es cierto, tenemos las sentencias que así lo acreditan, reconocen el abuso sin sancion ni reparación, luego, NO es cierto.
Ni social, ni democrático ni de derecho. No para los trabajadores temporales públicos abusados laboralmente durante 10,20,30 años por las administraciones públicas españolas.
12:10 La solución es muy compleja o sencilla, depende de las ganas que tengan los actores de trabajar y hacerlo bien, conforme a la ley y controlando entre ellos que así sea, justo lo que dejaron de hacer cada uno.
No legislo, no regulo ni me ocupo sino que abuso porque además no existe sanción y los sindicatos están convenientemente untados, ¿qué puede salir mal?
Europa y TJUE confian en que los estados europeos son de verdad estados de derecho, no fake como es España, ellos guían, recomiendan, no pueden asumir lo que no han hecho durante demasiados años los tres poderes del Estado más sindicatos.
Soy profesor y eso no es cierto. La situación es la misma.
Podéis explicar un poco lo de "salvo que el temporal tenga una declaración de proceso selectivo para fijo superado sin haber obtenido plaza, sílo etonces sí da fijeza"
Pues que si tienes la fase de oposición de un proceso selectivo para ser fijo de una categoría y estás en abuso de temporalidad como laboral temporal, el Supremo te da la fijeza
No es así mira https://apiscam.blogspot.com/2023/11/la-sala-de-lo-social-del-tribunal.html
Publicar un comentario