martes, 9 de junio de 2026

[Law &Trends] Opinión de Maite Agredano , de Cobas sector público, ante la posible publicación de normativa inminente por parte del Gobierno español antes del fin del ultimatum el 29/06/2026 dado por la Comisión Europea en el procedimiento de infracción contra España por el abuso de temporalidad pública

Publica Law&Trends este 08/06/2026 una opinión de Maite Agredano, delegada del Sector Público del sindicato Co.bas, sobre las probables consecuencias de una nueva normativa  que apruebe el Gobierno tras acercarse el fin del plazo del dos meses, el próximo 29 de Junio, tras el envío del Dictamen Motivado de la Comisión Europea a España en el procedimiento de infracción sobre abuso de temporalidad pública [INFR(2014) 4334] por falta de sanciones adecuadas en la normativa española, y en el de discriminación del temporal público con respecto al fijo [INFR(2014)4224], por seguir existiendo algunas condiciones de trabajo en las que se discrimina.

Maite Agredano cree que el Gobierno aprobará antes de fin de este mes una normativa por la vía del Real Decreto-Ley , que debe ser validada luego por una mayoría del Congreso [o puede dar lugar a un proyecto de ley que lo modifique] y recuerda que cualquier normativa , para que sea valdad por la Comisión Europea impidiendo la multa  debe  cumplir  con las sentencias del TJUE , restringiendo pro tanto la sanción al abuso cometido a indemnizaciones disuasorias sin topes (que serían elevadas para personal con mucha antigüedad o inasumibles para las AAPP dado el elevado volumen de personal afectado) o algún tipo de fijeza.




16 comentarios:

Anónimo dijo...

Al fin hilo de esperanza gracias Maite, gracias Apiscam

Anónimo dijo...

tres vías para integrar al personal con ese Decreto, no hay que preocuparse

Anónimo dijo...

Al final decidirán indemnizaciones de 33 días, lo remitirán a la comisión y alargará el proceso otros tantos años

Anónimo dijo...

A leer buenísimo
https://sepma.es/2026/06/02/bruselas-abuso-temporalidad-empleo-publico-espana-sepma/

Anónimo dijo...

Tal cual. Y sino diciendo lo que dijo el TS en mayo. Indemnizaciones para los que no hayan aprobado y fijeza para los que hayan aprobado sin plaza

Anónimo dijo...

Al gobierno actual no le dará tiempo de sacar una Ley importante como esta, después y cuando se celebren elecciones y gane Feijoo y Obescal de Presidente , imagino que no habrá tiempo para acordarse de nada que no sea esa Prioridad Nacional, por lo que pasaran otra vez bastantes años hasta que esto se mueva de nuevo, y otra vez ganará la Izquierda y otra vez no sacaran leyes que se acuerden de Interinos, o es ahora o nunca

Anónimo dijo...

Y mientras los de la seccion 4 de la Sala III. ECLI:ES:TS:2026:2327

Anónimo dijo...

La Ley Orgánica del Poder Judicial española ya contiene una regla que suele leerse con menos entusiasmo del que merece: los jueces y tribunales deben aplicar el Derecho de la Unión conforme a la jurisprudencia del TJUE. El verbo es “deben”. No “pueden”, “ponderarán” o “lo tendrán presente si no molesta demasiado”. Deben.

Anónimo dijo...

el 29 es Martes y es laborable vamos a ver que salida toman, por que hacer pa NA, pa eso ya lo hago yo

Anónimo dijo...

Lamentable.
ECLI:ES:TSJCL:2026:1845

Anónimo dijo...

Están planteándose que los interinos tengan derecho a indemnización, esto indica que no contemplan la fijeza...mal asunto gente

Anónimo dijo...

Una trabajadora municipal de Pamplona logra que le reconozcan como fija tras encadenar contratos desde julio de 2019
La trabajadora llevaba desde julio de 2019 encadenando contratos temporales y había superado un proceso selectivo municipal sin obtener plaza por falta de vacantes. Sala Social.

Anónimo dijo...

Y eso de donde sale?

Anónimo dijo...

La superación de la oposición sin plaza para ser fija no tiene un pase para la lógica de nadie, salvo que se trate de abuso de poder.

¿Qué pasa con los abusados que no han tenido ese concreto tipo de proceso selectivo para acceso o poder mantenerse en su trabajo, y no en un año sino en 15 o 20 por incumplimiento de la propia administración abusadora?

Es una discriminación flagrante a expensas de lo cumplidora o incumplimiento que sea la administración convocante, se ríen en nuestra cara, una y otra vez.

Anónimo dijo...

Desde 2019 igual que la compañera de Pamplona, la diferencia que no se ha convocado plazas en 12 años, y en abuso 6 años...para el TS y España soy menos válida. Máxima injusticia y discriminación

Anónimo dijo...

Claro, una administración que no ha convocado procesos selectivos en años se va de rositas y el temporal abusado durante años sin reparación.

Esta peña, ¿entendió la sentencia Obadal? Porque kafkiano es poco.