martes, 24 de julio de 2018

Cuestiones prejudiciales en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y recursos de casación en el Supremo en curso sobre estabilidad, indemnización ante cesse, ... en empleados públicos temporales. Mañana, nueva sentencia del Tribunal de Justicia Europeo, la del Caso Vernaza Ayovi: sobre readmisión a un empleado público laboral temporal ante despido ilegal

Aprovechamos para publicar una actualización de nuestra entrada de hace más de un mes: "Cuestiones prejudiciales en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y recursos de casación en el Supremo en curso sobre estabilidad, indemnización, ... en empleados públicos temporales"

  • tras la sentencia a principios de Junio  del Tribunal de Justicia Europeo   del Asunto C-677/16 Montero Mateos (una laboral interina de la  Agencia Madrileña de Atención Social de la Consejería de Políticas Sociales y Familia de la Comunidad  de Madrid), por una cuestión del Juzgado de lo Social  nº33 de  Madrid de 29/12/2016 sobre el derecho al cobro de indemnizaciones a laborales interinos de vacante si son cesados por cobertura normal de su puesto (como una Oferta Pública de Empleo), y si puede no ser menor de 20 días como se derivaría con la comparación con el despido objetivo del laboral fijo,: el TJUE sentencia que no es contrario a la normativa europea la normativa española de no conceder indemnización alguna al laboral interino cesado por cobertura normal de su puesto (como una Oferta Pública de Empleo), pero aunque no se le preguntaba, realiza la importante observación de que si la "duración es inusualmente larga" debería examinarse si "recalificarlo como contrato fijo"

    El juzgado que planteó la cuestión acaba de dictar su sentencia local trasladando la respuesta europea: el juzgado nº 33 de lo social aplica en cierto modo la observación finalpor tratarse de una relación laboral interina "inusualmente larga"  y decide conceder indemnización ante el fraude de ley considerándola "indefinido no fija" en el momento del cese, si bien no concede el despido improcedente , es decir, no declara el contrato fijo
  • y ante el anuncio de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europeo dictará sentencia mañana miércoles 25/07/2018 en el Asunto C-96/17  [Gardenia Vernaza Ayovi ] por una cuestión del  Juzgado de lo Social de Terrassa sobre si hay obligación a readmisión de empleado público laboral temporal -un indefinido no fijo concretamente. despedido ilegalmente , por comparación con el derecho que sí tiene el laboral fijo en la misma Administración. En principio,  aquí no se plantea qué debe hacerse judicalmente ante el cese de un interino de larga duración por cobertura reglamentaria de la plaza, como una Oferta Pública de Empleo, pero la respuesta aquí podría servir de adelanto si en otras cuestiones pendientes sobre ceses por OPE se acabara determinando en un futuro que el cese por OPE de um temporal de duración abusiva pues no es legal o procedente.



NOTA: Inventario muy incompleto, pero esperemos que aún así, de alguna utilidad



Cuestiones prejudiciales en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea con origen el orden contencioso-administrativo español (sobre nombramientos de funcionarios/estatutarios):
  • [Asunto C-103/18 Sanchez Ruiz] del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid sobre si hacer fijo a estatutarios temporales de larga duración es una solución acorde a la exigencia europea  (caso de un estatutario interino de vacante , informático del SERMAS,  ver aquí más información, OJO PRIMERA CUESTION PREJUDICIAL AL TJUE sobre FIJEZA POR SENTENCIA para EMPLEADOS PÚBLICOS y además desde el orden más difícil, en el contencioso!!!))

  • [Asunto C-429/18 Pendiente de publicación en Diario Oficial Europeo] del  Juzgado de Madrid nº 14   (caso de 5 odontólogas del SERMAS) de personal estatutario temporal (es decir, como el funcionario interino, y no bajo contrato laboral):
    • cuestiona si convocar a OPEs convencionales los puestos de empleados públicos en abuso de temporalidad pueda ser una solución del fraude de ley del abuso de la temporalidad
    • idem si conceder la figura del indefinido no fijo asentada en la jurisprudencia para laborales, al entender que cambia "temporalidad por temporalidad"
    • se suma a la pregunta al TJUE del JCA nº8 de Madrid de si hacer fijo sería la solución más adecuada
    • y añade, en caso de que la respuesta fuera no a la pregunta de fijeza , si lo sería una indemnización equivalente al despido improcedente del laboral


[OK Diario] El Gobierno del estado aprobará el viernes la OPE 2018 de la AGE con los primeros puestos de sus interinos de más de 3 años por los acuerdos sindicales de "estabilización"

Publica OK Diario que el Gobierno del Estado ha anunciado que aprobará en el próximo Consejo de Gobierno la Oferta Pública de Empleo de 2018 de la Administración General del Estado , cifrándola en más de 19 mil puestos -10 mil de ellos de "nuevo ingreso" -es decir en puestos libres tras jubilación/muerte, etc o de nueva creación-, y entre los  los que 2.863 serán, en  acuerdo con los sindicatos,  los correspondientes a las plazas ocupadas por personal interino de más de 3 años en los pocos sectores contemplados por la normativa de la Ley de Presupuestos de 2017 algunos de ellos principalmente transferidos a las CCAA (como Sanidad y Educación).   Otras 10 mil plazas serán  de "nuevo ingreso" -es decir de los puestos libres tras jubilación/muerte, etc más los de nueva creación- y casi 6 mil de promoción interna.

lunes, 23 de julio de 2018

[Cadena SER Madrid] Las OPEs con los puestos de los temporales de muchos años por el acuerdo estatal ponen en peligro a 50 mil interinos en la Comunidad de Madrid, denuncia la Plataforma de Personal Temporal de las AAPP de la Comunidad de Madrid. Entrevistas en Hoy Por Hoy

La Cadena SER Madrid ha dedicado su programa Hoy Por Hoy Madrid de 23/07/2018 a la problemática de en torno a 50 mil interinos de las diferentes administraciones públicas en la Comunidad de Madrid en situación de temporalidad durante muchos años al no haberse convocado las debidas oposiciones en su debido momento -en algunos casos, nunca- y que ahora , ante la  obligación de la Unión Europea al Estado español de acabar con esta stuación, se han encontrado con que el anterior gobierno del Estado firmó un acuerdo -que mantiene el nuevo gobierno- con los sindicatos para que las CCAAs y ayuntamientos como los de Madrid convoquen masivamente los puestos de los temporales en procesos de Oferta Pública de Empleo que no se han fijado se tenga en cuenta debidamente méritos de antigüedad.

En el programa se entrevistan a 3 trabajadoras que forman parte de la Plataforma de Personal Temporal de la Administración Pública de la Comunidad de Madrid que califican estas OPEs del  "mayor ERE encubierto de la historia" que puede llevar a la calle a miles de empleados con experiencia y exige una solución de concurso de méritos ante lo que considera un fraude de ley.


[CSIF] CSIF firma el nuevo acuerdo de Personal Funcionario de Comunidad de Madrid

'Después de más de dos años de negociación, se ha firmado el Acuerdo de Personal Funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid.

Desde el primer momento de la negociación, una línea roja para CSIF ha sido la recuperación de la jornada de 35 horas. Por parte de la Administración, su negociación se fue dilatando hasta el final, para poder valorar el acuerdo en su conjunto.

domingo, 22 de julio de 2018

Entradas más vistas de la semana 16/07/2018-22/07/2018 en este blog: resolución Parlamento Europe y estabilidad temporales en abuso de temporalidad, nuevo convenio laboral, ...

Por si te perdiste algunas entradas que podrían haber sido de tu interés en el día a día por culpa del alto volumen de publicación de este blog, además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:

viernes, 20 de julio de 2018

[UGT Madrid] 'La FeSP UGT Madrid ha firmado hoy el Convenio Colectivo del Personal laboral de la Comunidad de Madrid y el Acuerdo Sectorial de funcionarios'

'La Federación de empleadas y empleados de los Servicios Públicos (FeSP UGT Madrid), hoy viernes 20 de julio y tras dos años de duras negociaciones, hemos llegado al momento de la firma de los textos que van a regular la relación laboral del personal laboral y el personal funcionario de la Comunidad de Madrid.

Creemos que todos somos realistas y reconocemos que nos hubiera gustado tener más mejoras de las que hemos conseguido, pero en las negociaciones no siempre se consiguen todas las expectativas que nos fijamos.


[GobCM] 'Acuerdo histórico que mejora las condiciones de los 40.000 empleados públicos de la Comunidad' [ bajo su Convenio Laboral o bajo el Acuerdo para el personal Funcionario]


'El presidente de la Comunidad de Madrid, Ángel Garrido, ha suscrito con las organizaciones sindicales un nuevo convenio colectivo para el personal laboral, así como un acuerdo para el personal funcionario que trabaja al servicio de la Comunidad de Madrid, con el objetivo de mejorar sus condiciones laborales. Para el presidente madrileño esta firma confirma “la apuesta de este Gobierno por unos servicios públicos de la máxima calidad”.

Garrido ha querido agradecer a los sindicatos firmantes -CCOO, CSIT Unión Profesional, FeSP-UGT y CSI-F- su predisposición y voluntad a la hora de firmar estos acuerdos tras varios años de negociación. “Con humildad pero también con firmeza, -ha subrayado Garrido- podemos afirmar que este Gobierno ha hecho del diálogo una actitud sincera que ha servido para tender puentes con todos los ámbitos de la sociedad, incluidos, por supuesto, los agentes sociales, a quienes agradezco esa misma vocación de diálogo”.


Texto del Nuevo Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid que se firmaba hoy y selección de articulado sobre estabilidad en el empleo: el sistema de selección a fijo normal pasa a ser la oposición, los procesos de estabilización derivados del acuerdo y ley nacional serán concurso-oposición, las plazas de indefinidos no fijos deben convocarse a OPE s

[Presumible futuro nuevo Convenio colectivo del Personal Laboral de la Comunidad de Madrid, siempre según este texto que ha trascendido desde diversas fuentes como el definitivo negociado  por la Administración de la Comunidad de Madrid, y  por las organizaciones sindicales mayoritarias  Comisiones Obreras, CSIT Unión y UGT , y que se presentaba para su firma hoy junto con la firma del también actualizado Acuerdo de Personal Funcionario de la Comunidad de Madrid; a tomar con las necesarias y debidas cautelas de esperar a su aprobación en acuerdo de Gobierno y correspondiente publicación del texto oficial en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid para su entrada en vigor.  Realizamos un extracto literal del articulado de esta versión sobre estabilidad del personal del que sería el nuevo convenio laboral de la Comunidad de Madri. Entre corchetes, nuestra comparación con el convenio anterior  actulizado por ahora vigente y algún comentario nuestro ajeno al texto; resaltados en negritas nuestros]


CONVENIO COLECTIVO PARA EL PERSONAL LABORAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID (2018-2020)

Artículo 1. Ámbito de aplicación. "personal sujeto a una relación jurídica laboral ordinaria por cuenta ajena con la Administración de la Comunidad de Madrid o sus organismos autónomos.". "Se incluye asimismo" el personal laboral dependiente de: ,"La Agencia Madrileña para la Tutela de Adulto",  el Servicio Madrileño de Salud, salvo aquellas entidades dependientes del mismo que tengan personalidad jurídica propia." y "La empresa pública Infraestructuras S.A." .  Se excluye [...] El personal contratado con sujeción a las reglas de derecho administrativo. [es decir el funcionario y el estatutario de los servicois de Salud]

Artículo 31. Estabilidad en el empleo. 

1. De conformidad con el principio de estabilidad en el empleo, los contratos de trabajo se entenderán pactados por tiempo indefinido, salvo las excepciones legalmente establecidas. Asimismo, los trabajadores disfrutarán de las garantías adicionales de estabilidad en el empleo establecidas en el artículo 168, en los supuestos contemplados de extinción del contrato de trabajo. [ ] [Como el anterior  convenio]

2. Se impulsará el fomento de la estabilidad en el empleo, limitándose la contratación de duración determinada únicamente a la que sea necesaria para atender necesidades estrictamente de naturaleza coyuntural, de tal forma que la tasa de cobertura temporal tienda a situarse por debajo del ocho por ciento.


CAPÍTULO II. Selección del personal fijo.
SECCIÓN 1a. OFERTA DE EMPLEO Y PROCESOS DE INGRESO

Artículo 35. Régimen jurídico y oferta de empleo público.
1. El acceso al empleo público se regirá por los principios de transparencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad, así como por lo establecido en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y en el presente convenio. La condición de personal laboral fijo sólo se adquirirá por la superación de los correspondientes procesos selectivos que se convoquen a tal fin. Igualmente tendrá dicha consideración el personal transferido que ostentase esa condición en su administración de procedencia.


Artículo 37. Sistema de selección.

1. El sistema de selección para el personal laboral fijo de nuevo ingreso será  el de oposición, con las excepciones previstas en el presente convenio. [!Antes el sistema de selección era el de concurso -oposición!]

No obstante, y con carácter absolutamente extraordinario, cuando la naturaleza de las funciones a desempeñar así lo requiriera, podrá utilizarse el sistema de concurso-oposición, debiendo quedar adecuadamente motivadas en el correspondiente expediente las razones objetivas que  justifiquen esta decisión. En este caso se dará comunicación previa de la convocatoria a la comisión paritaria,  que emitirá informe al respecto.

[CSIF Nacional] 'CSIF reclama la estructura salarial previa a la bajada de Zapatero, jornada de 35 horas, una oferta de empleo público extraordinaria de 4.000 plazas y 6.000 de promoción interna en AGE'

'
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado, ha mantenido la primera reunión con la ministra de Política Territorial y Función Pública, Meritxell Batet, en la que hemos reivindicado una hoja de ruta para aplicar sin demora mejoras en las condiciones laborales de los empleados públicos, especialmente en la Administración General del Estado, ámbito que depende directamente del Gobierno.

Elena Collado, Interventora General de la Comunidad de Madrid

El pasado 3 de Julio se acordaba en el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid  el nombramiento de Interventora General de la Comunidad de Madrid a Elena Collado Martínez, la que hasta la asignación de cargos de siguientes niveles del nuevo Gobierno del Estado, era la Secretaria de Estado de Función Pública desde Noviembre de 2016. Con anterioridad había sido  desde  Septiembre de 2015 Directora General de Presupuestos y Recursos Humanos de la Comunidad de Madrid tras su dimisión de Directora de Función Pública del Estado, cargo al que a su vez había llegado tras una etapa larga previa como Directora General de Recursos Humanos de la Comunidad de Madrid

[GobCM] 'La Mesa Sectorial del SESCAM aprueba la Oferta Pública de Empleo de 2018 con un total de 1.410 plazas' [incluye plazas de los procesos de estabilización derivados de la Ley de PGE17]

'La Mesa Sectorial de las Instituciones Sanitarias del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha ha aprobado hoy la Oferta Pública de Empleo para el año 2018, que contempla la convocatoria de un total de 1.410 plazas, de las que 1.288 son de acceso libre y 122 de promoción interna.

La propuesta ha contado con el voto favorable de CCOO, UGT, CEMS y USAE, y con la abstención de SATSE y CSIF, sindicato este último que a pesar de haber apoyado la nueva oferta durante la votación, ha cambiado su sentido del voto una vez cerrado este punto del orden del día.

Esta nueva OPE se enmarca dentro del compromiso del Gobierno de Castilla-La Mancha por el empleo público, para seguir disminuyendo la temporalidad y ofreciendo unas condiciones laborales más atractivas a los profesionales sanitarios.

jueves, 19 de julio de 2018

[Economía Digital] Juzgado de Madrid tras la consulta europea concede por el abuso en la temporalidad indemnización a interina cesada en OPE. Ante los ceses masivos de las OPEs extraordinarias del acuerdo del anterior gobierno con los sindicatos, el Ministerio de Hacienda responde que pagará indenmizaciones por sentencia

Informa Economía Digital el 18/07/2018 de la sentencia del Juzgado de lo Social de Madrid del caso de la laboral interina de la Comunidad de Madrid cesada tras 8 años por OPE, caso Montero Mateos,a su vez tras la respuesta  semanas atrás del Tribunal de Justicia Europeo  de que era válido ante la normativa europea diferenciar laborales interinos de fijos a la hora de no indemnizarlos, siempre y cuando no estuviesen en fraude de ley por excesiva duración de la temporalidad. Así el juzgado madrileño sí ha decidido conceder una indemnización a la empleada pública laboral interina cesada por una OPE al considerarla de facto "indefinidda no fija" por el fraude de ley de una temporalidad superior a los 3 años establecidos para ello en el caso de los interinos empleados públicos.

Recordatorio. Sentencia del Juzgado de lo Social de Madrid del caso de la laboral interina de la Comunidad de Madrid cesada tras 8 años por OPE, caso Montero Mateos, y tras la respuesta reciente del Tribunal Europeo: el juzgadoi concede indemnización ante el fraude de ley considerándola "indefinido no fija" en el momento del cese pero no el despido improcedente pese al apartado de la sentencia europea que pedía al tribunal considerar la posibilidad de declarar contrato fijo por el fraude en la duración

[Recordatorio de entrada publicada el 11/07/2018]
 
Publica Ignasi Beltrán en una entrada de su blog la importante sentencia del Juzgado de lo Social nº 33 de Madrid sobre el caso de la empleada público laboral de la Comunidad de Madrid, Montero Mateos, aplicando según la interpretación del juez local la  importante y reciente sentencia de semanas atrás del Tribunal de Justicia Europeo  que era la respuesta a la consulta previa ("cuestion prejudicial") que había realizado este juzgado sobre si podía no resultar contrario  a la normativa europea la normativa española de no conceder indemnización alguna al personal laboral interino de la Administración Pública cuando es cesado por la cobertura "reglada" de su puesto (como fue elcaso de una Oferta Pública de Empleo),  y, pese a lo aparentemente recogido en sentido contrario de una del as tres famosas sentencias del Tribunal europeo sobre temporalidad en empleo público, la del caso Diego-Porras, donde al menos para eso caso el más alto tribunal europeo sentenció que sí se debía dar una indemnización igual a la del personal laboral fijo ante un "despido por bausas objetivas" (que en España es  de 20 días por año trabajado).

En esa importante sentencia de semanas atrás el Tribunal de Justicia Europeo, tal y como se temía desde aquellas  declaraciones del presidente del Tribunal europeo  tras su cita con el Gobierno español -por otra parte muy interesado en que no haya que abonar indemnizaciones ante los miles de ceses previstos por las OPEs extraordinarias masivas, esperándose una "rectificación" en el sentido negativo para los empleados públicos interinos- "reculaba" con respecto al Caso Diego Porras y sentenciaba que, efectivamente, como preguntaba el juzgado de Madrid de forma más explícita, no es contrario a la normativa europea(la famosa Directiva 199/70/CE) la normativa vigente española   del Estatuto General de los Trabajadores de no conceder indemnización alguna al personal laboral interino cesado po la cobertura normal o prevista de su puesto, como es elcaso de la resoluciónde una Oferta Pública de Empleo por la quela demandante Montero Mateos fue cesada tras 8 años de interina en la Agencia Madrileña de Atención Social de la Consejería de Políticas Sociales y Familia de la CCAA de  Madrid.

miércoles, 18 de julio de 2018

[Redacción Médica] El Gobierno de Galicia recurrirá la Sentencia del Tribunal Superior que declaró indefinidos no fijos a estatutarios interinizados

Informaba Redacción Médica este 13/11/2018 la importan que la Xunta de Galicia va a recurrir en casación [ante el Tribunal Supremo] la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia  que ha declarado indefinidos no fijos a ocho estatutarios eventuales del SERGAS por fraude de ley en temporalida, aunque habían sido interinizados por el SERGAS el año pasado en el denominado Plan de Estabilidad, opinando ell TSJ de Galicia que interino NO es solución al fraude de ley de encadenar contratos eventuales durante muchos años y que la figura del indefinido no fijo propia del mundo laboral, sí concede ventaja para la indemnización ante el cese cuando se cubra el puesto en comparativa con el interino.


[STES Intersindical] Carta a la Ministra de Educación exigiendo aplique medidas excepcionales de estabilización directa del personal interino de larga duración acordes a la Resolución del Parlamento Europeo sobre medidas para el abuso de temporalidad en el empleo público

'Para STEs-i ni el Acuerdo para para la Mejora del Empleo Público de 29 de marzo de 2017 firmado por el Ministerio de Hacienda y AAPP y los sindicatos CSI-F, FeSP-UGT y CCOO, ni el RD 84/2018 impuesto por el anterior gobierno, que debieran regir los procesos selectivos para la reducción de la interinidad, ni el engranaje puesto consecuentemente en marcha atienden a las prescripciones políticas y jurídicas emitidas desde las instancias europeas.


Escrito dirigido al Ministerio de Educación: