'A la vista de las declaraciones realizadas por la Directora General de Función Pública de la Comunidad de Madrid en la Asamblea regional, debemos reafirmar íntegramente cuanto ya dijimos en la nota que, desde Arauz de Robles, elaboramos a propósito de la aprobación y entrada en vigor del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio.
Ahora bien, puesto que, para nuestra sorpresa, se niega la obligatoriedad de la medida prevista en el 217 del RD-L -esto es, la obligatoriedad de convocar nuevamente el concurso de méritos-, nos remitimos a lo dispuesto por el preámbulo de la norma porque el propio legislador despeja cualquier duda al respecto.