lunes, 11 de septiembre de 2023

Pregunta presentada ante la Asamblea de Madrid por Más Madrid al Gobierno de la Comunidad de Madrid sobre cómo va a aplicar en la C. de Madrid el Real Decreto-Ley del Estado que establece que las AAPP hagan un proceso "escoba" de concurso de méritos con las plazas de temporales de antes de 2016 que se convocaron a otros procesos de estabilización -que continuó- y no hayan superado. Pregunta del Grupo Socialista sobre las medidas desarrolladas de la Ley 20/2021

El diputado de Más Madrid en la Asamblea de Madrid, Eduardo Gutiérrez, ha registrado estas pregunta de contestación oral para el Pleno de la Asamblea de Madrid  :

  • "Qué medidas va a poner en marcha para cumplir con el artículo 217 del Real Decreto Ley 5/2023, que precisa actuaciones para Garantizar el derecho de acceso a los procesos derivados de la disposición adicional octava de la  Ley  20/2021, de 28 de Diciembre, de medida para reducir la temporalidad en el empleo público"

La pregunta se encuentra pendiente de tramitación para programar su respuesta por el Gobierno de la Comunidad de Madrid en uno de los Plenos de la Asamblea de Madrid.

 Recordemos que, el artículo 217 del Real Decreto Ley 5/2023, establece que todas las AAPP deben convocar un concurso de méritos adicional de los excepcionales establecidos por la ley 20/2021 un número de plazas igual al número de plazas de sus temporales a 30/12/2021 que  fueran temporales, desde antes de 2016 y que pese a ello sus plazas no fueron convocadas por su AAPP al concurso de méritos establecido en la Ley 20/2021 (por sus disposiciones adicionales 6ª  y 8ª) porque sus plazas siguieron convocadas en otros procesos "de estabilización" de diferente sistema selectivo al concurso puro de méritos derivados de las leyes anteriores estatales de 2017 y 2018  que esos temporales no "hayan superado".


A este respecto, y en cuanto a los sectores de empleados públicos que dependen exclusivamente de la C de Madrid  tanto en la publicación de OPEs, establecimiento de bases y publicación de convocatorias, tenemos:
 
  • del sector Administración y Servicios,  más de 8 mil plazas o incluidas en las OPEs de estabilización de leyes anteriores convocadas en concursos oposición  a finales de 2021 para luego sacar a concurso de méritos ¡sólo 436 plazas! porque publicó todas las convocatorias con oposición semanas antes de la entrada en vigor de la Ley 20/2021, y después las ha continuado, detrayendo todas sus plazas del cómputo de plaza para el Concurso de Méritos.
  • Por otro lado,  el SERMAS convocó a concurso-oposición 23 mil plazas por los procesos de "estabilización" de plazas de la ley anterior de 2017 y sólo 9 mil al Concurso de Méritos excepcional regulado por la nueva ley 20/2021 por su disposiciones adicionales 6ª y 8ª, habiendo  continuado el SERMAS muchos de los procesos de estabilización anteriores, encontrándose todos cuando la publicación de la ley convocados sin finalizar o todavía sin convocar. Han finalizado algunos procesos importantes en número de los que se encontraban convocadoas , pero siempre después del 30/12/2021, fecha de entrada en vigor de la Ley 20/2021 y quedan varios por finalizar de lso que se convocaron antes de la ley. Las plazas de los que no se habían convocado pasaron al concurso de méritos.

Queda la duda de cómo interpretar que un temporal de antes de 2016 afectado por estos procesos de estabilización anteriores "no lo haya superado" si el proceso no ha finalizado todavía o llegal a fecha tope que pone el RDL para pubilcar la nueva OPE, 31/12/2023, y no ha finalizado todavía. Podría interpretarse que si para la fecha de publicación de la nueva OPE -antes de 31/12/2023 -(o , incluso, para lla de entrada en vigor del RDL ,30-6-2023), si el proceso no ha concluido todas sus plazas de temporales de antes de 2016 deben contabilzarse para la nueva OPE del concruso de méritos según el RDL 5/202. O quizás podría demorar la AAPP la publicación de la nueva OPE para méritos ya a 2024 esperando a finalizar los procesos anteriores, o publicar una OPE antes del 31/12/2023 con un número de plazas dependiendo del resultado final de los proceso anterioes, pero nunca decir que no tiene que sacar ninguna plaza a concurso de méritos porque no ha terminado los procesos anteriores antes de 31/12/2024. Eso sería un evidente (nuevo) fraude de ley.
 
La C. de Madrid, tras la publicación del nuevo RDL,. ya a ha dicho que "no van a paralizar ni modificar los procesos de estabilización convocados y en desarrollo y que en cuanto al artículo del nuevo RDL "caben multitud de interpretaciones", " es necesaria una directriz del Estado".
 
El  Grupo Parlamentario Socialista ha  presentado preguntas  ante la Comisión de Sanidad de la Asamblea de Madrid sobre profesionales sanitarios de largas temporalidades y medidas de estabilización tras la ley estatal 20/2021
 
 
ADDENDUM 21/09/2023: la Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 18 de septiembre de 2023 ha acordado admitir a trámite dicha Pregunta y remitirla a la Comisión de Presupuestos y Hacienda como PCOC-239(XIII)/2023
 
 
 ADDENDUM 21/09/2023: el Grupo Parlamentario Socialista presentó la  ante la Comisión de Presupuestos y Hacienda la Pregunta de contestación oral "¿Qué medidas se han desarrollado desde la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo para aplicar la Ley 20/2021, de 28 de Diciembre, de medidas urgentes para la
reducción de la temporalidad en el empleo público en la Comunidad de Madrid?", que la
Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 18 de septiembre de 2023 ha acordado admitir a trámite y remitirla a la Comisión de Presupuestos y Hacienda como PCOC-284(XIII)/2023.

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12 comentarios:

Anónimo dijo...

Tiene que ser necesariamente la no superación de un proceso de estabilización o puede ser también de una OPE libre donde se ofertaron plazas que deberían ir a estabilización pero no se sabe porqué se incluyeron en una ope libre?

Anónimo dijo...

Identifica de nuevo a las personas y sus plazas y que no hubieran superado un proceso diferente al concurso de méritos.
Pero hay muchas derivadas que no están contempladas como mi caso que yo no he superado mi concurso pero es que otra persona cuya plaza iba a concurso opo se ha quedado con mi plaza... Es otra chapuza más!!!

Anónimo dijo...

Hay tantos supuestos diferentes como irresponsables dirigiendo los rrhh en las AAPP, y apoyados además por los sindicatos mayoritarios, sus subvencionados palmeros.

Anónimo dijo...

Al de las 12.09.

Si te ha ganado "tu plaza" en concurso será por algo.
Y hablar de chapuzas, perdiendo el trabajo; es un poco "extraño"

Anónimo dijo...

Al 20,49h

Esa persona no ocupaba su plaza a 31 de diciembre de 2020 y había trabajado años en ese puesto, estaba su plaza en estabilizacion y por eso va a concurso-opo pero después se presentó al concurso en el que estaba la mía y me superó.
Según el nuevo rd que aprueba concursos yo sí ocupaba mi plaza a 31 del 12 de 2021 y no he superado el concurso pero una persona que ha superado mi concurso tenía su plaza en concurso-opo y ahora no van a ofrecer su plaza a concurso.
Si lo hicieran, yo era la siguiente en entrar.

En mi administración otra, el baremo, ha beneficiado a los funcionarios antiguos que por su antigüedad en la administración, aunque sin haber trabajado en un puesto en muchos casos ni un día, se quedan con muchas de las plazas de gente en abuso.

En mi administración no han contado nada la formación en el puesto, sólo idiomas, que es algo que cualquiera se va formando independientemente del puesto y eso también beneficia a los funcionarios que llevan mil años y que no han hecho ningún curso de los propios del puesto.

Cosas de esas las considero chapuzas.

Anónimo dijo...

Al de las 20:49.

Eres el equivalente a un soldado tipo nazi promedio, el por qué, le da igual, el cuanto, le da igual, el a quien, le da igual, a el le han dicho que como buen ario o individuo que cumple con lo que cuenta y pide su gobierno, ser rubito, o tener ojitos azules con 16 añitos o menos, le pone en la cúspide y por ello, cualquier ser que pudiera interferir en el desarrollo natural de su camino hacia el futuro escrito y y descrito a la perfección en su cómodo credo, es un mierda, debe morir y además pedir perdón por haber existido y ocupado un espacio reservado a gentes como el. Es el capataz egipcio que por ser o pertenecer al círculo de alguien, ejerce su juicio sin necesidad de juez a golpe de látigo en la espalda de trabajadores que llevan años sufriendo injusticia tras injusticia, eres ese capataz cabrón que vive bien y se queja de situación culpando a aquellos que despellejas con el puto látigo de tu lengua, más ágil que tú propia mente, a fin de sentirte bien en tu triste y deleznable puesto, pero eso sí, sin levantar la voz contra el verdadero culpable de tu situación y de la de quiénes mortificas con tu asquerosa aquiescencia. Haz como ellos, monta grupos y asociaciones, ayuda a esos que masacras y verás como ellos te ayudan en tu propia reivindicación contra los verdaderos culpables... o se un imbécil apesebrado más que llora su pena sintiéndose el ombligo del derecho mientras te dedicas a pisar cuellos de gente más desfavorecida... deberías probar el otro lado del látigo de pelota que esgrimes es dos simples líneas con tal desafección, y espero qo, si no personalmente, lo hagas viendo esa misma situación en la figura de tus futuros descendientes, si es que los mereces...

Te envío un saludo cordial y espero haber ayudado para que recapacites un poco, soy de esos idiotas que, siendo sin duda uno de los peores, que aún se siente legitimado por los energumenos para poder ignorar, aún cree en el fondo que puede haber un sentido para todos, si decidimos ser nosotros y personas, a pesar de que el venir del mono pueda ser mucho para algunos, en fin, la trampa de la evolución...

Anónimo dijo...


Al compañero en abuso de temporalidad que ha perdido su puesto de trabajo, debido al incumplimiento de la normativa europea.

Recurre tu cese. Pide FIJEZA.

Ya solo quedan unos meses para que España deje de ser el único país de la Unión Europea que no sanciona el abuso de temporalidad en el sector público.

Un abrazo


http://apiscam.blogspot.com/2022/02/el-tribunal-regional-de-atenas-de.html

Anónimo dijo...

0:16

Plas, plas, plas
Sí señor, y como lo que describes hay mucho...

Aunque dudo que el destinatario haya entendido la mitad de lo que has escrito...

Anónimo dijo...



https://twitter.com/herqles_es/status/1701265360610042225


Anónimo dijo...

Pa el figura de los aplausos y el otro.

https://twitter.com/sirsapito/status/1701275125952209385

Anónimo dijo...

Para el figura de las 17:43. Hace mucho que las oposiciones no son territorio MEC , con lo cual no puede saber si quedó el 300 de España en la oposición ya que las opos las realiza cada comunidad autónoma y , a veces, ni coinciden en año, con lo que parece que no sabe ni por donde anda. No lo sé, Rick, parece falso....

Anónimo dijo...

Vive en una España pasada, por qué no me extraña?