miércoles, 13 de septiembre de 2023

[Arauz] La SEPI considera que el RDL 5/2023 obliga, también a las sociedades mercantiles públicas, a ampliar la OPE de concurso de méritos con todas las plazas que cumplían la D.A 8 de la ley 20/2021

'La  Sociedad Estatal de Participaciones Industriales [SEPI] da la razón al despacho Araúz, y considera que el art. 217  del Real Decreto Ley 5/2023, que obliga a ampliar las OPES para incluir en el concurso de méritos todas las plazas ocupadas por empleados públicos temporales con anterioridad a 1 de enero de 2016, se aplica también a las sociedades mercantiles públicas, entidades públicas empresariales, fundaciones y consorcios del sector público.


 Con esta resolución, la SEPI obliga a RTVE a ampliar su oferta pública de empleo y el concurso de méritos convocado, incluyendo todas las plazas que, reuniendo los requisitos de la DA 8ª de la Ley 20/2021, no habían sido incluidas en el concurso de méritos anterior.'

Fuente: Comunicado del gabinete de Javier Araúz de 13/09/2023 recibido en APISCAM 

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28 comentarios:

Anónimo dijo...

Ya hay "Patrulla Canina"
https://www.tribunalconstitucional.es/es/tribunal/orden-del-dia/OrdenDelDia/2023_09_12_Pleno_OD_802864196a834d7a8526f5aab8580ba0.pdf

Anónimo dijo...

El constitucional no lo va a echar atrás...

Anónimo dijo...

El Constitucional debería poner los Concursos en su sitio y si son válidos que tuvieran como destino las personas que han ocuoado esos puestos 5 años mínimo.
Todo lo que se ha montado está siendo un descalabro para las personas abusadas, para las administraciones y para el país porque Europa les va a mandar que nos hagan fijos o nos paguen un montón de dinero y ya nos han oagado para echarnos y tienen ahora gente sin experiencia en los puestos. Un descalabro.
La estabilización y los concursos deberían haber servido como su nombre indica para estabilizar a los temporales.
Me gustaría que el Constitucional pusiera sentido común en todo esto pero no creo que lo haga y la bola se hará más grande todavía...

Anónimo dijo...

El Constitucional solo está para decir si una norma es inconstitucional y sólo según los argumentos que haya puesto el que ha puesto el recurso (pocos actores pueden).

Lo que dices corresponde más en estos momentos a la Comisión Europea, que con el tema de los fondos, puede hacer y deshacer. Le has informado de todo lo que dices?

Son simples denuncias por un formulario web

Anónimo dijo...

Y qué cuestionan al Constitucional los de Vox?

Anónimo dijo...

http://apiscam.blogspot.com/2022/02/el-tribunal-constitucional-decidio-en.html?m=1

Anónimo dijo...

Que este tipo de norma básica no se puede hacer por real decreto ley

Anónimo dijo...

Y que importancia o repercusión tiene eso de la inconstitucionalidad de un rd que luego dio lugar a una ley ahora? Ninguno?

Anónimo dijo...

A 22,34h:

Lo que digo es evidente, se veía venir y yo sólo soy una persona, no puedo ir contra el sistema, sólo puedo intentar defenderme de él con demandas; tengo demanda fijeza y cese en el Contencioso.

En mi exadministración, mi exjefa solía decir que en algún momento se iba a tener que parar lo que iban haciendo y seguían y seguían hasta que me cesaron a mí y otras y otros muchos con los concursos.

Ahora tienen una administración en la que han pagado un montón de dinero para echarnos, nos tendrán que pagar mucho más o hacernos fijas con las prejudiciales lo más seguro y tienen gente sin experiencia por todos lados.

Están como locos intentando llamar como temporales a los que acaban de echar tentandoles a su puesto anterior en otra plaza o lugar o en otro puesto diferente que aprovecha sus conocimientos.
Yo no porque no voy a volver a ser temporal en esa administración.

Anónimo dijo...

A 07:26 la declaración de inconstitucionalidad de una norma no invalida sus efectos previos (solo a futuro), pero habilita a obtener indemnizaciones a personas afectadas por la norma antes de ser declarada inconstitucional.

En este caso solo pudo tener efectos entre julio y diciembre de 2021: algunas AAPP publicaron OPE y convocaron los procesos selectivos de concurso-oposicion en ese plazo con las plazas temporales de antes de 2018 , incluyendo las vacantes de 2016 (como decía el RDL)

Anónimo dijo...

7:44 Quién querría volver a trabajar en una Administración enferma donde sus responsables además de abusar en la temporalidad de sus eternos trabajadores temporales les cargan de tareas y responsabilidades para cubrir otras vacantes, de cuerpos y niveles superiores, incluso de otras administraciones, y cuando se vislumbra una posibilidad real de consolidar y conseguir la estabilidad laboral ponen todos sus medios y empeño es cesarnos?

Anónimo dijo...

Entiendo, en unos meses salimos de dudas, que la sanción será la fijeza para quién no haya conseguido plaza, e indemnización para los que si la hayamos conseguido en concurso oposición algo atenuado si, pero de light no ha tenido ni un ápice.
Todo ello ganado en los juzgados, una vez que salga la sentencia del TJUE borrón y cuenta nueva, por lo que los que pensáis que os lo vamos a solucionar los que hemos dado la cara, lo tenéis claro.
Desconozco cual será la indemnización que es ya mi camino, la que acepte el TJUE y puede ser la de 33, o 20, días por año trabajado (sin límite claro) si va acompañada de otras medidas. De ser así un problema menor para la administración, que sigamos adelante con la denuncia y que hayamos sacado las oposiciones trampa, cuántos seremos? Lo que nos den bien está, hemos conseguido que se cumpla la ley que no es poco. Lo que si que pienso es que a los que habéis denunciado en tiempo y forma, con un buen abogado, si que os harán fijos, no sois más que pienso, a lo sumo 15-20 mil, por baja que sea la indemnización no creo que Europa les permita hacer ese gasto habiendo alternativa.
Mucho ánimo a los que buscáis justicia en el juzgado implorando a Europa, os queda menos. Mientras seguirán barriendo gente, este tiempo les está viniendo genial.

Anónimo dijo...

¿A los que están interviniendo en secuestrar nuestros derechos laborales, ya sean responsables administrativos y/o sindicales, quién les va a castigar para que dejen de actuar como auténticos capataces de plantación en vez de en una Administración, donde se supone que el cumplimiento de la legalidad es lo que debe imperar?

Anónimo dijo...

Buenas tardes. Ya he escrito en anteriores ocasiones en esta página pero nunca me han sabido contestar. Ya hace años que fui despedido de mi trabajo en un Ayuntamiento.Antes de mi despido reclamé mi fijeza .Me despidieron y posteriormente gané los juicios provinciales y por último el del Supremo. El fallo fue que me otorgaron la categoría de indefinido no fijo y que entonces el Ayuntamiento tenía que elegir entre despedirme con indemnización,como cualquier contrato laboral por despido improcedente, o reincorporarme a mi puesto de trabajo con las mismas condiciones laborales y salario pero siendo indefinido no fijo. Como he comentado antes el Ayuntamiento optó por la indemnización.La pregunta que yo me hago es la siguiente .Si las prejudiciales salen favorables a nuestra causa ( fijeza laboral o funcionarial por no tener sentido el indefinido no fijo) , ¿ese Ayuntamiento estaría obligado de nuevo a readmitirme en mi anterior puesto de trabajo?
Saludos y gracias.

Anónimo dijo...

17:38

Tú aceptaste la indemnización...?

Anónimo dijo...

18:14 Qué quieres que la rechace, encima de abusado en la temporalidad y Dios sabe en cuántas cosas más? No le dejaron opción, le indemnizan y ya se acabó el calvario, personalmente entiendo que no.

17:38 Consulta con un abogado, nunca de los sindicatos palmeros pues como ya sabemos están del lado de la Administración y no del abusado.
La indemnización es por el despido improcedente, a la que optó la administración pero no por el abuso en la temporalidad. Inténtalo.

Anónimo dijo...

17,38
Llegaste al Supremo. Tienes que esperar a ver qué dice el TJUE y después preguntar a un abogado. Preguntar ahora no tiene sentido.
La sentencia es firme y has perdido el "vínculo " con lo que lo veo difícil.

Anónimo dijo...

Si la sentencia es contraria a lo que diga el TJUE, es nula o anulable. Cuando el TJUE responda las prejudiciales, consulta a un abogado. Suerte.

Anónimo dijo...

18:14
Por desgracia el Ayuntamiento tiene la potestad de elegir y optó por la indemnización. Yo hubiera querido la readmisión. Ahora estoy trabajando de interino en otra Administración pero sigo teniendo la duda de ,aunque sea causa juzgada,las prejudiciales me puedan devolver mi puesto anterior con fijeza. En cuanto la indemnización no sabría decir si para volver al puesto anterior debería de devolverla.Saludos.

Anónimo dijo...

No preguntes más aquí, que no somos especialistas.

Consulta con un abogado.

Anónimo dijo...

11:24
Preguntó en este foro porque es el más completo para seguir la actualidad de los interinos en abuso. Sé que estas páginas son leídas también por especialistas en el tema.Tambien sé que se trata de una cuestión muy difícil de responder en estos momentos incluso para un abogado. Gracias.

Anónimo dijo...

Podrás pedir responsabilidades por mal funcionamiento de la justicia pero nunca el reingreso en tu trabajo!

Anónimo dijo...

Se sabe ya para cuando se esperan los resultados de las prejudiciales del TJUE?? Porque iban a ser en julio, después septiembre... y parece que la cosa se va alargando... (para beneficio de la Administración)

Anónimo dijo...

Yo creo sin error a confundirme que esta decada es posible que el TJUE acabe sacando su stc, alla para cuando no queden temporales en abuso ya en activo pues o han sido fijos con el timoconcurso o estan cesados por los multiples procesos en marcha..y luego a esperar q sea clara y si lo es que se dignene a acatarla el TS q visto lo visto no pinta claro....

Anónimo dijo...

Es posible que estén dando tiempo a que se apliquen tanto la ley 20/21 como el RDL5/2023. De hecho, creo que el artículo 2017 ha salido por presiones de la Comisión.

El que sea cesado tiene que ir a juicio igualmente, porque las prejudiciales serán respondidas.

Anónimo dijo...

Experto en el tema.

Que tema? Un temporal es precario siempre.
Alguien quiere ser precario siempre?
NO. Por mucho que algunos digan que esto está arreglado a futuro.

Y lo del pasado? Debe ser tratado como ineficiente. Y cuando algo o alguien es ineficiente, hay que buscar soluciones.

Soluciones. Reparar el daño producido sin indemnizaciones. Como? Con oposiciones 70-30. 30 el examen, y 70 otros méritos.

Y al que NO apruebe y haya sido interino, contrato de interinidad otros 3 años, y examen libre.

Así, nadie se sentiría perjudicado en exceso.

PD. Pero claro. Para eso antes se deberia pedir perdón por los desmanes cometidos.

Se trata de ser honesto, y hay mucha gente en el sector publico que NO lo es, y debería cesar de su cargo.

Los INterinos somos los más honestos en esto, y los Opositores también , salvo un sector minoritario de ellos q son sinceramente " mala gent".

Anónimo dijo...

Ah, se me olvidaba.

Eso de retorcer la Constitución, para NO ser honesto con la gente, en esta situación "excepcional", por mucho que a algunos les pese, también es de "mala gent". La falta de empatía de alguna minoría de jueces y opositores es más que evidente.

Anónimo dijo...

Castilla y León:

https://www.salamanca24horas.com/local/interinos-larga-duracion-castilla-leon-seran-convocados-nuevo-proceso-estabilizacion_15089910_102.html

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