Acaba de publicarse en la web del Tribunal Constitucional los resultados de Pleno del 12/09/2023, que incluía, a priori, la primera
deliberación del recurso de inconstitucionalidad que interpusieron 50 diputados de Vox (del que desconocemos sus fundamentos), contra el REAL DECRETO-LEY 14/2021 publicado el 7 de Julio de 2021 o "Icetazo". La decisión que figura publicada en los resultados para este recurso que se encontraba en orden del día es: "retirado".
Recordemos que ese Real Decreto fue prácticamente sustituido en su totalidad (salvo la
disposición que daba un año para trasponer a docentes de Educación y
personal de Servicios de Salud el articulado para futuros nombramientos
temporales) por la Ley 20/2021 de reducción de temporalidad pública,
de 28 de Diciembre de 2022. Es decir, que, en la práctica, la norma
que tenía este recurso de inconstitucionalidad estuvo en
vigor solamente desde el 8/7/2021 al 30/12/2021. Ignoramos los fundamentos de inconstitucionalidad que Vox puso en este recurso.
Ignoramos si se ha retirado definitivamente por alguna razón o sólo es que se decidió retirar provisionalmente ese punto del orden del día.
Por otro lado, en diciembre de 2022 el Tribunal Constitucional emitió una resolución respondiendo que no se había interpuesto recurso de inconstitucionalidad contra la Ley 20/2021, la citada ley estatal del procesos de estabilización , ya por concurso de méritos en casos, que reemplazó al RDL 14/2021.
Entradas relacionadas:
- [07/07/2021] [IMPORTANTE] Publicado en el BOE el REAL DECRETO-LEY del "plan de choque" de reducción de la temporalidad en el empleo público acordado con los sindicatos fijando un último proceso extraordinario de estabilización de plazas con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no estén ya en los procesos de estabilización de las leyes de 2017 y 2018: un concurso-oposición libre con peso de la fase de méritos del 40% e indemnización de 20 dias/año máx 12 mensualidades al cese del temporal que no lo supere. Entra en vigor mañana 08/07/2021
- [29/12/2021] Publicada en BOE la nueva Ley de reducción de temporalidad pública.Obliga a todas las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a 1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo la plaza. En días y semanas pasados ha habido "carreras" por muchas AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de estabilización anteriores
- [01/02/2022] El Tribunal Constitucional decidió en su Pleno del 25/01/2022 admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad de Vox contra el Real Decreto-Ley 14/2021 publicado el pasado 7 de Julio de 2021 , o "Icetazo".
- [19/10/2022] El
Tribunal Supremo rectifica su Auto donde denegaba la suspensión
cautelar de la OPE de la AGE según ley 20/2021 de COSITAL, para aclarar
que no hay recurso de inconstitucionalidad presentado a la Ley 20/2021
- [12/09/2023] El Tribunal Constitucional delibera en su Pleno este 12/09/2023 el recurso de inconstitucionalidad de Vox contra el Real Decreto-Ley 14/2021 publicado el 7 de Julio de 2021 , o "Icetazo" y que estuvo en vigor en la practica 5 meses hasta sustitución casi total por la ley 20/2021
13 comentarios:
Pero que ha pachao?
Yo no puedo entender cómo es posible que no haya ningún recurso de inconstitucionalidad.
Los concursos son una forma de acceso pero la forma en la que los han organizado no son justas y deberían haber consultado la constitucionalidad de los mismos.
Ahora qué? A conformarse con que nos hayan quitado las plazas injustamente en los concursos personas sin un día de antigüedad en el puesto u otras injusticias?
¿alguien sabe qué ha pasado? ¿Vox a retirado su recurso antes del pleno o simplemente es que el Tribunal decidió retirarlo del orden del día por lo quwe fuera y sigue en pie?
Al de las 17,42 ; ahora si , ahora no ...
Los jueces son más serios que todo eso. Pero bueno , busca debajo de las piedras, que nunca nadie te dirá el motivo.
130579 752/000086/0001 1/2/2022
AUTOR:
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Recurso de inconstitucionalidad número 6345/2021, promovido por más de cincuenta
Diputados del Grupo Parlamentario VOX, contra el Real Decreto−ley 14/2021, de 6 de julio,
de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
ACUERDO:
Dar por personada a esta Cámara en dicho procedimiento y por ofrecida su colaboración a los
efectos del art. 88.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.
Por tanto el que quiera que le pregunte a Olona o a Vox
Pues yo sigo sin entenderlo perdonarme pero debo de estar espesa hoy…..me lo puede explicar alguien con terminología entendible por favor?
En el BOE saldrá algo de este estilo, si no ha salido ya, https://www.scribd.com/document/391399924/El-Gobierno-retira-recurso-ante-el-TC-de-la-ley-de-asistencia-sanitaria-universal-catalana
Apiscam.
Se habrá "enfadado" Vox con Arnaldo por desestimar en Marzo esto?
1. ASUNTOS PARA PRIMERA DELIBERACIÓN
1. RI. 5610-2021 Recurrente:Más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Vox en el
Congreso
Ponente: Excmo. Sr. Don Enrique Arnaldo Alcubilla
Objeto: Incidente de recusación de los Excms. Srs. don Cándido Conde-Pumpido
Tourón, doña María Luisa Segoviano Astaburuaga, don Juan Carlos Campo Moreno
y doña Laura Díez Bueso en RRI 5610-2021, 6345-2021, 7079-2022, 5570-2021,
2191-2022, 4469-2021, 2192-2022, 2154-2022, 1760-2021, 193-2023, 825-2022 y
1937-2022.
Incidente de recusación del Excmo. Sr. don Cándido Conde-Pumpido Tourón y de
las Excmas. Sras. doña María Luisa Segoviano Astaburuaga y doña Laura Díez
Bueso en RI 8017-2022.
Decisión: 1. Declarar la carencia de objeto de las recusaciones promovidas en los
recursos de inconstitucionalidad núms. 5570-2021 y 2154-2022.
2. Declarar la pérdida sobrevenida de objeto de las recusaciones del magistrado don
Juan Carlos Campo Moreno promovidas en los recursos de inconstitucionalidad
núms. 1760-2021, 4469-2021, 5610-2021, 6345-2021 y 1937-2022.
3. Inadmitir a trámite las recusaciones promovidas en los recursos de
inconstitucionalidad núms. 1760-2021, 4469-2021, 5610-2021, 6345-2021, 825-
2022, 1937-2022, 2191-2022, 2192-2022, 7079-2022, 8017-2022 y 193-2023.
Es decir.... si no consigo que recusen a "estos jueces", me enfado y lo retiro.
Por tanto, lo han retirado despues de Marzo y no han dicho nada.
Cualquier anuncio de retirada debe aparecer en el Boe por alguna de estas personas. https://www.tribunalconstitucional.es/va/tribunal/Composicion-Organizacion/organizacion/Paginas/02-Secretarias-de-Justicia.aspx , en un plazo de 1 mes.
10:41 Me hace gracia que todavía haya gente que se sorprenda del oscurantismo, de la falta de transparencia y sobre todo de información de quiénes tienen el poder sobre los borregos, ya se encargan de no correr riesgos, de ahí que no exista sanción, ni la habrá mientras sean los mismos los que hacen de juez y parte.
Ellos nada tienen que temer, siempre ganan pues no corren el riesgo de perder su trabajo, puesto o profesión.
Saben de sobra que los abusados todo lo aguantamos y más cuantos más años tenemos, nos creció caparazón.
Nuestra vida se basa en asistir a sorteos sin haber comprado ningún boleto. Sorteos donde sin consultartelo siquiera te ves trabajando para otra administración por una duración de años, o un sorteo donde incluyen tu plaza a toro pasado y sin dar información al mayor interesado, el abusado y ahora cesado.
Ahora están los que asisten al sorteo del concurso extraordinario para la estabilización y reducción de la temporalidad, otro tongazo de los mismos que abusan, cesan y te hablan muy serios y compungidos de la salud mental, no de la suya claro, sino la del personal borrego, que para eso sí que compramos billetes enteros o igual es que nacimos con ellos.
De Borrega na de na.
Dignidad y poner la cara.
Salud mental? Cada una la suya.
Tongo? Que tongo? La situación es como es.
Ellos abusan. Nosotras cabalgamos y reclamamos un concurso que es lo lógico pa salir de esta.
Publicar un comentario