domingo, 23 de septiembre de 2012

'El TC admite el recurso de la Junta de Anadalucía contra artículos del decreto sanitario del Gobierno junto con el de Asturias'

[Europa Press 21/09] 'El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite los recursos de inconstitucionalidad promovidos por la Junta de Andalucía y del Gobierno del Principado de Asturias contra varios artículos del Real Decreto Ley de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.


 Según publica este viernes el Boletín Oficial del Estado (BOE), se admite el recursos del Gobierno andaluz contra los artículos 1.1 y 1.2; 4.1 y 4.4, y 10.4 y 10.5; y el asturiano contra el artículo 10.4 del Real Decreto-ley 16/2012, aprobado por el Gobierno central el pasado mes de abril.
   En el caso andaluz, fue el pasado 26 de junio cuando el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía acordaba autorizar la interposición del recurso al entender, tal y como señalaba la consejera de Salud y Bienestar Social, María Jesús Montero, en la rueda de prensa habitual al término de la reunión del Consejo, y que ahora ha sido admitida a trámite por el Constitucional tras us publicación en el BOE.
   Montero ya explicó que la norma estatal invade o lesiona dos artículos de la Carta Magna y cuatro del nuevo Estatuto de Autonomía de Andalucía. Según explicaba, el Real Decreto dictado por el Ejecutivo de Mariano de Rajoy "es inconstitucional tanto en el fondo como en la forma", toda vez que no garantiza "el derecho a la protección de todos reconocido en la Carta Magna", con lo que "se pasa de ser ciudadanos titulares del derecho a la salud a ser asegurados y beneficiarios de un servicio".
   Asimismo, señalaba que con este decreto el Gobierno central "penaliza con motivo de la situación económica a los sectores más desfavorecidos", al "vulnerar" y "no garantizar" el derecho a la protección de la salud de sectores como los inmigrantes y la población pensionista.
   En concreto, afirmaba que el artículo 1 de la norma estatal cambia el concepto de ciudadanos con derecho a la salud por el de asegurados o beneficiarios, "atentando así contra uno de los principios básicos de la Carta Magna", recogido en su artículo 43.'

Fuente y noticia completa: Europa Press 21/09/2012

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