Informa en su blog este 30'/07/2021 el conocido profesor universitario Ignasi Beltrán que el Juzgado de lo Social nº 3 de Barcelona, ha planteado mediante Auto del 27/07/2021 una nueva cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea , en la que, ante un caso de demanda de fijeza por abuso de temporalidad de un empleado público laboral de la Universidad de Barcelona temporal desde 2002 y actualmente en contrato de interinidad de vacante, en la que pregunta si la figura española del laboral "indefinido no fijo" [figura indemnizatoria ante el futuro cese por una cobertura fija reglamentaria o amortización del puesto, es decir casi idéntica a la interinidad de vacante sólo que con una garantía de indemnización al cese , actualmente fijada por el Supremo en 20 días por año trabajado con tope de 12 mensualidades-] debe entenderse según la terminología de la Directiva de la Unión Europea 1999/70/CE sobre límites al empleo temporal,como un "contrato de duración determinada"-es decir temporal- o como un "contrato de duración indefinida" , es decir, realmente estable.
El juzgado hace la pregunta de clarificación del estatus europeo de la porque "en virtud de tal clarificación se podrá resolver la reclamación que ha dado lugar al procedimiento que se sigue en este juzgado, cuando se reclama, como petición principal, la declaración de la relación laboral fija". El juzgado entiende que al estar expuesto el indefinido no fijo a un cese por cobertura reglamentaria del puesto igual que el laboral temporal interino de vacante pues se trata igualmente de un "contrato de duración determinada", es decir temporal en la terminología europea, y dado que la pequeña indemnización al cese que conlleva no es una sanción adecuada, por tanto, según el juzgado, de el uso de la figura como indefinido no fijo como sanción al abuso de temporalidad , como establece para empleados públicos laborales la doctrina de la Sala de lo Social del Supremo, "desvirtúa" por completo "el efecto útil de la Directiva", siendo entonces la sanción adecuada respetuosa con la normativa europea más bien la fijeza.
El profesor realizar una amplia valoración crítica.
- [20/09/2016] [lawatrends] Las 3 sentencias del Tribunal europeo sobre casos de abusos en la temporalidad en el empleo público de lla adminstración española
- [04/10/2018] [DeLaJusticia.com] El Tribunal Supremo rechaza la figura del indefinido no fijo y su indemnización prefijada en casos de empleados públicos estatutario eventual de Servicios de Salud y funcionario de programa en abuso de duración de temporalidad en sus dos recientes sentencias a recursos del Gobierno Vasco a sentencias favorables del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco [pese a la sentencia aparentemente favorable del Tribunal Europeo de 2016 sobre estos mismos casos - asuntos Martínez Andrés y Castrejana López- que reinterpreta al mínimo]. [El Tribunal Supremo afirma en las sentencias que la figura del indefinido no fijo no es aplicable a los funcionarios/estatuarios en general y viene a entender que la conversión a interino de vacante -temporal hasta la cobertura fija y sin garantía de indemnización del cese futuro-es solución suficiente, admitiendo sólo y en casos indemnizaciones por daños y perjuicios "acreditados"]
- [17/03/2020] Situación jurídica temporales. Novedades y cuestiones pendientes en el Tribunal Europeo y Supremo
- [19/03/2020] Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [11/02/2021] Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del asunto griego "M.V. y otros/Municipio de Agios Nikolaos": golpe a la doctrina de nuestro Supremo de que la sentencia europea de 19/03/2020 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz y otros" no se aplica a situaciones de un único nombramiento prolongado en el tiempo como las interinidades de vacante. Y una vez más, reitera que la justicia nacional puede conceder la medida general de la fijeza como sanción si no hay sanción disuasoria contemplada en la legislación nacional para el caso de empleados públicos aunque se prohíba [o se interprete que lo prohíbe] por una norma nacional existente
- [03/06/2021] Golpe del Tribunal Europeo, con su sentencia de HOY 03/06/2021 en el asunto #IMIDRA, a la doble excusa utilizada por ambas salas del Tribunal Supremo español para esquivar declaraciones de abuso de temporalidad en empleo público: la normativa europea se aplica a las interinidades prolongadas de vacante aunque sólo haya un único contrato o nombramiento formal y no pueden utilizarse la crisis económica ni restricciones de leyes presupuestarias. La normativa nacional "no parece incluir ninguna medida para prevenir ni sancionar" el abuso y la jurisprudencia del Supremo para laborales públicos interinos no "parece atenerse a la exigencias que se derivan de la jurisprudencia europea". Una indemnización al cese "no parece, por sí sola, adecuada" como sanción.
- [03/06/2021] [Araúz] 'Nota sobre la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 3 de Junio de 2021'
- [10/06/2021] Golpe del Tribunal Europeo a la doctrina de la Sala de lo Contencioso del Supremo español de que la mera interinización en vacante sea una sanción al abuso de temporalidad de la concatenación de nombramientos eventuales en el empleo público
30 comentarios:
Otro punto de vista:
https://confilegal.com/20210730-interinos-un-juez-de-barcelona-plantea-una-cuestion-prejudicial-al-tjue-para-que-aclare-el-concepto-de-indefinido-no-fijo/
Y ahora un año mínimo para contestar. Cuando esté contestado y aclarado, aquí el TS volverá hacer la interpretación que más le interesa a los trabajadores en fraudulento de ley. Madre mía! Que manera de tomarnos el pelo!.
Ya no saben que hacer para no aplicar la Ley.
Hay que tener esperanza...
y un buen abogado.
😉
y un amigo juez dentro del TJUE que neutralice a la elementa esa del TS que acaban de poner allí, esto de verdad me ha desmoralizado bastante porque va a intentar sabotear desde dentro la aplicación de la doctrina del TJUE con relación a Españistán...si alguien puede decir algo sobre esto, se lo agradecería
Lo único que hay que decir es que son muy pesados. Sobre esto ya se ha pronunciado el tjue
Jueces y fiscales polacos llaman a acatar los autos del Tribunal de la UE
https://lavanguardia.com/internacional/20210730/7633683/jueces-fiscales-polacos-llaman-acatar-autos-tjue.html
Aquí, en España, también reclamamos que se acaten las resoluciones del TJUE
Otra cuestión de lo mismo? Es vergonzoso el TJUE pensará que estan de cachondeo o que somos anormales en este país, por favor que hasta los niños de párvulos lo comprenden, joder ya está bien!! de "tomar el pelo" a todo el mundo.
Como es, el caballo blanco de Santiago?
Cuestión prejudicial : puede ser blanco? o gris? o rosa?
El principio de Primacía del Derecho UEBandera de la Unión Europeaestablece la PREVALENCIA de las SENTENCIAS de su TJUEBandera de la Unión Europea frente al Derecho Nacional
Se honrarán y seguirán pidiendo seguir con estas OPES estafa @CSIFAndalucia @ccooandalucia @UGT_Andalucia que están arruinando la vida de miles de empleados públicos en Andalucia
Lista de aprobados Trabajadores Sociales Junta d Andalucía publicada ayer
Plazas ofertadas 285 d estabilización y 45 libres
Señal de peligro Han superado la oposición 39Señal de peligro
Casi 3000 presentadas. Desiertas y sin estabilizar la mayoría d las plazas
Estabilización?
Solución a la precariedad?
Los Gobiernos SON RESPONSABLES de la legalidad de contratación de sus empleados públicos y DEBEN VERIFICAR QUE SE AJUSTA A LEY SEGÚN LOS CRITERIOS DE EUROPA y en caso de AbusoCruzNO PUEDEN CESAR AL TRABAJADOR
#FijezaYA COMO SANCIÓN
Ya tenemos un
Auto de Gondomar,
Estaría bien un
Auto de Barcelona
(ya hay música
para celebrarlo:
https://www.youtube.com/watch?v=Y1fiOJDXA-E)
Y no habría que
esperar 6 meses
ya que el Auto
vendría "rodado".
😇
Los Supremos tendrían que hacer un INF++ y ya "cantaría" demasiado incluso para Españistán.
En cualquier caso la FIJEZA la van a fallar a favor de cada demandante de forma individual, caso por caso, con un auto del TJUE para cada demandante, estos sátrapas no van a dar su brazo a torcer. Además,que de la vía judicial no nos vamos a abstraer porque reclamaremos indemnización por el daño soportado y prevaricación de todos los que nos han dañado a sabiendas. Les va a salir cara a las distintas AAPP implicadas en esta gran injusticia la factura a pagar, ojalá que tb se puedan conseguir condenas individuales por prevaricación.
Es una pena estar así, pero no por ello no voy a dejar de agradecer a este juez que haya lanzado esto, y que será respondido con un auto pues en Portugal ya respondieron a esto. Qué le vamos a hacer, pero pensemos en positivo, tienen hasta que respondan a esto, a partir de ahí nos tendrán que conceder estabilidad a todos los que hemos demandado antes de que esté fijada una sanción (aún están a tiempo los de sanidad y educación). Los que demanden después están supeditados a que la sanción fijada actual sea declarada insuficiente, pero esa es su guerra no la nuestra, estaban advertidos. No obstante está denunciado ante la Comisión Europea por lo que y más ahora que ha sido interpelada por nuestros abogados, y por PP, Cs, y Bildu?, además de N&C, que muevan ficha, deberían ya que el Derecho Europeo manda, no pueden hacer excepciones con España, y cada día que pasa es mayor la pelota económica.
Y por supuesto, si nos abocan a una larga lucha judicial y máxime con la sentencia de junio del TJUE, con la estabilidad sólo no sirve, falta la indemnización por daños, y somos unos cuantos miles, decenas de miles, los que vamos a seguir hasta el final.
Mucho ánimo y perseverar, ellos juegan con el miedo y el desgaste, nosotros con la ley.
Pues no se, igual es más razonable estabilizar definitivamente a los trabajadores públicos en fraude en lugar de gastarse miles de millones en indemnizaciones que pueden emplearse para recuperar la economía. ¿De verdad estamos para tirar el dinero?
Va a haber juicios de todo tipo, por abuso, por no paralizar ya todos lo procesos selectivos en marcha y por negligencia o soberbia de los que no defienden a los perjudicados.
https://youtu.be/Mqhvm1fb8XY
Porqué UGT está indignada tras la paralización de los procesos selectivos de AGE de 2018?
https://youtu.be/Mqhvm1fb8XY
Referente al comentario anterior. Estos procesos también tendrian que haberlos paralizado en la Junta de Andalucía, pq administrativos y auxiliares ya han realizado los dos exámenes, y....
Estos de UGT y CCOO han mandado este comunicado a día 30 d julio
El del vídeo dice que darnos FIJEZA hubiera sido a coste cero porque ya estamos dentro de la administración, pero se confunde con el tema de la indemnización que nos corresponde en reparación del abuso sufrido ya que no la menciona, además deja caer que si no quieren reconocer FIJEZA tendrían que pagar en su lugar una indemnización muy elevada. Incluso actualmente no existe en el o.j. interno una sanción económica como la que prevé el TJUE, con lo cual sólo cabe FIJEZA como SANCIÓN, además en reparación al ABUSO sufrido el juez debería conceder una INDEMNIZACIÓN por daño recibido que si que está regulada internamente.
No están paralizadas las OPES de estabilización de la AGE, siguen los procesos que están convocados..Así que no sé el porqué están molestos los sindicatos...
Buenos días, he puesto la denuncia en Navas&Cusi y estoy pensando en demandar también en España. Soy docente con 5 años consecutivos.
Alguien podría orientarme? Llego a tiempo? Merece la pena? Muchas gracias por la ayuda.
Para el comentario anterior. Tanto educación y sanidad aún no tienen fijado nada, lo están negociando, por lo que llegas totalmente a tiempo para pedir fijeza y una indemnización por daños, ambas, no hay fijada sanción aún. No lo demores, lo sacarán supongo no tardando mucho, aunque tal vez esperen para cuadrarlo con el final de curso y no largar a mitad a la gente dejando a los alumnos sin profesor (cuando se cumplan los tres años), pero eso es mucho presuponer, su único objetivo es largarnos, pero con la demanda, y en ausencia de ley que sancione el abuso, lo tienen claro, que preparen además la billetera para pagar los daños, si nos metemos en el calvario judicial hay que ir a por todas.
El resto de sectores deberían demandar también ya que la sanción es claramente insuficiente y por tanto contraria a la Directiva, pero esa ya es su guerra. Y bueno, sin demandar no tienen derecho a nada.
Hay muchos intereses en este tema, cursos, preparación etc., la verdad esto es vergonzoso, cuanto interés hay detrás de estos procesos. Siempre que en EUROPA se recomiende aquí se ignorara, apliquen la ley es para lo que están ustedes, no para poner la mano, pedimos se nos apliquen los derechos como ciudadanos Europeos, los derechos españoles ya nos lo pisotean ustedes. apliquen la ley.
Muchas gracias a Reino de León por la respuesta y el tiempo empleado, se agradece mucho.
Suponía que con la reforma del Ebep, nos afectaba a todos por igual y los que no habíamos demandado, nos quedábamos fuera.
13:27 no sé porqué Reino de León diferencia entre sanidad y educación y el resto de sectores de las distintas AAPPs. Los abusados que no han demandado antes del pancetazo, en mi humilde opinión, además de perjudicar gravemente a los que sí demandamos antes, lo tienen muchísimo más complicado para que le reconozcan FIJEZA como sanción al abuso. Para eso están los abogados expertos en este tema, pero algunos muy significados siempre recomendaron demandar antes.
Encantado de ayudar!
Diferencio porque dieron un año como plazo máximo para adaptarse al Decreto a sanidad y educación, por sus particularidades según ellos, por lo tanto es como si no contaran hasta que se negocie. El Sr Valero hizo alusión a ello hace unos días, que los de ambos sectores aún estaban a tiempo precisamente por eso.
El resto deben demandar si o si, en caso contrario no tienen nada, pueden además solicitar prejudiciales para preguntar si los 20 días de indemnización son válidos, responderán que no, pero ya es más rollo. Al final tendrán que fijar algo de más calado, y a partir de ahí ya no habrá nada que hacer, tal vez sea lo que salga en octubre. Ellos están por largar a la gente y si puede ser gratis o similar mejor, por eso hay que demandar también, gratis o barato no cumple.
Reino de León...
No es por barato, es por no incluir sanciones a las autoridades administrativas. Mira en Italia, les dan 20 días, pero hay multas para los responsables y por eso el TJUE lo admitió.
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