lunes, 5 de julio de 2021

[MírameTV] Canarias al Día: Entrevista a Gerardo Pérez, profesor de Derecho Constitucional. Afirma que por normativa y jurisprudencia europea debe haber un sanción que compense a los trabajadores públicos en abuso de temporalidad y sólo puede ser indemnizarle o consolidarle en el puesto, pero ante la inexistencia por ahora de indemnización alguna en la ley la justicia sólo puede dar la fijeza al funcionario interino en abuso

Publica MirameTV en su canal de Youtube este 02/07/20201 la entrevista realizada en su programa "Canarias al Día" al  Profesor de derecho constitucional de la Universidad de la Laguna, Gerardo Pérez, estando dedicada la entrevista desde el minuto 8:12 hasta su finalización al abuso de la temporalidad en el empleo público y sus consecuencias jurídicas tras la reciente  sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo reconociendo el abuso en los contratos de interinidad por vacante de más de 3 años en el sector público tras una sentencia del Tribunal Europeo.


El profesor explica   los dos tipos de vinculaciones de los empleados públicos, la laboral bajo el orden jurídico de lo Social, y la que debería ser la habitual, la administrativa o funcionarial, bajo el orden jurídico de lo Contencioso-Administrativo en sus reclamaciones judiciales, la Directiva de la Unión Europea 1999/70/CE que afecta también a estos empleados y que sigue sin trasponerse ya con 20 años de retraso y que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea   ha establecido que debe haber una sanción ante el abuso de temporalidad ya cometido en el empleo público que debe compensar a los trabajadores en abuso de temporalidad, sanción que sólo puede ser  indemnizarle o "consolidarle" en el puesto.

 

El profesor señala que ante la inexistencia por ahora de indemnización alguna para las vinculaciones de tipo administrativo, la justicia contencioso-administrativa sólo puede conceder dicha "consolidación en el puesto" [la fijeza], mencionando el profesor como un ejemplo ya en ese sentido la recientísima sentencia del juzgado Central nº2 de lo Contencioso de fijeza a 4 funcionarios interinos y recordando que la  Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo tiene pendiente todavía pronunciarse sobre estos fundamentos , algo que previsiblemente hará próximamente.

 


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22 comentarios:

Anónimo dijo...

A ver por donde sale el TS cuando le llegue el turno a las casaciones de Arauz, está tan acorralado que no le va a quedar otra que admitir fijeza como animal de compañía.

Anónimo dijo...

¿El Tribunal Supremo acorralado?

Ja,ja,ja, no me hagas reír

Los únicos que los "acorralan" son el PP y el PSOE

Anónimo dijo...

No se trata de una indemnización cualquiera, debe ser disuasoria para el empleador. No se trata de un despido por culpa del trabajador, es la sanción a un incumplimiento continuado de una Directiva Europea.

Anónimo dijo...

11:55 Aparta .
La noticia es un hecho FIJEZA , ojala el supremo desestime y entonces esto se pondra mejor ( prevaricacion) a los troll negacionistas ESTAIS VACUNADOS 🤣🤣🤣

Anónimo dijo...

Indefinido no fijo+ 20 días, por equivalencia con ambito de lo social. Alguien lo duda??? Y a esperar otra vez a que Europa le haga rectificar a los 33 dias

Anónimo dijo...

11:55

Me alegro de haberte hecho gracia, aprovecha ahora que ya reiré yo.

12:37

Menos los trolles lo dudamos todos.

Anónimo dijo...

12:51, yo como tu quisiera que el TS cambiara su doctrina a fijeza, pero estoy convencida que no lo va a hacer a corto/medio plazo. Hay que ser realistas: va a hacer lo mismo que con los laborales..

Anónimo dijo...

En un momento del video parece que menciona que como no existe medida compensatoria y que sancione el fraude, al interino le corresponde la fijeza pero que para el laboral están establecidos los 20 dias por año. ¿Cómorrr? Oiga. Eso es la ridícula indemnización por despido, para los laborales no existe igualmente ninguna medida que les compense por el fraude ni sancione a la administración que comete el abuso. A ver si no nos liamos ni a la gente.

Anónimo dijo...

13:00

Simplemente porque yo hablo de las casaciones de Arauz las cuales piden fijeza, no INF como parece ser el caso de la última sentencia del TS. Si niegan la fijeza qué excusa pueden poner con todas las puertas cerradas por el TJUE?? Ya han reconocido el abuso siguiendo lo que dice el TJUE al pie de la letra...

Anónimo dijo...

Esta entrevista es de hace unos días, me imagino que ya lo sabéis ya que estáis muy informados, ahora bien si están claro que vamos a ganar, sobran los llorones, los quedabien que pululan por aquí, si hay que hacer algo lo que está claro es que no es con comentarios, a las trincheras y barricadas que están vacías, comentaristas uniros a la acción, si es que hay acción.

Reino de León dijo...

Ahí está la cuestión, nosotros hemos demandado antes, así que la pirrica sanción que se inventó el ministro con sus colegas sindicaleros y del resto de administraciones es cosa ya de los que estaban esperando un milagro.
Este profesor que no es un Don nadie ni está mediatizado viene a decir lo mismo, así que ya sabéis, solo hay que pelearlo hasta llegar a los tribunales europeos, el TS lo tirará claro (cambiar a estas alturas), y una vez con la sentencia vendrán los pagos por el calvario y por echarnos, y por las sentencias que no respetan la primacía del Derecho Europeo..
Mucha fuerza compañeros y compañeras, esto no acaba aquí, al arbitrio de corruptos prevaricadores, nosotros para alante.

Anónimo dijo...

No se puede permitir el EXTERMINIO de los interinos por este DICTADOR. Nada de negociaciones, estos no son asuntos a negociar. SON SENTENCIAS TSJU POR INCUMPLIR 20 AÑOS DE DIRECTIVA. Son trabajadores cuyos derechos han sido violentados. JUSTICIA YA INUTILCETA.

Anónimo dijo...

Aquí no se trata de risas vengativas hacia lis interinos. Aquí se trata de sancionar a las aapp lo mismo que a las empresas privadas. Las vcitimas somos los trabajadores, como en todos los casos, no las admones ni el gobierno.

En los procesos llegaremos, si hace falta, hasta Bruselas, así que la razón estará allí, y los interinos no deberemos nada a este país para el que seguiremos trabajandoo

Anónimo dijo...

Las demandas que dieron lugar al pronunciamiento del supremo pedían indemnización, hay abogados y sus clientes que piden eso. Otra cosa es que el.derecho de la ue deba aplicarse automaticamente

Anónimo dijo...

14:55

Te equivocas, los tribunales no pueden conceder cosas que no se piden, o estiman o desestiman las peticiones de las partes, luego si concedió INF es porque es lo que pedía.

Anónimo dijo...

Diputada de Podemos. Aún hay que convalidar el icetazo...


https://www.eldiario.es/canariasahora/canarias-opina/abuso-temporalidad-no-mareemos-baifo_129_8104432.html

Anónimo dijo...

Pues si se pide solo fijeza al supremo, la respuesta está en la última sentencia de la audiencia Nacional. Y al que pida fijeza e indemnización: la sentencia de la audiencia Nacional + 20 dias

Anónimo dijo...

la de la audiencia nacional cual ? la de los forenses?

Anónimo dijo...

Nunca se le dijo a España, siéntate con los SINDICATOS SUBVENCIONADOS y negocia. Se le ha dicho que NADA DE OPE LIBRES, NADA DE INF Y NADA DE INDEMNIZACIONES LEVES. OBEDEZCA YA CORRUPTO.

Anónimo dijo...

Esperemos que la Comisión Europea no se trague esta cacicada, pero no apostaría mucho por ello.

Anónimo dijo...

Yo tampoco. Tenemos a todo el reino de España en contra; poder ejecutivo, legislativo, defensor del pueblo, agentes sociales, poder judicial, sociedad en general.Sólo falta que salga el rey diciendo q somos unos vagos...

Anónimo dijo...

Tendría su lógica que dijera que somos unos vagos ya que él es nuestro Rey...