Compárese con la jurisprudencia de (una parte realmente) de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia establecida desde su famosa sentencia de 28 de junio 2018 , que recordemos consideró (antes de la Sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020) que la figura del indefinido no fijo es insuficiente, por sí sola, como sanción al abuso de temporalidad de la cláusula 5ª de la Directiva europea sobre empleo temporal, la 1999/70/CE y pasaba a conceder la fijeza en caso de abuso de temporalidad como la adecuada sanción si se ha comprobado que se ha accedido al puesto temporal tras superar procesos selectivos respetuosos con los principios exigidos por el art. 55 del Estatuto Básico del Empleado Público [EBEP]: libre concurrencia, mérito y capacidad además de una imprescindible publicidad
A este respecto recordemos también que una Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha planteado una petición de decisión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea cuestionando dicha jurisprudencia "a la baja" de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo al considerar que en su jurisprudencia no existe "sanción alguna" del nivel exigido por la cláusula 5ª de la Directiva europea 1999/70/CE ni para el personal laboral.
- [05/11/2018] [TJUE] 'Sentencia en el asunto C-331/17 Martina Sciotto/Fondazione Teatro dell’Opera di Roma. Los trabajadores del sector de actividad de las fundaciones líricas y sinfónicas no pueden quedar excluidos de la protección contra los abusos de los contratos de trabajo de duración determinada' [Si los jueces nacionales determinaran que no existe otra medida efectiva en un sector donde se prohíbe la conversión a fijo por una norma nacional, podrían optar por aplicar la sanción prevista por la norma general del Derecho del trabajo y recalificar automáticamente a contrato por tiempo indefinido]
- [17/12/2019] El Tribunal Supremo reitera su doble doctrina "a la baja" sobre empleados públicos laborales interinos de vacante de muchos años: "el plazo de 3 años del artículo 70 del Estatuto Básico del Empleado Público no "opera de forma automática" para declarar "indefinido no fijo" y no corresponde indemnización ante el cese como tales interinos por la cobertura reglamentaria de su puesto -como tras una OPE-
- [02/01/2020] [UltimaHora.es] Juzgado de Palma declara fijos a empleados públicos laborales temporales 10 años por fraude del abuso de temporalidad teniendo en cuenta que accedieron por proceso selectivo
- [19/03/2020] Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [18/05/2020] [El Comercio] Juzgado de lo social sentencia la condión de fija, rechazando la opción de indefinida no fija, a una empleada laboral del Conservatorio de Avilés temporal más de 25 años que accedió por proceso selectivo
- [04/06/02020] Resumen y extractos sobre la problemática de los empleados públicos temporales y el impacto de la reciente sentencia europea de la Comparecencia este Jueves 4 de Junio de la Ministra de Función Pública en Comisión del Senado: la sentencia deja en manos de los jueces fijar la sanción disuasoria que no puede ser la fijeza, impulsará los procesos de estabilización acordados con los sindicatos ampliando un año más su posibilidad y modificará el Estatuto del empleado para limitar la duración de la temporalidad si bien está abierta a buscar "soluciones de largo alcance" mediante más modificaciones del EBEP si consensuadas con las CCAA
- [17/06/2020] Jueza de lo Contencioso de Alicante reconoce y sanciona el abuso de temporalidad con la transformación en fija a una funcionaria interina 13 años del Ayto de Alicante siguiendo la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03, asunto Sánchez Ruiz,
- [30/07/2020] [La Voz de Galicia] Juzgado de lo Social de A Coruña declara fijos a 9 empleados públicos laborales del Ayuntamiento de Ponteceso como sanción al abuso de temporalidad y por haber accedido al puesto temporal por proceso selectivo
- [11/08/2020] El Tribunal Superior de Justicia de Galicia volvió a sentenciar fijeza como sanción según Directiva Europea ante la situación de fraude de abuso de temporalidad y acceso al puesto por proceso selectivo en el caso de 6 empleados públicos laborales por obra y servicio del Ayuntamiento de Cervo. Su abogado confirma que la sentencia ya es firme
- [05/10/2020] Juzgado de Valencia sentencia la condición de laboral fijo a un empleado público del Ayto de Manises, laboral interino durante casi 16 años por fraude del abuso de temporalidad ytras tener en cuenta que accedió por proceso selectivo público, siguiendo la doctrina de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Galicia
- [27/10/2020] La Sala de lo Social del Tribunal Supremo rechaza que sean fijos los trabajadores integrados en el Servicio Andaluz de Empleo provenientes de los antiguos Consorcios UTEDLT y que habían ganado la readmisión como "indefinidos" tras un despido nulo: para el alto tribunal son indefinidos no fijos y no podrían ser fijos al haber accedido en origen por un proceso selectivo de sólo entrevista y méritos y para un puesto temporal.[AVISO: No se trata de una demanda de fijeza como sanción por abuso de temporalidad en base a Directiva UE]
- [10/11/2020] Juzgado de Toledo sentencia la condición de fijo a 11 empleados públicos laborales de un Ayuntamiento como la sanción más acorde a la Directiva Europea tras la sentencia europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz y otros" considerándola respetuosa con el ordenamiento interno al haber accedido a los puestos por procesos selectivos y tras trasladar lo dictaminado por el Tribunal Europeo que no puede valer como sanción al abuso ni los procesos selectivos ahora ni la figura del indefinido no fijo junto con la inexistencia de indemnización disuaosoria alguna en la legislación vigente
- [|4/11/2020] [El Diario.es] Una jueza de Toledo condena al Ayuntamiento de Menasalbas a hacer fijos a 11 empleados públicos por abuso de temporalidad como la sanción más adecuada tras la sentencia del Tribunal Europeo de 19 de Marzo
- [11/02/2021] Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del asunto griego "M.V. y otros/Municipio de Agios Nikolaos": golpe a la doctrina de nuestro Supremo de que la sentencia europea de 19/03/2020 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz y otros" no se aplica a situaciones de un único nombramiento prolongado en el tiempo como las interinidades de vacante. Y una vez más, reitera que la justicia nacional puede conceder la medida general de la fijeza como sanción si no hay sanción disuasoria contemplada en la legislación nacional para el caso de empleados públicos aunque se prohíba [o se interprete que lo prohíbe] por una norma nacional existente
- [23/02/2021] Juzgado de Guadalajara sentencia la condición de fija a empleada pública laboral de Azuqueca de Henares como sanción adecuada al fraude del abuso en la contratación temporal de obra y servicio en lugar del indefinido no fijo por haber accedido al puesto por proceso selectivo respetando los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad
- [09/03/2021] [FAC USO Nacional] 'Sentencias positivas de reconocimiento de fijeza' [sentencia de laboral fijo por Juzgado de Bilbao a laboral de contrato de interinidad de vacante prolongada de la UPV y sentencia de laboral fijo discontinuo por Tribunal Superior de Justicia de Extremadura a utilización abusiva de contratos laborales eventuales por circunstancias de la producción para campañas contra incendios]
18 comentarios:
¡Fantástico el razonamiento!
Si es que es evidente, cuando se quiere las cosas son muy sencillas ¿acaso están diciendo que los interinos no ingresamos en la administración en base a los principios de igualdad, mérito y capacidad? Entonces están diciendo que se viola la Ley al nombrarnos.
...y de oposiciones aprobadas pero sin el número legal de plazas convocadas; con la clara intención de la temporalidad a través de las nauseabundas "listas de sustituciones", el abono del Fraude administrados por los sindicatos.
Han condenado a unas generaciones al esclavismo del Estado, ese mismo que no permite en el trabajo privado, a la temporalidad y a la improvisación de vida....Ahora es el momento de zanjar de forma justa esta situción o las reclamaciones y búsqueda de responsanbles va a ser contínua.
Yo -por Reclamar/Demandar- ya tengo nombres y apellidos de quines se han hecho responsables de esta mi injusticia...quien no Reclame/Demande está en el aire.
Efectivamente, si los principios constitucionales no se hubiesen cumplido al ingresar en administración (de la forma que fuere) los contratos deberían ser rescindidos por ser nulos.
!Ni un paso atrás!
Efectivamente, es la Administración Pública la que elige el método de acceso y no el personal contratado. Si el proceso selectivo no se ajusta con la legalidad eso es FRAUDE DE LEY, y tal y como ocurre en el sector privado la sanción debe ser la FIJEZA al no existir una sanción que compense el abuso del trabajador en el sector público.
Lo q tu quieras pero siguen siendo laborales...
pero qué bobada... Si eras laboral temporal en fraude.. pues laboral fijo y si eres funcionario o estatutario interino en fraude, pues funcionario o estatutario fijo... A qué vienen esa bobada de que sigue siendo laboral?
¡vaya! ¡un abogado de verdad!. Ni se ha publicitado ni cobrara pastizal y saca resultados.
No como el vendebiblias de Arauz que no esta haciendo nada. Ademas primero vendía la fijeza con los mismos derechos y ahora ha cambiado el discurso a personal a extinguir, ¡vamos! que te pudres en el mismo puesto sin movilidad ni promoción.
Abandonad a Arauz e iros con otros abogados de verdad
al ultimo comentario abogado de verdad jajaajajaj sera que arauz es de plastico ahi muchacho, si gracias a arauzy su lucha en europa ese abogado de verdad a podido pedir fijeza seamos serio tu sigue estudiando y vete a un sindicato chupagambas veras que bien te va y nos cuentas.
Para el de las 11:56: Ahora mismo firmaba yo por personal a extinguir si eso me asegura el pan de mis hijos. Ojalá el no poder promocionar (caramba!, como en los 20 años que llevo currando) sea el mayor de mis problemas.
Ya esta otra vez el troll de turno...
Joer que pesadito!!
11:56 . TROLL eres, muy tosco q no pintas nada , que ya habéis perdido abandona el barco como lo q eres una rata , esa es tu existencia miserable , APARTA.
11:35 aparta tu también, llegais a destiempo , y aquí no estamos pa bobadas.
ARAUZ obtuvo la sentencia del 19/03/2020 INSTRUYETE y si te jode no haber demandado , escucha un pokito y DEMANDA , con quién quieras.
A todos los troll , estáis fuera de órbita y os pillaremos. Consejo no subestiméis la PREVARICACION , porque ya esta siendo valorada por la COMISIÓN EUROPEA , aqui no se salva ni el REY , espabilar .
Fuerza compis de honor.
Al de las 11:56... entérate bien, Araúz sigue pidiendo lo mismo. No se de dónde te has sacado que ahora pide "personal a extinguir"...
No soy ningún troll, pero sí que hay un video en el que Arauz dice que están hablando con todos los partidos políticos y se les estaba proponiendo equiparar a los interinos con los funcionarios de carrera en las mismas causas de cese
El video está en YouTube y es del 20 de octubre de 2020.
Hasta ahora seguimos viendo fjezas de laborales. Sólo la de Alicante creo q no lo fue. Los laborales parecen tenerlo más fácil aunq el abuso es igual.
Al de las 15:47...
Pues eso es parte de lo que ha estado proponiendo siempre, no es lo mismo que personal a extinguir. Se nos equipara en las causas de cese, y ya iremos consiguiendo los demás derechos en base a la cláusula 4 del Acuerdo Marco (que casi todos los tenemos ya).
Si has demandado con Araúz sabrías lo que solicita en tu demanda, y si no lo has hecho ¿qué te importa lo que pida?
Al de las 21:41...
Hace casi un año (con parálisis por la pandemia incluida) de la Sentencia del TJUE, cuántas demandas basadas en esa sentencia (que son las únicas que pueden triunfar) crees que han podido ser resueltas en ese plazo??, ya te lo digo yo, casi ninguna.
Y después del Auto de Gondomar y la Sentencia de Grecia? cero patatero.
Espera y verás.
Y si esperas un poquito más verás como van cayendo las querellas por prevaricación.
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