Se ha publicado en el B.O.E. de este 12/03/2021 la Resolución de 11 de marzo de 2021, de la Secretaría de Estado de Sanidad, del Ministerio de Sanidad , por la que "se publica el Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud sobre la declaración de actuaciones coordinadas frente a la COVID-19 con motivo de la festividad de San José y de la Semana Santa de 2021"
Las actuaciones coordinadas, vinculantes para todas las CCAAs, abarcan el periodo comprendido entre el 17 y el 21 de marzo de 2021 en aquellos territorios en los que sea festivo el día 19 de marzo, como la Comunidad de Madrid; y desde el 26 de marzo al 9 de abril de 2021, en todo el territorio las siguientes, siendo las medidas de obligado cumplimiento:
- Limitación de la movilidad territorial: "cierre perimetral de todas las comunidades y ciudades autónomas y sujeta a las excepciones reguladas en el artículo 6 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre.Lo anterior no será de aplicación a las comunidades autónomas de Islas Canarias e Islas Baleares. La entrada en sus territorios se limitará a los supuestos establecidos en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre."
- Limitación de movilidad en horario nocturno. "Se limitará el derecho de movilidad nocturna como máximo a partir de las 23:00 horas y hasta las 6:00 horas."
- Limitación de la permanencia de grupos de personas en los espacios públicos o privados: "grupos de personas a un máximo de cuatro en espacios públicos cerrados y seis en espacios públicos abiertos, salvo que se trate de convivientes. En espacios privados las reuniones se limitarán a convivientes."
existiendo la posibilidad de que las CCAA establezcan medidas más restrictivas.
El texto del propio BOE afirma que "la Comunidad Autónoma de Madrid ha formulado voto particular negativo a este Acuerdo y la Comunidad Autónoma de Cataluña no ha emitido voto" y "este Acuerdo de declaración de actuaciones coordinadas obliga a todas las comunidades autónomas y ciudades autónomas, con independencia del sentido de su voto, de acuerdo con lo previsto en el segundo párrafo del artículo 151.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, sobre los Acuerdos de Conferencia Sectorial referidos a un ámbito material, el sanitario, en el que la Administración General del Estado tiene atribuidas funciones de coordinación genera".
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