lunes, 8 de marzo de 2021

Respuesta del Consejero de AAPP de Andalucía a pregunta de Adelante Andalucía sobre el abuso de temporalidad en el empleo público y la necesidad de buscar una fórmula de regularización administrativatras las sentencias europeas: el objetivo es reducir la temporalidad para lo que están tramitando las convoctorias de los procesos de estabilización, no hay fraude de ley ni mucho menos y la sentencia europea dice que para que el personal temporal sea fijo por mucho tiempo que lleve debe superar el proceso selectivo correspondiente

El pasado 19/23/2020 tuvo lugar en la  Comisión de Presidencia, Administración Pública e Interior del Parlamento de Andalucí, la Pregunta  al Gobierno andaluz, (expdte 11-21/POC-000200) a petición del portavoz  del grupo parlamentario de Adelante Andalucía, Ismael Sánchez sobre el abuso de la contratación temporal en la AAPP de la CCAA de Andalucía.

En su intervención  [ ver retransmisión en canal de Youtube de Adelante Andalucía ], Ismael Sánchez dijo, entre otras cosas:

  • "activar la inspección, ir viendo caso a caso, y podremos llegar al número total de personal temporal y funcionarios interinos que se está abusando por parte de las administraciones respecto a la temporalidad"
  • "estamos hablando de miles de personas, personas, que no plazas, que puede que están pagando las consecuencias de una situación que ellos y ellas no han provocado"
  • "tenemos como usted sabe ya, una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 19 de marzo, tenemos un auto de Portugal de septiembre, una sentencia respecto a algo similar en Grecia de la semana pasada
  • "yo no sé si la mejor forma de garantizar la estabilidad de estos trabajadores y trabajadoras es a través de la nueva ley de función pública, es a través del desarrollo de la iniciativa legislativa popular, con las modificaciones que haya que hacerle; lo que sí sé es que hay que darle una solución definitiva a este problema"
  • "tenemos que buscar la fórmula para que se quede, tenemos que buscar la regulación administrativa que garantice la fijeza de estos miles de trabajadores y de trabajadoras"


Compareció para dar respuesta Elías Bendodo, Consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior de la Junta de Andalucía [ ver vídeo con parte de su retransmisión en este tweet del Sindicato de Interinos Justicia Acción] quien afirmó:

 


  • "el nombramiento de personal funcionario interino y la contratación de personal laboral con carácter temporal, efectuado en el seno de la Administración de la Junta, se han realizado y se realizan conforme a los parámetros legales establecidos y por tanto con sometimiento pleno a los principios de igualdad, mérito capacidad y legalidad"
  • "es evidente que nuestro objetivo es reducir la tasa de temporalidad en la Administración General de la Junta"
  • "Por eso hemos actuado para reducir la temporalidad con las siguientes acciones":
    • "Nada más llegar al Gobierno realizamos una oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal, en la que se incluyeron 690 plazas en el ámbito del personal funcionario y 2.692 en el de personal laboral. Se acaba de acordar en la Mesa General de Negociación la ampliación de 23 plazas más para el personal laboral"
    • "Ello, unido a la oferta extraordinaria de 2017, supone un total de 3.617 plazas previstas para la estabilización del empleo
      temporal"
    • "Se están tramitando ya las convocatorias de estos procesos de estabilización"
  • "Respecto a la sentencia dictada por la sala segunda del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 2020,
    tres pronunciamientos vemos":
    • "Debe existir, pero no lo hay en el ordenamiento español, un mecanismo sancionador contra el abuso por parte de la Administración de la temporalidad en el trabajo"
    • "Deben ser los tribunales nacionales quienes en cada caso resuelvan este tipo de demandas"
    • "no implica que el personal temporal al servicio de la Administración, por mucho tiempo que lleven en esta situación, pueda pasar automáticamente a tener la consideración indefinida de su relación, sino que deberán superar el proceso selectivo correspondiente"
  • "Por consiguiente, de acuerdo con todo lo indicado, no puede considerarse que el nombramiento del personal interino y su perma-
    nencia en los puestos de trabajo durante estos años ni mucho menos sea en fraude de ley, ni mucho menos"

 

 

Recordemos una vez más que  los  procesos de de "estabilización" son los derivados de los establecido en

  1. la ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017,  que  habilitaba en ciertos sectores específicos, a ofertar en las OPES 2017, 2018 y 2019 sin computar en  tasa de reposición hasta el 90% de sus puestos temporales de  más de 3 años a 31/12/2016 y todos los anteriores a 2005 así como todos los puestos de los indefinidos no fijos por sentencia con la obligación de reducir la temporalidad a menos del 8% tras la última OPE) 
  2. de lo establecido en la ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018,  que  habilitaba ya al resto de sectores a ofertar en las OPEs 2018, 2019 y 2020 sin computar en  tasa de reposición hasta el 100% de los puestos temporales de  más de 3 años a 31/12/2017,
  3. de lo establecido en la  ley de Presupuestos Generales del Estado de 2021 que exitiende esta habilitación al 100%  de sus puestos temporales de  más de 3 años a 31/12/2016 para los ámbitos de los sectores que la ley de 2017 los limitaba al 90%

en todos los casos de libre concurrencia sin habilitar sistema excepcionales o restringidos de procesos selectivos destinados a garantizar la consolidación del propios personal temporal de larga duración de dichos puestos, que son ya en todos los casos de temporalidades superiores a 6 años (y en muchos casos de décadas).


En correspondencia, la junta de Andalucía ya había reconocido 37.115  puestos temporales de más de 3 años habilitados  por ese primer acuerdo de 2017, computados así:
así como 613 plazas de indefinidos no fijos también pendientes de oferta, que también permitía convocar al 100% en OPEs convencionales la misma ley nacional de presupuestos. 

En 2018, llegaría el segundo Acuerdo estatal con sindicatos sobre temporalidad del empleo público, con la normativa plasmada en el artículo 19.Uno.9 de la  Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018 y que universalizaba a todos los puestos temporales de más de 3 años computados a 31/12/2017 del restos de sectores la posibilidad de incluirlos en  OPEs "de estabilización". Correspondientemente, la junta de Andalucía aprobó la "Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración de la Junta de Andalucía para 2019" incluyendo  plazas habilitadas "de estabilización" por ese segundo acuerdo así como las "de consolidación" o anteriores a 2005 del primer acuerdo que seguían pendientes, suponiendo la inclusión en dicha OPE estas plazas adicionales a las ya incluidas en la OPE de 2017:
  • 2.692 plazas de la Administración General; 2.517 plazas de "estabilización" y 175 de consolidación de la Disposición Transitoria 4ª del EBEP.
  •  4.500 de la Administración Educativa

 Luego llegarían algunas convocatorias de procesos selectivos derivadas de estas OPEs, como las primeras en su Administración General ya con la ILP admitida a trámite y tomada su consideración  sin esperar  por tanto al resultado del trámite de la ILP, o las previas del SAS o Educación, y que siempre en todo caso tenían bases de concurso-oposición , con oposición previa eliminatoria y con un peso de la antigüedad en torno  al 20% del total solamente.


Por supuesto, no podemos dejar de recordar, que después llegaría:

  • el 19/03/2020 tuvo lugar la sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz" donde el mal alto tribunal europeo dictaminó que también hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada además de en la concatenación excesiva de nobmramientos de obra y servicio , abuso que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, pero para la que NO PUEDE VALER valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo de libre concurrencia del puesto del "abusado" ni la transformación a la figura también temporal del indefinido no fijo 
  • la Comisión Europea acaba de informó hace pocos mesess del curso de la denuncia múltiple abierta sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: ha visto la sentencia europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz y otros" con su declaración de existencia de abuso, evaluará que la futura reforma del Estatuto del empleado Público anunciada por la ministra de Función Pública es conforme a la Directiva y sentencias europeas y mantiene abierto el procedimiento de infracción 2014/4334, noticia que a buen seguro provocará un aluvión de denuncias a la Comisión Europea de empleados públicos afectados y otras personas sensibles al problema como las de la campaña de final de 2017 y principios de 2018 de la Plataforma Pi que provocó , entre otras, ese procedimiento de denuncia múltiple [al que sabemos la Comisión Europea está sumando y va a sumar toda denuncia personal que llegue]
  • la noticia la semana pasada de que la Comisión Europea ha incluido esta problemática entre sus exigencias de reformas a España  para que  pueda conceder los fondos de recuperación (140 mil millones)

14 comentarios:

M.A. dijo...

Como los generales de Napoleón: ni olvidan ni aprenden nada... :-/

Anónimo dijo...

se realizan conforme a los parámetros legales establecidos y que no existe el fraude de ley ni mucho menos.. jajajaja
Pero ha estás alturas,no sé le cae la cara de vergüenza a este pájaro?, vómitivo y nauseabundo

Anónimo dijo...

Lo único claro que ha dejado Europa es que hay abuso y algunos insistiendo en que no hay fraude...increible

Anónimo dijo...

La mayoría hemos pasado el proceso selectivo. Aprobado y con muy buena nota

Reino de León dijo...

Este es como el primo de Rajoy que dice que no hay Calentamiento Global. Los políticos son todos veneno, pero lo del PP se sale del tiesto, no olvidéis interinos que este partido lo hemos tenido siempre en frente poniendo zancadillas y si el PSOE y el resto quieren hacer realmente algo lo van a tener también en frente. Aunque el punto más importante es que cierren el grifo desde Europa, ahí ya ponen en la balanza meter miles de cuñados o trincar y ya sabemos, a los cuñaus que los den.

Anónimo dijo...

Y lo ha dicho el TS y el TC que no tienen ni idea de Derecho

Anónimo dijo...

Así es R de Leon , somos muy muy pocos. Creó que no llegamos a 10.000 los q hemos Demandado , los Tribunales Españoles se tomarán su tiempo hasta q esto deje de ser noticia , a los que hemos demandado nos darán la Fijeza , y tdo quedará en él Olvido, están seduciendo a los pasivos para que NO DEMANDEN , y veo q así será, modificaran la EBEP , y silenciaran a LA NEFASTA COMISIÓN EUROPEA , los qué estamos en pie con la DEMANDA , resistimos , contra un APARATO ENORME , y dependemos de nuestros letrados , que si son untados , pues lo nuestro se desvanecerá, me llama la ATENCIÓN LA JUEZA DE ALICANTE , Fijeza lograda.
Es muy duro y complejo , si hubiese 300.000 DEMANDAS vuela tdo por los aires , soy Sanitario y mis colegas rechazan la Huelga , es increible , las Opes estan en marcha y nos ven como KAMIKASES.
Seguir luchando y EXIGIR LA DEMANDA COLECTIVA.
Nos quieren aplastar .

Anónimo dijo...

Pero la de Alicante, fue recurrida, aún no sabemos qué pasará... Mientras no se pare las OPEs todo lo que se escucha y escribe es humo. Si hay un jurista especializado porqué no podemos interponer ante la UE una demanda colectiva para hacer cumplir la Directiva y como medida cautelar la suspensión de las OPEs de estabilización, referidas solo a las plazas de los abusados que la saben en números cuáles son....No entiendo los razonamientos y mi abogado no me contesta... Después será demasiado tarde, llevamos desde 2017 con esta agonía, si nos echan a la calle, luchar es más difícil porque económicamente estaremos en peor situación y más mermado psicológicamente.
Gracias

Reino de León dijo...

Para el de las 00.17, ese es uno de los escenarios posibles, que se calcen a todos y que los que resistan consigan su plaza en un juzgado, y creo que es lo que sucederá, salvo eso sí, que reculen. Puede pasar que se calcen a los de las entidades menores, y regularicen a sanitarios y docencia, ahí nos quitan de los juzgados a muchos, y en ambos sectores además de que no hay mucho mamoneo, con los exámenes que ponen y la que hay liada no bajan en muchos años al ocho por ciento que obliga la UE además de que la liada si al final te mandan al principio de las listas al cabo de tres años, puede ser tremebunda. Digo esto porque voy leyendo que en no pocos lugares mencionan que lo peor está en sanidad y educación. Así que estar atentos, de ser así que no os la cuelen, en fraude estamos todos. Y resistir, pactar con los abogados el pago a futuro, si lo hacen bien a los que echen les tendrán que readmitir e indemnizar. Pena de demanda colectiva, por algún motivo esa vía aún no la utilizan.

Anónimo dijo...

Pues eso es lo que quiero saber el motivo???? Es judicial??? O es oportunismo económico??? Es que son medidas independiente, por un lado nuestras demandas que ahora mismo no pinta bien por las noticias que sale por aquí y lo de Europa es otra fundamentación no personal de cada uno, si no general de acatamiento y lo mismo no tenemos que luchar tanto en los tribunales ni gastar tanto dinero y tiempo....por favor, un especialista que lo explique.

Reino de León dijo...

La demanda individual es la que te une a tu plaza, jamás hay que renunciar a ella. Es la que tras un previsiblemente largo periplo en el que habrá seguramente que denunciar a políticos y jueces, conseguirá que regreses a tu puesto y además te indemnicen por los daños. Independientemente de todo lo demás que se haga, la demanda individual es lo principal, y con un abogado que sepa tras de lo que anda.

Anónimo dijo...

Este señor, con las tablas que debe tener, está muy nervioso cuando lee el panfleto que se preparó.

Ni él se cree lo que está diciendo

Anónimo dijo...

Los consejeros al igual que los concejales ,los hay con cejal y sin cejal ,depende de lo burro que sea el animal. Donde no hay ,no hay.

Anónimo dijo...

Ese sujeto habla de que los interinos fueron contratados "de acuerdo con la normativa vigente". ¿Y donde deja la Directiva europea de 1999 que jamás se ha aplicado? Vaya churro de argumentaciones que larga el tipo.