martes, 10 de noviembre de 2020

Juzgado de Toledo sentencia la condición de fijo a 11 empleados públicos laborales de un Ayuntamiento como la sanción más acorde a la Directiva Europea tras la sentencia europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz y otros" considerándola respetuosa con el ordenamiento interno al haber accedido a los puestos por procesos selectivos y tras trasladar lo dictaminado por el Tribunal Europeo que no puede valer como sanción al abuso ni los procesos selectivos ahora ni la figura del indefinido no fijo junto con la inexistencia de indemnización disuaosoria alguna en la legislación vigente

Ha trascendido en las redes sociales la sentencia del juzgado de lo Social nº 1 de Toledo de 30/10/2020 (nº 445/2020) que, en el caso de 11 empleados públicos de un Ayuntamiento , laborales temporales de 4 a 15 años según el caso de cada uno/a,  ha estimado su demanda (principal) de fijeza por fraude de ley de abuso de la  temporalidad fundamentada en que habían ya accedido al puesto tras superar un proceso selectivo (por concurso, entrevista, oposición o bolsa de empleo según el caso de cada uno/a) y en la Directiva Europea 1999/70/CE sobre abuso de temporalidad y la jurisprudencia europea al respecto vigente.


La jueza que ha dictado esta sentencia, en ella, tras "hacer suya" la obligación de aplicar dicha normativa europea solicitada en la demanda, comenta que la cuestión es "la forma en que debe ser aplicada dicha normativa comunitaria y cómo deben ser resueltos los posibles conflictos con el derecho interno" bajo el principio de supremacía del Derecho Comunitario, y la competencia que tiene toda autoridad administrativa o judicial de aplicar directamente el Derecho de la Unión "no estando vinculadas por los pronunciamientos de órganos jurisdiccionales superiores, ni siquiera del Tribunal Supremo o Tribunal Constitucional cuando se trata de aplicar el mismo". 
 
Así, tras repasar otras sentencias europeas previas,  se hace especial y amplio eco de lo contenido en  la esperanzadora sentencia  del Tribunal Europeo de 19/03/los asuntos acumulados "Sánchez Ruiz/Fernández Aĺvarez y otros" de 19/03/2020, de la que entiende "ha acabado con el argumento tradicionalmente invocado por las autoridades españolas que negaban la existencia de abusos en nuestro país" en situaciones de empleados públicos como éstas y aplica los parámetros establecidos en la sentencia europea para discriminar las situaciones de abuso como la realización de funciones estructurales y la no convocatoria de procesos selectivos para cubrir de forma fija el puesto en su debido tiempo, para deducir la existencia de dicho abuso (en el sentido del a cláusula 5ª de la Directiva Europea)en los casos de las demandas.
 
Constatado el abuso, corresponde analizar si la obligada sanción puede ser una de las peticiones de los demandantes: la fijeza, y si no,  la figura del "indefinido no fijo". Así,  el juzgado da  traslado nuevamente de las  "orientaciones" del Tribunal  de Justicia de la Unión Europea en esa sentencia de 19/03/2020 acerca de que que los procesos selectivos de los puestos ahora, ni esa figura del "indefinido no fijo" por ser temporal pueden valer como sanción a dicho abuso ya reconocido o, y al constatar que no  existe tampoco en el ordenamiento español medida indemnizatoria específica y disuasoria alguna en el sentido del Tribunal Europeo, el juzgado entiende que "la medida más acorde y equilibrada" es aplicar la transformación en fijo, siguiendo por otro lado la resolución del Parlamento Europeo de 31//05/2018. , así se sanciona el comportamiento abusivo de la administración al eliminarlo y se compensa adecuadamente a los temporales garantizando el derecho a la estabilidad en el empleo, como "componente primordial de la protección de los trabajadores"
 
Por último, la jueza considera que  la solución de la transformación en personal fijo en estos casos se ajusta al Derecho interno español , dado que tal y como recordaba el mismo Tribunal Europeo en esa sentencia de 19/03/2020  "en virtud del Derecho Español ... sólo es posible a raíz de la superación de un proceso selectivo" según los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad", algo que en su suficiente medida se da para este juzgado en estos casos. Por otro, lado, recuerda que  el propio Tribunal Europeo estableció en su  sentencia en el asunto C-331/17 o asunto Sciotto que una normativa nacional que prohíba la conversión en fijo como sanción al abuso no puede considerarse conforme a la Directiva si no existe otra medida efectiva de sanción. 

Con lo que acaba sentenciando "el derecho de los trabajadores demandantes a ser considerados trabajadores fijos de dicho Ayuntamiento con todas las consecuencias y derechos inherentes de tal condición"

Naturalmente, ante esta sentencia cabe recurso por parte del Ayuntamiento ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
 
 Recordemos que (una parte) de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia desde su  famosa sentencia  de  28 de junio 2018  ya consideraba antes de la Sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020  la figura del indefinido no fijo insuficiente, por sí sola, como sanción al abuso de temporalidad de la cláusula 5ª de la mencionada Directiva europea sobre empleo temporal, la 1999/70/CE y concede la fijeza en caso de abuso de temporalidad si se ha  accedido al puesto temporal tras superar procesos selectivos respetuosos con los principios exigidos por el art. 55 del Estatuto Básico del Empleado Público [EBEP]: libre concurrencia, mérito y capacidad.
 
Esa doctrina fue reiterada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en casos muy  similares como los de su sentencia de 30/04/2019 (rec. 4813/2018),  su sentencia de 15/05/2019 (rec. 280/2019), su sentencia de 13/03/2020 o una más reciente de 20/07/2020, y tal y como hemos comentado en este blog, esta doctrina fue seguida por numerosos juzgados de lo social de Galicia y de forma muy similar, por Juzgados de lo Social de Palma, de Asturias, y  de Valencia. que también han concedido la fijeza como sanción según la Directiva Europea a empleados públicos laborales que accedieron al puesto temporal por proceso selectivo público .

Por otro, lado,  el Juzgado nº4 de lo Contencioso de Alicante sentenció la transformación en fijo a un funcionario interino del Ayuntamiento de Alicante  , por tanto no bajo contrato laboral, en base a la Directiva Europea y lo aclarado por el Tribunal Europeo en la sentencia de 19/03/2020, siguiendo idénticos razonamientos  a los de esta nueva sentencia ya del orden de lo "social" (es decir, de trabajador publico con contrato laboral). Pero, otros juzgados o tribunales no están siguiendo estos razonamientos en demandas similares pese a la sentencia de 19/03/2020
 
Por último, la jurisprudencia actual del Tribunal Supremo tanto en su Sala de lo Contencioso para los empleados públicos temporales bajo el derecho "administrativo" (funcionarios interinos/estatutarios de servicios de salud temporales) como  en su Sala de lo Social para los de contrato laboral, dista mucho por el momento de conceder la fijeza como sanción al abuso, incluso de reconocer como abusiva muchas relaciones temporales prolongadas, especialmente las de interinidades de vacante. Está por ver cuál será finalmente el efecto de la sentencia europea de 19/03/2020 o  "Sánchez Ruiz y otros" en dicha jurisprudencia del Supremo toda vez que haya tenido que analizar demandas fundamentadas en términos similares a las de la sentencia.

Así, la jurisprudencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo sigue siendo como mucho por ahora la del indefinido no fijo para ciertos casos de personal laboral, y lamentablemente, en los últimos años claramente "a la baja", .

A este respecto recordemos también que una Sala  de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha planteado una petición de decisión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea cuestionando dicha jurisprudencia "a la baja" de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo  al considerar que en su jurisprudencia no existe "sanción alguna" del nivel exigido por  la cláusula 5ª de la Directiva europea 1999/70/CE ni para el personal laboral. 

 
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37 comentarios:

Anónimo dijo...

Mañana sale EL REDACCION Y LOS SINDICATOS 🤣🤣🤣,
Demandar Demandar , creó que esta claro. El TJUE gana.

Anónimo dijo...

Esto es lo normal y lo que sucederá tarde o temprano con el Supremo. No se puede navegar contracorriente siempre y dejar al resto de los jueces, juzgados de lo social y abusados a los piés de los caballos.
Yo volvería a denunciarlos y pedir indemnización por daños morales.
La demanda es la única salida por lo visto.

Anónimo dijo...

Los sindicatos y políticos de Marruecos del Norte están un poquito más retratados...

Anónimo dijo...

Yo estoy más que harta de tanto abuso, tan bien que me lo se que tengo derecho a una estabilidad laboral y no cambian las cosas. Además de por el dinero que me están haciendo gastar y no me sobra.

Anónimo dijo...

A ver qué dice ahora el catedrático Rojo, palmero y estómago agradecido, en las jornadas de Auscal se le vio o que va de listillo o que va de listín o quizás las dos cosas a la vez. Antes en las facultades de derecho se decia, el que vale vale y el que no para derecho canónico o derecho laboral, al Rojo viendo la sartas de mentiras que cuenta para seguir chupando de cursos, jornadas, artículos y publicaciones subvencionadas por las administraciones o los sindicatos o el mismo Consejo general del Poder Judicial, necesita seguir con la teoría negacionista. Mirar el vídeo de las jornadas de Auscal...no hay por donde cogerlo, de dos sentencias del Supremo que dijo, he mirado...y hombre profesor Rojo hay que ser mala persona y peor docente para retorcer el derecho, fijaros cuando pierde los papeles y habla de varias sentencias que no tienen nada que ver con lo nuestro.

Por último, fue profesor de la Gemma Geis la portavoz de Junts per Catalunya que dijo que hay expertos de peso y renombre que opinan y argumentan que no se puede aplicar directamente la directiva y que el Supremo tiene jurisprudencia para solucionar este problema. Blanco y en botella que se refería a su profesor Rojo Ya sabéis entre listillos, listines, trileros y sociopatas anda el juego.

A disfrutar de la sentencia profesor Rojo, la cátedra supongo que se la debió de ganar en una tómbola, su alumna la Geis creo que se ganó la plaza de profesora interina a base del 3% de los negocios de los padres y su pareja. Lo dicho profesor Rojo a disfrutar con la sentencia, como usted diría les deseo una buena lectura, es lo que dice en su infumable blog, que por cierto cada vez sus lectores ya ven del pie del cual cojea, nadie le hace ya caso, la matraca que dio todo un catedrático con la figura del indefinido no fijo, y todavía sigue erre que erre, dígale a su mujer y a sus hijos que cuando acabe la pandemia le regalen por su cumpleaños un viaje a Bruselas y Luxemburgo para que conozca las instituciones europeas y de paso salga de la península y conozca otros lugares y otras gentes!!!!!

Anónimo dijo...

Opino lo mismo del tal Rojo.....Articulos interminables, sin llegar a nada, y llenos de citas a otros colegas igual de anticuados que él.

Reino de León dijo...

El Sr Rojo haciendo su labor, uno de tantos, que no es otra que desanimar para que la gente no denuncie. No hay ley alguna que castigue el abuso, solo cabe pues la fijeza, y el Supremo, el Sr Rojo, los sindicatos, etc, etc, pueden darle todas las vueltas que quieran, pero manda Europa, y los demás acatamos,ellos también aunque piensen lo contrario.

Anónimo dijo...

Su apellido lo dice todo.... Sr. ROJO!

Anónimo dijo...

Hablando de sindicatos, al habla hace unos minutos el Secretario General de CCOO :


"Para CCOO es absolutamente justa la reivindicación de los trabajadores y trabajadoras interinos de la administración, pero esto habrá que hacerlo con OPES y procesos abiertos"

https://twitter.com/CCOO/status/1326425799025627137

Anónimo dijo...

Yo también he hablado con una CSIF

Es interina de muy larga duración, le he preguntado qué piensa CSIF y sobre todo ella. Me dice que sí, que todo se irá solucionando....y le digo: claro, vosotros primero, ¿no? ... Se ha dado la vuelta y se ha ido.

Anónimo dijo...

Unai Sordo es un analfabeto funcional, nunca ha trabajado en nada, ha vivido siempre del sindicato, es el sindicato más perjudicado con este tema, sacan pingües beneficios de sus academias, por cierto el catedrático Rojo es muy cercano a este sindicato, joer si es que se descubren ellos mismos, preguntar en Euskadi a empresas dedicadas a la electrónica os dirán quien es este pajaro, siempre amenazando y estorsionando a las empresas a través de sus comités de empresa. Un Corleone vestido de Caperucita, preguntar y os sacan de dudas, de ahí pegó el salto a la federal para pagarle los servicios prestados y que no abriera la boca.

Preguntar a los otros dos secretarios generales Fidalgo y Gutiérrez que opinan de el, todo un pájaro y un corrupto.

Os imagináis que esto lo hacen Roig el de Mercadona o Amancio Ortega de Indetex, que tuvieran trabajadores en fraude o abuso? Les sacarían los ojos como buitres todos estos perroflautas y pagafantas de sindicalistas. Ahora ya entendéis porque Podemos no hace nada, pues porque va en contra de su socio de gobierno y de CCOO su sindicato, ahí si esto lo hicieran Mercadona e Inditex, estaríamos comiendo, desayunando y cenando las ocurrencias y payasadas del marqués de Caracas-Galapagar y su señora y la del analfabeto funcional el Unai Sordo.

Anónimo dijo...

Alguien puede resolverme una duda:

Los laborales de los que no se suele hablar de ellos mucho al estar el tema principalmente centrado en los funcinoarios interinos como lo tienen?

yo soy laboral abusado y la verdad que son muchos años y cargas ya...EL hecho de ser laboral interino o funcionario interino tiene alguna diferencia en nuestras reclamaciones.

Vuestra lucha es mi lucha

Anónimo dijo...

Ahora tenemos la oportunidad de preguntar en video en español a la Presidenta de la Comisión Europea a través de twitter.

Ya lo hizo primero en inglés hace tiempo.

Necesitamos inundar de videos preguntando que hacer como ya ha hecho un compañero. Solo así contestara

Dejemos en evidencia al Tribunal Supremo y al ministra y los sindicalistos

Anónimo dijo...

Nueva hostia de Europa a legalistas y señor@s Jueces

https://www.eldiario.es/economia/justicia-europea-sentencia-metodo-calculo-aplicado-espana-determinar-si-despido-colectivo-encubierto_1_6402875.html

Lo que está trayendo Europa y que tan poco está gustando a l@s defensores del "tipismo" español

Anónimo dijo...

Al del comentario de las 11:36 ya le digo que eso al Tribunal Supremo del Reino de España se la suda. Ellos son la ley y no les vas a quitar las prebendas por mucho que esos -según ellos - tarados de "Uropa" vayan a decir! Cuando les quieran juzgar ya estarán más que jubilados y con miles de reconocimientos y medallas.. A CASCARLA!

Anónimo dijo...

Al de las 10:33 demanda si no lo has hecho, estos políticos no van a resolver nada.
Ha habido otra sentencia en Galicia de fijeza a laboral en el TSJ de Galicia.
https://twitter.com/ASOCIATEM1/status/1326419915880927234
Suerte

Anónimo dijo...

Que tenga una buena lectura Profesor Rojo otro tortazo que se lleva con la sentencia del despido, no pega una el pobre, en su blog le dedica varias entradas, son antiguas, pero como siempre negando la mayor. Vaya semanita que lleva, hace el ridículo en las jornadas de Auscal, la sentencia de Toledo y ahora esta sentencia de Luxemburgo. De traca lo de este catedrático de tómbola y castillos de agua. Próximo a CCOO y profesor de la Gemma Geis de Junts per Catalunya, Dios los cría y ellos se acaban juntando.

Por cierto que dirán los mediocres de Abogados Carranza de Madrid, próximos también a CCOO o el mediocre del Marc de Colectivo Ronda, que poca decencia queda en este país de trileros, corruptos, sociopatas y saqueadores.

Anónimo dijo...

Estaría bien que los que tenéis Twitter contestaseis al twit del de Comisiones que está más arriba. Menudo pájaro el tipo.

Anónimo dijo...

Aquí la clave para las administraciones es acelerar los procesos selectivos y quitarse se un plumazo a la mayoría de interinos excepto los que hayan reclamado la fijeza( la minoría de interinos) y una vez barridos los interinos, lejislaran para los pocos que no les hayan cogido la plaza con una indemnización, sino tiempo al tiempo.Daros cuenta que en cuestión de reclamaciones quien lleva la batuta es Arauz y su bolsa de demandas creo que es de 70000 demandas
así pues por estimación, no creo que se lleguen a las 100000 demandas ni de lejos, cosa que eliminando al resto con los procesos selectivos sí que les salen las cuentas y esto ya lo ha dicho la ministra.
Creo que los que no demanden que no esperen una solución administrativa a sus plegarias. Ir armando cabos con las comparecencias de unos y otros y veréis como los tiros van por ahí.

Anónimo dijo...

Quise decir 7000

Anónimo dijo...

Se reclama fijeza no indemnización porque no hay ninguna estipulada. Los que demanden ahora con algo de suerte les respetarán la plaza, los que no, se irán a la calle sin indemnización porque no la hay y no la han reclamado.
Por estadística tiene que haber por lo meenos un 40% de reclamaciones, por lo menos en mi departamento hay un 100%.
Saludos

Anónimo dijo...

Gobierno+sindicatos +Tribunal Supremo = todo atado y bien atado. Opes masivas, cero interinos, reforma estatuto pero sólo sanción para Administración=borrón y cuenta nueva y a empezar de cero.esta más claro que el agua

Anónimo dijo...

CCOO, dirigido por un docto en Derecho, sobre todo comunitario, fiel reflejo de lo que son los sindicatos mayoritarios patrios, Unai "no hay peor SORDO 🙉 que el que no quiere oir" pidiendo méritos y capacidades de los que el carece, ahí lo dejo. 🤮🤮

Anónimo dijo...

Lo tienen cada vez más crudo, los tribunales superiores empiezan a fallar fijeza y pueden taponar una vía no cientos. Ellos no van a parar las OPES y asumirán unos cuantos miles de interinos fijos por sentencia.

Anónimo dijo...

Yo soy laboral interino. Llevo casi 15 años así. Aprobé el proceso selectivo pero no cogí plaza porque otros tenian mas antigüedad que yo. Ahora quieren convocar plazas después de casi 15 años. ¿Donde deberia denunciar esto? Que alguien me aconseje algo.

Anónimo dijo...

Hola, conozco a estos aunque habrá más:

http://www.empleadospublicosporsusderechos.com/
http://estabilidadinterinos.com/


Yo estoy con el segundo que es Arauz, el primero creo que es Beatriz González. Todos van en la misma línea.
Saludos

Anónimo dijo...

Tranquilos/as

El supremito se sacará algo de la chistera para tumbar esta sentencia....

Anónimo dijo...

El sinsentido de este Gobierno, no acatar la ley, tratados y pactos firmados con el argumento de cumplir la ley ...y sacan una disposición con ayudas entre 4.500 y 9.000 euros para fomentar el empleo, hacer fijos a contratos temporales y fomentar la contratación de mujeres y mayores de 45 años....y en las administraciones Tod@s a la calle!!!

¿Alguien entiende algo?

Anónimo dijo...

La sombra del SSindicato del crimen es muy alargada y el pastel muy jugoso.
Les da igual las mujeres y la edad es todo postureo, lo que les interesa es la pasta.
La ministra es un pelele en manos de unos cuantos lobos.

ROBERTO dijo...

Adriana Lastra (PSOE) dice que este gobierno acata las directivas europeas... pena no ser mascarilla en tiempos de pandemia!
Representantes de PODEMOS dicen que si ellos fueran los titulares de los ministerios implicados ya se habrían arreglado las cosas -como el paradigma de que ellos querían bajar más el IVA de las mascarillas-... y me pregunto yo... PERO NO SON LOS TITULARES DEL MINISTERIO DE TRABAJO ENCARGADO DE HACER LAS INSPECCIONES DE TRABAJO????

QUE ASCO DE PAÍS, QUE ASCO DE REPRESENTANTES!

Anónimo dijo...

Qué bueno lo de las mascarillas! Si nos parecemos en que somos de usar y tirar, eso sí, muchos más usos, unos cuantos años. Interinos=mascarilla pero en todo, vale? Mascarillas europeas, Interinos NO.

Anónimo dijo...

Andalucía vuelve a rozar los 5.000 contagios de coronavirus y cerca de 70 muertes https://sevilla.abc.es.

Con este panorama, esperemos que la Junta de Andalucía suspenda "ya" las oposiciones pendientes de este mes y diciembre. Reanudar cuándo todo pase, es lo mejor para los opositores y toda Andalucía.

Anónimo dijo...

Al de las 13:10 imagino que tendréis vuestras demandas puestas porque las OPES son imparables.

Anónimo dijo...

Alguien me puede decir porque a última hora desiste de la petición de indemnización?

Anónimo dijo...

Es un acuerdo entre el Ayto y los trabajadores, se solicita la fijeza, se concede por la jueza y se renuncia a la indemnización, no se recurre el fallo y todos contentos.
Otra cosa es que fueran interinos en vez de laborales, no se garantizaría el resultado perseguido dada la diferencia de trato al personal entre las jurisdicciones contenciosa y laboral.

Anónimo dijo...

Gracias por tu respuesta...Yo, en mi caso, he solicitado fijeza y subsidiariamente indefinido no fijo, pero le he dicho a mi abogado que vamos ampliemos la demanda solicitando indemnización disuasoria del abuso en fraude y daños morales. Imagino que eso será lo que esta solicitando la gente, ya que solamente indefinido no fijo, yo lo veo insuficiente dado el caso.

Anónimo dijo...

El problema q dicen q una vez has solicitado algo ya no lo puedes cambiar. Cambias los argumentos o lo q sea pero lo q solicitas, no. Con eso hasta el final.
Están resolviendo sentencias que muchas eran antiguas en cuanto a lo que se solicitaba porque eran anteriores al tjue en el contencioso.
Necesitamos sentencias argumentadas y solicitadas bajo las premisas del tjue.
Entre ellas echo en falta la del informático q no se sabe de la sentencia y era parte de las prejudiciales del 19 de marzo. Él, que había pasado proceso selectivo y las odontólogas, q no.
Necesitamos noticias q apliquen la ley, que no tregiversen ni saquen a colación unas de hace dos años o cuando sea que fueron descartadas por Europa. Noticias en el camino de ley q marca Europa.