'La Federación de Trabajadoras de la Administración Pública de la CGT (FETAP-CGT) acoge con cautela la decisión de la Comisión Europea, comunicada este lunes, de suspender el desembolso de 626.615.891 euros del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) a España, debido al incumplimiento del compromiso adquirido para compensar el abuso de temporalidad en el sector público.
La medida aparece recogida en el documento oficial C(2025) 4643 final, (p. 7) traducción al castellano, en el que se constata el incumplimiento del hito 144 del Plan de Recuperación, relativo a la aplicación de medidas efectivas, proporcionadas y disuasorias frente al uso abusivo de contratos de duración determinada en las Administraciones Públicas.
“The application of the methodology for the determination of payment suspension under the Recovery and Resilience Facility Regulation as above leads to an amount of EUR 626 615 891 that should be suspended (…) Therefore, as milestone 144 constituting part of Spain’s first instalment of nonrepayable support has been reversed and is no longer considered as satisfactory fulfilled, the payment of that amount is to be suspended from the subsequent disbursements related to non-repayable support…”
(Comisión Europea, C(2025) 4643 final, p. 7)
La rectificación por parte de la Comisión se produce a raíz de la sentencia de los asuntos acumulados del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 13 de junio de 2024, asunto C-331/22 y C-332/22, que concluyó que la legislación española no establece sanciones efectivas ni automáticas frente al abuso en la contratación temporal en el sector público, y por tanto infringe la cláusula 5 del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada, anexo a la Directiva 1999/70/CE.
¿De qué trata el asunto C-331/22 y C-332/22?
Ambos casos fueron planteados por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 17 de Barcelona, cuyo titular era el magistrado Federico Vidal Grases (fallecido), y afectan a trabajadoras interinas del Institut Català de la Salut (ICS), con más de 12 y 17 años de contratación temporal encadenada. En sus sentencias de 13 de junio de 2024, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea concluyó que la normativa española no establece sanciones efectivas ni disuasorias frente al abuso de temporalidad en el sector público. Ni los procesos de estabilización ni la indemnización actual (20 días por año trabajado, con un tope de 12 mensualidades) cumplen lo exigido por la cláusula 5 del Acuerdo Marco. El TJUE señaló además que, en ausencia de sanciones eficaces, la conversión a empleo indefinido puede ser una medida válida si no contraviene el derecho nacional. Estas resoluciones llevaron a la Comisión Europea a revocar su evaluación positiva del hito 215 del Plan de Recuperación y a suspender parcialmente el pago a España
Ante la gravedad del pronunciamiento de Bruselas, FETAP-CGT, ha solicitado una reunión urgente con el gabinete de la Comisaria de Empleo, Roxana Mînzatu, con el objetivo de recabar explicaciones oficiales sobre el alcance de la sanción, estado en el que quedan las trabajadoras afectadas del sector público, criterios jurídicos aplicados por la Comisión y sus consecuencias sobre futuras entregas de fondos europeos.
FETAP-CGT considera que esta decisión refuerza la legitimidad de las demandas de los temporales del sector público, y deja en evidencia que las reformas legislativas impulsadas en España (como la Ley 20/2021) no cumplen los estándares europeos de protección jurídica, ni en contenido ni en efectos y reitera su compromiso con la vía judicial europea y con la defensa del derecho a la estabilidad de todas las personas afectadas por el abuso de temporalidad en las administraciones públicas.'
Fuente: Comunicado de la Federación de TRabajadores de la Administración Pública de CGT de 07/07/2025
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2 comentarios:
Este Sindicato, si lucha por los interinos, Gracias Apiscam
Es necesario que la asociación de jueces y fiscales sustitutos de España denuncie ante la comisión europea que el procedimiento de "estabilización" hecha por el gobierno para dar "estabilidad" a los jueces fiscales no se ajusta a la sentencia del tribunal europeo de este 13 de Junio del 2024, ya que es un concurso abierto, donde se pueden presentar todos y no sólo los jueces sustitutos, y en donde muchos de los jueces sustitutos no estabilizarán en ese proceso de "estabilización"...
También en la administración de justicia muchísimos interinos en abuso con largos años de duración no hemos estabilizado, porque en la "estabilización" hecha, también se hizo un procedimiento abierto, participaron funcionarios titulares en esa ""estabilización" y muchísimos funcionarios interinos con larguísimos años de experiencia y en abuso no hemos estabilizado y podemos irnos al desempleo en un período ya breve, muchos de nosotros y nosotras con más de 50 años cumplidos...
A ver si Arauz, CGT, la asociación de jueces interinos de España o quien sea, comunican esto a la comisión europea, para la activación del procedimiento sancionador contra España
8 de julio de 2025, 12:54
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