'El proceso de estabilización derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, impulsado por el Gobierno de España, ha sido calificado como un rotundo fracaso por parte de la Asociación Nacional de Secretarios, Interventores y Tesoreros Interinos (ANSITI). La organización lamenta que, lejos de solucionar el problema endémico del abuso de la temporalidad en las administraciones públicas españolas, este proceso ha generado una profunda frustración entre miles de interinos de larga duración y ha dejado al descubierto las deficiencias estructurales del sistema.
Para el presidente de esta Asociación, Lorenzo Campillo, “el espíritu de esta Ley no era malo, pero después de cuatro años de su entrada en vigor no ha solucionado el problema de la alta tasa de temporalidad en el conjunto de las administraciones públicas, llegando a estar en torno al 40% en todos los sectores”.
ANSITI subraya que los resultados del proceso de estabilización, particularmente en lo que respecta a la Administración Local, han sido decepcionantes. La conversión de puestos interinos en plazas fijas ha sido mínima, dejando a casi la mitad de nuestros compañeros en una situación de precariedad laboral y con la amenaza constante de ser cesados.
“Este proceso no ha sido la solución que esperábamos, sino más bien un parche ineficaz que ha perpetuado la inseguridad jurídica y laboral de miles de interinos que llevan años desempeñando funciones esenciales en nuestras administraciones” ha señalado Lorenzo Campillo, presidente de ANSITI. “Estamos siendo testigos de cómo compañeros con décadas de experiencia y dedicación quedan fuera de un sistema que no ha sabido valorar su trayectoria ni garantizar su estabilidad”.
Los datos son reveladores ya que se presentaron al proceso de concurso un total de 1033 candidatos que cumplían con los criterios de abuso de temporalidad. Sin embargo, solo se dispusieron 563 plazas para estabilizar a pesar de que en el procedimiento de alegaciones se presentaron más de 400 que señalaban plazas que deberían haber sido incluidas.
Finalmente, apenas el 54% de los candidatos logrará la estabilización, mientras que un preocupante 46% (470 personas) quedarán fuera, a pesar de encontrarse en una clara situación de abuso de temporalidad.
El presidente de ANSITI señala que “es la Administración Pública la que está abusando de nuestra situación laboral, algo que en la empresa privada no sucede y donde la transposición de la Directiva 1999/70/CE se aplica desde 2015 de forma que nadie se puede imaginar hoy día a un trabajador temporal con más de 30 años en esa situación y al que se le pueda despedir sin indemnización alguna”.
Advertencias de la Unión Europea y el coste del abuso
El fracaso de este proceso de estabilización no solo tiene consecuencias a nivel nacional, sino que también resalta el incumplimiento de España con las directrices de la Unión Europea en materia de temporalidad. Tal y como ya han advertido varios medios de comunicación como Público.es y la propia UE, el abuso de interinos de larga duración le ha costado a España ya la congelación de 1.123 millones de euros como sanción significativa por sus incumplimientos en esta materia, una cifra que podría seguir aumentando si no se toman medidas efectivas.
La Justicia europea ha sido clara en su condena a esta práctica, señalando la necesidad de mecanismos para convertir a los empleados públicos temporales en fijos cuando se detecta un uso abusivo y fraudulento de los contratos temporales. “En comparación con el resto de países de la UE, los trabajadores interinos españoles estamos totalmente discriminados, siendo España el único país que no ha transpuesto la Directiva europea” matiza Campillo.
En este punto, ANSITI lleva tiempo instando al Gobierno de España a reflexionar sobre los resultados de este proceso y a escuchar las demandas de los interinos. Unos esfuerzos que hasta la fecha no han obtenido fruto. “Es crucial adoptar medidas que garanticen la estabilidad laboral de miles de profesionales que sostienen el funcionamiento de la administración pública, evitando así nuevas condenas europeas y, lo que es más importante, asegurando un servicio público de calidad y con garantías para la ciudadanía” señala Campillo.
Las propuestas de ANSITI para una estabilización real
Ante este escenario, en ANSITI reiteramos nuestras propuestas para una verdadera estabilización del personal interino de larga duración, que pasa por soluciones que garanticen la fijeza como principal medida de urgencia para poner fin a esta situación de fraude de ley y aseguren la estabilidad en el empleo público. Convertir esas plazas en fijas o indefinidas implica un reconocimiento de su experiencia y antigüedad, garantizando la estabilidad laboral.
Además, en el caso de que se realicen procesos de estabilización, como los derivados de la Ley 20/21, desde ANSITI reclamamos que sean realmente efectivos donde, por un lado, la experiencia, la antigüedad en el puesto y el conocimiento de la administración específica sean los factores predominantes y determinantes para la obtención de la plaza y, por otro, que no se vean desplazados por otros aspirantes en procesos competitivos que no valoran adecuadamente su trayectoria. En este punto, Lorenzo Campillo considera que “debe primarse la experiencia” y pregunta que si tuviera que elegir para ponerse en manos de un cirujano entre uno interino que ha operado bien durante veinte años y otro que acaba de aprobar el MIR ¿a quién elegiría?
Así mismo, desde ANSITI sostenemos que la respuesta sancionadora al abuso de temporalidad sea efectiva, abogando por una solución que, en línea con el TJUE, implique la consolidación del empleo interino en fraude de ley.
Finalmente, nuestra organización solicita una modificación de la normativa que impida futuros abusos en la contratación de personal interino y que ofrezca mecanismos ágiles y efectivos para la consolidación de las plazas de quienes ya están en esa situación.'
Fuente: nota de prensa de la Asociación Nacional de Secretarios, Interventores y Tesoreros Interinos. de 08/07/2025 recibida en APISCAM
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