Acaba de publicarse en el Diario Oficial de la Unión Europea de este 30/'9/2023 el anuncio de la cuestión prejudicial, con el listado de cuestiones ya admitidas a trámite inicial por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea como asunto Obadal o C-418/24, que elevó finalmente la Sala de lo Social del Tribunal Supremo al Tribunal de Justicia de la UE tras la importante sentencia del TJUE de 22/02/2024:
- 1) "Principal. ¿Se opone a la cláusula 5 del Acuerdo Marco (2)
la doctrina jurisprudencial que, defendiendo los principios de
igualdad, mérito, capacidad y no discriminación en la libre circulación
de trabajadores, niega el reconocimiento de la condición de trabajadores
fijos del sector público a los trabajadores indefinidos no fijos?"
- 2) "Subsidiaria. De ser afirmativa la
respuesta a la anterior pregunta: ¿El reconocimiento de una
indemnización disuasoria al trabajador indefinido no fijo en el momento
de la extinción de su relación laboral, puede considerarse como una
medida adecuada para prevenir y, en su caso, sancionar, los abusos
derivados de la utilización sucesiva de contratos temporales en el
sector público con arreglo a la cláusula 5 del Acuerdo Marco?"
Recordemos que esta Sala del Supremo, que lleva los casos de personal público laboral, aprovechó el
recurso de casación (n° 5544/2023) que tenía admitido a trámite de una empleada pública laboral de
la C. de Madrid, para interponer esta cuestión prejudicial a la vsta de la citada sentencia del Tribunal europeo de 22 de Febrero. El Tribunal Supremo solicitó que el TJUE
tramitara el asunto mediante el procedimiento acelerado, pero el TJUE rechazó esta solicitud aceptando, en todo caso, darle "tratamiento prioritario".
Recordemos nuevamente que en el auto de las cuestiones, la sala del Supremo que lleva los casos de los empleados públicos laborales: