Tal y como informó la propia institución europea en una nota de prensa el pasado 27/11/2024, la Comisión Europea ha validado el Plan Fiscal y Estructural de España presentado por España ( a buen seguro tras negociaciones previas) ratificando las reformas e inversiones comprometidas por España (adicionales a las del Plan de Recuperación, Transformación y Reliliencia de 2021, en vigor), como parte del mecanismo de Economía de la Unión Europea de "recomendaciones" a los Estados miembros , el denominado"Semestre Europeo" de la UE. A la validación de la Comisión Europea le faltaría la preceptiva del Consejo de la UE
La Comisión Europea ha publicado en su página web sobre los planes de cada país del Semestre Europeo:
- su evaluación , positiva, del plan fiscal estructural a medio plazo de España"
- el documento con el propio "Plan Fiscal y Estructural de España" presentado por España (que ha sido validado por la división económica europe)
La CE afirma e cuanto a "la prioridad común de la resiliencia social y económica, incluido el pilar europeo de derechos sociales" que el plan español "incluye reformas como la modernización de las políticas activas del mercado de trabajo, con el objetivo de fortalecer el mercado de trabajo español, abordando desafíos estructurales significativos, incluidos los altos niveles de desempleo estructural y juvenil, los contratos temporales excesivos, las bajas tasas de empleo y la desigualdad económica y social". Y así, incluye un compromiso de una reforma de la legislación laboral del sector privado para continuar la reducción de temporalidad pero no incluye ningún compromiso de reforma o hito sobre temporalidad en empleo público.
En todo caso, la Comisión ,queda por presentar "en las próximas semanas" la segunda parte del paquete de otoño del Semestre Europeo, dado que no puedo presentarse completo al estar pendiente la formación del Colegio de Comisarios europeos. Esa segunda parte debe aprobar entre otros documentos pendientes del Semestre europeo, el "Informe conjunto sobre el empleo", donde podría haber afirmaciones sobre el estado del empleo público español y recomendaciones correspondientes (si bien, no parece que ya vayan a ir como compromisos del Plan estructural de España ante la UE). Precisamente la semana pasada empezaron su mandato Roxana Mînzatu, como comisaria europea de Derechos Sociales, Capacidades, Trabajo de Calidad y Preparación y Dombrovskis con una sesión de trabajo conjunta sobre las futuras prioridades del Semestre Europeo de 2025 en materia de empleo y derechos sociales, donde se dijo que buscarían "acordar conclusiones sobre la escasez de mano de obra y habilidades en la UE", y donde probablemente también abordaron el informe de empleo pendiente. Esa sesión tuvo lugar justo tras la reunión de la comisaria con los ministros de empleo y asuntos sociales de la UE
Naturalmente, siguen plenamente vigentes los compromisos de Plan de Recuperación, Transformación y Reliliencia de 2021, en vigor , e incluyendo su reciente modificación. En todo caso, sigue sin cambios el
compromiso de plan inicial de Abril de 2021 tener antes de fin de este año 2024 300 mil puestos públicos pasados a ser ocupados de forma fija por "procesos
de estabilización", incluyendo tanto los derivados de la Ley 20/2021 (que ya incluyó la posibliddad de concurso de méritos y una compensación económica para el personal cesado). como los previos de las leyes estatales de 2017 y 2018 (por concurso-oposición, sin indemnización recordemos)
Asi, recordemos una vez más que en cuanto a la reforma 1 del Componente 11 del Plan de Recuperación , Transformación y Resiliciencia de España sobre la AAPP (C11.R1) , se mantiene todo intacto con respecto a su primera versión de 2021, en especial, los hitos relacionados con la temporalidad pública:
- [nº144] Hito "Entrada en vigor de acto legislativo para reducir la temporalidad en las administraciones públicas"
- Fecha de cumplimiento [comprometida]: Segundo cuatrimestre de 2021
- Descripción:
"Entrada en vigor de un Acto Legislativo que estipule medidas para
reducir la temporalidad en el empleo público y disposiciones efectivas
para prevenir y sancionar abusos, incluida la obligación de publicar
todas las convocatorias de procedimientos de estabilización de personal
temporal a más tardar el 31 de diciembre de 2022. Este Acto Legislativo
será aplicable al Estado, administraciones públicas regionales y
locales."
, - [nº 150] Objetivo "Estabilización del empleo público"
- Fecha de cumplimiento [comprometida] : Cuarto cuatrimestre de 2024
- Descripción: "Finalización de los procedimientos de contratación para estabilizar el empleo (a través de contratos o puestos estatutarios del personal) que involucran al menos 300 000 puestos (incluidos los que derivan de los procedimientos de estabilización de 2017 y 2018)"
- Información adicional: "Los procedimientos de selección se considerarán concluidos una vez que se publiquen en el Diario Oficial las resoluciones correspondientes incluyendo las listas de candidatos que hayan superado el procedimiento de estabilización."
- Mecanismo
de verificación: [básicamente, copia de los Diarios Oficiales con las
convocatorias publicadas antes de 31/12/2022 y certificados con el
"número de puestos estabilizados"]
Nótese que dicho hito número 150 del PRTR, sólo exige reducción de puestos temporales, utilizando como
indicador la publicación antes del 31/12/2024 en boletines oficiales de
declaraciones de superación de procesos selectivos de estabilización(por tanto, derivados de las leyes estatales de Presupuestos Generales del Estado [PGE] 2017, PGE 2018, RDL
14/2021. la Ley 20/2021 y el RDL 5/2023) por un número que supere en total las 300 mil plazas . La Federación de Servicios
Públicos de UGT, en informe de Mayo de 2024 aseguró que "ya van estabilizadas 225.082 plazas", trasladando presumiblemente información del Ministerio de Función Pública aportada en la mesa general de empleados públicos.
Hay que señalar que en dicha reforma 1
del Componente 11 el , donde se incluye el hito comprometido concreto de 300 mil puestos estabilizados , se explicaba en su exposición de motivos que se pretende cumplir con la recomendación de la UE de reducir al 8% la temporalidad también en el empleo público. A la vista de las estadísticas , mejoradas precisamente por imposición de la UE,de más de 1 millón de empleados públicos temporales resulta patente que con esa cifra de 300 mil plazas era imposible reducir la temporalidad al 8% en el empleo público . Curiosamente la cifra de 300 mil incluida como compromiso coincide con el nivel de temporalidad en la Administración pública española que cifró el propio Gobierno del Estado cuando Montoro firmó el primer acuerdo con los sindicatos de una primera reducción extraordinaria en 250 mil plazas de sectores esenciales "más afectados".
Por último, el Tribunal de Justicia de la UE en su sentencia de 13/06/2024 en los asuntos acumulados #GenCat ha dictaminado que no valen como sanción al abuso de temporalidad pública la doctrina ninguno de estos procesos de estabilización ni la indemnización al cese o con tope de la ley 20/2021.
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- [29/06/2017] Publicados los Presupuestos Generales del Estado de 2017: marco para las OPEs extraordinarias (permiso a las AAPP para convocar procesos de consolidación para los temporales de antes de 2005 según el EBEP y de OPE en Sanidad, docentes de Educación y otros sectores con hasta el 90% de los temporales ade más de 3 años, sin límites por tasa de reposición PERO sin fijar bases de consolidación)
- [30/03/2024] [Gob. de Estado] 'El Gobierno y los sindicatos alcanzan un acuerdo para mejorar el empleo público y bajar al 8% la tasa de temporalidad en tres años' ["se parte de una cifra muy elevada de temporalidad, de casi 300 mil interinos en la Administración", y que "afecta principalmente" a los sectores de sanidad, enseñanza no universitaria y justicia]
- [12/04/2017] [El independiente] CCOO y UGT admiten que el acuerdo estatal sobre estabilidad y OPEs extraordinarias podría dejar a temporales muy antiguos sin trabajo
- [09/07/2018] Publicada en el BOE la Ley de Presupuestos Generales del Estado con el segundo acuerdo con sindicatos nacionales con la extnsión a todos los sectores de la posibilidad de convocar los puestos de temporales de más de 3 años y los de los "indefinidos no fijos" a procesos denominados de "estabilización", sin fijar que sean de consolidación del propio personal.
- [5 de mayo de 2021] El Gobierno publica el plan de reformas que presentó a la Comisión Europea el 30/04/2021. Sobre la exigida reducción de temporalidad pública a menos del 8%: va a ampliar los procesos de estabilización con las plazas temporales más de 3 años a 31/01/2020 y deberán publicarse todas las convocatorias de las OPEs de estabilización -existentes y las nuevas- antes de 31/12/2021 teniendo que finalizar antes de 31/12/2024. Sin mención alguna a que dicha temporalidad existente pueda ser ya abusiva ni a la sentencia europea que dictaminó que las convocatorias a procesos selectivos del puesto de los abusados no pueden valer como la sanción que debe haber para la AAPP.
- [07/07/2021] [IMPORTANTE] Publicado en el BOE el REAL DECRETO-LEY del "plan de choque" de reducción de la temporalidad en el empleo público acordado con los sindicatos fijando un último proceso extraordinario de estabilización de plazas con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no estén ya en los procesos de estabilización de las leyes de 2017 y 2018: un concurso-oposición libre con peso de la fase de méritos del 40% e indemnización de 20 dias/año máx 12 mensualidades al cese del temporal que no lo supere. Entra en vigor mañana 08/07/2021
- [10 de noviembre de 2021] Divulgado el "acuerdo de funcionamiento" entre el Gobierno Español y la
Comisión Europea con hitos y plazos de cumplimiento firmados de las
reformas comprometidas en el Plan de Recuperación a cambio de los fondos
europeos. Sobre temporalidad pública, comprometida ley que regule una
reducción de la temporalidad vía "procesos de estabilización de puestos"
así como "disposiciones efectivas para prevenir y sancionar abusos" .
- [14 de diciembre de 2021] Plan de recuperación UE: "Evaluación preliminar positiva del
cumplimiento satisfactorio del hito de norma para reduciir la
temporalidad con el RDL 14/2021 "sin perjuicio del del procedimiento de
infracción INFR(2014)4334."
- [29/12/2021] Publicada en el
Boletín Oficial del Estado la nueva Ley de reducción de temporalidad
pública. Entra en vigor mañana 30/12/2021. Obliga a todas las AAPP a
realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las plazas
estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a
1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo
la plaza. En días y semanas pasados ha habido "carreras" por muchas
AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de
estabilización anteriores y así no les afecta esta nueva ley
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- [22/05/2024] El Consejo de la Unión Europea aprobó el Plan modificado de Recuperación y Resiliencia de España: sin cambios en el compromiso de tener antes de fin de año 300 mil puestos de los procesos de estabilización ni en temas de temporalidad. Corrección técnica en el hito comprometido sobre la reforma de la normativa de los profesionales de los servicios de salud.
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18 comentarios:
la comisión europea también nos ha vendido?
No sé, pero los culpables de los abusos laborales en el sector público, tanto en la temporalidad como sus derivados, aún más graves, por no perseguirse ni sancionarse, son españoles, todos muy patriotas y preparaos para incumplir las normas, ya sean propias, nacionales o europeas.
La Comisión Europea ha mandado dos cartas de emplazamiento para que España sancióne el abuso de temporalidad en el sector público.
Y ha comunicado que la normativa española no cumple con la normativa de la Unión Europea y sentencias del TJUE.
Hay que seguir insistiendo para que se ejecuten los procedimientos de infracción.
No nos lo van a poner fácil, ni el Gobierno de España (que tiene una Comisaria que es la vicepresidenta de la Comisión), ni los Comegambas
Tenemos que seguir defendiendo la normativa de la Unión Europea y sentencias del TJUE.
FIJEZA YA!!!!!
De aquí no les sacas.
36.
Concerning the common priority of social and economic resilience, including the
European Pillar of Social Rights, the plan includes reforms such as the modernisation
of active labour market policies, with the aim of strengthening the Spanish labour
market, addressing significant structural challenges, including high levels of
structural and youth unemployment, excessive temporary contracts, low employment
rates, and economic and social inequality. The measures respond to the 2019 and
2020 CSRs related to the functioning of the labour market, including framework for
labour contracts, undeclared work, active labour market policies, incentives to work
and labour market participation. The plan does not include other reforms and
investments aimed to address the 2019 and 2020 CSRs on the improvement of public
procurement frameworks.
Ojo. 🫤 Vaya percal!!! No informan de qué vayan a hacer algo ..
Lo dice la comisión Europea en su evaluación de lo que hace España.
The plan does not include other reforms and investments aimed to address the 2019 and 2020 CSRs on the improvement of public procurement frameworks.
La Comisión Europea saben perfectamente que el Gobierno de España no aplica la normativa de la Unión Europea ni sentencias del TJUE.
Pero se nota que están presionandos, no se han atrevido a mandar las cartas de emplazamiento hasta el momento de marchar y dejar los puestos a renovación.
Ni el Comisario Smith ni el Pokorni. No se atrevieron hasta el momento de marchar.
Pero también está claro, que quienes trabajan en la Comisión Europea, saben perfectamente la vergüenza que supone el abuso de temporalidad en el sector público de España.
Su hoja de ruta en Abril del 24 con Escrivá aún al mando.
K.1. Description of the reforms and investments for non-repayable financial support
Reform 1 (C11.R1) – Reform for the modernisation and digitalisation of the administration
This measure shall be articulated into multiple lines of action to address weaknesses in employment policies of the public administrations, strengthen cooperation and coordination among different levels of government, and improve how the central government implements public policies. With respect to employment policies, the objective is to reduce the rate of temporary employees in public administrations and strengthen public employment capacities by moving towards a competence-based human resources model, including for recruitment purposes. The second line of action is to further develop ex-ante policy evaluation and increase transparency and citizens’ participation in public policy making, including a new law on transparency and integrity in the activities of interest groups. Finally, the reform shall reinforce existing instruments for cooperation among different levels of governments in Spain. This shall reinforce the role of sectoral conferences, the existing bodies for cooperation with regions, by clarifying when they may reach agreements of mandatory compliance. The reform shall also reinforce the Conference of Presidents (where the Prime Minister and Presidents of the Autonomous Communities meet at the highest level). The reform also concerns instruments by which cooperation between the public administrations is possible, it shall establish digital inter-administrative interconnection and interoperability between the central and regional government IT platforms. The reform shall also update the National Security Framework.
The implementation of this measure shall be completed by 31 December 2024.
Y claro lo de 300.000 viene de la época de Montoro. Año 2017.
https://www.eurofound.europa.eu/en/resources/article/2017/spain-agreement-reduce-temporary-employment-public-administration
El conocimiento que tengan en Europa sobre el abuso de temporalidad en nuestro sector público poco nos aporta, a parte de la vergüenza, si no se actúa y dejan que ése abuso derive en otros más graves como ya ha pasado, y que como ciudadanos europeos no tenemos el deber de soportar.
12:56 lo de "public procurement" se refiere a la contratación pública de bienes y servicios a empresas privadas, no a la contratación de empleados propios (eso es public work)
13:42 pero entonces el gobierno español mintió descaradamente ya en 2017 (o bien le mentían las CCAA, o bien era un incompetente y ni se molestó en obtener la información)
Y sobre esas cifras falsas negoció con la CE un hito en el Plan para algo que sí le duele, los fondos europeos.
Ahora, la Comisión Europea sabe con el nuevo RCP que le exigió que la cifra de empleados públicos temporales , contados "a la europea" sin importar si les llamas laborales temporales o estatutarios eventuales o contratos de programa, no era de 300 mil sino de ¡más de un millón!
Y ¿no le importa que le hayan engañado? ¿Va a dar los fondos asociados a ese hito así sin más?
En los servicios de salud de las CCAA contaron 129.700 temporales y un 30% de temporalidad: solo contaban los denominados "estatutarios interinos" (es decir , los que estaban nombrados en una vacante pendiente de ser cubierta por OPE o ser amortizada si se privatizaba).
pero no contaban como temporales la cifra casi idéntica de personas que se tenía contratadas con falsos nombramientos estatutarios "eventuales" (que son para necesidades no permanentes y que por tanto no se genera un vacante)
todos conocemos a compañeros que han estado durante años con nombramientos de meses, semanas o incluso días, por decenas o centenares encadenados, diciendo el texto de cada nombramiento que era para una necesidad puntual
una estafa masiva de todos los servicios de salud utilizando la figura más precaria para los trabajos más esenciales
de esta manera, la temporalidad real se acercaba al 60% en los servicios de salud , y la cifra total al cuarto de millón (sólo en ese sector)...
14:57 pues es una buena pregunta para trasladar a la Comisión Europea
Pero esto nada tiene que ver con legislar en España. Una cosa es que no haya más concursos y otra que se pierdan juicios
Bueno, la verdad es que ya existen sentencias firmes de FIJEZA.
Hay sentencias firmes de FIJEZA del Tribunal Superior del País Vasco, puesto que no han sido recurrirdas.
https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Tribunales-Superiores-de-Justicia/TSJ-Pais-Vasco/Oficina-de-Comunicacion/Notas-de-prensa/-La-Sala-de-lo-Social-del-TSJPV-declara-la-fijeza-de-una-trabajadora-interina-del-Departamento-de-Educacion-en-aplicacion-de-la-sentencia-del-TJUE
Y otras que van a salir, sin ir mas lejos Gerardo Pérez gano hace poco el juicio en lo Contencioso a una interina Funcionaria, Arauz siempre esta en la pomada, Josep Jover también, Enrique Santiago y otros mas que apuestan por la fijeza, habrá que esperar pero seguro que los Jueces nos dan la razón, existen dos prejudiciales en espera para el TS, y miles de denuncias que se tienen que sustanciar.-
No apostar por la fijeza es prevaricar cuando ante el mismo abuso laboral a unos se les hace indefinidos fijos y a otros no. No habiendo previsto esta sanción ni ninguna otra para el abuso en la temporalidad ni para todos los abusos que de éste ya han derivado, con toda la intención en función del infractor, como lo han hecho y siguen haciendo los irresponsables que dirigen las AAPP.
El daño es irreparable no sólo para los abusados sino para todos los ciudadanos.
Una violación es una violación independientemente de quién la cometa, o no?
El que quiera leer que entienda:
https://diario16plus.com/nacional/interinos-la-justicia-espanola-genera-ensanamiento-con-victimas_504243_102.html
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