Se ha publicado el "Informe de actualidad sobre derecho laboral en la UE" , elaborado por la "Red de Expertos del Derecho del Trabajo" (, en su edición de Julio y Agosto de 2024 y en el apartado dedicado España (elaborado por dos españoles) en su sección sobre sentencias del TJUE , y al igual que ya pasó en primera instancia con el informe de Marzo con la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024, no hace mención a la, a nuestro juicio importante para el derecho sobre el empleo público en España, sentencia de 13/06/2024 del Tribunal de Justicia de la UE en los asuntos acumulados #GenCat, donde recordemos el alto tribunal europeo afirmó que no valen como sanción al abuso de temporalidad pública ni la doctrina del Contencioso del Supremo ni los procesos de estabilización e indemnización al cese o con tope de la ley 20/2021 que aprobó el Gobierno español como reacción a la sentencia europea previa del Tribunal Europeo de 19/03/2020 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz":
Además, la sentencia de 13 de Junio del TJUE afirmaba que ante la falta en la normativa nacional de medidas válidas de sanción debe intentar realizarse una "interpretación conforme" del derecho nacional, sin ser contra él, para aplicar la fijeza como sanción, modificando la jurisprudencia incompatible del Supremo, siendo posible en este caso , aparentemente, con la declaración de personal indefinido con la misma condiciones de cese que el funcionario de carrera
Probablemente, en siguientes ediciones de este informe se hará mención de la sentencia del 13 de Junio, como finalmente ocurrió con la sentencia del 22/02/2024, que fue tratada en el Informe de actualidad sobre derecho laboral" en la UE de Mayo de 2024.
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Tribunal de Justicia de la UE de este 22/02/2024 donde reafirma la
figura del indefinido no fijo como un temporal que mantenido durante
años también sufre abuso de temporalidad, no siendo válida una
indemnización de 20 días al cese, como la del indefinido no fijo, como
sanción al abuso de temporalidad ni procesos de consolidación abiertos
[como es la ley 20/2021]. Sí la fijeza, si no hay medidas de sanción
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3 comentarios:
Si al Gobierno no le gustan las sentencia del TJUE, desaparecen y se las ignora.
Esa es la función del Ministerio de la Verdad.
Seguimos siendo invisibles. Así es como se solucionan los problemas. No existimos.
Se engañan ellos solos:
https://diario16plus.com/actualidad/interinos-justicia-obliga-acelerar-procesos-fijeza_502174_102.html
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