'El Consejo de Ministros ha aprobado una modificación del Real Decreto 183/2004, que regula la Tarjeta Sanitaria Individual (TSI) en el Sistema Nacional de Salud. Esta actualización tiene como objetivo principal adaptar la normativa a los avances tecnológicos, estableciendo la emisión de la TSI en un formato virtual para todas las comunidades autónomas, además del tradicional soporte físico que se viene utilizando. Se trata de facilitar, cada día más, el acceso de las personas a los servicios sanitarios, especialmente en sus desplazamientos a otras comunidades autónomas, en situaciones de emergencia o pérdida de la tarjeta física. También evitará la necesidad de llevar la tarjeta física para acceder a la atención sanitaria en cualquier centro del SNS y disminuirá los costes asociados a la impresión y distribución de tarjetas físicas, contribuyendo a la sostenibilidad del sistema. La tarjeta sanitaria clásica ya identifica al paciente en cualquier dispositivo del SNS y en cualquier oficina de farmacia de España. Una interoperabilidad que se mantendrá y reforzará. Con el formato virtual se agilizará, además, el desarrollo de servicios digitales entre los servicios de salud de las comunidades autónomas.
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miércoles, 18 de septiembre de 2024
[Gob. Estado/Consejo de Ministros] 'REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 183/2004, de 30 de enero, por el que se regula la tarjeta sanitaria individual.'
Principales Cambios Emisión en soporte virtual
Se
permitirá la emisión de la TSI tanto en soporte físico como virtual, o
en ambos, ofreciendo flexibilidad a las personas y adaptándose a sus
preferencias. La TSI virtual podrá sustituir completamente a la física
solo si el titular así lo desea.
Datos obligatorios y adicionales
Se
especifican los datos básicos obligatorios que deben incluirse en la
TSI, tanto física como virtual, garantizando la identificación
inequívoca del titular y su derecho a la asistencia sanitaria. Además,
se enumeran datos adicionales que podrán ser incorporados, como
información de contacto de emergencias. Accesibilidad: Se establece la
necesidad de adaptar la TSI a las personas con discapacidad, asegurando
la igualdad de acceso a los servicios sanitarios para todos los
ciudadanos. Asimismo, se regulan las características técnicas de la
banda magnética y el código QR para garantizar su lectura en todo el
territorio nacional, facilitando la interoperabilidad y evitando
barreras administrativas. Validez en todo el SNS: La TSI, en soporte
virtual, será válida en todo el SNS, como ya lo es en soporte físico y
permitirá el acceso a los centros y servicios sanitarios. Plazo de
adaptación: Se establece un plazo de 18 meses para que las autoridades
sanitarias y los agentes implicados en la provisión de asistencia
sanitaria se adapten a los nuevos requisitos.'
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