El pasado 31/10/2018 se publicaba en el BOCM la convocatoria por el procedimiento de libre designación y de un puesto de trabajo de Técnico de Apoyo del Área de Gestión y Análisis de Información Sanitaria en la Subdirección General Servicios de Sistemas de
Información de la Dirección General de Sistemas de Información Sanitaria del SERMAS [DGSIS], viniendo descrito el puesto en el listado de la publicación del Boletín Oficial como de nivel retributivo 26 de grupos A/B ( es decir A1/A2) y de personal funcionario o estatutario de la
Comunidad de Madrid u otra CCAA o de la Administración del Estado, si
bien en el punto 3ª.2 de la Orden se dice que "podrán participar en este
procedimiento los funcionarios que, en la fecha de entrada en vigor de
la presente convocatoria, se encuentren en servicio activo o quieran
reingresar a dicha situación", siendo posible que sea una convocatoria
restringida a funcionario.
Esta convocatoria es prácticamente idéntica a una convocatoria anterior de hace 3 años donde no se incluía la posibilidad de ESTATUTARIO en el mismo listado describiendo el puesto de entonces en la publicación en el BOCMes decir, la convocatorias de entonces estaba vetada al personal "estatutario" como era tradicional en los Servicios Centrales del SERMAS pero no podemos olvidar
Esta convocatoria es prácticamente idéntica a una convocatoria anterior de hace 3 años donde no se incluía la posibilidad de ESTATUTARIO en el mismo listado describiendo el puesto de entonces en la publicación en el BOCMes decir, la convocatorias de entonces estaba vetada al personal "estatutario" como era tradicional en los Servicios Centrales del SERMAS pero no podemos olvidar
- por un lado, como comentábamos en la convocatoria anterior, aquella sentencia , relativa a que un concurso para funcionarios de carrera en un servicio público de salud debería admitir al personal estatutario base a que tras el Estatuto Básico del Empleado Público aprobado en 2007 donde explicita que el concepto de funcionario de carrera incluye al personal estatutario, considerándolo una relación funcionarial especial (lo que abrí8a la posibilidad a un estatutario de presentarse y a que si es admitido tenga defensa ante un posible recurso o, si es rechazado, pueda plantearlo en base a aquel precedente).
- pero sobre todo , que desde 2017 resulta evidente que las categorías estatutarias de Sistemas y Tecnologías de la Información [S.T.I.] del SERMAS son de aplicación en los Servicios Centrales [SSCC] del SERMAS, tras la aprobación con rango de ley de la extensión delas categorías estatutaras de S.T.I. a esos SSCCc con vigor el 01/01/2016,. con lo que también es evidentemente posible abrir una convocatoria al personal estatutario de estas categorías