viernes, 24 de enero de 2025

[Araúz] Juzgado de lo Contencioso de Las Palmas sentencia a interino el sueldo y antigüedad de la categoría superior realmente desarrollada

 'En materia de clasificación profesional, el Juzgado de lo CA nº 4 de las Palmas, ha dictado sentencia de 22 de enero de 2025, por la que reconoce el derecho de un funcionario interino a que se le abonen las diferencias salariales por estar desarrollando funciones de una categoría superior y además, condena a la Administración a que se le reconozca el tiempo total de servicios prestados en la categoría superior realmente desarrollada.'

 

 

Fuente: Nota  del gabinete de Araúz de 24/01/2025 recibida en APISCAM

Resaltados en negrita cursiva nuestro

6 comentarios:

Anónimo dijo...

Enhorabuena al despacho y al trabajador!!

El abuso en la temporalidad, al dilatarse más de lo debido, 10,20,30 años, algunos jefes y compañeros mal entendieron que se abría la barra libre del abuso, por tanto, también se extendía a funciones o tareas de cuerpos y niveles superiores.
Al no cubrirse las plazas de quienes se jubilaron o concursaron el temporal se vió obligado a cubrir todas las vacantes de cualquier nivel, y por tanto, asumir las tareas y responsabilidades que antes realizaban otros ffcc. No será el único caso.

Anónimo dijo...

- En este servicio todos hacemos de todo.
- Entonces, todos cobramos lo mismo.
- Si, salvo los trabajadores temporales públicos abusados.
- Pero eso no es legal ni justo.
- Qué no entiendes de que eres un abusado?

Esto pasa en una Administración Pública de España, 3,10, 20, 30años...

Anónimo dijo...

Grande Araúz! qué profesional!!

Anónimo dijo...

11:20 Y eso no es todo! No pareciendoles suficiente con el abuso en la temporalidad durante 5,10,15 años, y el exceso de tareas y responsabilidades por cubrir las vacantes que se van sucediendo, da igual del cuerpo y nivel, sus superiores como premio a su buen hacer, deciden ofrecer al trabajador para que realice las mismas tareas pero para otra administración pública diferente de la que le nombró, simultánea los dos trabajos, por supuesto sin cobrar.

Y éste amiguitos es el estado de derecho que entre todos los poderes del Estado más los sindicatos subvencionados han procurado al trabajador público temporal, y a callar que te vas a la calle de forma sorpresiva e ilegal, otra vez!!

Anónimo dijo...

Abuso sin sanción es corrupción, no hay más!!

Anónimo dijo...

ya reventará todo, tiempo al tiempo