La Dirección de "Condiciones laborales" de la Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión de la Comisión Europea sigue respondiendo personalmente , y en días o semanas, mediante carta firmadas siempre por el jefe de su Unidad de "Derecho Laboral" , durante todo este tiempo y sigue actualmente Adam Pokorny, a las denuncias que masivamente sigue recibiendo de empleados públicos sobre abuso personal de temporalidad en empleo público español , y que se pueden enviar en su página web de denuncias siguiendo las instrucciones.
Y responde enviando, como lo lleva haciendo desde Julio de 2018, con una carta tipo de respuesta, que ha ido variando con respecto a la carta de entonces, coincidiendo siempre en esta parte común de las cartas en la que dice:
- que ha recibido previamente un gran número de denuncias similares
- que dado el alto número de denuncias , en ese 2018 las agrupó en el procedimiento de denuncia múltiple CHAP(2013)0917
- cuya información oficial actualizada sobre los resultados del examen de la Comisión y las medidas de seguimiento pueden consultarse en esta página web de la CE
- y que estaba vinculada al procedimiento de infracción abierto contra España sobre falta de medidas ante el abuso de temporalidad en empleados públicos: el INFR(2014) 4334,
En versiones anteriores de la carta, añadía que el 7 de julio de 2021 fue publicado el Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y que fue a su vez modificado por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre" y que "estaba analizando todos los cambios introducidos en la legislación española con el objetivo de evaluar la conformidad de la normativa actualmente aplicable a los empleados temporales de la administración pública española con la Directiva 1999/70/CE [...] y la jurisprudencia pertinente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.", y después que se esperarían al resultado de las sentencias del Tribunal de Justicia Europea que estaban pendientes y que finalmente tuvieron lugar en 2024.
En la nueva versión de la carta, reproduce lo dicho en la última información oficial del curso de la citada denuncia múltiple abierta desde 2018: ha visto las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 y 13/06/2024, ha llegado a la conclusión de que la legislación nacional "todavía no está en línea con la Directiva 1999/70/CE ni con la jurisprudencia pertinente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea" y que el 03/10/2024 ha enviado una carta adicional a España en el procedimiento de infracción abierto, dando un plazo para alegaciones al Gobierno español.
- al europarlamentario Antonio
López-Istúriz, que los procesos de
estabilización de las leyes estatales de 2017 y 2018
son procesos selectivos que son procesos de resultado incierto y, por
tanto, según la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020, "no
eximen de una sanción al abuso de temporalidad en el empleo
público"
- en la comparecencia de ASEPAT sobre su petición, que estaban "examinando con detalle" la nueva ley 20/2021 , y que iban a "a seguir muy de cerca los próximos procedimientos legislativos vinculados" [de las CCAA y de algunos sectores] y "entonces evaluaremos la conformidad de los texto resultantes" con la directiva.
Por último, hace más de un año, la Comisión dijo en la anterior información oficial que se esperaba a las entonces sentencias pendientes del Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE], en las que, respectivamente, el alto tribunal europeo acabó diciendo::
- en la sentencia del TJUE de 22/02/2024 reafirmó la figura del indefinido no fijo como un temporal que mantenido durante años sufre nuevo abuso de temporalidad, tumbando tanto la figura del indefinido no fijo para el abuso de temporalidad del laboral público como que puedan valer como sanción indemnizaciones al cese ni procesos de consolidación abiertos [como son los de la ley 20/2021] y afirmó que s i el tribunal remitente entiende que se puede hacer la interpretación de que es constitucional, la solución para el laboral público en abuso es la fijeza
- en la sentencia del TJUE de 13/06/2024 afirmó que no valen como sanción al abuso de temporalidad pública la doctrina del Contencioso del Supremo ni los procesos de estabilización e indemnización al cese o con tope de la ley 20/2021, y que ante la falta en la normativa nacional de medidas válidas de sanción debe intentar realizarse una "interpretación conforme" del derecho nacional, sin ser contra él, para aplicar la fijeza como sanción, modificando la jurisprudencia incompatible del Supremo, siendo posible en este caso con la declaración de personal indefinido con la misma condiciones de cese que el funcionario de carrera
Recordemos por último los pasos de un procedimiento de infracción de la Unión Europea, que pueden conducir a importantes sanciones millonarias , además de cambios legsilativos en un país para evitarlas:
0. (Procedimiento de infracción informal) Diálogo estructurado o "EU Pilot", para dar oportunidad de solución rápida y evitar el procedimiento formal de infracción
1. "Carta de emplazamiento"
al Gobierno del Estado, que supone la apertura del procedimiento formal
de infracción. En teoría, en dos meses debe haber observaciones . Puede haber cartas adicionales. Es
éste el estado -incial- en el que se sigue encontrando el procedimiento de infracción INF(2014)4334
2. "Dictamen motivado"
, si no hay respuesta o no son satifactorias las observaciones presentadas por el país. Abre m plazo de dos meses para que
el Estado se ajuste -con nueva normativa-al cumplimiento del Derecho de la UE señalado.
Puede haber complementarias
3. "Recurso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea",
si no hay respuesta en forma de normativa aprobada o no es satisfactoria, habitualmente ya con petición
de la Comisión al Tribunal europeo de que imponga el pago de una suma a tanto
alzado o de una multa coercitiva a la par que la declaración de incumplimiento
4. Sentencia de Recurso del Tribunal de Justicia de la Unión Europea
(después de una media de 2 años) sobre si el Estado ha infringido el
Derecho la UE y la imposición de multa y la obligación de adaptar la
legislación lo antes posible
5. El asunto vuelve a remitirse al
Tribunal de Justicia de la UE, tantas veces como el incumplimiento
estime la Comisión con nuevas propuestas de multas
- [29/03/2017] Texto íntegro del acuerdo de Gobierno del Estado y sindicatos para la reducción de la temporalidad en el empleo público: permiso a las CCAA en Sanidad de procesos de consolidación para los temporales de antes de 2005 según el EBEP y de OPE de hasta el 90% de los temporales actuales de más de 3 años sin límites por tasa de reposición
- [12/04/2017] [El independiente] CCOO y UGT admiten que el acuerdo estatal sobre estabilidad y OPEs extraordinarias podría dejar a temporales muy antiguos sin trabajo
- [19/03/2020] Sentencia
esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez
Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada
que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español
fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a
proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [23/06/2021] En
pregunta en el Congreso de Coalición Canaria sobre "la solución que va a
dar el Gobierno a la situación de fraude de ley por abuso de
temporalidad de los empleados públicos", el Ministro Iceta responde que
procesos de estabilización de concurso-oposición dando la posibilidad
adicional a las CCAA de concursos de méritos
- [20/09/2021] Finalizó
el plazo de enmiendas en el Proyecto de Ley de modificación del Real
Decreto-Ley de reducción de la temporalidad. El PSOE propone permitir a
las AAPP la posibilidad de concurso de méritos libre con las plazas
temporales más de 10 años que no se hayan convocado y, para el resto de
futuras convocatorias de procesos de estabilización, la posibilidad de
que los ejercicios de la oposición no sean eliminatorios. EL Partido
Popular propone ampliar las plazas bajo los procesos de estabilización y
garantizar que las AAPP los ejecuten como concurso-oposición,
proponiendo solamente la posbilidad de no hacer oposición a quien tenga
superarado sin plaza uno de los procesos selectivos anteriores. Podemos
propone concurso de méritos obligatorio con valoración especial de la
antigüedad en el puesto para los puestos temporales más de 5 años y
oposición no eliminatoria para el resto
- [29/12/2021]
Publicada
en BOE la nueva Ley de reducción de temporalidad pública.Obliga a todas
las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las
plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a
1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo
la plaza. En días y semanas pasados ha habido "carreras" por muchas
AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de
estabilización anteriores
- [13/07/2023] IMPORTANTE:
La Comisión Europea informa oficialmente del curso de la denuncia
múltiple abierta desde 2018 -y vinculada a un procedimiento de
infracción contra España- sobre el abuso de duración de temporalidad en
empleados públicos españoles: la Comisión aplaza cualquier acción por su
parte hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentencie
en las cuestiones prejudiciales de los 5 asuntos pendientes de España
sobre abuso de temporalidad en empleo público
- [23/01/2024] El último Boletín Estadístico del Personal al servicio de las Administraciones Públicas publicado por Función Pública reconoce, a Julio de 2023, más de 1 millón 100 mil empleados públicos temporales entre todas las AAPP , el 38% de los empleados públicos. Se puede extrapolar que más de 800 mil puestos estarían en fraude de ley de temporalidad superior a 3 años. La C. de Madrid tiene temporales al 45% de sus empleados públicos, la mayoría en Sanidad, con un 53% de temporalidad en su sector de Administración General.
- [08/02/2024] Comparativa
del número de plazas a concurso de méritos de estabilización con las
cifras de temporales en los sectores de Administración General,
docentes no universitarios e instituciones sanitarios del personal de
las propias CCAA a Julio de 2023 publicadas en Boletín Estadístico del
Personal al servicio de las Administraciones Públicas : al menos 3/4 del
personal en abuso de temporalidad de esos sectores, más de medio millón
de empleados, no ha podido obtener fijeza por esos concursos de méritos
- [22/02/2024] El
Tribunal de Justicia de la UE, en su sentencia de este 22/02/2024
reafirma la figura del indefinido no fijo como un temporal que mantenido
durante años sufre nuevo abuso de temporalidad, tumba tanto la figura
del indefinido no fijo para el abuso de temporalidad del laboral público
como que puedan valer como sanción indemnizaciones al cese ni procesos
de consolidación abiertos [como es la ley 20/2021]. Si el tribunal
remitente entiende que se puede hacer la interpretación de que es
constitucional, la solución para el laboral público en abuso es la
fijeza. Posible futuro cambio jurisprudencial de la Sala de lo Social
del Tribunal Supremo y posible exigencia de la Comisión Europea de más
cambios legislativos con medidas completamentarias a la ley 20/2021
- [18/03/2024] Coalición Canaria presenta una Proposición No de Ley para instar al Gobierno a que legisle cumpliendo con la reciente sentencia del Tribunal de justicia dela UE y , mientras tanto, se prorrogen los plazos de la Ley 20/2021
- [15/04/2024] Retirada la Proposición No de Ley que presentó Coalición Canaria para instar al Gobierno a que legisle cumpliendo con la reciente sentencia de 22 de Febrero del Tribunal de Justicia de la UE y , mientras tanto, se prorrogen los plazos de la Ley 20/2021
- [13/06/2024] Sentencia de 13/06/2024 del Tribunal de Justicia de la UE en los asuntos acumulados #GenCat: no valen como sanción al abuso de temporalidad pública la doctrina del Contencioso del Supremo ni los procesos de estabilización e indemnización al cese o con tope de la ley 20/2021. Ante la falta en la normativa nacional de medidas válidas de sanción debe intentar realizarse una "interpretación conforme" del derecho nacional, sin ser contra él, para aplicar la fijeza como sanción, modificando la jurisrpudencia incompatible del Supremo, siendo posible en este caso con la declaración de personal indefinido con la misma condiciones de cese que el funcionario de carrera
- [15/07/2024] Registrado en Comisión Europea informe para el Procedimiento de infracción contra España sobre abuso de temporalidad en empleo público
- [25/07/2024] [Comisión Europea] Paquete de procedimientos de infracción de julio: La Comisión insta a ESPAÑA a que elimine las condiciones laborales discriminatorias en el sector público' [2ª Carta de Emplazamiento Adicional en el procedimiento INFR(2014)4224, aparte está el INFR(2014)4334 sobre abuso de temporalidad]
- [03/10/2024] IMPORTANTE [Comisión Europea] Paquete de procedimientos de infracción de octubre: Cartas de emplazamiento. 'La Comisión insta a ESPAÑA a que impida el uso abusivo de las relaciones laborales de duración determinada y las condiciones laborales discriminatorias en el sector público' [ "Las nuevas normas nacionales" -ley 20/2021- "siguen sin abordar suficientemente los problemas detectados, en particular por lo que se refiere a la eficacia de las medidas sancionadoras" ]
- [18/11/2024] [CEPPT] Denuncia a España ante la Comisión Europea por infracción del Derecho de la UE por el abuso de temporalidad en el empleo público . Nueva campaña de denuncias a la Unión Europea'
- 19 de noviembre de 2024 La Comisión Europea informa oficialmente del curso de la denuncia múltiple abierta desde 2018 -y vinculada a un procedimiento de infracción contra España- sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: ha visto las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 y 13/06/2024 y ha enviado una carta adicional a España en el procedimiento de infracción abierto
38 comentarios:
Seguimos con la lucha! No dejéis de mandar vuestras denuncias!!
Por fin una buena noticia. Que la UE diga abiertamente que el TJUE ha sentenciado que la normativa española incumple la europea es demoledor para el TS.
El año pasado el TJUE hizo dos sentencias de FIJEZA.
La Unión Europea mandó cartas de emplazamiento al Gobierno de España, para que España deje de ser el único país de la Unión Europea que no sanciona el abuso de temporalidad en el sector público.
Pero tenemos un Gobierno anti social y anti Europeo que no sanciona el abuso de temporalidad en el sector público, no hace caso de las cartas de emplazamiento de la Unión Europea ni de las sentencias del TJUE.
Lo único que le importa al Gobierno es el juicio de la mujer del Presidente de Gobierno.
Carta 1.507 de los apóstoles a los corintios.
O si lo prefieren Corintios 12,31: "ustedes, sin embargo, aspiren a los dones más preciosos".
Traducción: sigan esperando que luego ya si eso ...
Bueno, las sentencias del TJUE eran un dato a tener en cuenta...
Y en otros países este proceso ha llegado hasta el final así que a ver que pasa. Pero lento va
Tras analizar la legislación nacional resultante, la Comisión llegó a la conclusión de que todavía no está en línea con la Directiva 1999/70/CE ni con la jurisprudencia pertinente
del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Consecuentemente, el 3 de octubre de 2024 la Comisión envió una carta de emplazamiento adicional en la que instaba a España a introducir nuevas medidas.
Las medidas para jueces sustitutos? Vistas quedan
Las medidas para el resto? Ninguna. Ya se nos pasó el arroz!!!
Tomarse se tomaron (legislativamente hablando 2 veces), pero quien las debió ejecutar o corrió para incumplir, o no lo ejecutó (porque le "daba asco" la idea).
Cuando pensamos llevar a juicio a los que corrieron o les "daba asco"??
9:09 Es demoledor para el TS y para el gobierno, que presume de ser el más progresista y europeista de la historia cuando queda demostrado, otra vez, que NO es cierto.
Por tanto, ni TS ni legislador ni los diferentes gobiernos de las CCAA, ni sus rémoras las OOSS traidoras a los temporales públicos abusados, cumplen el mandato europeo.
Y todo esto empezó hace ya más de 10 años....
Ya está bien de pedir al Gobierno que lo intente una tercera vez. Poniendolo OBLIGATORIO.
Que pasa con los de las Comunidades que se van de rositas??? Ya esta bien , No???
Una trabajadora en abuso de temporalidad, ha conseguido justicia ⚖️. Más de 100000 euros libres de impuestos (el despido improcedente está libre de tributación).
Y además ha conseguido FIJEZA, por sus propios medios en un proceso de libre concurrencia, como es un concurso de méritos.
Mientras se espera que la Unión Europea ejecute el procedimiento de infracción, se puede luchar en España.
https://vivasevilla.es/jerez/1860180/la-junta-debe-pagar-101052-euros-a-una-educadora-por-un-despido-improcedente/amp/
Carta de hace 2 semanas de Katja TRANKNER
Y mientras el Ministro de Justcia hace lo que debe, porque no hay otra solución constitucional.
Mientras lo ponga OBLIGATORIO,, lo de los jueces sustitutos; cojonudo.
Y Clara Mapelli, que es obvio que ha recibido la misma carta de Octubre.
No hace de momento nada igual que en Justicia, pese a la mala imagen de la administración?
En eso hay que picar, en conseguir una tercera oportunidad OBLIGATORIA!!!
Sin posibilidad de escapatoria, para los de "los asquitos".
No habeis leido la carta de los de Vitoria, o los de "derechas" de la magistratura? Ay señor!!!!!
10:10 tercera, cuarta o las que hagan falta hasta que se legisle y cumpla para acabar con el abuso, su sanción y la debida reparación de los trabajadores.
O pueden decir, yo ya lo he intentado, unos gobiernos /administraciones cumplen y otros no, unos jueces reconocen abuso y sancionan con fijeza y otros no, por tanto unos abusados son reparados y otros no, esto es un sin Dios y yo me planto?
Todo el mundo tiene derecho a equivocarse, a hacerlo mal, a no solucionar, a dejarlo pasar, porque este problema no es de ahora, viene desde que se decidió no transponer la directiva en el sector público para así poder abusar del temporal y ahorrarse una ingente cantidad de dinero en hacer opos y ffcc., que le viene muy grande a cualquiera porque se ha salido de madre, lo entiendo, pero luego no presumas de qu vivimos esto es un Estado de Derecho y europeo porque no lo es, no es cierto.
La Unión Europea ya le ha dicho al Gobierno de España que cumpla de una vez con la normativa de la Unión Europea y sentencias del TJUE.
El Gobierno de España no hace caso de las cartas de emplazamiento de la Unión Europea.
España es el único país de la Unión Europea que no sanciona el abuso de temporalidad en el sector público.
Somos trabajadores de la Unión Europea que y queremos los mismos derechos que el resto de trabajadores de la Unión Europea.
Misma aplicación de la normativa de la Unión Europea para los trabajadores de toda la Unión Europea
http://apiscam.blogspot.com/search/label/Portugal?m=1
El Gobierno claro que lo ha intentado. 2 VECES!!!!
El error? No ponerlo obligatorio, y dejarlo en manos de gentuza ...
Por tanto, el problema es LA GENTUZA!!!
Habra tercera oportunidad? Veremos.....
No han limpiado aún la mala imagen de la administración como empleadora....
Y por cierto, las compensaciones q se quieren ahorrar todos que son gentuza (regateando las mismas), son de ser "mala gent"
El Gobierno de España es el responsable de trasponer la Directiva 70 99 y no lo hace. Y no hace caso de las cartas de emplazamiento de la Unión Europea.
Y es el responsable de que mi compañera de oficina, con 26 años de antigüedad fuera cesada sin ninguna indemnización en noviembre del año pasado.
El Ministro de Función Pública es incapaz de reconocer la existencia de trabajadores públicos en abuso de temporalidad. Eso marca el listón de su desafecto por las trabajadoras en abuso de temporalidad y sus familias.
El obligatorio no es la solución si con obligatorio os referís a los concursos. Los concursos sólo les parece constitucionales si el baremo puntua de tal forma que no esté únicamente destinado a los abusados si no a otros colectivos. Es decir, que sólo si las plazas de concurso se reparten entre abusados y otros colectivos les parece constitucional. Eso no cumple con lo q Europa manda pq no valen los procesos abiertos y es q, qué manera de sancionar y resarcir es crear un concurso y darle la plaza a alguien que no está en abuso?
Y dicen q esa es la única solución. Pues q se hagan legal algo q sí sea lara los abusados y no creen oportunidades extraordinarias para personas que no están en situación de abuso. Esas personas deben ir por la vía ordinaria por no sufrir o estar en situación de abuso. Ya vale! Y luego además dicen q no los pueden echar por el buen opositor. Qué opositor ni q gaitas si lo único q han hecho espresentar unos papeles.
Sí, han presentado unos papeles. A ver qué pasa, por qué ahora, según publicais aquí, la asociación de jueces interinos también denuncian por el mismo motivo, procesos abiertos.
Deberían corregir los resultados de los concursos y adjudicar las plazas a personas en abuso. Eso Deberían hacer porque tan inconstitucional es tratar diferente a iguales como dar oportunidades extraordinarias iguales a personas que no parten de la misma situación. En estos casos no hay buen opositor porque son concursos y no es que alguien se ha estado 5 años preparando para esa prueba... Aquí está el cara concursante no el buen opositor.
Tanta estupidez y maldad no es normal, lo que me hace pensar que quienes se oponen a toda lógica, legalidad y justicia europea, son los mismos que idearon, perpetraron y perpetuaron el abuso en la temporalidad dentro de las Administraciones Públicas, contando, por descontado, con los subvencionados sindicatos traidores a los trabajadores, y jueces y magistrados.
Y dale. Sólo valen las opes obligatorias y abiertas. Son lo único Constituciónal.
Con condiciones favorables para los afectados, como los jueces Sustitutos.
Lo de los Concursos abiertos me temo que ya pasó su momento.
Habrá tercera oportunidad?
Si se rasca en ese sentido con Clara Mapelli SI. Si no, nada.
Y a los asquitos, pues eso a meterles mano YA.
13,13 concursos abiertos, sí. Para que peleemos nosotros y regalen las plazas a otros. A ver si os enteráis q Europa ha dicho q no valen los procesos abiertos.
Es abuso tras abuso, cuando llevas 100 mil años y te montan un concurso y le dan tu plaza a alguien q no está en abuso y tragate el sapo como puedas.
12:55 caradura, jeta y delincuente no es el que concursa a una plaza de abusado no siéndolo sino el que ha hecho posible que pueda hacerlo, estos son los irresponsables gestores de rrhh de las corruptas Administraciones.
Siempre echando la culpa al que menos la tiene. Ya está bien de tomarnos por tontos, ya está bien!!
A ver si los que gestionan las plazas dejan de ser irresponsables y van también p' alante.
13,25, en mi caso sí es cara por otras cirsunstancias pero digo q esos no son buenos opositores porque han sido concursos y ellos no han hecho otra cosa que presentar unos papeles. Si no es válido concursos abiertos pq Europa y el sentido común lo dice, que cambien los resultados de los concursos. Lo que no puede ser es diga Europa que no sirven las cos y noson válidas y no las cambien.
El Gobierno de España se niega a reconocer y sancionar el abuso de temporalidad en el sector público.
Todos los días son cesados trabajadores en abuso de temporalidad por concursos de traslados, oposiciones, comisiones de servicios. Todos los días son cesados trabajadores en abuso de temporalidad sin ninguna indemnización.
La jurisprudencia del TJUE es clara, en ausencia de sanción al abuso de temporalidad corresponde FIJEZA.
FIJEZA YA!!!
A quien le tienen que enviar las cartas es a los jueces, que consienten ni dar fijeza ni idemnizacion a interinos y temporales cesados con muchos años de abuso. Que dicen que no es obligatorio seguir las sentencias del TJUE en sus sentencias. Cuanto sufrimiento....!
A quienes no tienen la voluntad de reconocer ni sancionar el abuso en la temporalidad y se empeñan en vivir a espaldas de Europa para perjudicar a sus trabajadores temporales públicos, les dan igual las cartas de la Comisión Europea asi como las sentencias TJUE.
Ahora, se merecen el mismo respeto con el que han tratado a ciudadanos europeos que han sido abusados laboralmente por las Administraciones Públicas españolas, ninguno.
Q cosas!!! Jajajaja...
Ni novia, ni Juez. https://www.publico.es/opinion/oposiciones-juez.amp.html
En este putopaís, está mejor visto ser una inútil estilo Ayuso..
La mayoría de los jueces actuales de lo contencioso no estudiaron, porque no entraban en sus temarios que se aprendieron como papagayos el Derecho y la Jurisprudencia europea. No se lo creen y nunca se lo han creído. Se consideran por encima del bien y del mal porque un día pagando en B a otro magistrado consiguieron que alguien les reconociera en el tribunal y consiguieran la plaza. Hoy inaplican las sentencias del TJUE malinterpretando a sabiendas los constitucionales principios de acceso al empleo público, que cumplimos los que tantos años estamos siendo abusados como interinos en este país de pandereta.
Poco se habla...
https://x.com/GilGalen/status/1883425218435408132
A ver , el debate es sobre,
Imagen para atracción/retención de talento, y exigencia mínima.
La imagen de la administración para atraer talento no es buena ( palabras de Clara Mapelli hace 4 años), y por ello debe rebajar las exigencias que impone la Constitución.
Pues bien , "los asquitos", no se quieren enterar.
https://x.com/Inspectores_IHE/status/1883832963911369157
Que putoasco de compañeros!!
La mala imagen ( no es buena ) se debe por supuesto, a la alta temporalidad.
Pues aquí viene la estocada "definitiva ".
https://blogs.laopiniondemurcia.es/miguel-hernandez/2025/01/27/interinos-especie-en-peligro-de-extincion/
La Administración lleva años herida de muerte, hace mucho que el servicio público dejó de ser lo importante para beneficiar a familiares o particulares. Cada uno pone la zarpa en la porción que más cerca tenga y como buitres terminan desgarrando la pieza sin pararse a pensar en lo mucho que costó y sin reparar en las consecuencias.
País de pandereta, corruptos endogámicos, hez.
https://confilegal.com/20250126-letrados-de-la-administracion-de-justicia-interinos-olvidados-en-el-proceso-de-estabilizacion-del-gobierno/
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