lunes, 27 de enero de 2025

La Comisión Europea está respondiendo a las denuncias personales de abuso de temporalidad en el empleo público español que tras las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 y 13/06/2024 concluye que la legislación española "no está en línea" con la europea y ha enviado una carta adicional a España en el procedimiento de infracción abierto

La   Dirección de "Condiciones laborales" de la Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión de la Comisión Europea sigue respondiendo personalmente , y en días o semanas, mediante carta firmadas siempre por el jefe de su Unidad de "Derecho Laboral" , durante todo este tiempo y sigue actualmente Adam Pokorny, a  las denuncias que masivamente sigue recibiendo de empleados públicos sobre abuso personal de temporalidad en empleo público español , y que se pueden enviar en su página web de denuncias siguiendo las instrucciones.

Y responde enviando, como lo lleva haciendo desde Julio de 2018, con una carta tipo de respuesta, que ha ido variando  con respecto a la carta de entonces, coincidiendo siempre en esta parte común de las cartas en la que dice:

  • que ha recibido previamente un gran número de denuncias similares
  • que dado el alto número de denuncias , en ese 2018 las agrupó en el procedimiento de denuncia múltiple CHAP(2013)0917
  • cuya información oficial actualizada sobre los resultados del examen de la Comisión y las medidas de  seguimiento pueden consultarse en esta página web de la CE
  • y que estaba vinculada al  procedimiento de infracción abierto contra España sobre falta de medidas ante el abuso de temporalidad en empleados públicos: el  INFR(2014) 4334,

 En versiones anteriores de la carta, añadía  que el 7 de julio de 2021 fue publicado el Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y que fue  a su vez modificado por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre" y que "estaba analizando todos los cambios introducidos en la legislación española con el objetivo de evaluar la conformidad de la normativa actualmente aplicable a los empleados temporales de la administración pública española con la Directiva 1999/70/CE [...] y la jurisprudencia pertinente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.", y después que se esperarían al resultado de las sentencias del Tribunal de Justicia Europea que estaban pendientes y que finalmente tuvieron lugar en 2024.


En la nueva versión de la carta, reproduce lo dicho en la última información oficial del curso de la citada denuncia múltiple abierta desde 2018: ha visto las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 y 13/06/2024, ha llegado a la conclusión de que la legislación nacional "todavía no está en línea con la Directiva 1999/70/CE ni con la jurisprudencia pertinente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y que el 03/10/2024 ha enviado una carta adicional a España en el procedimiento de infracción abierto, dando un plazo para alegaciones al Gobierno español.


Precisamente,  la Coordinadora Estatal de Personal Público Temporal lanzó recientementa una nueva campaña de denuncias a la Unión Europea, que a buen seguro está engrosando el volumen de personas cuya denuncia está incluida en este procedimiento de denuncia múltiple , vinculado a un procedimiento de infracción contra España, que, de presionar suficientemente la Comisión Europea, podría dar lugar a normativa complementaria de la actual Ley 20/2021.






 
Recordemos  una vez más que la Comisión Europea había dado ya con fecha 31/08/2022, en esa página web como información oficial del curso de dicho  procedimiento de denuncia múltiple entonces llamada CHAP(2013)0917 , que estaba evaluando si era ya conforme a la normativa europea la segunda reforma introducida con la mencionada Ley 20/2021, en la que, a diferencia del anterior Real Decreto-ley  de 14/2021  de reducción de la temporalidad publicado el 7 de Julio, se introducía ya la posibilidad de procesos de estabilización por méritos -si bien abiertos y con el número de plazas que no cubría todos los casos de temporales de más de 3 años - y a diferencia de las leyes estatales cuando se creó la denuncia múltiple,  se había introducido una indemnización para personal en abuso, si  bien sólo al que fuera cesado por los nuevos procesos selectivos y no los existentes y sólo de 20 días por año trabajado . 
 
Previamente en 2018 la Comisión Europea  había anunciado esta denuncia múltiple y la había vinculado  al resultado del asunto "Sánchez Ruiz", sobre un informático nuestro, entonces pendiente en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y en Octubre de 2020, ya dijo que había visto la sentencia europea de 19/03/2020  del citado asunto "Sánchez Ruiz" con su declaración de existencia de abuso en el empleo público, determinando entonces que eran necesaria una reforma del Estatuto del Empleado Público y que evaluaría la entonces  futura reforma del Estatuto del empleado Público ante esta situación, que es por ahora la  Ley de reducción de temporalidad pública 20/2021 como hemos dicho, y  que, además, la vinculaba un procedimiento existente de infracción 2014/4334  [INFR(2014)4334] relativo a la posible incompatibilidad del derecho español con la cláusula 5 del Acuerdo Marco en un grupo de empleados de justicia y que pasaba a ser general del empleo público español , procedimiento que es el que ahora ha dadoel  paso de "Carta de emplazamiento adicional enviada".
 
Lo mismo respondió después la Comisión europea a varias preguntas de eurodiputados (a Jordi Cañas de Ciudadanos, a Miguel Urbán de Anticapitalistas, a Antonio López-Istúriz Whit y  Rosa Estaràs Ferragu del Partido Popular,...)  y a las peticiones en el Parlamento Europeo de "Enfermeras Eventuais en Loita" y de "Empleados Públicos en Abuso".
 
En especial, respondió:
  • al europarlamentario Antonio López-Istúriz, que los procesos de estabilización de las leyes estatales de 2017 y 2018 son procesos selectivos que son procesos de resultado incierto y, por tanto,  según la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020, "no eximen de una sanción al abuso de temporalidad en el empleo público"
  • en  la comparecencia de ASEPAT sobre su petición, que  estaban "examinando con detalle" la nueva ley 20/2021 , y que iban a "a seguir muy de cerca los próximos procedimientos legislativos vinculados" [de las CCAA y de algunos sectores] y "entonces evaluaremos la conformidad de los texto resultantes" con la directiva.

 

Por último, hace más  de un año, la Comisión dijo en la anterior información oficial que se esperaba a las entonces sentencias pendientes del  Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE], en las que, respectivamente, el alto tribunal europeo acabó diciendo::

  • en la sentencia del TJUE de 22/02/2024  reafirmó la figura del indefinido no fijo como un temporal que mantenido durante años sufre nuevo abuso de temporalidad, tumbando tanto la figura del indefinido no fijo para el abuso de temporalidad del laboral público como que puedan valer como sanción indemnizaciones al cese ni procesos de consolidación abiertos [como son los de la ley 20/2021] y afirmó que s i el tribunal remitente entiende que se puede hacer la interpretación de que es constitucional, la solución para el laboral público en abuso es la fijeza
  • en la sentencia del TJUE de 13/06/2024 afirmó que no valen como sanción al abuso de temporalidad pública la doctrina del Contencioso del Supremo ni los procesos de estabilización e indemnización al cese o con tope de la ley 20/2021, y que ante la falta en la normativa nacional de medidas válidas de sanción debe intentar realizarse una "interpretación conforme" del derecho nacional, sin ser contra él, para aplicar la fijeza como sanción, modificando la jurisprudencia incompatible del Supremo, siendo posible en este caso con la declaración de personal indefinido con la misma condiciones de cese que el funcionario de carrera

 

 

Recordemos por último los pasos de un procedimiento de infracción de la Unión Europea, que pueden conducir a importantes sanciones millonarias , además de cambios legsilativos en un país para evitarlas:

0. (Procedimiento de infracción informal) Diálogo estructurado  o "EU Pilot", para dar oportunidad de solución rápida y evitar el procedimiento formal de infracción


1. "Carta de emplazamiento" al Gobierno del Estado, que supone la apertura del procedimiento formal de infracción. En teoría, en dos meses debe haber observaciones . Puede haber cartas adicionales. Es éste el estado -incial- en el que se sigue encontrando el procedimiento de infracción INF(2014)4334

2. "Dictamen motivado"    , si no hay respuesta o no son satifactorias las  observaciones presentadas por el país. Abre m plazo de dos meses para que el Estado se ajuste -con nueva normativa-al cumplimiento del Derecho de la UE señalado. Puede haber complementarias

3. "Recurso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea", si no hay respuesta en forma de normativa aprobada o no es satisfactoria, habitualmente ya con petición de la Comisión al Tribunal europeo de que imponga el pago de una suma a tanto alzado o de una multa coercitiva a la par que la declaración de incumplimiento

4. Sentencia de Recurso del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (después de una media de 2 años) sobre si el Estado ha infringido el Derecho la UE y la imposición de multa y la obligación de adaptar la legislación lo antes posible

5. El asunto vuelve a remitirse al Tribunal de Justicia de la UE, tantas veces como el incumplimiento estime la Comisión con nuevas propuestas de multas


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38 comentarios:

Anónimo dijo...

Seguimos con la lucha! No dejéis de mandar vuestras denuncias!!

Anónimo dijo...

Por fin una buena noticia. Que la UE diga abiertamente que el TJUE ha sentenciado que la normativa española incumple la europea es demoledor para el TS.

Anónimo dijo...



El año pasado el TJUE hizo dos sentencias de FIJEZA.

La Unión Europea mandó cartas de emplazamiento al Gobierno de España, para que España deje de ser el único país de la Unión Europea que no sanciona el abuso de temporalidad en el sector público.

Pero tenemos un Gobierno anti social y anti Europeo que no sanciona el abuso de temporalidad en el sector público, no hace caso de las cartas de emplazamiento de la Unión Europea ni de las sentencias del TJUE.

Lo único que le importa al Gobierno es el juicio de la mujer del Presidente de Gobierno.



Anónimo dijo...

Carta 1.507 de los apóstoles a los corintios.

O si lo prefieren Corintios 12,31: "ustedes, sin embargo, aspiren a los dones más preciosos".


Traducción: sigan esperando que luego ya si eso ...

Anónimo dijo...

Bueno, las sentencias del TJUE eran un dato a tener en cuenta...

Y en otros países este proceso ha llegado hasta el final así que a ver que pasa. Pero lento va

Anónimo dijo...

Tras analizar la legislación nacional resultante, la Comisión llegó a la conclusión de que todavía no está en línea con la Directiva 1999/70/CE ni con la jurisprudencia pertinente
del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Consecuentemente, el 3 de octubre de 2024 la Comisión envió una carta de emplazamiento adicional en la que instaba a España a introducir nuevas medidas.

Las medidas para jueces sustitutos? Vistas quedan
Las medidas para el resto? Ninguna. Ya se nos pasó el arroz!!!
Tomarse se tomaron (legislativamente hablando 2 veces), pero quien las debió ejecutar o corrió para incumplir, o no lo ejecutó (porque le "daba asco" la idea).

Cuando pensamos llevar a juicio a los que corrieron o les "daba asco"??

Anónimo dijo...

9:09 Es demoledor para el TS y para el gobierno, que presume de ser el más progresista y europeista de la historia cuando queda demostrado, otra vez, que NO es cierto.

Por tanto, ni TS ni legislador ni los diferentes gobiernos de las CCAA, ni sus rémoras las OOSS traidoras a los temporales públicos abusados, cumplen el mandato europeo.

Y todo esto empezó hace ya más de 10 años....

Anónimo dijo...

Ya está bien de pedir al Gobierno que lo intente una tercera vez. Poniendolo OBLIGATORIO.
Que pasa con los de las Comunidades que se van de rositas??? Ya esta bien , No???

Anónimo dijo...


Una trabajadora en abuso de temporalidad, ha conseguido justicia ⚖️. Más de 100000 euros libres de impuestos (el despido improcedente está libre de tributación).

Y además ha conseguido FIJEZA, por sus propios medios en un proceso de libre concurrencia, como es un concurso de méritos.

Mientras se espera que la Unión Europea ejecute el procedimiento de infracción, se puede luchar en España.


https://vivasevilla.es/jerez/1860180/la-junta-debe-pagar-101052-euros-a-una-educadora-por-un-despido-improcedente/amp/

Anónimo dijo...

Carta de hace 2 semanas de Katja TRANKNER
Y mientras el Ministro de Justcia hace lo que debe, porque no hay otra solución constitucional.
Mientras lo ponga OBLIGATORIO,, lo de los jueces sustitutos; cojonudo.

Y Clara Mapelli, que es obvio que ha recibido la misma carta de Octubre.
No hace de momento nada igual que en Justicia, pese a la mala imagen de la administración?

En eso hay que picar, en conseguir una tercera oportunidad OBLIGATORIA!!!
Sin posibilidad de escapatoria, para los de "los asquitos".

No habeis leido la carta de los de Vitoria, o los de "derechas" de la magistratura? Ay señor!!!!!

Anónimo dijo...

10:10 tercera, cuarta o las que hagan falta hasta que se legisle y cumpla para acabar con el abuso, su sanción y la debida reparación de los trabajadores.
O pueden decir, yo ya lo he intentado, unos gobiernos /administraciones cumplen y otros no, unos jueces reconocen abuso y sancionan con fijeza y otros no, por tanto unos abusados son reparados y otros no, esto es un sin Dios y yo me planto?

Anónimo dijo...

Todo el mundo tiene derecho a equivocarse, a hacerlo mal, a no solucionar, a dejarlo pasar, porque este problema no es de ahora, viene desde que se decidió no transponer la directiva en el sector público para así poder abusar del temporal y ahorrarse una ingente cantidad de dinero en hacer opos y ffcc., que le viene muy grande a cualquiera porque se ha salido de madre, lo entiendo, pero luego no presumas de qu vivimos esto es un Estado de Derecho y europeo porque no lo es, no es cierto.

Anónimo dijo...


La Unión Europea ya le ha dicho al Gobierno de España que cumpla de una vez con la normativa de la Unión Europea y sentencias del TJUE.

El Gobierno de España no hace caso de las cartas de emplazamiento de la Unión Europea.

España es el único país de la Unión Europea que no sanciona el abuso de temporalidad en el sector público.

Somos trabajadores de la Unión Europea que y queremos los mismos derechos que el resto de trabajadores de la Unión Europea.

Misma aplicación de la normativa de la Unión Europea para los trabajadores de toda la Unión Europea



http://apiscam.blogspot.com/search/label/Portugal?m=1

Anónimo dijo...

El Gobierno claro que lo ha intentado. 2 VECES!!!!
El error? No ponerlo obligatorio, y dejarlo en manos de gentuza ...

Por tanto, el problema es LA GENTUZA!!!
Habra tercera oportunidad? Veremos.....
No han limpiado aún la mala imagen de la administración como empleadora....

Y por cierto, las compensaciones q se quieren ahorrar todos que son gentuza (regateando las mismas), son de ser "mala gent"

Anónimo dijo...



El Gobierno de España es el responsable de trasponer la Directiva 70 99 y no lo hace. Y no hace caso de las cartas de emplazamiento de la Unión Europea.

Y es el responsable de que mi compañera de oficina, con 26 años de antigüedad fuera cesada sin ninguna indemnización en noviembre del año pasado.

El Ministro de Función Pública es incapaz de reconocer la existencia de trabajadores públicos en abuso de temporalidad. Eso marca el listón de su desafecto por las trabajadoras en abuso de temporalidad y sus familias.

Anónimo dijo...

El obligatorio no es la solución si con obligatorio os referís a los concursos. Los concursos sólo les parece constitucionales si el baremo puntua de tal forma que no esté únicamente destinado a los abusados si no a otros colectivos. Es decir, que sólo si las plazas de concurso se reparten entre abusados y otros colectivos les parece constitucional. Eso no cumple con lo q Europa manda pq no valen los procesos abiertos y es q, qué manera de sancionar y resarcir es crear un concurso y darle la plaza a alguien que no está en abuso?
Y dicen q esa es la única solución. Pues q se hagan legal algo q sí sea lara los abusados y no creen oportunidades extraordinarias para personas que no están en situación de abuso. Esas personas deben ir por la vía ordinaria por no sufrir o estar en situación de abuso. Ya vale! Y luego además dicen q no los pueden echar por el buen opositor. Qué opositor ni q gaitas si lo único q han hecho espresentar unos papeles.

Anónimo dijo...

Sí, han presentado unos papeles. A ver qué pasa, por qué ahora, según publicais aquí, la asociación de jueces interinos también denuncian por el mismo motivo, procesos abiertos.

Anónimo dijo...

Deberían corregir los resultados de los concursos y adjudicar las plazas a personas en abuso. Eso Deberían hacer porque tan inconstitucional es tratar diferente a iguales como dar oportunidades extraordinarias iguales a personas que no parten de la misma situación. En estos casos no hay buen opositor porque son concursos y no es que alguien se ha estado 5 años preparando para esa prueba... Aquí está el cara concursante no el buen opositor.

Anónimo dijo...

Tanta estupidez y maldad no es normal, lo que me hace pensar que quienes se oponen a toda lógica, legalidad y justicia europea, son los mismos que idearon, perpetraron y perpetuaron el abuso en la temporalidad dentro de las Administraciones Públicas, contando, por descontado, con los subvencionados sindicatos traidores a los trabajadores, y jueces y magistrados.

Anónimo dijo...

Y dale. Sólo valen las opes obligatorias y abiertas. Son lo único Constituciónal.
Con condiciones favorables para los afectados, como los jueces Sustitutos.
Lo de los Concursos abiertos me temo que ya pasó su momento.
Habrá tercera oportunidad?

Si se rasca en ese sentido con Clara Mapelli SI. Si no, nada.

Anónimo dijo...

Y a los asquitos, pues eso a meterles mano YA.

Anónimo dijo...

13,13 concursos abiertos, sí. Para que peleemos nosotros y regalen las plazas a otros. A ver si os enteráis q Europa ha dicho q no valen los procesos abiertos.
Es abuso tras abuso, cuando llevas 100 mil años y te montan un concurso y le dan tu plaza a alguien q no está en abuso y tragate el sapo como puedas.

Anónimo dijo...

12:55 caradura, jeta y delincuente no es el que concursa a una plaza de abusado no siéndolo sino el que ha hecho posible que pueda hacerlo, estos son los irresponsables gestores de rrhh de las corruptas Administraciones.

Siempre echando la culpa al que menos la tiene. Ya está bien de tomarnos por tontos, ya está bien!!

Anónimo dijo...

A ver si los que gestionan las plazas dejan de ser irresponsables y van también p' alante.

Anónimo dijo...

13,25, en mi caso sí es cara por otras cirsunstancias pero digo q esos no son buenos opositores porque han sido concursos y ellos no han hecho otra cosa que presentar unos papeles. Si no es válido concursos abiertos pq Europa y el sentido común lo dice, que cambien los resultados de los concursos. Lo que no puede ser es diga Europa que no sirven las cos y noson válidas y no las cambien.

Anónimo dijo...



El Gobierno de España se niega a reconocer y sancionar el abuso de temporalidad en el sector público.

Todos los días son cesados trabajadores en abuso de temporalidad por concursos de traslados, oposiciones, comisiones de servicios. Todos los días son cesados trabajadores en abuso de temporalidad sin ninguna indemnización.

La jurisprudencia del TJUE es clara, en ausencia de sanción al abuso de temporalidad corresponde FIJEZA.

FIJEZA YA!!!



Anónimo dijo...

A quien le tienen que enviar las cartas es a los jueces, que consienten ni dar fijeza ni idemnizacion a interinos y temporales cesados con muchos años de abuso. Que dicen que no es obligatorio seguir las sentencias del TJUE en sus sentencias. Cuanto sufrimiento....!

Anónimo dijo...

A quienes no tienen la voluntad de reconocer ni sancionar el abuso en la temporalidad y se empeñan en vivir a espaldas de Europa para perjudicar a sus trabajadores temporales públicos, les dan igual las cartas de la Comisión Europea asi como las sentencias TJUE.

Ahora, se merecen el mismo respeto con el que han tratado a ciudadanos europeos que han sido abusados laboralmente por las Administraciones Públicas españolas, ninguno.

Anónimo dijo...

Q cosas!!! Jajajaja...
Ni novia, ni Juez. https://www.publico.es/opinion/oposiciones-juez.amp.html

Anónimo dijo...

En este putopaís, está mejor visto ser una inútil estilo Ayuso..

Anónimo dijo...

La mayoría de los jueces actuales de lo contencioso no estudiaron, porque no entraban en sus temarios que se aprendieron como papagayos el Derecho y la Jurisprudencia europea. No se lo creen y nunca se lo han creído. Se consideran por encima del bien y del mal porque un día pagando en B a otro magistrado consiguieron que alguien les reconociera en el tribunal y consiguieran la plaza. Hoy inaplican las sentencias del TJUE malinterpretando a sabiendas los constitucionales principios de acceso al empleo público, que cumplimos los que tantos años estamos siendo abusados como interinos en este país de pandereta.

Anónimo dijo...

Poco se habla...
https://x.com/GilGalen/status/1883425218435408132

Anónimo dijo...

A ver , el debate es sobre,

Imagen para atracción/retención de talento, y exigencia mínima.
La imagen de la administración para atraer talento no es buena ( palabras de Clara Mapelli hace 4 años), y por ello debe rebajar las exigencias que impone la Constitución.

Pues bien , "los asquitos", no se quieren enterar.
https://x.com/Inspectores_IHE/status/1883832963911369157

Que putoasco de compañeros!!

Anónimo dijo...

La mala imagen ( no es buena ) se debe por supuesto, a la alta temporalidad.

Anónimo dijo...

Pues aquí viene la estocada "definitiva ".
https://blogs.laopiniondemurcia.es/miguel-hernandez/2025/01/27/interinos-especie-en-peligro-de-extincion/

Anónimo dijo...

La Administración lleva años herida de muerte, hace mucho que el servicio público dejó de ser lo importante para beneficiar a familiares o particulares. Cada uno pone la zarpa en la porción que más cerca tenga y como buitres terminan desgarrando la pieza sin pararse a pensar en lo mucho que costó y sin reparar en las consecuencias.


Anónimo dijo...

País de pandereta, corruptos endogámicos, hez.

Anónimo dijo...

https://confilegal.com/20250126-letrados-de-la-administracion-de-justicia-interinos-olvidados-en-el-proceso-de-estabilizacion-del-gobierno/