viernes, 31 de enero de 2025

[AJFV] 'Alegaciones al Anteproyecto LOPJ: esta reforma supone un grave riesgo a la independencia judicial por cuanto crea una “puerta de atrás” para integrar a jueces sustitutos en la carrera judicial al margen de las oposiciones que garantizan la igualdad, el mérito y la capacidad de los aspirantes'

 'La Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) considera “anacrónico” y “gravemente lesivo para la conciliación personal y familiar” que el Gobierno pretenda implantar el traslado forzoso de jueces y fiscales a los tres años de ascender a la categoría de magistrado o fiscal.

El concurso forzoso a los tres años de ascender a la categoría de magistrado o de fiscal no se aplica a ningún otro funcionario de España.  Fue eliminado en la Carrera Judicial en el año 2009, pero, sorpresivamente, ha sido introducido en la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de la Ley que regula el Estatuto del Ministerio Fiscal que fue aprobado como anteproyecto de ley por el Consejo de Ministros del pasado 21 de enero.

El traslado forzoso es “una propuesta anacrónica y gravemente lesiva para la conciliación personal y familiar, que no se aplica a ningún otro funcionario público”, denuncia AJFV en la batería de alegaciones que ha presentado a esta reforma y que se encuentra ahora en trámite de audiencia e información pública abierta.

La Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) ha decidido remitir una batería de alegaciones a esta reforma al nuevo Comisario de Justicia de la Unión Europea, el irlandés Michael McGrath, ya que supone un grave riesgo a la independencia judicial al crear una “puerta de atrás” para designar a jueces al margen del sistema de oposiciones que garantiza el acceso en condiciones de igualdad, mérito y capacidad.

Para AJFV, la reforma establece una vía de entrada en la carrera judicial para los jueces sustitutos “que no se corresponde en modo alguno con el nivel de exigencia y excelencia que ineludiblemente ha de ir anudado a quien pretenda ocupar una plaza en el escalafón judicial.  Se pretende, así, tratar de manera injustificadamente desigual a quienes van a ocupar puestos de idéntica responsabilidad”, expone.

Este sistema “excepcional” de acceso a la carrera judicial supone un agravio comparativo y un perjuicio directo para los miles de opositores en nuestro país y afecta además a la estructura de la carrera judicial porque, de prosperar, se reconocería una antigüedad ficticia frente a los jueces de ingreso regular por el turno libre.

El sistema actual es democrático y meritocrático

El anteproyecto de ley se presenta bajo la idea de que pretende “democratizar” el acceso a las oposiciones. En cambio, AJFV defiende que el sistema actual es el «democrático y meritocrático», ya que permite “que personas de cualquier origen accedan a la judicatura mediante esfuerzo individual”.

Este sistema memorístico existe también en oposiciones como las de Notarias, Registradores de la Propiedad o Médico Interno Residente y, en el caso de la carrera judicial, continúa la formación en la Escuela Judicial.

De esta manera, desde 1996, el 66% de los jueces aprobados han sido mujeres, el 74,7% de ellos no tenía familiares en el sector jurídico y el 31,87% proviene de familias sin estudios superiores, expone AJFV en sus alegaciones. Estos datos “confirman que el sistema actual es ‘democrático y meritocrático’, permitiendo que personas de cualquier origen accedan a la judicatura mediante esfuerzo individual”, sostienen las alegaciones.

Para el portavoz de AJFV, Sergio Oliva, este anteproyecto de ley remitido a las Cortes Generales a través del Grupo Socialista “viene a constatar la profunda desconfianza que tiene el Poder Ejecutivo respecto de los jueces. Aunque hay luces en la reforma, como el régimen legal del sistema de becas, lo cierto es que son muchas las sombras que arroja esta ambiciosa reforma. AJFV se opone a la implementación de cualquier sistema de acceso a la carrera judicial que pudiera poner en cuestión los criterios de igualdad, mérito y capacidad y entendemos que no resulta constitucionalmente viable llevar a cabo un proceso de estabilización de jueces sustitutos y de fiscales interinos por no respetar los principios de igualdad, mérito y capacidad. Frente a este trato privilegiado para los jueces sustitutos se quebranta el derecho a la conciliación de los jueces de carrera que ascienden a la categoría de magistrados con el restablecimiento del traslado forzoso a los tres años de ascender a la categoría de magistrado “.

La Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) es la segunda de España en cuanto al número de asociados, ya que cuenta con cerca de un millar de jueces en activo.

NOTA: SE ADJUNTAN LAS ALEGACIONES PRESENTADAS AL ANTEPROYECTO DE LEY Y QUE HAN SIDO REMITIDAS AL COMISARIO EUROPEO DE JUSTICIA Y UN RESUMEN.

Descargar (pdf) Alegaciones al Anteproyecto LOPJ  '

Fuente: Nota de prensa de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria de 30/01/2025

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4 comentarios:

Anónimo dijo...



Estos de la Francisco de Vitoria no saben nada de la carta de emplazamiento de la Unión Europea para que España sancióne el abuso de temporalidad en el sector público.

No les interesa nada la Directiva 70 99 y sentencias del TJUE.

Por supuesto ignoran deliberadamente lo que ha dicho el TJUE de los jueces sustitutos Italianos. Que ya ha dicho el TJUE que la Directiva 70 99 es de aplicación a jueces sustitutos. Debe ser que en función de los tratados de la Unión Europea, han llegado a la conclusión de que corresponde a su asociación hacer la interpretación de los tratados.

Yo pensaba que había más nivel. Que decepción más grande.

Anónimo dijo...


Un juez sustituto puede pasar 20 años estableciendo sentencias (igual de válidas que las de los fijos), pero sin haber pagado en negro clases particulares. Además no le debe ningún favor a nadie. Todo ello es completamente inaceptable.

Anónimo dijo...


Un juez sustituto puede pasar 20 años estableciendo sentencias (igual de válidas que las de los fijos), pero sin haber pagado en negro clases particulares. Además no le debe ningún favor a nadie. Todo ello es completamente inaceptable.

Anónimo dijo...

Si estos señores magistrados que cobran en negro sus clases particulares de preparación de oposiciones en muchos casos, pidieron por ejemplo una hipoteca para adquirir su humilde morada, si están de acuerdo con la jurisprudencia del TJUE si se benefician de la anulación de las cláusulas suelo, pero para la Directiva europea y la reiterada jurisprudencia del TJUE sobre el abuso de la temporalidad en la administración pública ya tal.....