viernes, 28 de febrero de 2025

[Arauz] "NOTA SOBRE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DEL 25 DE FEBRERO DE 2025'

'La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, acaba de dictar sentencia de 25 de febrero de 2025, en la que desestima el recurso de casación manteniendo su doctrina anterior, que fue declarada contraria a la Directiva 1999/70/CE por la STJUE de 13 de junio de 2024, concluyendo que es contrario a la Constitución la conversión en funcionario fijo o equiparable a quien haya recibido nombramientos temporales abusivos; que el abusado tiene derecho a permanecer en el puesto de trabajo hasta que se cubra por un funcionario público o se amortice; y que sólo tendrá derecho a ser indemnizado si acredita haber sufrido perjuicios por el nombramiento temporal. 

Con todo respeto hacia el Tribunal Supremo, la sentencia -que es la expresión de prejuicio y no como debe ser, la expresión de un juicio-, es inadmisible por razones de fondo y por razones de forma.'

[...]

CONCLUSIONES

La sentencia del Tribunal Supremo, dicho con todo respeto, es la expresión de un prejuicio: 

Los magistrados en lugar de acercarse a las cuestiones planteadas de una forma libre, onterpretando el Derecho de la Unión y las sentencias del TJUE recaídas a propósito de la Directiva 1999/70/CE y su Acuerdo Marco, abiertos a cualquier conclusión, se alejan de ellas y simplemente expresan la opinión subjetiva y previa de la Sala: las Administraciones empleadoras que abusan de sus empleados públicos temporales no tienen que ser sancionadas por las irregularidades en su contratación sucesiva, ni este personal temporal víctima de un abuso debe ser compensado por la violación sistemática de sus derechos.

Con esta sentencia, el Tribunal Supremo más que disuadir a las Administraciones empleadoras para que no abusen de la contratación temporal de su personal, que es el objetivo de la cláusula 5 del Acuerdo Marco anexo a la Directiva, lo que esta haciendo es disuadir a los empleados públicos victimas de este abuso para que no reclamen, ni reaccionen frente a estos comportamientos ilegales.

La posición del Tribunal Supremo a propósito de esta Directiva 1999/70 ha sido objeto de enmienda ya en numerosas ocasiones por las sentencias del TJUE, pues hay que recordar que este mismo Tribunal Supremo llego a declarar que el personal temporal con más de 11 años de servicios no estaba en abuso; o que a los empleados públicos que disponían de un solo nombramiento o contrato no se les aplicaba la Directiva 1999/70; o que el personal docente tampoco se le aplicaba la Directiva porque cambiaba de puesto trabajo todos los años.

Y esta nueva sentencia del TS también devendrá nula, cuando el TJUE resuelva las cuestiones prejudiciales planteadas por el Juzgado de lo Social nº 3 de Murcia, que a buen seguro dará un nuevo varapalo a nuestro más Alto Tribunal.

Evidentemente esta sentencia es descorazonadora y supone un nuevo tropiezo en nuestro camino a la estabilidad de los empleados públicos víctimas de un abuso, otro más, que impone unas autoridades españolas que se muestran muy alejadas de Europa y de los ciudadanos. Y por ello, tendrán que asumir sus responsabilidades, pues en un Estado de derecho no puede haber ámbitos de impunidad.

Pero que no se piense ni por un momento que esta sentencia inadmisible nos va a arrodillar, sino todo lo contrario para nosotros y para todos los empleados públicos temporales debe ser un acicate para seguir levantándose ante esta injusticia, seguir reclamando y ejercitando sus derechos, porque todavía nos queda Europa.

Todavía nos queda el TJUE y la cuestión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Murcia, como un seguro de vida que volverá a poner al Tribunal Supremo en su sitio.

En consecuencia, no os desalentéis, sino todo lo contrario, reclamar y reclamar, impugnar vuestros ceses y accionar y demandar, porque Europa nos dará la razón y solo reclamando y accionando podréis beneficiaros de lo que Europa sentencie.

Por nuestra parte, procederemos a denunciar esta sentencia ante la Comisión Europea y demás autoridades europeas, a instar su nulidad, previa a un recurso de amparo, y a estudiar otro tipo de acciones frente a la misma.'

Fuente y texto completo: Nota de prensa de Javier Araúz de 28/02/2025 recibida en APISCAM 

Enlaces en el texto nuestros


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JURISPRUDENCIA EUROPEA

 

42 comentarios:

Anónimo dijo...

Prejuicios clasistas NO SANCIONADORES.
Yes. He is right!!!

Pero tambien es cierto, que le dicen que el contralegem es cristalino.

Así, para que les pides nada, sabiendo el tipo de gente que son, y que la cornada estaba garantizada?

Anónimo dijo...

Son los sheriff comprados de un puto pueblo. Respeto NINGUNO.

Lo de juristas les viene muy, pero que muy grande.

Lo que es cristalina y palmaria es la desafección que generan, hacia ellos y la corrupta Administración.

Anónimo dijo...

Gracias Javier!!

Anónimo dijo...

Las sentencias se alejan de Europa. Denotan prejuicio en vez de juicio.
Todos nos hemos llevado un palo.
Gracias Sr. Arauz. Seguiremos adelante.

Anónimo dijo...

Gracias, Araúz. De corazón. Y ¿se sabe para cuándo, aproximadamente, el TJUE se pronunciará? Si alguien sabe algo le agradecería la respuesta. Gracias de antemano.

Anónimo dijo...

Gracias Javier, por tu animo.-

Anónimo dijo...

A 1 de marzo de 2025, 0:09 Para , a la vista del señalamiento adelantado asegurandose los 5 jueces de antes que ellos solos serían los que decidirían, intentar una maniobra desesperada por si pudiera provocar un retraso y nuevo señalamiento de la deliberación en la que ya pudieran entrar varios de los recién decididos 14 nuevos jueces del Contencioso del Supremo?

almost_perfect dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
Anónimo dijo...

9.40.
En serio que están así.?
No sería más lógico, recusar a los jueces por más que manifiesta animadversión al abogado de una de las partes???

A esto hemos llegado??

Hay 2 posturas irreconciliables. Vamos , esto no tiene solución alguna, ya que nadie se puso en ningún momento a negociar NADA.

Es un problema, de imposible solución. FIN!

Anónimo dijo...

Alguien cabal, piensa que Europa va a solucionar la papeleta después de la ostia del 13J.?
La vía judicial, es un puto fracaso.

Solo queda la vía política, y pintan bastos, porque la otra parte no quiere.
Solo queda convencer, convencer y convencer.. a cambio de una quimera que consiste en negar presupuestos.

En todo caso. Hay comunidades en las que en el primer semestre de 2024.
Aumenta la temporalidad. En vez de disminuir.

Es decir, si se jubilan 6000 personas en un semestre, hay otros 6000 temporales más.
Y de esos 1000 al mes por Comunidad, se deduce que hay otros 1000 al mes por Comunidad que han estabilizado o cesado.
Es decir, el ritmo de ceses y estabilizaciones y ceses con esta Ley 20/2021 ha sido el mismo.
Por cada estabilizado un cesado!!!!


Que barbaridad.!!! NO?????
Ahí tenéis un dato para convencer, convencer y convencer!!!!
A quien le corresponda!!!!!!!

Anónimo dijo...

Decir públicamente, sin aportar prueba alguna, que una sentencia de nuestro alto tribunal ha sido en un pre-juicio del tribunal es una acusación muy grave. Con estos comportamientos el señor Araúz se expone a un proceso disciplinario.

Anónimo dijo...

A Arauz, en estos momentos los procesos disciplinarios se la bufan bastante.

La animadversión a estas alturas de esta historia ES MUTUA!!!

Nadie va a ganar esta partida por KO!!!
Tenemos la razón? SI
Tenemos dignidad ? SI
Tenemos cartas ? SI aunque en algun momento de esta partida interminable las tuvimos mejores.

SOLO queda la via POLITICA.
Repito , por cada estabilizado un cesado!!!!!

Anónimo dijo...

https://diario16plus.com/nacional/interinos-supremo-se-rebela-contra-europa-blinda-fraude_506295_102.html

Anónimo dijo...

Posdata.
Algunos pensaran que es:

Por cada estabilizado, 2 cesados!!!
En ese caso que lo demuestren con datos!!!!

Anónimo dijo...

8.38. Na. Si esta claro, en realidad fueron 3 sentencias. No 2. Fueron 3¡¡¡
Resumen. VIA JUDICIAL MUERTA

Anónimo dijo...

10.48 CGT. La más coherente, Aunque bramar contra la via JUDICIAL a estas alturas de la pelicula no tiene sentido.

Mi consejo. Pensad un mundo donde no haya Jueces para ser JUSTOS.
Pues esa es la realidad, que nos ha tocado vivir!!!

Anónimo dijo...

10.51.
La realidad es que el partido esta empatado.

Ellos (los malos de esta pelicula) torticeramente han conseguido cerrar la VIA JUDICIAL.
Nosotros (los buenos de esta pelicula), vamos a luchar para que cada cesado corra la misma suerte que el ya estabilizado. Y lo vamos a hacer por la VIA POLÍTICA.

Anónimo dijo...

Dice : "La jurisprudencia del alto tribunal permite a los interinos permanecer en la plaza hasta que la Administración la cubre tras celebrar las pruebas de acceso. Además, si el interino se presenta a estas pruebas y las pasa, aunque no logre plaza porque otras personas lograron más nota, también permite que se les nombre como fijos."

Anónimo dijo...

La realidad es q si no hay con que sancionar, Pues NO SE SANCIONA.
Ni si quiera se dice, porque les da urticaria la palabra SANCIÓN.🤣🤣🤣

Es más importante recordar que "SOCIALMENTE" es lo que hay.
( vaya un modelo Social de merde 🤫 ), que recordar QUE HAY QUE SANCIONAR, CON ALGO
QUE NO EXISTE, simplemente porque al legislador no le.ha salido de los huevos CREARLO

Anónimo dijo...

Entre las condiciones que, de acuerdo con la jurisprudencia constitucional, han de darse para que no quepa apreciar infracción alguna del principio de igualdad de acceso a cargos y empleos públicos del artículo 23.2 de la Constitución se encuentran, en primer lugar, que se trate de ¿una situación excepcional? ; segunda, que sólo se acuda a este tipo de procedimientos por una sola vez, pues de otro modo se perdería su condición de remedio excepcional y tercero, que dicha posibilidad esté prevista en una norma con rango legal (STC 12/1999, de 11 de febrero de 1999

Anónimo dijo...

por lo tanto........

Anónimo dijo...

Por lo tanto
Los que no acudieron a ese tipo de procedimientos excepcionales pq no les dio La Gana de hacerlos ,es perfectamente Constitucional q deban hacerlos


Tuvieron un RD Escoba.
Y?

Pues las Administraciones ni por esas.
Así que un primer Concurso Obligatorio para todas aquellas Administraciones que No LE hicieron es Lo Justo.

Pormucho q os esforceis MR 155,y sus secuaces, sois los malos de la película. 🤣🤣🤣

Anónimo dijo...

al de las 11,21. Sabes dónde dice algo más de esto qué dice el periódico the economist, o en qué parte de la sentencia está lo siguiente?

"La jurisprudencia del alto tribunal permite a los interinos permanecer en la plaza hasta que la Administración la cubre tras celebrar las pruebas de acceso. Además, si el interino se presenta a estas pruebas y las pasa, aunque no logre plaza porque otras personas lograron más nota, también permite que se les nombre como fijos". Gracias.

Anónimo dijo...

Lo he sacado de
https://www.eleconomista.es/legal/noticias/13244957/02/25/la-justicia-descarta-que-haya-abuso-en-la-contratacion-en-los-interinos-que-roten-de-plaza-y-centro-de-trabajo.html
No encuentro nada más, igual hay más sentencias de las publicadas.

Anónimo dijo...

Lo que hay q leer de Mr 155.
Pedazo de ...


https://www.hoyaragon.es/articulo/noticias-aragon/funcionarios-aragon-acceso-oposicion/20250228104102088817.html

Anónimo dijo...

Mérito y capacidad lo llaman.

En lo contencioso todo en orden? Vaya Nivel ...
https://archive.ph/LVsr2

Anónimo dijo...

Se puede , y se debe acometer el proyecto de ley de Función Publica, nombrese y hágase de otra manera la figura del interino que no reaccione con el IMC y una vez creada la ley se acceso a estos , creándose una pasarela que el interino en un determinado plazo y siempre de forma voluntaria sea examinado por la Admon volviendo a su estatua, el legislativo lo puede hacer si se quiere , mientras tanto Europa dará razon,

Anónimo dijo...

Lo que yo creo es que el supremo ha cerrado la opción de que cualquiera pida que con 3 años en la administración le hagan fijo ahora o en el futuro pero en la política hay voluntad de hacer algo extraordinario con nosotros, los que hemos sufrido abuso. Creo que todo está ya pensado, o eso espero.

Anónimo dijo...

Aquí se han publicado las enmiendas de Sumar, de Podemos, de Junts... a la ley de Función Pública. Está claro que el legislativo es consciente del enorme número de interinos de larga duración abusados, de que la Comisión sigue con su procedimiento de infracción, de que están pendientes la prejudiciales de Murcia, de que Yolanda Diaz va a pelear por la indemnización restaurativa en caso de despido como exige la carta social europea, con las indemnizaciones por cese que eso implicaría. Pienso que todo eso está en mente del legislador ahora mismo. Nos queda la presión política y sobre todo NO votar NUNCA a quien en su ayuntamineto, CC.AAA, Diputación, Estado desprecia a los interinos abusados. Igual que contra los pensionistas no se atreven porque son muchos votos, nosotros y nuestras familias somos muchos miles y debemos poner de una vez nuestras cartas sobre la mesa. Las siguientes elecciones son en Castilla León y Andalucía. Si los magistrados que han nombrado los 2 partidos políticos mayoritarios nos putean, que noten nuestra fuerza y nuestra voz en las urnas

Anónimo dijo...

La nueva Ley de Función Publica deberá de tener garantizado que la gente que oposite , sus temas de examen se adecué a las directrices Europeas, menos memorieta y mas capacidad, exigiendo verdaderas pruebas de trabajo para todas las personas que acceden a una plaza y no como hasta ahora se viene haciendo con la memorieta que da como resulta que cuando se empieza a trabajar no tienen ni idea de lo que es el trabajo llamándolo a eso la IMC , pues señores a partir de ahora adecuense a Europa y que la persona que entre a la Admon su IMC sea de verdad no de memorieta, lo tiene el Legislativo a tirar de oreja, ya veremos quien posee IMC??

Anónimo dijo...

La inmensa mayoría de los interinos de larga duración cumplimos la IMC. Dejad de marear la perdiz con esto. Lo que hace falta es una ley de punto final del abuso ilimitado. Igual que en la empresa privada a los 2 años te tienen que hacer indefinido, y el empresario tiene que acatarlo, que se cumpla de una vez la Directiva y la jurisprudencia del TJUE.
Con la figura del fijo a extinguir o como quieran llamarlo pero una ley de punto de final que haga borrón y cuenta nueva con los miles de interinos de larga duración que la mal llamada ley de estabilización 20/21 no ha dado solución porque sus administraciones han hecho una chapuza de procesos donde no incluyeron miles de plazas. Sobre todo las CC.AA, y sobre todo en Sanidad y en Educación. Ley consensuada de una vez y por supuesto cambio en la obsoleta ley de función pública que acabe con tanto abuso

Anónimo dijo...

https://fetap-cgt.org/2022/07/14/el-tribunal-superior-de-justicia-de-aragon-ha-admitido-a-tramite-una-demanda-para-la-suspension-de-todas-las-oposiciones-de-la-comunidad-por-no-adaptarse-a-la-normativa-europea/

Anónimo dijo...

Totalmente de acuerdo contigo, 11, 37 la carga recae en los legisladores que tienen que redactar una ley de punto y Final , hay acabarían los problemas, vamos a ver si hay ganas, me da que si, ojala empiecen pronto

Anónimo dijo...

De acuerdo con 11:15 , la mayoría de los pensionistas cuando votan, salvo los forofos del pp o del psoe, salvo los muy cafeteros, se acuerdan de quien les revaloriza las pensiones y de quien se las congela, es decir lógicamente votan defendiendo sus intereses, entre otras cosas, los agricultores cuando sacan los tractores a la calle lo hacen para defender sus intereses y votando hacen lo mismo. Los interinos somos cientos de miles como bien dices y podemos decidir muchos diputados en muchas provincias. Cuando votemos la siguiente vez que nos den la oportunidad acordemonos de ese presidente/a de CC.AA que nos jodió la vida y nos cesó, de ese alcalde/alcaldesa que no sacó nuestra plaza a estabilización, de ese partido a nivel nacional que nos defendió y de ese ministro de función pública que pasó de nosotros. Somos muchos cientos de miles de votos. Tal vez no arreglemos nada con nuestro voto pero nos queda el consuelo de que podemos echar a quien nos jodió la vida.

Anónimo dijo...

Desde aquí darle las gracias a Javier de Arauz y a Apiscam por su labor y decirles que no decaigan- Se ganara esta batalla

Anónimo dijo...

estafARAUZ

Anónimo dijo...

Cuanto más niegue el TS el abuso en la temporalidad e inexplicablemente su sanción cuando éste ya se ha demostrado y reconocido por sus colegas, más nos hace pensar que hay gato encerrado.

Qué es lo que realmente les hace negar una realidad y su necesaria sanción? Cómo hay que explicarles que si un abuso no se sanciona existe la posibilidad de que degenere en otros más graves además de la especial gravedad de por quién se está perpetrando y perpetuando, los responsables de las administraciones públicas?

El que no ofrece una solución sino que sólo niega, es parte del problema, inaudito que sean miembros del Tribunal Supremo.

Anónimo dijo...

Los gatos.
https://www.elmundo.es/cronica/2025/03/02/67c087bfe9cf4ab5698b4595.html

Anónimo dijo...

No se previno el abuso en la temporalidad sino que se fomentó, no se sancionó éste abuso sino que se dejó sin sanción, abriendo la posibilidad de su deriva en otros abusos laborales, incluso más graves.
Todos los que se niegan a regularlo, reconocerlo y sancionarlo han colaborado en que este abuso derive en otros abusos laborales cuando los temporales no teníamos la obligación de soportarlos, ni el primero ni todos los de él derivaron.

Anónimo dijo...

Así es 22,23 pero se están negando a sancionarlo. Y me pregunto si tb los políticos se pueden negar. Hasta cuándo se puede mantener un abuso, una infracción que siendo además a tantas personas lo convierte en más grave y sin sancionar.

Anónimo dijo...

Se necesita una reforma legislativa pero ya sobre el abuso de temporalidad porque al 8 por ciento no llegan ni en sueños. QUE SE TRASPONGA LA DIRECTIVA SIN MAREAR MÁS LA PERDIZ

Anónimo dijo...

Dinerito. 🤣🤣🤣🤣
https://archive.ph/zmOum