miércoles, 6 de mayo de 2026

[Araúz] La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo declara nula la OPE de estabilización de la Ley 20/2021 en la Administración General del Estado en cuanto a la contabilidad de plazas, insuficientes, de los Cuerpos de Gestión y General Auxiliar

'La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha dictado sentencia de fecha 22 de abril de 2026, declarando la nulidad del Real Decreto 408/2022, por el que se aprueba la oferta de empleo público para la estabilización del empleo temporal en la Administración General del Estado correspondiente a la Ley 20/2021, en lo relativo a las plazas correspondientes al Cuerpo de Gestión y al Cuerpo General Auxiliar, al no acreditar el Ministerio que todas las plazas que, por imperativo de la Ley 20/2021, tenían que estar incluidas en dicha oferta de empleo público extraordinaria, habían sido incluidas.

La sentencia no sólo da un importante varapalo al Ministerio de la Función Pública, reprochándole su forma improcedente de actuar, si no que, además, imposibilita que el Ministro Óscar López, como anunció ayer, pueda ejecutar y adjudicar una Ope que ha sido declarada nula por el Tribunal Supremo, llamándole la atención sobre la necesidad de que su actuación se ajuste siempre a ley. Esta nulidad podría arrastrar a la nueva Ope anunciada en el día de hoy por el Gobierno. "

Fuente: nota del gabinete de Araúz recibida en APISCAM 

[Sentencia completa]

NOTA DEL EDITOR: La oferta de Empleo Público de la Administración General del Estado  correspondiente a la Ley 20/2021 es la contenida en el Real Decreto 408/2022, que recordemos, incluía estas AAPP del Estado y los números de plazas, (por tanto afectadas por las sentencia del Tribunal Supremo citadas):

  • Administración General del Estado: 2.861plazas (2.299 a concurso de méritos)
    • personal funcionario 156 plazas (150 a Concurso de méritos)
    • personal laboral general: 2705 plazas (2.149  a Concurso de méritos) 
  • Entes Públicos: 151 plazas (51 a concurso de méritos)
  • Docentes no universitarios  del Estado: 320 plazas ( 65 a Concurso de méritos)
  • Personal estatutario del Estado:
    • Red del Min. de Defensa: 307 (68 a  concurso de méritos)
    • INGESA: 245 (178 a  Concurso de méritos)

  • Personal de la Administración de Justicia
    • que corresponden al Ministerio: 1.776 (1.673 a  Concurso de Méritos)
    • que corresponden a las CCAA: 4169 (3.304 a Concurso de Méritos)
  • Funcionarios de Administración Local de Habilitación Nacional: 807 (658  a Concurso de Méritos)


Aparte , pero dentro de la Administración General del Estado estuvo la tasa adicional de empleo derivada del artículo 217 del Real Decreto-ley 5/2023 citado, que aprobó la AGE por Real Decreto 1227/2023, de 27 de diciembre, con 884 plazas más a concurso de méritos de estabilización de los de la ley 20/2021 (siempre en la Administración General del Estado)

Las CCAA apenas  aplicaron el mandato del RDL 5/2023 (que además les habilitaba la tasa adicional en su caso necesaria)  en cuanto a sus 3 sectores comunes de personal de Administración General, docentes no universitarios y personal del servicios de salud (ver nuestra estadística : menos de 2.600 plazas a concurso de méritos en total  por el RDL 5/2023 pese a haber , entre los 3 sectores autonómicos, más de 730 mil temporales y haberse ofertado a concurso de méritos de la ey 20/2021 incialmente  sólo 140 mil plazas, menos del 20% de los temporales).

 

El hito "150" y la cifra de "300 mil plazas" comprometidas,  recordemos una vez más, son las del  "acuerdo de funcionamiento" original firmado entre la CE y España de sus compromisos por el Plan de Recuperación y los fondos asociados, figura el hito [nº 150] Objetivo "Estabilización del empleo público" , asociado a la reforma 1 del Componente 11 sobre la AAPP so(C11.R1), que sigue vigente tal cual y , si bien ahora va en  el sexto  tramo  de pagos, y que exigía, con fecha de cumplimiento  [comprometida] el final del Cuarto cuatrimestre de 2024, la "Finalización de los procedimientos de contratación para estabilizar el empleo (a través de contratos o puestos estatutarios del personal) que involucran al menos 300 000 puestos (incluidos los que derivan de los procedimientos de estabilización de 2017 y 2018)" (es decir, incluyendo en la contabilización las plazas temporales de antes de 2014 convocadas con oposición y sin indemnización alguna por los denominados "procesos de estabilización" -de plazas- de las leyes anteriores de 2017 y 2018 de Montoro que hayan tenido nombramientos de personal fijo desde 2017 y hasta 31/12/2024).


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56 comentarios:

Anónimo dijo...

Esperando que también se pronuncie en sentencia O..

Anónimo dijo...

Pinocho se quedará corto con las mentiras de ...

Anónimo dijo...

Con dos H ......Javier , muchas gracias por informar, últimamente la Justicia vá por delante del Gobierno , esperemos que el TS cuando se pronuncie vaya en consonancia con el camino que van abriendo ellos en esa sala de lo Contencioso, por ahora "Chapeau" !!!!a ver Iceta Ande andará!!!!!!

Anónimo dijo...

Buenísimo este articulo de Josep Jover


https://diariosabemos.com/analisis/interinos-jackie-chan-administracion_516716_102.html

Anónimo dijo...

Los Jueces interinos
https://www.lawandtrends.com/noticias/justicia/jueces-y-fiscales-interinos-europeos-agrupados-en-enalj-celebran-en-murcia-su-congreso-anual-y-se-solidarizan-con-la-1.html

Anónimo dijo...

Y las aapp, que evitaron la ley 20/21 y a escasos días antes aprobaron ope (concurso-oposición) por el sistema anterior, con publicacion de la convocatoria en el boe despues de de la publicación de la 20/21, por el sistema anterior? Que ?

Anónimo dijo...

Arauz y sus castillos en el aire?
Nulidad?

Pero ese señor q estrategia de veleta , tiene ... ?

Porque no se mete con una CCAA?
La de Mr 155?
La de los Obt(ay)usos?

Joe... q hartura ...

Anónimo dijo...

Ummm
https://www.mjusticia.gob.es/es/institucional/gabinete-comunicacion/noticias-ministerio/veronica-olle-directora-general

Anónimo dijo...

La diferencia fundamental entre la jurisprudencia anterior a la sentencia **Obadal (abril de 2026)** y lo dictaminado en esta última radica en el cambio de criterio sobre qué constituye una **sanción efectiva** contra el abuso de la temporalidad. Mientras que antes se aceptaban figuras intermedias como el "indefinido no fijo" (INF) o las OPEs de estabilización, **Obadal** las declara insuficientes por no garantizar la estabilidad real del trabajador.

Las diferencias y razonamientos se estructuran en los siguientes puntos clave:

### 1. La figura del "Indefinido No Fijo" (INF)
* **Antes de Obadal:** El Tribunal Supremo (TS) defendía que la conversión de un contrato temporal abusivo en una relación "indefinida no fija" era la medida adecuada para satisfacer la Cláusula 5 de la Directiva [1, 2]. Se razonaba que esta figura ponía fin a la sucesión de contratos temporales mediante una consolidación estable, aunque supeditada a la futura cobertura de la plaza [2].
* **Después de Obadal (2026):** El TJUE cambia radicalmente el razonamiento. Declara que la transformación en INF **no impide que se prolongue la utilización abusiva**, ya que el vínculo sigue teniendo **naturaleza temporal** y mantiene al trabajador en una **situación de precariedad** [3, 4]. El TJUE argumenta que esta figura no permite al personal disfrutar de la **estabilidad en el empleo**, que es un componente primordial de la protección del Acuerdo Marco [5, 6].

### 2. Los Procesos de Estabilización (OPEs)
* **Antes de Obadal:** La normativa española (Ley 20/2021) y la jurisprudencia previa consideraban que convocar procesos selectivos era una medida específica para que el trabajador temporal abusado pudiera acceder a la fijeza, valorando su experiencia previa [7, 8].
* **Después de Obadal (2026):** El TJUE desmonta este argumento con tres razonamientos:
1. **Falta de garantía:** Si el trabajador no participa o no supera el proceso, la medida no sanciona el abuso ni elimina las consecuencias del incumplimiento, ya que el trabajador pierde su empleo [9].
2. **Inespecificidad:** Al estar abiertos a candidatos que no han sufrido el abuso, la valoración de la experiencia no es una sanción específica para reparar el daño al afectado [10, 11].
3. **Incapacidad de reparación:** El tribunal concluye que la convocatoria de procesos selectivos **no constituye una medida adecuada** para prevenir y sancionar los abusos si no garantiza la permanencia de la víctima [11, 12].

### 3. Las Indemnizaciones por Extinción
* **Antes de Obadal (Sentencia 207/2019):** El TS sostenía que los interinos por sustitución no tenían derecho a indemnización alguna por el cese regular del contrato, basándose en que su situación era distinta a la de un despido objetivo [13, 14]. Se razonaba que la ley española ya sancionaba el fraude mediante las reglas de conversión del art. 15 del Estatuto de los Trabajadores [1].
* **Después de Obadal (2026):** El TJUE establece que las indemnizaciones tasadas con **doble límite máximo** (como los 20 días por año con tope de 12 mensualidades) **no son adecuadas** [11, 15]. Sus argumentos son:
* **No reparan íntegramente el daño:** Al estar topadas, no compensan situaciones de abuso que superen cierta duración en años [16].
* **No cubren todos los casos:** No se abonan si el trabajador se jubila, dimite o es despedido antes de finalizar el proceso selectivo, dejando el abuso sin sanción efectiva en esas situaciones [17, 18].

#

Anónimo dijo...

## 4. Régimen de Responsabilidad de las Administraciones
* **Antes de Obadal:** Se confiaba en que la mera previsión legal de responsabilidad para los gestores públicos (introducida por la Ley 20/2021) actuaría como medida disuasoria [8, 19].
* **Después de Obadal (2026):** El TJUE califica este régimen de **"ambiguo, abstracto e imprevisible"** [11, 20]. Razona que una medida no puede ser una "mera posibilidad abstracta" o teórica, sino que debe ser previsible y aplicable en la práctica para ser considerada una sanción efectiva [21, 22].

En conclusión, los argumentos son distintos porque **Obadal** traslada el foco de la **legalidad formal** del cese a la **efectividad real** de la reparación, determinando que si las OPEs, las indemnizaciones topadas y la figura del INF fallan en proteger al trabajador abusado, el tribunal nacional debe aplicar medidas que realmente eliminen la precariedad, lo que reabre la vía de la **fijeza automática** [6].

Anónimo dijo...

que bueno

https://diariosabemos.com/analisis/interinos-maquillaje-gobierno-sanchez-se-derrumba_516717_102.html

Anónimo dijo...

jajaja y el rimel del supremo cuando se caerá?.

Anónimo dijo...

a no menos que se busque en el BOE la OEP sacada ahora , se vera como la Ley 20/21 sigue y sigue como las pilas del conejito

https://www.boe.es/boe/dias/2026/05/07/pdfs/BOE-A-2026-9946.pdf

Anónimo dijo...

Alguien sabe por qué el TS no se ha pronunciado ya?? Se debe a un problema de calendario, se pronunciará cuando toque o está postergando su decisión a conciencia? Gracias de antemano.

Anónimo dijo...

https://diariosabemos.com/analisis/interinos-tjue-obadal-ya-llego-galicia-murcia-siguen-en-anden_516349_102.html

Anónimo dijo...

Es sencillo están esperando al Gobierno... y el gobierno al Supremo. Menuda han liado. Ten en cuenta que los del Supremo son Mayores con los achaques de la edad y revisiones medicas cuadrar la agenda de todos es complicado... Además eso de la primacía del derecho de la U.E. es algo nuevo, lo del efecto útil de la directiva también. Debe de ser duro aceptar que nada de lo anterior sirve. Y lo peor de todo tener que tomar una decisión. Y encima cerca de la jubilación. Señores los tiempos han cambiado. ¿Y eso de disuasorio que querrá decir?. Parece Euskera.

Anónimo dijo...

Lo sabían o deberían desde 1999. No hicieron su trabajo.

¿Quién responde de 27 años de indefensión ante la no prevención y el fraude y abuso laboral reconocidos que no teníamos el deber de soportar?

Anónimo dijo...

Toda la razón 12;51

Anónimo dijo...

La fijeza es la única solución digna a este problema, en 25 años hay empleados públicos de la administración que desafortunadamente han fallecido sin tener el reconocimiento válido y sufriendo las consecuencias del abuso. Como se contabiliza este daño...no entiendo que estén tardando en tomar la decisión de legislar, y que décadas atrás unos jueces se equivocaron y aquí no hay culpables ni señalados.

Anónimo dijo...

Yo ya no quiero fijeza, he sufrido mucho en estos últimos años que estoy injustamente cesada después de más de dos décadas. Eso si quiero una sanción acorde a la jurisprudencia obligada para la sanción y reparación y si es posible la exigencia de responsabilidades, porque no deberíamos haber llegado a esto.

jose maria carrillo dijo...

https://www.google.com/url?sa=t&source=web&rct=j&opi=89978449&url=https://www.eldiario.es/economia/gobierno-arranca-comunidades-grupo-trabajo-reducir-empleados-temporales-publicos_1_13203450.html&ved=2ahUKEwjW44GxvaeUAxUndUEAHR0xFjAQFnoECCcQAQ&usg=AOvVaw1F-4d9Y6HLs6DjyBU9mWDv

Anónimo dijo...

MIEDO dá leer su noticia Sr.Carrillo lo de ""Cambios" propuesto por el Sr López, miedo intenso, por cierto siguen erre que erre, ignorándolo todo, y encima cambios normativos perooooo visto desde la perspectiva del Sr Ministro Oscar Lopez

Anónimo dijo...

Aunque esto puede ser peor, la foto del Ministro en todas partes


https://www.abc.es/economia/gobierno-reacciona-funcionarios-elegiran-plaza-final-mes-20260505012549-nt.html

Anónimo dijo...

Que Dios nos ampare

https://www.intereconomia.com/noticia/finanzas/lopez-reitera-su-negativa-de-hacer-fijos-a-los-interinos-tras-la-sentencia-del-tjue-20260414-1201/

Anónimo dijo...

No olvidar lo que decía el Sr López en Octubre del 25

https://www.europapress.es/economia/laboral-00346/noticia-lopez-rechaza-hacer-fijos-interinos-pide-podemos-amenaza-no-votar-ley-funcion-publica-20251015133744.html

Anónimo dijo...

Retratado

Anónimo dijo...

Eso fue el 14 de abril cuando todavía pensaba que le habían hecho jaque, la Comisión ya le habrá explicado que es mate.

Anónimo dijo...

Igual, pánico a lo que están planeando para engañar a la Comisión y seguir en sus treces que cumplen con Europa.

Anónimo dijo...

Esperemos que trascienda estos cambios, porque viniendo del señor ministro nada bueno traen...se rumorea concursos, y con los antecedentes de la ley 20/2021...el miedo es real

Anónimo dijo...

Rumor?. Algún consejero/a, que haya hablado con Hilda?
Nostalgia de Clara e Isabel.

Anónimo dijo...

De donde sale ese rumor? Ojalá concursos restringidos

Anónimo dijo...

Ya han dicho que los concursos no son ni válidos ni legales. De qué demonios, por no decir otra cosa, están hablando ahora reuniéndose??? Miedo me da a mí de las triquiñuelas que puedan salir de todos estos lumbreras.

Anónimo dijo...

Teniendo en cuenta que el Ministro se excusa que la tasa de temporalidad en la administración general es baja, y que las culpables son las CC.AA serán órdenes y directrices para reducir lo antes posible.

Anónimo dijo...

Compañeros, de miedo nada. Si no actúan de acuerdo a lo dictado por Europa saben que no nos vamos a callar. Seguiremos luchando. Recordad que AHORA SÍ se les acaba el tiempo. El TJUE no va de farol y nosotros tampoco. No sé por qué tengo la impresión de que la comisión se pronunció el mismo día que estaba convocada la manifestación en Madrid por algo. No fue casualidad. Ánimo y a seguir luchando por nuestros derechos.

Anónimo dijo...

Este S .López da miedo, a ver si alguien puede precisar la noticia de Carrillo 17;30, los pelos como escarpias se me han puesto

Anónimo dijo...

Pues aunque estemos todos a una, el miedo es real e inevitable. Ni TS ni gobierno se han pronunciado después de 3 semanas, y ahora reúnen a las comunidades con intención de dar cuentas a la comisión...

Anónimo dijo...

27 días faltan para saber el cambio normativo. O que se pronuncie el supremo. Lo que llegue antes.

Anónimo dijo...

Una cosa si es cierta López es peligroso. Muy peligroso hace tiempo que Sánchez lo sufrió en sus carnes...

Anónimo dijo...

Si está maniobra le sale mal será su fin político.

Anónimo dijo...

Y el que a hierro mata...

Anónimo dijo...

Estamos hablando de un delito continuado contra los trabajadores públicos que se comete con las bendiciones del Estado español y sus sindicatos anexos.

Anónimo dijo...

Hay pendiente miles de juicios por ceses tras los procesos de estabilización, lo consideran insuficientes y readmisión a los cesados? Con la sentencia Obadal en mano podría ser ?

Anónimo dijo...

Y que límite de tiempo se marcaría? 3 años y un día?

Anónimo dijo...

https://digital.gob.es/content/dam/sgad/sefp/es/portalsefp/funcion-publica/organos-colaboracion/organos-interadministrativa/ACUERDOS_Cuadro_de_Reuniones_y_temas_tratados_CSAP.pdf

Anónimo dijo...

Deadline para Ccaa. 30 de Junio.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-26073

Ultimátum. O resolveis/resolvemos el problema de la estabilidad, o os quitamos las pasta. 💵

Anónimo dijo...

https://digital.gob.es/comunicacion/notas-prensa/mtdfp/2025/09/2025-09-17

Han pasado 8 meses.
🫂 Clara e Isabel

Anónimo dijo...

Pobres comunidades y ayuntamientos abusadores, pobres gobierno y supremo.

Anónimo dijo...

El espejo. 🪞https://digital.gob.es/comunicacion/notas-prensa/mtdfp/2026/05/el-gobierno-impulsa-acciones-formativas-y-de-concienciacion-entr

Anónimo dijo...

Ley de Punto Final: Algunos sindicatos y sectores políticos plantean una "ley de punto final" que convierta en fijos a quienes lleven más de un tiempo determinado (se habla de 5 años o más) para limpiar el sistema antes de aplicar las nuevas reglas estrictas.

Anónimo dijo...

Marcar un tiempo determinado, cuando no lo marca Europa...tema muy caliente.

Anónimo dijo...

Disposición adicional cuarta. Cumplimiento del objetivo previsto para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 20.Dos.4 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, se prevén las siguientes plazas:

Personal estatutario de la Red Sanitaria del Ministerio de Defensa: 330 plazas.

Personal estatutario del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria: 307 plazas.

Anónimo dijo...

637 , afortunados?

Anónimo dijo...

A la 1 ya habían acabado?

13:00 horas.
La consejera de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa,
asiste al acto de entrega de condecoraciones al mérito de Protección
Civil organizado por la Delegación de Gobierno.

Anónimo dijo...

El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, Óscar López, pidió este miércoles a los grupos parlamentarios que “hagan su trabajo” para sacar adelante el Proyecto de Ley de la Función Pública de la Administración del Estado y se pueda conseguir una estabilización de las plazas de los empleados públicos.

Anónimo dijo...

Ummm

El don de la Ubicuidad.

https://memberspage.cor.europa.eu/members/2042717

https://www.cantabria.es/web/comunicados/w/urrutia-defiende-en-el-comit%C3%A9-europeo-de-las-regiones-la-ampliaci%C3%B3n-del-presupuesto-de-erasmus-para-fp

https://www.cantabria.es/web/comunicados/w/el-gobierno-c%C3%A1ntabro-y-el-servicio-jur%C3%ADdico-de-la-comisi%C3%B3n-europea-abordan-iniciativas-para-reducir-barreras-y-mejorar-la-competitividad-de-la-econom%C3%ADa-europea

Anónimo dijo...

Uyyy. CDR. Como se entere Mr 155. 🤣https://memberspage.cor.europa.eu/members/2038420