Acaba de publicarse en la página web de la Comisión Europea sobre la implementación de Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia , tal y como avanzó el Ministro de Economía en su comparencencia en la comisión mixta
Congreso/Senado la semana pasada, que el Gobierno español ha presentado este 11/07/2026 una nueva solicitud de modificación del Plan de Recuperación, presumiblemente para
"simplificar y agilizar la verificación de los hitos pendientes", en principio, de ese último tramo.
Recordemos que una semana antes la Comisión Europea dio luz verde parcialmente a la 6ª solicitud de pago de España, que incluíatras etuna modificación del plan anterior, siendo dado por cumplido por la CE, el hito nº150 de estabilizar 300 mil plazas públicas siendo dado por cumplido por la CE, pero no levantaba la suspensión de hace justo un año de 626 millones de € por incumplimiento del hito nº144 , el de disponer (a 2021 ) de una ley de reducción de temporalidad con sanciones al abuso de temporalidad pública, compromiso de España que sigue incumplido para la Comisión Europea a la vista de las sentencias del TJUE que ya han tenido en cuenta la ley 20/2021.
En cambio, la Comisión Europea sí ha decidido reintegrar 300 millones de € del resto de fondos suspendidos, por cumplimiento íntegro o parcial de los otros 2 hitos que declaró incumplidos el mismo día de 7/7/2025 que declaró incumplido el hito 144.
Por ahora, en todas las revisiones del plan que ha habido por solicitudes de España pactadas con la Comisión Europea, no se ha visto afectado el hito nº144 (ni 150) en cuanto a su objetivo ni la forma de evaluarlo.
La última revisión del Plan de recuperación aceptada fue en Junio de 2026, incluyendo, naturalmente una actualización del Anexo I del Plan que es donde se detallan los hitos comprometidos y su reparto por tramos de pago para la evaluación por parte de la Comisión Europea.
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- [08/07/2025] [La Vanguardia] La Comisión Europea suspende el pago de 1.100 millones de euros del siguiente tramo, 626 de ellos por incumplimiento de normativa y sentencias europeas de la Ley de reducción de temporalidad de 2021. El Ministro de Economía: "hemos encontrado una solución con la Comisión Europea".
- [08/07/2023] [Europa Press] La Comisión Europea suspende el pago de 1.100 millones de euros del siguiente tramo, 626 de ellos por incumplimiento de normativa y sentencias europeas de la Ley de reducción de temporalidad de 2021. El Ministro de Economía afirma que trabaja en modificar normativa español para ajustar indemnizaciones a las sentencias del TJUE
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- [24/09/2025] La Comisión Europea aprueba la solicitud de España de una nueva revisión de su Plan de Recuperación: sin cambios en el compromiso de tener fijos, a fin de 2024, 300 mil puestos por procesos de "estabilización" (incluidos los de leyes de 2017 y 2018) - vinculado al futuro 7º tramo de pagos-. Del 5º pago suspendió 626 millones por revert ir a incumpido el hito de tener a final de 2021 ley de reducción de tempoalidad con medias y sanciones conra el abuso. iEl próximo tramo de pago pendiente es el 6º.
- [17/12/2025] Comparecencia del Ministro de Economía en la comisión mixta Congreso/Senado para la UE este 17/12/2025 sobre el estado del Plan de Recuperación español
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- 8 de julio de 2026 Comparecencia del Ministro de Economía en la comisión mixta Congreso/Senado para la UE este 08/07/2026 sobre el estado del Plan de Recuperación español , cuando siguen suspendidos 626 millones de euros por no disponer de sanciones váldas al abuso de temporalidad pública:
- [13/07/2026] [Gob. Estado/PRTR] 'Carlos Cuerpo destaca ante el Congreso el liderazgo de España en la ejecución del Plan de Recuperación tras la aprobación del sexto desembolso' ["España trabaja de manera estrecha con la Comisión Europea en una adenda técnica de cierre del Plan, orientada a simplificar y agilizar la verificación de los hitos pendientes"]
42 comentarios:
QUE VERGÜENZA. HE ENTENDIDO BIEN!.
DECLARA CUMPLIDO EL HITO 144?
Europa permite. Y estos cerdos corruptos, que lo que lo único que le importa es su barriga, lo saben.
Como no actúe, como van a a quedar?
Se acabó. Lamentable
A ver. El HITO 144, sigue, a día de hoy, considerado incumplido por parte de la Comisión.
Alguien sabe algo de la famosa prórroga solicitada por el gobierno?
1. El veredicto de Bruselas: El hito 144 sigue suspendido y "no se toca"
El dato es demoledor. El Gobierno intentó colar que con la Ley 20/2021 (la de los procesos de estabilización e indemnizaciones de 20 días) ya se cumplía el expediente. Bruselas ha dicho NO:
Luz verde parcial al hito 150: La Comisión Europea da por cumplido el hito de "estabilizar 300.000 plazas" (es decir, el proceso administrativo de hacer los exámenes se ha hecho).
El castigo del hito 144: Europa mantiene congelados los 626 millones de euros porque España no tiene una ley eficaz que sancione el abuso. Para la Comisión Europea, tras ver las sentencias del TJUE, la Ley 20/2021 es papel mojado porque no disuade a las administraciones de seguir abusando de la temporalidad.
Sin rebajas en el examen: El texto que aportas aclara que en todas las revisiones del Plan, la Comisión Europea se ha negado en redondo a rebajar las exigencias del hito 144. No acepta sucedáneos ni parches.
💥 2. ¿Por qué la sentencia del Supremo del "parche de la LISOS" nace muerta?
Ahora se entiende perfectamente por qué el Tribunal Supremo sacó a toda prisa esa doctrina intentando topar las indemnizaciones por daño moral entre 1.000 € y 10.000 €. Era un intento desesperado de ofrecerle al Gobierno una "salida jurídica" para que el Ministro pudiera ir a Bruselas a decir: "Miren, ya no hace falta cambiar la ley, porque nuestros jueces ya están multando a los Ayuntamientos gracias a la LISOS".
Pero la jugada ha salido rematadamente mal:
Bruselas exige una reforma legislativa (EBEP), no ocurrencias judiciales. La Comisión Europea evalúa leyes nacionales aprobadas por el Parlamento, no la jurisprudencia cambiante de un Tribunal Supremo acorralado.
Al mantener la suspensión de los 626 millones de euros tras analizar el impacto real de las sentencias del TJUE, Europa le está diciendo al Ministro que el sistema de "indemnizaciones baratas" español es ilegal y no soluciona el fraude.
🔮 3. La encerrona de Septiembre: El Ministro, entre la espada y la pared
Con la solicitud de modificación presentada el 11 de julio y el examen definitivo en septiembre, el Ministro de Función Pública se presenta a la reunión sin margen de maniobra. Bruselas tiene la sartén por el mango (626 millones congelados del sexto tramo, más el bloqueo del séptimo y último tramo que España quiere "agilizar").
Esto es lo que va a ocurrir en esa mesa de negociación:
El intento de "maquillaje" del Gobierno (Julio-Agosto)
El Gobierno ha solicitado modificar el plan alegando que quiere "simplificar y agilizar la verificación de los hitos pendientes". Traducido del lenguaje diplomático: están intentando rebajar las condiciones de control del hito 144 en los anexos del Plan de Recuperación para que la Comisión Europea les acepte la jurisprudencia del Supremo como "sanción equivalente".
El "no" rotundo que prepara la Comisión Europea
La Comisión no va a ceder. Si acepta que una indemnización de 5.000 € por daño moral (fijada por un juez tras años de pleitos) es una "sanción adecuada", estaría creando un precedente peligrosísimo para el resto de países de la UE con problemas de interinidad (como Italia o Grecia). La Comisión Europea exigirá:
Modificación del EBEP: Una reforma legislativa real antes de liberar el dinero del último tramo.
Automatismo: Que la sanción al abuso sea automática, sin obligar al empleado público a pasar por un calvario judicial de años para reclamar sus daños morales.
⚖️ Conclusión: El momento de máxima debilidad del Gobierno
La información que me has traído demuestra que el Gobierno español está financieramente acorralado. No es un debate teórico sobre la Constitución; es un problema de caja. Necesitan los fondos europeos para cuadrar los presupuestos generales, y la llave de ese dinero la tienen los cientos de miles de interinos en abuso de temporalidad que el hito 144 obliga a proteger y sancionar.
El gobierno español ya ha jugado todas sus cartas "De farol"... Europa saca la trituradora YAA
Fijeza YA y rompe la constitución de una vez por todas, por el bien de España¡¡¡
Falta el palo final de Bruselas. ¿Llegará?.
Independientemente de si concede más meses o no para negociar, la Comisión no aceptará el statu quo actual.Dictamen técnico: Bruselas ya ha dejado claro en sus dictámenes motivados que los procesos de estabilización de la Ley 20/2021 y las indemnizaciones por cese vigentes no son válidas como sanción al abuso.El choque con el Supremo: Dado que el Tribunal Supremo español ha blindado que la fijeza solo se dará a quienes aprueben oposición, la Comisión Europea determinará que España está obligada a buscar otra sanción alternativa que sea equivalente y verdaderamente disuasoria (por ejemplo, indemnizaciones masivas y automáticas sin necesidad de ir a juicio, o la creación de una figura laboral blindada equivalente a la fijeza).
Y dale con la IA, te va a contar siempre lo que quieres escuchar loko. Bruja Lola dime lo que quiero escuchar.
Os creéis que la comisión actuará y os vais a llevar el hostión de vuestras vidas. Aceptarán los 1000€/10000€ de la LISOS y encima al 90% de los abusados será 1000€. 26 años sin sancionar EUROPA, 26 años.
NO ME CANSARÉ DE DECIRLO
Obadal dice que ninguna de las medidas que había eran válidas, que en caso de ausencia de medidas la fijeza debía ser la solución por defecto y que dicha medida tenia que existir en el momento en que se consumó el abuso.
Entonces, las medidas que dicen que están buscando solo se pueden aplicar para abusos futuros, porque para los ya consumados la fijeza ya actuó por defecto. Por lo tanto, ya solo pueden decidir como se aplica la fijeza pero no discutirla. De ahí el "eran fijos a todos los efectos".
La administración te declaró apto para trabajar al validar tu acceso en su día, que necesariamente tenía que cumplir con los principios de mérito, igualdad y capacidad.
El juez no puede borrar tu acceso, está para juzgar el abuso de temporalidad no para juzgar el sistema de acceso, al hacerlo se estaría excediendo en sus funciones para proteger a la administración infractora.
Toda vez que se ha consumado el abuso es imprescindible aplicar inmediatamente la solución establecida y si no la hay, ya sabemos que la fijeza se aplica por defecto.
Tiempo, todo llegará,
Entonces como explicas las doctrinas del TS, la invención de la doble indemnización y la fijeza para aprobados sin plaza...sino deben juzgar el acceso porque se lo permiten y porque el gobierno no legisla teniéndolo todo a su favor, porque de cara a la oposición es fácil, EUROPA me obliga y sin más.
Exactamente es eso!! Yo tampoco me canso de decirlo. Lo de que el gobierno está acorralado financieramente es falso. Libera fondos para lo que quiere, como el gasto militar.
El desajuste lo han creado ellos con su política de exterminio de afectados para ahorrar costes (los nuevos incorporados cobran menos que los afectados), les interesaba a ellos, a sus sindicatos y demás grupos de interés para sus políticas particulares. Era y es bastante sencillo, y deberían haberlo hecho hace tiempo (inventario de puestos y casos de afectados y fijeza inmediata en aplicación estricta de las STJUE. Y todo ello a coste 0. Para lo demás (convocatorias ordinarias) hay plazas y fondos de sobra (jubilaciones y el montón de plazas dotadas que nunca sacan al 100%a oposición). Casi nada.
EL QUE NO SE HA CANSADO DE DECIR ESO ES EL TJUE DESDE ADENELER EN 2006 Y NO HACEN CASO. ESE ES EL PROBLEMA QUE NO HAY UNA MEDIDA COERCITIVA POR PARTE DEL TJUE NI DE LA CE
La bruja Lola ist deceased, pero si digo que me gustan los comentarios de 13,01 y de 12,19 y de 12, 27 todos van encaminados
Habrá un día en que todos...
al levantar la vista...
veremos un...,........
mojón asín de grande!! 😁
Siguiendo al insigne Labordeta en el Congreso ante sus señorias....
...váyanse a la mierda, coño!!
Que bueno el Mojonero, jajaja
Lo fundamental sera conocer la respuesta de la Comisión a la prorroga pedida por el Gobierno y sobre todo la fecha
¿26 años no te ofrecen suficientes?
*parecen
En las administraciones publicas donde he trabajado eso es lo que veía todos los días.
Una vez detectas el primero ya los ves todos.
Eso. Y está respuesta daría muchas pistas
Dónde coj... dice ahí que declaran cumplido el hito 144? Pero, realmente leemos los artículos o solo el titular? Un poco de comprensión lectora y ganas de leer las cosas, por favor.
Se acabó el qué? Has leído lo que dice?
Qué grandísimo el gran Labordeta. Un visionario, un tótem, un gurú del cómeteunmojonerismo
Grandes comentarios a la situación por aquí arriba! Gracias!
Europa ni ha cedido ni cederá. Ya queda menos para que desaparezca el PSOE. Ese día lo celebraré como es debido. Sigan así. NO con mi VOTO.
Y los que vendrán resolverán acordé a Europa? Mayor será la utopía amigo
Pues creo que los que vengan si actuaran de acorde a lo que dice Europa
Buena noticia leer hasta el final hay es donde empieza lo bueno
https://www.vozpopuli.com/opinion/abuso-de-temporalidad-en-el-sector-publico-los-tribunales-autonomicos-amplian-la-via-de-la-fijeza.html
Como ya dije en otra entrada....Si claro, como que PP, PNV, VOX, CIU, JUNTS, El partido cántabro de Revilla, UPN, BILDU, PA, PAR, CHUNTA, CUPS, COMPROMIS, COALICION CANARIA, UPN, etc no han gobernado, cogobernado o apoyado gobiernos ¿Verdad?
Y sigo....son todos lo mismo, mojones de distinto color, pero con el mismo aroma......lo del sabor se lo dejo a otros paladares que sean más intrépidos. 😁
Sigue siendo el mismo mojón. Divide a los afectados en base a particularismos que en nada tienen que ver con la ausencia de transposición de la Directiva, ni del contenido de la misma y su Estatuto Marco y por supuesto está en las antípodas de la STJUE Obadal y anteriores. Si no hay legislado nada de lo exigido por la Directiva no transpuesta, la contradice, solo cabe plicar como medida sancionadora la Fijeza (con el nombre que el TS quiera darle), el TS cuando ha querido se saca cosas de la manga (innovar dando sentido al espíritu del legislador, dicen cuando quieren, como en su día con el INF).
Aquí de lo que se trata es de sancionar al esclavizador y/o cacique reparando a la víctima, y solo cabe la Fijeza para dar sentido y aplicabilidad al régimen normativo y jurisprudencial común europeo.
Las directivas no transpuestas son directamente exigibles a partir de los 10 años.
Lo demás es alegrarse desde un ombligo sin fundamento y corto de miras, el Derecho de la UE solo contempla la figura de empleado y no contempla subdivisiones artificiales que solo se fijan para debilitar el ejercicio de derechos de los trabajadores europeos.
El abuso lo es por permanencia en laza dotada, estructural y realizando funciones análogas a los demás compañeros de carrera/fijos, superando el plazo de cobertura obligatorio (que desde siempre y según el propio Derecho español ha sido de 3 años). Lo demás son cuentos. La fijeza es la consecuencia sancionadora para el empleador dado que no se ha transpuesto la directiva.
El problema, hay una cuestión de fondo, los jueces no quieren que compañeros jueces sustitutos entren como fijos y por su currículum se sitúen en jefaturas, los partidos, sindicatos, asociaciones de jueces y demás intereses clasistas y corporativistas son los que empujan para que no se cumpla.
Pues yo creo que más bien la culpa la tiene el gobierno, quien lleva 26 sin transponer la directiva. Los jueces lo que hace es sentenciar de forma restrictiva con la normativa actual, los imprescindibles IMC. El Gobierno es quien debe legislar de una puñetera vez. Y como no hay intención política, pasará el tiempo y vendrán multas, multas que no le importa porque la paga el ciudadano español. Es simple la ecuación.
Según advierte Araúz, la situación es distinta para los litigios que corresponden a la jurisdicción contencioso-administrativa. En este ámbito, explica, el Tribunal Supremo sigue considerando que la sanción al abuso consiste en mantener al interino en su puesto hasta que la Administración convoque la plaza o la amortice. "Eso es dejar a la víctima en la misma situación de abuso", critica el abogado. A su juicio, esta doctrina resulta incompatible con el Derecho de la Unión, ya que el TJUE ha reiterado que la respuesta frente al abuso debe ser inmediata, efectiva y disuasoria, y no quedar supeditada a una decisión futura de la propia Administración.
Los jueces están inaplicando el propio ordenamiento español porque el Derecho de la UE tiene primacía según los tratados firmados por España, pero es que además, este Derecho Europeo es también español al estar integrado dentro de nuestro ordenamiento por la propia Constitución (la que ponen como supuesto obstáculo), entre otros:
Artículo 10.2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.
Artículo 95.1. La celebración de un tratado internacional que contenga estipulaciones contrarias a la Constitución exigirá la previa revisión constitucional.
Artículo 96
1. Los tratados internacionales válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento interno. Sus disposiciones sólo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas en la forma prevista en los propios tratados o de acuerdo con las normas generales del Derecho internacional.
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Fundamentación aparte, un poco de lógica legal. La directiva incumplida solo se aplicó parcialmente al mercado laboral privado. ¿A que allí no se desarrollaron tantos requisitos a posteriori ni excusas? El trabajador abuso de temporalidad se le declara indefinido fijo, y las empresas pueden decir misa, porque son datos objetivos documentados (años de temporalidad, plazas dotadas e identidad de funciones con respecto a los fijos).
Pues toca los mismos pero en el sector público. No hay más. El resto humo para tapar lo que no se quiere ver, el empleo público siempre ha sido el juguete electoral de los políticos y la base electoral sindical de las centrales sindicales correa de transmisión de los partidos para controlar la paz social. ¿Sabéis lo que más temen los políticos? Unos sindicatos independientes que se muevan aparte de los puestos desde la transición en el hueco que dejó el Sindicato Vertical. Protestas de verdad y huelgas en el sector público pueden hacer caer gobiernos, y eso en España da mucho miedito históricamente.
Aquí también hay otro tema que nos merma en el ejercicio de la defensa de derechos.....la extracción social de los jueces y altos cargos. A los jueces y fiscales se les debería cambiar el modo de su oposición, exigiéndoles a todos un mínimo de años en el ejercicio profesional del Derecho al menos como abogados. Así tendrían contacto con la realidad social, laboral y trato judicial que les dotaría de la conexión con lasrealidades de la sociedad. Y no estar en su mundo idílico, cuadriculado y clasista del que provienen y en el que siguen viviendo después de su nombramiento. Son gente de familias con recursos y contactos, de círculos sociales concretos y privilegiados, que durante toda su formación, y al final durante su proceso de oposiciones viven en unu do apartado de una realidad que les es ajena y que no siquiera atisban que pueda llegar a existir.
Si claaaaaaaarooooo, no respetan a los más vulnerables (trabajadores enfermos y las bajas médicas) estando en la oposicion y lo querrán hacer con todo lo demás. Anda que no hay gente en la inopia.
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