Blog de APISCAM
domingo, 2 de junio de 2019
Entradas más vistas de la semana 27/05/2019-02/06/2019 en este blog: sentencias de Tribunal Supremo sobre indefinidos no fijos , juicio orial de los asuntos acumulados de demanda de fijeza de nuestro informático y 4 odontólogas del SERMAS en el Tribunal europeo , sentencia TSJ Madrid carrera profesional, ...
viernes, 31 de mayo de 2019
[AMYTS] Primera reunión de la nueva Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid este lunes 03/06/2019: Atención Primaria
2.- Resolución sobre el programa de detección, extracción y trasplantes de órganos y tejidos
[UGT Cataluña 09/05] 'UGT pide al Parlamento la aplicación del 61.6 TREBEP para todos los colectivos' [que cumplen los criterios para estar incluidos en los procesos de estabilización/consolidación PESCA]
En esta reunión, a la que también han asistido compañeras en representación del cuerpo de trabajo social, UGT hemos planteado 2 objetivos:
1- Proponer fórmulas, incluidas en el ordenamiento jurídico vigente, que posibiliten una verdadera consolidación de los puestos de trabajo del personal interino.
2- Encontrar el máximo de consenso posible y apoyo de los grupos parlamentarios para implementar las propuestas que hemos planteado.
La urgencia del encuentro viene motivada principalmente por la propuesta de bases presentada por la Dirección General de Función Pública que, en vez de seguir la filosofía del Acuerdo PESCA para consolidar la plantilla interina, parece diseñada para hacer un desmantelamiento de interinos.
UGT hemos trasladado a los grupos que, a pesar de haber presentado una contrapropuesta de bases, se hace inviable negociar nada cuando la otra parte asiste a las reuniones con las decisiones ya tomadas. Y esta contrapropuesta ni siquiera pudo ser debatida, ya que la Dirección General de Función Pública la rechazó en un comunicado vía e-mail.
UGT hemos pedido el desarrollo del artículo 61.6 del TREBEP en cuanto a la aplicación excepcional del sistema de concurso por la vía única de valoración de méritos, y que esta posibilidad se haga extensiva a todos los colectivos que cumplen los criterios PESCA, y hemos pedido la implicación del Parlamento para hacer las gestiones necesarias para que así sea.
Los grupos parlamentarios han expresado opiniones diversas de cómo se podría solucionar la gestión de estos procesos selectivos y mientras algún apoyaba la viabilidad de la aplicación de este artículo, otros veían más factible la elaboración de unas bases que facilitaran realmente la estabilización laboral.
Recordatorio. XII Jornadas de la Asociación de Profesionales de Informática de la Salud de Andalucía del 31 de Mayo al 2 de Junio "No protegemos datos, protegemos personas"
jueves, 30 de mayo de 2019
Cuestiones prejudiciales en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y recursos de casación en el Tribunal Supremo en curso sobre estabilidad, indemnización ante ceses, etc en empleados públicos temporales de duración excesiva. Novedades recientes.Lectura general no profesional de la compleja y cambiante situación
- sobre carrera profesional: las sentencias
- de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 21/02/2019 (recurso 1805/2017) que remitiéndose a su sentencia de 18/12/2018 (recurso 3723/2017) calificada ya de su doctrina, aplicando la Directiva Europea de empleo temporal, declara el derecho de otro estatutario interino (del Instituto Catalán de Salud ) a la carrera profesional sin discriminación alguna con el estatutario fijo por mucho que la exclusión del temporal la recojan la normativa local y los acuerdos sindicales, tras una demanda de rechazo de su solicitud personal de carrera profesional
lunes, 27 de mayo de 2019
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que confirma el derecho de una estatutaria eventual del SERMAS a la carrera profesional aunque la excluya la normativa regional y el acuerdo sindical por aplicación de la doctrina del Supremo en base a su vez a la normativa superior europea de no discriminación en condiciones de trabajo entre el personal temporal y el fijo
- de 18 de Diciembre de 2018 (nº rec. 3723/2017), 25 de Febrero de 2019 (nº rec. 4336/2017) en las que se declara el derecho de un varios estatutarios interinos de vacante del Instituto Catalán de Salud a la carrera profesional sin discriminación alguna con el estatutario fijo por mucho que la exclusión del temporal la recojan la normativa autonómica local y los acuerdos sindicales, que quedan desplazados por la normativa europea superior, en concreto por la cláusula 4ª de "principio de no discriminación en las condiciones de trabajo" entre el personal temporal y el fijo de la Directiva europea de empleo temporal 1999/70/CE, tal y como ha sentenciado repetidas veces el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la última de ellas de un caso español en el asunto Centeno , de exclusión de la carrera profesional horizontal a una funcionaria interina de la Universidad Pública de Zaragoza.
[Ceuta Ahora] El Gobierno ceutí niega la solicitud de UGT de paralizar los procesos de consolidación hasta las sentencias europeas del juicio europeo de las demandas de fijeza por abuso de temporalidad de empleados del SERMAS
XXVI Jornadas Nacionales de Innovación y Salud en Andalucía de la Sociedad Española de Informática de la Salud, del 5 al 7 de Junio en Málaga . Ponentes de Sanidad de Madrid
Resultado de las elecciones de la Comunidad de Madrid: El PSOE el partido más votado y el bloque PP/Ciudadanos/VOX supera la mayoría absoluta. Isabel Díaz Ayuso probable futura presidenta
- PSOE 27,4%, 37 escaños
- PP 22,2%, 30 escaños
- Ciudadanos 19,4%, 26 escaños
- Más Madrid 14,7%, 20 escaños
- VOX 8,8%, 12 escaños
- Unidas Podemos , 5,6%, 7 escaños
domingo, 26 de mayo de 2019
Entradas más vistas de la semana 20/05/2019-26/05/2019 en este blog: paralizaciones de OPEs de estabilización de Ayto de Alicante y Diputación de Sevilla con solicitud de la sección sindical de UGT hasta la sentencia del Tribunal europeo de los dos asuntos acumulados de demanda de fijeza de nuestro informático y 4 odontólogas del SERMAS, sentencias del Supremo sobre indefinidos no fijos, ...
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La Sala de lo Social (la que lleva los casos de los empleados públicos de tipo laboral) del Tribunal Supremo -la máxima instancia judi...
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Informa Diario Información el 20/05/2019 que el Ayuntamiento de Alicante ha decidido paralizar la OPE de estabilización de los puestos [...
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' Hoy día 15 de mayo de 2019, el Despacho Araúz de Robles, ha asistido a la vista oral celebrada por el Tribunal de Justicia de la Unió...
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' Ante el juicio oral que se está celebrando en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el abuso de la temporalidad, STEs-i ...
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Informa UGT de la Diputación de Sevilla que, tras petición suya, ha habido un acuerdo en la Mesa General de Negociación de dicha diputación...
sábado, 25 de mayo de 2019
La Comisión Europea responde a una pregunta en el Parlamento Europeo que la normativa griega que fija un tope de 2 años a los contratos temporales transpone la cláusula 5ª de la Directiva y sus violaciones en los contratos temporales de servicios de salud corresponde denunciarlos ante los tribunales nacioanes
Acaba de publicarse en la web del Parlamento Europeo una respuesta a una pregunta interesante sobre el abuso de temporalidad en el empleo público griego. En la exposición de la pregunta se indicaba que aunque la ley griega sí plantea un límite máximo claro de 2 años a la duración de los contratos temporales, luego el servicio público de salud griego está manteniendo de forma temporal a empleados por encima de los dos años sin convertirlos a fijo. y se la Unión Europea de 19/03/2019, y se preguntaba en concreto:
"1. ¿Puede la Comisión garantizar que, en caso de infracción del Derecho comunitario, los contratos de duración determinada en cuestión deberán transformarse en contratos indefinidos, incluso si esto está prohibido por el Derecho nacional?
2. ¿Qué medidas piensa adoptar la Comisión? ¿Garantizar que el Gobierno griego conceda contratos indefinidos a los interesados, poniendo así fin a esta dependencia del personal contractual?"
La respuesta de la Comisión Europea ha sido (traducción de Google):
viernes, 24 de mayo de 2019
El Tribunal Supremo aplica a laboral interina de vacante 20 años de la Xunta de Galicia -sin necesidad de usar su doctrina de indefinido no fijo ante superación del plazo de los 3 años del EBEP en laboral- el famoso apartado 64 de la sentencia europea del asunto Montero Mateos ("si la duración es inusualmente larga deber examinarse si recalificar como contrato fijo") para declararla ... indefinida no fija. Y aunque no lo usa, intriga afirmando que ese plazo de 3 años no opera de modo automático
Y, recordemos, que el Junio del año pasado el Tribunal de Justicia Europeo dictó sentencia en el asunto C-677/16 o asunto "Montero Mateos" ante una cuestión realmente sobre si hay obligación de pagar indemnizaciones a laborales interinos de vacante cuando son cesados por la cobertura normal de su puesto cuando no las contempla la legislación española, respondiendo el tribunal europeo que no a la pregunta, pero incluyendo en su sentencia una "coletilla", la del famoso apartado 64 que literalmente es "Dicho esto, incumbe al juzgado remitente examinar si, habida cuenta de la imprevisibilidad de la finalización del contrato y de su duración, inusualmente larga, ha lugar a recalificarlo como contrato fijo"
XII Jornadas de la Asociación de Profesionales de Informática de la Salud de Andalucía del 31 de Mayo al 2 de Junio "No protegemos datos, protegemos personas"
[Ceuta TV] UGT de Ceuta pedirá que se paralicen los procesos de consolidación con oposiciones de los puestos de sus temporales hasta la sentencia del Tribunal Europeo por los trabajadores de la C. de Madrid que demandan fijeza
jueves, 23 de mayo de 2019
[Confederación de sindicatos de profesores STEs-i] 'Juicio en el Tribunal de la Unión Europea sobre el abuso de la temporalidad: STEs-i sigue pendiente de su resolución para actuar en consecuencia' [Espera que falle favorablemente y el Gobierno central tendrá que dar solución. Apuesta por procesos de consolidación vía concurso de méritos del artículo 61.6 del EBEP]
STEs-i irá informando a medida que avancen los acontecimientos y no dudará en poner en marcha la vía judicial para la consolidación del profesorado interino en el momento en que contraste que hay garantías para llevar a cabo una acción jurídica con un mínimo de éxito.
STEs-i está haciendo seguimiento del juicio que tiene que determinar si declarar fijo a un interino estatutario de Sanidad en Madrid se ajusta o no a las exigencias de la normativa europea, en concreto a la Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo temporal. En función de lo que determine el TJUE se abrirá una posibilidad real para que el personal interino de las administraciones públicas, incluido el profesorado, pueda optar a ser personal fijo.
Hasta ahora, la respuesta del gobierno español a la calificación de Europa de fraude de ley en la concatenación de contratos por este personal ha sido la convocatoria masiva de oposiciones en desarrollo del Acuerdo para la Mejora del Empleo Público de 2017 (que pretende estabilizar las plazas, pero no las personas) firmado en marzo de 2017 el entonces ministro Cristíbal Montoro y CCOO, UGT y CSIF.
'Al parecer, el TJUE ha verbalizado que dicho acuerdo de estabilización no es la respuesta correcta del Estado para acabar con el fraude de ley, ya que no garantiza la consolidación del personal temporal ni impide que no se pueda volver a repetir la situación de fraude de ley. Esta tesis es plenamente compartida por STEs-i, que ha criticado el Pacto de 2017 y la convocatoria masiva de oposiciones que ponen en peligro la continuidad del trabajo del profesorado interino.
Si el TJUE determina que el estado español tiene que declarar fijo al personal interino o eventual (no “indefinido no fijo” o cualquier otra figura que continúe manteniendo una relación laboral provisional) tendrá que ser el Gobierno central quien solucione la cuestión. En el caso del profesorado, la única figura fija es la del funcionariado de carrera y, si también determina el TJUE que la convocatoria de oposiciones libres no es la fórmula para solucionar el problema, ¿qué vía queda para solucionar la cuestión? La Confederación de STEs-i ya ha aportado la respuesta hace tiempo: la modificación del Real decreto 276/2007 de ingreso a la función pública docente – y el reciente RD 84/2018- que permita un acceso diferenciado y la activación procesos de consolidación (especialmente el contemplado en el artículo 61.6 del TREBEP de acceso por méritos).