STEs-i irá informando a medida que avancen los acontecimientos y no dudará en poner en marcha la vía judicial para la consolidación del profesorado interino en el momento en que contraste que hay garantías para llevar a cabo una acción jurídica con un mínimo de éxito.
STEs-i está haciendo seguimiento del juicio que tiene que determinar si declarar fijo a un interino estatutario de Sanidad en Madrid se ajusta o no a las exigencias de la normativa europea, en concreto a la Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo temporal. En función de lo que determine el TJUE se abrirá una posibilidad real para que el personal interino de las administraciones públicas, incluido el profesorado, pueda optar a ser personal fijo.
Hasta ahora, la respuesta del gobierno español a la calificación de Europa de fraude de ley en la concatenación de contratos por este personal ha sido la convocatoria masiva de oposiciones en desarrollo del Acuerdo para la Mejora del Empleo Público de 2017 (que pretende estabilizar las plazas, pero no las personas) firmado en marzo de 2017 el entonces ministro Cristíbal Montoro y CCOO, UGT y CSIF.
'Al parecer, el TJUE ha verbalizado que dicho acuerdo de estabilización no es la respuesta correcta del Estado para acabar con el fraude de ley, ya que no garantiza la consolidación del personal temporal ni impide que no se pueda volver a repetir la situación de fraude de ley. Esta tesis es plenamente compartida por STEs-i, que ha criticado el Pacto de 2017 y la convocatoria masiva de oposiciones que ponen en peligro la continuidad del trabajo del profesorado interino.
Si el TJUE determina que el estado español tiene que declarar fijo al personal interino o eventual (no “indefinido no fijo” o cualquier otra figura que continúe manteniendo una relación laboral provisional) tendrá que ser el Gobierno central quien solucione la cuestión. En el caso del profesorado, la única figura fija es la del funcionariado de carrera y, si también determina el TJUE que la convocatoria de oposiciones libres no es la fórmula para solucionar el problema, ¿qué vía queda para solucionar la cuestión? La Confederación de STEs-i ya ha aportado la respuesta hace tiempo: la modificación del Real decreto 276/2007 de ingreso a la función pública docente – y el reciente RD 84/2018- que permita un acceso diferenciado y la activación procesos de consolidación (especialmente el contemplado en el artículo 61.6 del TREBEP de acceso por méritos).
¿Qué ocurre con las oposiciones convocadas este curso?
Las Consejerías de Educación difícilmente paralizarán los procesos, puesto que no hay todavía una sentencia europea y, cuando se produzca, si declara que hay que convertir en fijo al personal interino, será necesario que el Estado arbitre la fórmula. Mientras tanto, las administraciones públicas deberían ser prudentes y esperar los acontecimientos antes de seguir convocando oposiciones masivas que puedan generar más problemas que soluciones.
STEs-i tomó posición sobre este tema cuando se opuso a las convocatorias masivas de oposiciones porque no garantizan la continuidad del profesorado interino. El Sindicato espera que el TJUE falle favorablemente para convertirlo en fijo y solucione así la situación de fraude de ley en la que se encuentra este personal.
Y, ¿qué sucede con el personal que se pueda ver afectado por las oposiciones y no continúe trabajando? En este caso, habrá que iniciar la reclamación judicial en los términos que se consideran adecuados en atención a las respuestas que ofrezcan los tribunales en ese momento. Se espera que la sentencia del TJUE se produzca antes de agosto.
Hay que tener en cuenta que presentar demandas antes del cese sin conocer la sentencia del TJUE nos puede llevar a una situación sin marcha atrás puesto que, hasta ahora, las sentencias actuales del TJUE no son claras y las del Tribunal Supremo presentan contrariedades. Por lo tanto, no tenemos garantías que prosperen reclamaciones o demandas en el momento presente.
Insistimos, por tanto, en la recomendación de esperar al pronunciamiento del TJUE sobre el planteamiento de la fijeza del personal interino, por si supone una modificación o un avance sobre el estado de la cuestión, a fin de iniciar, responsablemente, las acciones que sean más favorables para la consecución del objetivo de la consolidación y la estabilidad del profesorado interino, que siempre ha defendido STEs-i.
Iremos informando a medida que avancen los
acontecimientos y no dudaremos en poner en marcha la vía judicial para
la consolidación del profesorado interino en el momento en que contraste
que hay garantías para llevar a cabo una acción jurídica con un mínimo
de éxito.'
Fuente: Comunicado del Secretariado de STEs-intersindical de 22/05/2019 recibido en APISCAM
Resaltados en negrita cursiva y enlaces en el texto nuestros
NOTA DEL EDITOR: la sentencia se espera más bien entre septiembre y noviembre, dado que la Abogada General de la Unión Europea informó en el juicio que tendría su informe, no vinculante, para el 11 de Julio y el mes de agosto es vacacional. Véase nota del Gabinete de Araúz con opinión contraria sobre la presentación de demandas antes del cese y la sentencia del TJUE
- [08/05/2018] IMPORTANTE: el Tribunal de Justicia Europeo dictaminará si hacer fijo al personal temporal de Sanidad con abuso de temporalidad por el caso de un informático del SERMAS estatutario interino más de 17 años es una solución acorde a las exigencias de la normativa europea [Publicado como Asunto C-103/18 del TJUE: Cuestión prejudicial del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid ]
- [09/09/2018] La Comisión Europea unifica el gran número de denuncias recibidas sobre abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles y anuncia que se esperará en su respuesta a la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo al caso del informático del SERMAS que demanda la "fijeza"
- [05/11/2018] [TJUE] 'Sentencia en el asunto C-331/17 Martina Sciotto/Fondazione Teatro dell’Opera di Roma. Los trabajadores del sector de actividad de las fundaciones líricas y sinfónicas no pueden quedar excluidos de la protección contra los abusos de los contratos de trabajo de duración determinada' [Si los jueces nacionales determinaran que no existe otra medida efectiva en un sector donde se prohíbe la conversión a fijo por una norma nacional, podrían optar por aplicar la sanción prevista por la norma general del Derecho del trabajo y recalificar automáticamente a contrato por tiempo indefinido]
- [15/11/2018] IMPORTANTE: el Tribunal de Justicia Europeo dictaminará si convocar a OPEs convencionales los puestos de empleados públicos en abuso de temporalidad puede ser una solución del fraude de ley adecuada a la normativa europea, por una demanda de odontólogos del SERMAS, temporales durante más de 15 años sin convocatorias, en un juzgado de Madrid que también cuestiona ante el tribunal europeo la figura del indefinido no fijo - "se cambia temporalidad por temporalidad" - y se suma a la pregunta previa sobre si conceder fijeza que ya está en el Tribunal de Justicia Europeo, además de preguntar por una indemnización suficiente y realmente importante en caso contrario
- [27/02/2019] [Gabinete Araúz de Robles] 'La convocatoria de OPEs y procesos selectivos no libera a las administraciones empleadoras de su obligación de sancionar los abusos producidos con su personal interino y temporal de larga duración, ni puede ser una excusa para negar fijeza al empleado público objeto de un abuso incompatible con la Directiva 1999/70/CE'
- [07/03/2019] Cuestiones prejudiciales en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y recursos de casación en el Tribunal Supremo en curso sobre estabilidad, indemnización ante ceses, etc en empleados públicos temporales de duración excesiva. Novedades recientes.Lectura general no profesional de la compleja y cambiante situación.
- [02/04/2019] Arauz de Robles] 'Las últimas sentencias del Tribunal Supremo llevan a concluir que solo la transformación de la relación temporal abusiva y fraudulenta en una relación fija, cumple las exigencias de la directiva 1999/70/CE'
- [08/04/2019] [El País Economía /Cinco Días] En el Tribunal de Justicia Europeo por casos de un informático y 4 odontólogas del SERMAS si se debe por Directiva europea de empleo temporal convertir en fijo al empleado público en abuso de temporalidad. Hay más de medio millón de temporales públicos así [muchos con sus plazas incursas en procesos de oposición que también están cuestionados en el Tribunal Europeo como solución válida]
- [09/04/2019] [Editorial de Redación de Economía de El País /Cinco Días] ' Una vieja mala práctica de la Administración que hay que desterrar El problema sobre el que tendrá que pronunciar el Tribunal de la UE no es la legitimidad o no del contrato de interinidad, sino su abuso y mal uso' [Opina que la solución razonable y deseable es la fijeza de los empleados en abuso de temporalidad]
- [10/05/2019] IMPORTANTE: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea acumula los dos asuntos de demanda de fijeza por abuso de temporalidad en empleados públicos del SERMAS y celebrará el juicio oral el próximo 15 de Mayo. La amplia batería de cuestiones lanzadas en ambos casos, al tratrarse de forma conjunta, podría , en caso de sentencias favorables, dejar pocos resquicios a la aplicación posterior en los tribunales nacionales. En cuestión también si convocar sin más a OPEs los puestos de los temporales abusados puede s ser una de las medida válidas que exige la Directiva europea
- [13/05/2019] [Arauz] 'Nota sobre la transformación en el sector público de la relación temporal abusiva incompatible con la Directiva 1999/70/CE, en una relación fija'
- [14/05/2019] [Araúz] Nota sobre la cosa juzgada y las demandas de fijeza ante el abuso de duración de temporalidad en empleo público
- [15/05/2019] [Arauz] Nota sobre la vista oral en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea de hoy 15/05/2019 [en los asuntos acumulados de demanda de fijeza de empleados públicos del Servicio Madrileño de Salud en abuso de duración de temporalidad] [El Estado defiende los procesos de estabilización aprobados como medida de sanción y el propio Presidente del Tribunal le ha recordado que ya han sentenciado que los procesos selectivos no pueden ser por sí sólos una medida efectiva y acorde a la Directiva europea ante el abuso constatado de temporalidad]
- [16/05/2019] [Cinco Días/ El País] La Comisión Europea afirma en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que España no tiene medidas contra el abuso de la temporalidad en el empleo público, descartando como válidas las OPEs de estabilización emprendidas con los puestos de los temporales abusados
- [17/05/2019] [UGT Diputación de Sevilla] La Diputación de Sevilla, tras petición de UGT, acuerda paralizar las oposiciones de estabilización a la espera de las sentencias del Tribunal Europeo sobre las demandas de fijeza por abuso de duración de temporalidad
- [21/05/2019] [UGT Ayto de Sevilla] 'UGT solicita aplazamiento de cualquier decisión en los procesos de consolidación y estabilización' [hasta que no se produzcan los pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en las cuestiones prejudiciales planteadas sobre la demanda de fijeza]
- [21/05/2019] [CGT Ayuntamiento de Zaragoza] CGT del ayuntamiento solicita paralizar , los procesos de consolidación y de estabilización, así como todos los procesos donde haya personas con más de tres años de interinidad anteriores a diciembre del 2017 hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronuncie
- [21/0'5/2019] [Diario Información] Ayuntamiento de Alicante, tras la petición de UGT, paraliza la OPE de estabilización de puestos de 300 funcionarios hasta que no se produzcan los pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en las cuestiones prejudiciales planteadas sobre la demanda de fijeza
2 comentarios:
¡Qué cansinos que son algunos con el concurso de méritos! Que se está luchando en Europa, Arauz mediante, por la aplicación de la fijeza directa como sanción necesaria al fraude cometido, sin más. Estáis insistiendo una y otra vez en el concurso que es un paso atrás. Arauz defiende que ya se han demostrado esos méritos en los distintos procesos de acceso del personal que lleva añisimos trabajando y que durante esos periodos también se ha demostrado la valía del personal. Además en el TJUE se ha recalcado que las OPEs no son solución porque involucran a otros trabajadores no afectados y tiene que ser solución expresa para los contratados en fraude. Recordemos que están prohibidos los concursos exclusivos (deben dar acceso a otars personas) o que favorezcan excesivamente a las personas que ya ocupan plaza. A cuento de qué seguir dando por saco con el concurso. Además las administraciones pueden establecer concursos con condiciones leoninas como represalia ¡Fijeza directa!
Una cosa es la sanción o medida disuasoria para prevenir abusos futuros que todavía tiene pendiente España de introducir en su legislación para el empleado público (y que podría ser desde una sanción al directivo y fijeza o indemnización al empleado)
Y otra es la medida ante el abuso ya constatado
Esa medida ante abuso constatado, puede ser judicial a falta de la legislación, siempre solo tras demanda judicial, necesariamente personal , abuso por abuso, y que pudiera acabar siendo la fijeza por sentencia y quizás indemnizaciones adicionales por daños (por ahora la jurisprudencia es NADA)
Y también podría ser una medida gubernamental,que podría ser la misma que la disuasoria o , como pasó en Italia, pues una norma específica transitoria de fijeza, eso sí como toda norma necesariamente con una regulación que especificase las condiciones como hizo el ministerio de Educación italiano tras la sentencia europea Mascolo (un ejemplo hipotético: haber acumulado en los últimos 4 años a fecha de X un período de 3 años de temporalidad sin interrupciones superiores a 90 días,o fijar unas listas de puntos por antigüedad y asignar en fijeza una serie de puestos a los primeros, por ejemplo todos los puestos temporales más de 3 años, o sólo a todos los que estén ahora trabajando y lleven más de 3 años exactamente en el mismo puesto, etc ...)
Esa norma transitoria de fijeza, según sus condiciones, puede resultar en la práctica idéntica (o incluso peor) a un concurso de méritos abierto en el que la inmensa mayoría de los méritos (digamos más del 90%) sean los de antigüedad en los puestos de la misma administración obligando a que se incluyan todos los puestos temporales de más de tres años. Y al revés, el concurso de méritos puede resultar mucho peor (sobre todo si absurdamente valoran con peso formación). El concurso de méritos con el objetivo de fijeza podría venir impuesto desde una ley nacional o una autonómica para ciertos cuerpos de empleaos, más rápida que el cambio del propio EBEP para la norma transitoria de fijeza. Y el concurso de méritos lo puede hacer ya cualquier AAPP con sus laborales sin necesidad de ley
Mejor la gran norma nacional, si no se queda corta
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