viernes, 7 de enero de 2022

Recordatorio El 13/01/2022 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictará sentencia en el asunto "Gilda-UNAMS" de cuestiones prejudiciales sobre los profesores de religión italianos excluidos de la conversión administrativa a fijos que tuvieron el resto de docentes tras la sentencia europea del asunto Mascolo. La Abogacía General de la UE ya afirmó en sus conclusiones que la conversión a fijo es la medida de sanción aunque lo prohíba la normativa nacional si no hacerla supone una pérdida del derecho europeo a una reparación efectiva porque no haya otra medida de sanción eficaz en la ley nacional

[Recordatorio de entrada publicada el 10/12/2021Según consta ya en el calendario del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el jueves 13/01/2022 a las 09:30, la Sala Segunda del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictará sentencia en el Asunto C-282/19 , el asunto "Gilda-UNAMS" (llamado así antes por los demandantes del caso, ahora llamado asunto  "MIUR y Ufficio Scolastico Regionale per la Campania"  por los demandados), una  "petición de decisión prejudicial"  (consultas de respuesta vinculantes al máximo tribunal europeo, que pueden realizar los órganos jurisdiccionales de cualquier país de la Unión) de un Tribunal italiano  sobre los profesores públicos de religión italianos que no fueron incluidos en la conversión administrativa a fijos sí realizada al resto de docentes de educación pública tras la famosa sentencia del Tribunal Europeo del Asunto (también italiano) "Mascolo" en 2014.

Entre las cuestiones "prejudiciales" del tribunal italiano nuevamente se pregunta si ante la ausencia de medidas de sanción al abuso de temporalidad en un sector público -como estima el tribunal italiano sucede con los profesores de religión a diferencia ya de la mayor parte del sector público italiano- la fijeza es posible como sanción al abuso aunque lo prohíba la normativa nacional (o ante una interpretación del Tribunal Supremo italiano de que la norma nacional prohíbe la fijeza directa).

 

Recordatorio. La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo en sentencia de 30/11/2021 afirma que de las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea "no se sigue que haya obligación" de conceder una sanción ante un abuso de temporalidad si no está contemplada en la legislación nacional, y ante demanda de indemnización al cese de 20 días por año trabajado por abuso de temporalidad en estatutario interino de vacante, pasa a reconocer una situación de abuso pero no concede la indemnización por abuso al no existir en la legislación nacional

 [Recordatorio de entrada publicada el 23/12/2021] La sección 4ª de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo, la única sección del Supremo que está llevando los recursos de casación sobre demandas de situaciones personales en cuanto a la relación de empleo del personal funcionario y del pesonal estatutario de l os servicios de salud, (¿casualmente?) ha empezado a dictar desde este 30/11/2021 una serie de sentencias -que se están publicando estos días en el CENDOJ- a recursos de casación que había admitido en casos de demandas de empleados públicos ya en interinidades de vacante de  situación de abuso de temporalidad según la cláusula 5ª del Acuerdo Marco incluido en la famosa la Directiva europea 1999/70/CE y de una sanción a esta situación, y ya teniendo en cuenta ya la también famosa sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz" y su "corroboración" o aclaración de la sentencia europea de 03/06/2021 en el asunto IMIDRA.

Empezamos en esta entrada con la primera sentencia de esta serie, y de la que en otras de días siguientes, el Tribunal Supremo se han hecho eco repitiendo sus razonamientos: la sentencia de 30/11/2021 ,  siempre de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo, en el recurso de casación nº 6302/2018, por el caso de una enfermera del Servicio de Salud de Castilla y León que encadenó nombramientos estatutarios eventuales de refuerzo durante más de 6 años con dos nombramientos ya estatutarios interinos (por tanto de vacante) de dos años y más de 5 respectivamente hasta que fue cesada por ser cubierta su última vacante por un fijo. El conocido profesor Ignasi Beltrán ha dedicado en su blog un certero análisis a esta sentencia

Recordatorio. Este Lunes 10 de Enero la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo aborda , en presencia de la Comisión Europea, la petición de ASEPAT que denunciaba que el Real Decreto-Ley 14/2021 no cumple con la normativa y jurisprudencia europeas y que ha logrado más de 3 mil adhesiones

[Recordatorio de entrada publicada el 04/01/2022Este próximo lunes 10/01/2022 habrá reunión de la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo y según  su orden del día provisional publicado ayer 03/01/021 , a las 16:45 abordará , "en presencia de la Comisión Europea" (previsiblemente responsables de Empleo) y "previsiblemente"  del peticionario,  la petición 0774/2021 formulada por Francisco José Pons Bejarano, como miembro de la  Asociación de Empleados Públicos en abuso de temporalidad de Cádiz [ASEPAT], y por  la que se denunciaba en Julio ante este órgano del Parlamento Europeo que el Real Decreto-Ley 2014/21 de 6 de Julio de reducción de la temporalidad pública o “Icetazo”  incumple la normativa de la Unión Europea

En concreto, según el resumen de la Comisión de Peticiones:

"El peticionario denuncia la desprotección de los trabajadores interinos. Denuncia la ineficacia del Decreto de Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, publicado el 7 de julio de 2021 y que entró en vigor el 8 de julio de 2021. Denuncia que no cumple con la Directiva 1999/70/CE, ni con las sentencias y autos del TJUE a favor de la consolidación de los trabajadores interinos."

Ante el conocimiento de esta reunión del 10 para abordar la petición , más de 5 meses después del registro de la petición, se ha lanzado por parte de plataformas de empleados temporales una campaña para que  interesados se adhieran a la petición (para lo que basta con dar a la opción de Registrarse en la petición 0774/2021 misma página y después tras iniciar sesión con el usuario registrado, adherirse en esta ) , teniendo ya la petición más de 3 mil adhesiones, lo que , sin duda, aumentará el interés de los parlamentarios y, esperemos, que de la Comisión Europea.


Recordemos que , ante la presión de plataformas y de varios grupos políticos, el  Real Decreto-Ley 2014/21 derivó en Proyecto de Ley que ha dado lugar a la nueva Ley 20/2021que obliga a todas las AAPP a realizar concursos de méritos con las plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a 1/1/2016 pero son procesos de libre concurrencia y de futuro "incierto" para el personal en situación de abuso , no incluye las plazas de todo el personal temporal más de 3 años y las plazas que ya estén en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo la plaza. Por tanto, esta nueva ley  tampoco cumpliría con las sentencias europeas

 Además muchas AAPP han estado "corriendo" semanas y días antes de la publicación de la nueva ley a convocar en procesos con oposición las plazas de los procesos de estabilización anteriores, que incluirían una inmensa cantidad de las que con la nueva ley irían a concurso de méritos.

Recordemos  que al respecto que la Comisión Europea había dado  con fecha 5/08/2021 como última información oficial  del curso de una denuncia múltiple que mantiene abierta sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles   [la  CHAP (2013)01917] que estaba "evaluando" si la reforma introducida con aquel  Real Decreto-ley  de 2021  de reducción de la temporalidad publicado el 7 de Julio junto con la que pudiera introducir el entonces procyecto de Ley, ahora ya Ley, es conforme a la normativa europea. Previamente en Octubre de 2020, dijo que había visto la sentencia europea de 19/03/2020 , la del asunto "Sánchez Ruiz y otros" (con asunto principal el de un informática nuestro) con su declaración de existencia de abuso y evaluaría si la entonces  futura reforma del Estatuto del empleado Público anunciada por la ministra de entonces Función Pública iba ser conforme a la Directiva y sentencias europeas y  que, mantenía abierto en relación un procedimiento de infracción, el nº 2014/4334, relativo a la posible incompatibilidad del derecho español con la cláusula 5 del Acuerdo Marco, pero no consta que haya dado ningún paso desde entonces

En este marco, es del máximo interés esta reunión o parlamentarios europeos, representantes de la Comisión Europea y una de las plataformas de empleados públicos temporales que defiende la fijeza como la mejor solución ante la situación de abuso de temporalidad.


[NoticiasTrabajo] La ministra de Educación cede ante los sindicatos que consideran discriminatorio para los opositores el aumento de puntuación de la experiencia en la fase de méritos del concurso-oposición de estabilización

Informa NoticiasTrabajo.es este 05/01/2021 que tras el tercer borrador presentado por el Gobierno del Proyecto de Decreto Ley de un régimen transitorio para el acceso a la Función Pública Docente por el nuevo "proceso extaordinario de estabilización", que, en cuanto a la  parte de concurso-oposición extraordinario ,  aumentaba el peso en la fase de méritos de la experiencia profesional hasta los 7 puntos sobre 10 (siendo el peso total de la fse de méritos el 40% del concurso-oposición y la oposición previa eliminatoria), que la ministra Pilar Alegría "ha  cedido ante los sindicatos," que opinan que ese aumento de peso de la experiencia de los interinos es discriminatorio para miles de opositores, previéndose que en "próximas semanas el Gobierno de España llegue finalmente a un acuerdo con las fuerzas sindicales a este respecto". 

 

miércoles, 5 de enero de 2022

[CEPPT] 'Campaña de correos masivos, dirigido a l@s europarlamentari@s que componen la Comisión de Peticiones, en relación con la Petición 0774/2021, por la que se denuncia la Ley de Estabilización y la no transposición de la Directiva 1999/70/CE.' [ante la sesión del próximo lunes 10/01/2022]

'Buenos días, como sabéis, tenemos la vista puesta en el próximo 10/01/22, donde nuestro compañero tendrá una videoconferencia, con l@s Europarlamentari@s que componen la Comisión de Peticiones, para presentar la Petición 0774/2021.

Como en otras ocasiones, pero esta vez dirigida a Europa, vamos a comenzar una campaña de correos masivos, con la idea de masificar los correos de trabajo de l@s Europarlamentari@s, para que tomen conciencia del movimiento social que existe detrás de esta problemática, y actúen del modo debido.

[Diario de Burgos] El Ayuntamiento de Aranda consolidará "directamente" a sus temporales que llevan más de 5 años aplicando la nueva ley estatal de temporalidad

Informa Diario de Burgos este 04/01/2021 que el Ayuntamiento de Aranda ha aprobado su Oferta de Empleo Público para 2021 que afecta a un tercio de la plantilla, la gran mayoría con más de 5 años de antigüedad, y en la que en su ejecución, según su concejal de Personal, Vicente Holgueras,  se va a tener en cuenta la nueva Ley de reducción de temporalidad pública [que recordemos obliga a todas las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a 1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo la plaza] para que "los que llevan más de 5 años" consoliden "directamente" [debe referirse a que realizará un concurso de méritos con bases orientadas a la consolidación del propio personal]

[Gob. del Estado] 'El Ministerio de Hacienda y Función Pública cumple los principales objetivos de 2021 con la aprobación de sus segundos Presupuestos y de la ley para reducir la temporalidad en la Administración'

 'El Ministerio de Hacienda y Función Pública ha logrado durante este año cumplir una parte significativa de los compromisos del Gobierno correspondientes a este departamento, lo que contribuye a incrementar la nómina de objetivos alcanzados de los marcados para el conjunto de la legislatura, que se encuentra ya en su ecuador.

Así se recoge en la nueva edición del informe 'Cumpliendo' que ha presentado el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, este miércoles en La Moncloa. La elaboración y publicación de este documento es un ejercicio de transparencia y de rendición de cuentas sin precedentes en España. En él se mide de manera dinámica el grado de cumplimiento de los compromisos, objetivos y promesas del Ejecutivo.

[SATSE/AMYTS/CCOO/CSIT/UGT Sanidad Madrid] 'El Defensor del Pueblo admite a trámite la solicitud de Amparo presentada por los Sindicatos de la Mesa Sectorial de Sanidad' [para que intervenga ante la precariedad e inestabilidad de los contratos Covid]

'Tal y como informamos el pasado día 21 de diciembre, las cinco Organizaciones Sindicales que componemos la Mesa Sectorial de Sanidad presentamos solicitud de Amparo al Defensor del Pueblo respecto a la situación de precariedad e inestabilidad de los profesionales que tienen actualmente los llamados “contratos COVID”, por considerar que es contraria a lo establecido en el Estatuto Marco. Este problema afecta a unas 11.300 personas que son personal sanitario y no sanitario del SERMAS.

El Defensor del Pueblo ha comunicado su decisión de admitir a trámite la solicitud e iniciar el proceso, por lo que ha contactado con la Consejería de Sanidad solicitándole informe a este respecto. Esperamos que la Consejería no haga lo que acostumbra, que es dilatar la contestación, para que este asunto se pueda resolver lo antes posible.

[CSIF Sanidad nacional] 'La Sanidad afronta la sexta ola del covid con un déficit de 29.354 profesionales. Datos de la Seguridad Social: Las CC.AA solo recuperan la mitad de los contratos extinguidos desde septiembre'

'Los servicios de salud de las comunidades autónomas afrontan la sexta ola del covid con un déficit de 29.354 profesionales ya que solo se han cubierto la mitad de los contratos rescindidos desde septiembre, según se desprende de los últimos datos de la Seguridad Social conocidos hoy.

martes, 4 de enero de 2022

Publicado el "Informe de propuestas de reforma de las AAPP" del Grupo de análisis creado por el INAP del propio Ministerio , entre ellas, sobre temporalidad en el empleo público. Proponen procesos selectivos de concurso-oposición de "estabilización" para reducir la alta temporalidad y sancionar el abuso regulando en la ley la figura del "indefinido no fijo" para el personal laboral (llamándolo "contratado laboral indefinido") y una similar sin indemnización para el funcionario interino (llamándolo "funcionario interino indefinido") y que sea falta grave no ejecutar OPEs en los 3 años del EBEP.

La Secretaria de Estado de Función Pública acaba de presentar el informe "13 propuestas para reformar la Administración del Estado",  publicado ayer 03/01/2021 y elaborado por un Grupo de trabajo creado con este propósito hace más de 8 meses por el Instituto Nacional de Administraciones Públicas [INAP], el denominado Grupo de análisis y propuesta de reformas en la Administración Pública, presidido por la directora del INAP, Consuelo Sánchez Naranjo, y formado, entre otros por Jordi Sevilla, ex-ministro de Administraciones Públicas y varios catedráticos y profesores de Derecho Administrativo (siempre elegidos por el INAP).

El informe elaborado por este grupo ya está editado y puede descargarse gratuitamente de la tienda del INAP.

 

Entre sus 13 propuestas, curiosamente la última o nº 13, se encuentra, la de
"Prevenir y corregir la alta temporalidad en el empleo público" , donde   tras comentar  que aquí se "pretende establecer una regulación conforme al Derecho comunitario para evitar lo reiterados incumplimientos de la Directiva europea 1999/70/CE" y  señalar que "de poco sirve tener un marco legal adaptado a las exigencias comunitarias si después la propia Administración lo incumple y este incumplimiento no es sancionado adecuadamente por los jueces y tribunales", pasan a afirman que para el personal laboral, "las exigencias" de la cláusula 5ª del Acuerdo Marco contenido en la Directiva "están adecuadamente transpuestas a través de la creación de la figura del empleado indefinido no fijo" por la jurisprudencia de la Sala de lo Social del Supremo.

También comentan que hasta la publicación del Real Decreto-Ley 14/2021 no se había "abordado de forma profunda esta cuestión", y así, en consonancia, para evitar y sancionar los abusos de temporalidad, este grupo, recordemos que con miembros elegidos por el propio INAP, propone:

El Tribunal Constitucional contesta a fecha de 30/12/2021 que no hay recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra el Real Decreto-Ley 14/2021, de 6 de Julio,de reducción de la temporalidad o "Icetazo". 50 diputados de Vox habían interpuesto inicialmente uno. El Grupo de Vox en el Congreso indica que el recurso se mantiene, estando prevista su admisión a trámite en el Pleno del Tribunal Constitucional del mes de Enero

La Secretaría General del Tribunal Constitucional ha publicado una resolución este 30/12/2021 en la que informa, a petición de una persona "interesada en los procesos de consolidación del empleo público y en el respeto a los criterios de igualdad en el acceso al mismo" que "no se ha interpuesto ningún recurso de inconstitucionalidad en relación con el Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público"

Este Lunes 10 de Enero la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo aborda , en presencia de la Comisión Europea, la petición de ASEPAT que denunciaba que el Real Decreto-Ley 14/2021 no cumple con la normativa y jurisprudencia europeas y que ha logrado más de 3 mil adhesiones

Este próximo lunes 10/01/2022 habrá reunión de la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo y según  su orden del día provisional publicado ayer 03/01/021 , a las 16:45 abordará , "en presencia de la Comisión Europea" (previsiblemente responsables de Empleo) y "previsiblemente"  del peticionario,  la petición 0774/2021 formulada por Francisco José Pons Bejarano, como miembro de la  Asociación de Empleados Públicos en abuso de temporalidad de Cádiz [ASEPAT], y por  la que se denunciaba en Julio ante este órgano del Parlamento Europeo que el Real Decreto-Ley 2014/21 de 6 de Julio de reducción de la temporalidad pública o “Icetazo”  incumple la normativa de la Unión Europea

En concreto, según el resumen de la Comisión de Peticiones:

"El peticionario denuncia la desprotección de los trabajadores interinos. Denuncia la ineficacia del Decreto de Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, publicado el 7 de julio de 2021 y que entró en vigor el 8 de julio de 2021. Denuncia que no cumple con la Directiva 1999/70/CE, ni con las sentencias y autos del TJUE a favor de la consolidación de los trabajadores interinos."

Ante el connocimiento de esta reunión del 10 para abordar la petición , más de 5 meses después del registro de la petición, se ha lanzado por parte de plataformas de empleados temporales una campaña para que  interesados se adhieran a la petición (para lo que basta con dar a la opción de Registrarse en la petición 0774/2021 misma página y después tras iniciar sesión con el usuario registrado, adherirse en esta ) , teniendo ya la petición más de 3 mil adhesiones, lo que , sin duda, aumentará el interés de los parlamentarios y, esperemos, que de la Comisión Europea.

[UGT AGE] 'UGT consigue el primer Acuerdo de estabilización de empleo en el INAEM' [Señalar: "proceso selectivo específico y de convocatoria pública" (concurso- oposición)]

'El día 29 de diciembre de 2021, tras largas e intensas negociaciones, se firmó el “Acuerdo de la comisión de seguimiento para la interpretación y análisis del acuerdo sobre el desarrollo de los procesos de estabilización del empleo temporal en el ámbito del INAEM”

Este Acuerdo consigue acabar con la temporalidad laboral de nuestro Organismo, producido por la inexistencia, a lo largo de los años, de ofertas de empleo públicas para cubrir las necesidades de la actividad escénica de nuestras unidades de producción.

El Acuerdo, que está enmarcado en la nueva Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, obliga a la Administración a convocar este proceso de estabilización a mediados del año 2022 y afecta al personal laboral que tienen una relación contractual indefinida no fija (ganada por sentencia judicial firme), personal laboral interino que ocupan plazas de más de tres años y lo más importante, se convocan las plazas estructurales de necesaria cobertura y que se han ocupado por personal temporal a lo largo de los años.

lunes, 3 de enero de 2022

[Grupo de Médicos y Facultativos especialistas no fijos del SERMAS] Comunicado ante las convocatorias de OPEs del SERMAS dadas las directrices europeas sobre el abuso de temporalidad y la aprobación de una ley estatal [Solicitan su paralización y la regularización de los facultativos en fraude de ley para cumplir con la normativa europea]

'Desde el colectivo de médicos y otros facultativos especialistas no fijos del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) queremos informar que venimos sufriendo, desde hace años, abuso de temporalidad en nuestros contratos, sin tampoco poder acceder a los derechos adquiridos por antigüedad, al no ser personal fijo.

La normativa de la UE 1999/70 es clara al respecto: más de tres años en el mismo puesto realizando las mismas funciones, deja de ser temporal y se convierte en estructural.

Estamos cansados de una situación fraudulenta, encadenando sucesivamente contratos sin poder consolidar nuestras plazas. Ha habido dejación de funciones de la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Madrid, quién debería habernos ofrecido la oportunidad de hacerlo durante los últimos 20 años, de forma equitativa y planificada. En algunas especialidades no se han convocado ofertas públicas de empleo (OPEs) desde hace más de 10 años. Así, actualmente en el SERMAS la tasa de temporalidad entre los facultativos especialistas hospitalarios y de servicios centrales es de aproximadamente un 50%.

Hace unos días, se han publicado varias convocatorias de OPE para multitud de especialidades. Somos 4528 interinos y 1857 eventuales a los que nos afecta esta situación.

Consideramos preocupante ateniéndonos a principios como la igualdad, la calidad y la eficiencia del sistema sanitario, que profesionales que llevan mucho tiempo formándose y super especializándose en técnicas específicas en su servicio, puedan ser desplazados de sus puestos tras la asignación de unas OPEs que no contemplan para nada estos aspectos. En Medicina, como en la vida, la experiencia es un grado.

No entendemos la convocatoria de OPEs en este momento, dadas las directrices europeas, la jurisprudencia actual dictada por el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) y la reciente aprobación de una ley estatal que intenta regularizar dicha situación fraudulenta, que tras revisarla pensamos que se mantiene una situación injusta, de desprotección, caótica y de importante inseguridad jurídica. 

 

[INAEM] 'Comunicado sobre el acuerdo que permitirá a los técnicos temporales del INAEM presentarse a los procesos de estabilización'

'Ante las informaciones publicadas sobre el acuerdo firmado ayer para estabilizar el empleo temporal de los técnicos del INAEM queremos aclarar los siguientes puntos:

1. El acuerdo afecta a todos los técnicos temporales. Podrán presentarse a las convocatorias de plazas con la titulación que se les requirió en el proceso selectivo.

2. El acuerdo establece que todos los técnicos temporales podrán acogerse a los procesos de estabilización que contempla la Ley de medidas urgentespara la reducción de la temporalidad en el empleo público