Informa este 24/01/2022 el sector de Administración autonómica de la Federación de Servicios Públicos de UGT de Madrid
que en la doble reunión celebrada el 19/01/2021 y el 20/0172021, de la "Comisión de
Seguimiento del Acuerdo Sectorial para el Personal Funcionario" de la
Administración de la Comunidad de Madrid y de la "Comisión Paritaria de
vigilancia, interpretación y desarrollo del Convenio Colectivo del
Personal Laboral" , respectivamente, ambos de la Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid , UGT ha solicitado la aplicación de la ley estatal 20/2021 de temporalidad de las administraciones públicas que entró en vigor el 30 de diciembre de 2021 y que "para dar cumplimiento a la Ley y seguridad jurídica a los procesos de estabilización", que "se modifiquen las convocatorias ya publicadas correspondientes a los años 2017 y 2018 sacando de las mismas los puestos de trabajo que cumplan los requisitos de la Disposición Adicional Sexta de la propia Ley (que estén ocupados por personal temporal ininterrumpidamente desde antes el día 1 de enero de 2016) y sean convocados mediante un proceso excepcional por el sistema de concurso, ya que a nuestro entender parece que el legislador ha establecido un imperativo en dicha Disposición Adicional y por tanto debería ser
de obligado cumplimiento por todas las Administraciones."
UGT informa que la Comunidad de Madrid a su vez ha trasladado en la reunión del 20/01/2022 que en la reunión de la Comisión de coordinación de empleo público estatal , que tuvo lugar el 19/01/022, la Secretaria de Estado de Función Pública habría manifestado :