miércoles, 28 de febrero de 2024

Sección 2ª de la Sala de lo Social del TSJ de Madrid sentencia que a una auxiliar administrativa de contrato laboral durante 21 años cesada por el proceso de estabilización anterior del SERMAS le corresponde la indemnización solicitada del indefinido no fijo aunque fuera recontratada como estatutaria temporal a continuación

La Sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la misma sección que la de los casos de la sentencia de la importante sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de este pasado jueves 22/02/2024  a  los asuntos acumulados C-59/22, C-110/22 y C-159/22 o asuntos "Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid/UNED/AMAS de la Comunidad de Madrid", ha dictado  una sentencia el 10/01/2024, que se acaba de publicar en el CENDOJ  por el caso de una auxiliar administrativa del SERMAS que fue cesada el 13/03/2023 , tras 21 años de contrato laboral de interinidad, por "la finalización del proceso selectivo para el acceso a plazas de carácter estatuario fijo de la categoría de auxiliar administrativo", es decir,  en fecha 28/03/2023" , siendo a continuación recontratada ya como personal estatutario mediante nombramiento de interinidad en plaza vacante, y que presentó demanda de despido, una vez ya cesada de su contrato laboral, solicitando la indemnización de 20 días por años trabajado con tope 12 mensualidades del indefinido no fijo, condición que debía entenderse era de facto la que tenía en su cese al ser laboral temporal durante más de 3 años , según la doctrina de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo desde 28/06/2021 tras las sentencias europeas Sańchez Ruiz e IMIDRA.


 El proceso selectivo  por el que fue cesada había sido convocado en junio de 2018 con el sistema de concurso-oposición y sin indemnización al cese del temporal contemplada alguna, y estaba derivada de  la  OPE  de estabilización 2017 del SERMAS, primera de las tres  Ofertas Públicas de Empleo del SERMAS de "estabilización" con los puestos temporales de más de 3 años a 31/12/0216 (es decir , plazas todas temporales ya más de 9 años),  que se derivaba a su vez de la Ley estatal anterior de 2017 de reducción de temporalidad, un articulado dentro de la  Ley de Presupuestos Generales del Estado 2017 , tras un polémico y previo  acuerdo del Estado con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público , que venían a habilitar "tasas" adicionales para realizar ofertas de empleo público, denominadas de "estabilización", pero sin imponer o habilitar ningún sistema especial, siendo convencionales por tanto las convocatorias derivadas de estas OPEs, así como ninguna indemnización al personal interino o laboral temporal que acabara cesado por ellas, por muchos años que llevara.
 

Recordatorio. La Comisión Europea responde a sindicato italiano de jueces "honorarios", en su petición al Parlamento Europeo donde siguen reclamando un cambio legislativo para sus condiciones y estabilización directa tras la sentencia europea de abril de 2022, que en el plazo ampliado a Italia para cambios legislativos por el procedimiento de infracción , ha recibido respuestas que está evaluando. El nuevo asunto en el Tribunal Europeo, cuestionando los procesos de estabilización , tiene fecha del 29/02/2024 para el informe del Abogacía General de la UE

[Recordatorio de entrada publicada el 20/0'2/2024] Publica este 19/02 /2024 la federación de sindicatos italianos de jueces "honorarios"  Consulta della Magistratura Onoraria [Consulta M.O.] la  carta que les ha enviado la Comisión Europea a uno de sus sindicatos, Unión Nacional de Magistrados de la Paz (UNAGIPA), en respuesta a su Petición al Parlamento Europeo (n.º 0695/2023) sobre "el presunto incumplimiento por parte de Italia de la Directiva de la UE relativa a las condiciones de trabajo en relación con los jueces honorarios", jueces temporales y en su mayoría en abuso de temporalidad y con una discriminación ilegal de condiciones con respecto a los jueces de carrera, según sentencias previas europeas

En concreto , en esta petición al Parlamento Europeo este sindicato de jueces honorarios reitera la  solicitud  previa de Consulta M.O.a la Comisión Europea tras las sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 07/4/2022   sobre estos jueces honorarios, en el el asunto C-236/20 , de que  la Comisión europea actuara para obligar al Estado Italiano , dando cumplimiento a la sentencia , a  modificar la regulación de estos jueces, equiparándola a los de "carrera" así como el proceso de regularización que había emprendido por el gobierno italiano a finales de 2021 tras otra sentencia anterior del Tribunal de Justicia de la UE , la sentencia de 16/07/2020 en el asunto C‑658/18.

El procedimiento de regularización de estos jueces italianos , publicado el 30/12/2021 , consistía realmente en un procedimiento de evaluación -con pruebas diferentes de menor dificultad según tres tramos de antigüedad creciente- , restringido a jueces temporales con un mínimo de antigüedad, pero contemplado  una baja indemnización y con un tope de sólo 50 mil euros en caso de acabar cesado por no superarlo o de optar a no presentarse. Además la norma aprobada por el gobierno y parlamento italiano incluía una cláusula que establecía que tanto presentándose al proceso u optando directamente por la indemnización los jueces honorarios perdían todo el derecho a reclamaciones posteriores por su abuso de temporalidad.

 

Publicado en el BOE las instrucciones del pago al persona del Sector Público Estatal de la subida retributiva del 0,5% del sueldo de 2023 corresponde al tramo pendiente ligado al PIB del año 2023]

Se ha publicado en el BOE de este 27/02/2024 la Resolución de 7 de febrero de 2024, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, por la que se dictan instrucciones sobre el pago al personal del Sector Público Estatal del incremento retributivo complementario del 0,5 por ciento vinculado a la evolución del PIB previsto en el artículo 19.Dos.2.b) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023,.

[Gob. C. de Madrid/Consejería de Digitalización] 'La Comunidad de Madrid se consolida como la región española con mayor atracción de inversión en startups tecnológicas en 2023. Las empresas emergentes consiguen 862 millones de financiación y las dedicadas a la Inteligencia Artificial alcanzan su máximo histórico'

'La Comunidad de Madrid se ha consolidado en 2023 como la región española que más inversión atrae para las startups tecnológicas. En concreto, han sido más de 862 millones de euros de financiación para las empresas emergentes cuyas sedes se encuentran en su territorio, por delante de Cataluña, con 647 millones.

El consejero de Digitalización, Miguel López-Valverde, ha resaltado estas cifras en su visita al Mobile World Congress que se celebra en Barcelona hasta este jueves, donde ha destacado “el crecimiento registrado en las compañías dedicadas a la Inteligencia Artificial, que han captado un máximo histórico de 200 millones, cuando en 2017 no superaba los 50 millones”.

martes, 27 de febrero de 2024

[Economist & Jurist] Análisis de varios gabinetes de la la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024: el indefinido no fijo no vale como sanción al abuso del laboral público y recomienda al Supremo que imponga la fijeza

Publica Economist&Jurist este 26/02/2024  las opiniones de varios juristas sobre   la importante sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de este pasado jueves 22/02/2024  a  los asuntos acumulados C-59/22, C-110/22 y C-159/22 o asuntos "Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid/UNED/AMAS de la Comunidad de Madrid" coincidiendo que ha quedado claro que la figura del indefinido no fijo no vale como sanción al abuso de temporalidad del empleado laboral público ni una indemnización al cese de 20 días siendo la recomendación del Tribunal europeo la fijeza como la jurisprudencia que debe establecer la Sala de lo Social del Supremo para este tipo de casos

 

[Redacción Médica] Opinión de Ricardo De Lorenzo del impacto de la sentencia europea en Sanidad: las OPEs de estabilización que se han convocado "no garantizan" el mandado de Europa

 Publica Redacción Médica este 26/02/2024 una tribuna de opinión del gabinete de abogados Ricardo de Lorenzo  de   la importante sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de este pasado jueves 22/02/2024  a  los asuntos acumulados C-59/22, C-110/22 y C-159/22 o asuntos "Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid/UNED/AMAS de la Comunidad de Madrid" concluyendo que las OPE de estabilización que se han desarrollado en el Sistema Nacional de Salud  "no garantizan" el mandato de Europa.

 

Recordatorio. Jurisprudencia en Portugal al abuso de temporalidad público establecida en la sentencia de su Tribunal Supremo Administrativo al caso del asunto "Gondomar" del Tribunal de Justicia de la UE: la prohibición de la conversión en fijo de la ley portuguesa ante la falta de medidas de sanción viola el Derecho de la UE y esa conversión no vulnera el principio de igualdad de su Constitución

[Recordatorio de entrada publicada el 18/01/2023] El Consejo Superior de la Magistratura portuguesa ha publicado en su web sobre Jurisprudencia Portuguesa el resumen para jurisprudencia emanada de la sentencia de 08/09/2022  del Tribunal Supremo Administrativo portugués en el caso de la empleada pública del Auto de 30/09/2020 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea  del famoso  asunto "Gondomar" , sentencia en la que que el alto tribunal portugués declaraba la conversión en indefinida de la empleada, pese a la prohibición de "fijeza" de la ley portuguesa para los empleados públicos,  ante la ausencia de medidas efectivas de sanción reparadora , llegando a afirmar  "el principio de igualdad de acceso a la función pública no puede superponerse ciegamente al derecho a la estabilidad en el empleo", concluyendo que "esa conversión no constituye una restricción arbitraria del citado principio" contenido en la Constitución portuguesa, y por tanto, en suma, no supone una vulneración de la Constitución.

Por su interés para la temática de este blog, y con el proviso de que se trata de una jurisprudencia para otro país, por su evidente paralelismo para el caso español, trasladamos literalmente el contenido [en traducción a partir de la Google] de este resumen de jurisprudencia:


[CCOO Sanidad Madrid] 'Arrancan los exámenes para las oposiciones del SERMAS que se convocaron en 2021. Un requerimiento de CCOO en la Mesa Sectorial de la Sanidad Pública madrileña .'

'Casi 2000 plazas por turno libre y de promoción interna  El domingo 3 de marzo de 2024 comienzan los primeros exámenes de las oposiciones para trabajar o promocionar en el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS).  Esta OPE se publicó en el mes de junio del año 2021. En la convocatoria se ofertan 1952 plazas de las cuales 1163 son de turno libre con 82 de turno de discapacidad, 659 de promoción interna libre y 48 de promoción interna en el turno de discapacidad.

Recordatorio. Publicada la formalización del contrato con ATOS tras la adjudicación del concurso de la Dir. Gral de Salud Digital para evolucionar el actual centro de explotación y analítica de datos del SERMAS, el CBBI, a un "Centro de Inteligencia Analítica e Información de Salud" incorporando un nuevo servicio de "analítica avanzada con Inteligencia Artificial"

 [Recordatorio de entrada publicada el 19/02/2024] Se ha publicado en el BOCM de este este 14/02/2024 , la formalización del contrato de la Consejería de Digitalización de la Comunidad de Madrid con ATOS IT SOLUTIONS AND SERVICES IBERIA SL por 4.193.453 euros (es decir , 1,4  millones de euros/año) , con fecha 21/12/2023 tras haber sido la empresa ajdudicataria de del concurso del SERMAS  "Centro de inteligencia analítica e información de salud" (PA-SER-32/2023) , de la que nos hicimos eco de su convocatoria en esta otra entrada,.

Recordemos que el contrato tiene un plazo de ejecución inicial e 3 años , con fecha de inicio de los servicios el 01/02/2024 y con prórrogas posibles por 2 años más, siendo inicialmente un concurso de la Consejería de Sanidad, si bien con la particularidad de que la Unidad encargada del seguimiento y de la ejecución del contrato ya es la Dirección General de Salud Digital de la Consejería de Digitalización . Esta Dirección General de Salud Digital que era del  SERMAS habíapasado recientemente, con todas las competencias  a la Consejería de Digitalización , debiendo estar transferidos sus presupuestos asignados antes de fin de año, tal y como señala la memoria justificativa del concurso.

[Cadena SER] El Consorcio Regional de Transportes de la C. de Madrid informa de un ciberataque donde se comprometieron dados de titulares de las tarjetas de transporte

 Informan numerosos medios este 26/02/2024 como la Cadena SER que El Consorcio Regional de Transportes de Madrid ha informado que en Noviembre sufrió un ciberataque  en el que se vieron comprometidas las bases de datos con  información de los titulares de las tarjetas de transporte público, con nombre, apellidos, correo electrónico, código postal o número de teléfono

lunes, 26 de febrero de 2024

[Economist & Jurist] Entrevista al Presidente de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024: "Estas sentencias del TJUE vinculan" ... "en los próximos días vamos a aplicar esa doctrina". Si "se ha pedido fijeza y se cumplen los requisitos", se "tendrá que aplicarla". "Obliga a la administración a un replanteamiento normativo" al cuestionarse los procesos de estabilización

Publica Economist&Jurist este 26/02/2024 una importante entrevista del conocido periodista jurídico Luisja Sánchez al presidente de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, Antonio Sempere, tras   la importante sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de este pasado jueves 22/02/2024  a  los asuntos acumulados C-59/22, C-110/22 y C-159/22 o asuntos "Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid/UNED/AMAS de la Comunidad de Madrid".

El magistrado afirma. entre otras cosas:

  • "el derecho comunitario tiene primacía sobre el nacional y parte de esa primacía pasa por cualquier juez o tribunal a Luxemburgo sobre dicha primacía", .. "Lo que dice Luxemburgo nos obliga a todo"
  • "Estas sentencias del TJUE vinculan desde el momento que se pronuncia"
  • "va a generar un debate interno en la Sala y múltiples recursos para conocer su alcance concreto"
  •  “la sentencia obliga a la administración a un replanteamiento normativo porque se cuestionan los procesos de estabilización"
  •  El primero que debe mover ficha es el TSJ Sala Social de Madrid que es quien preguntó.“ pero "no puede esperar porque hay muchos temas de personal indefinido no fijo en todas las variantes. En los próximos días vamos a aplicar esa doctrina".
  •  “Todo depende de lo que nos hayan pedido, pero en algunas ocasiones no se nos ha pedido la fijeza sino otras cosas como indemnizaciones, condenas por despidos o derecho a promocionar. Pero si se ha solicitado la fijeza y se cumplen los requisitos de la sentencia de 22 de febrero los tribunales tendrán que aplicarla”

[delaJusticia.com - Blog de Chaves] Análisis de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024: "nada nuevo bajo el sol, salvo mayor intensidad de control de abusos de contratación temporal"

Publicaba el pasado 22/02/204 en su blog José R. Chaves , magistrado de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, su  análisis de la importante sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea a los asuntos acumulados C-59/22, C-110/22 y C-159/22 o asuntos "Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid/UNED/AMAS de la Comunidad de Madrid", análisis del que extraemos algunos extractos:

Expectación ante las posibles sentencias de fijeza de la Sala de Social del Tribunal Superior de Madrid a los 3 casos de empleados públicos laborales de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024. [ADDENDUM: convocado Pleno de la Sala el 18 de Marzo para deliberar las sentencias]

Este pasado jueves 22/02/2024  tuvo lugar la importante sentencia del Tribunal de Justicia de la UE  a  los asuntos acumulados C-59/22, C-110/22 y C-159/22 o asuntos "Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid/UNED/AMAS de la Comunidad de Madrid" , todos por cuestiones "prejudiciales" de la sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid

En concreto, se trataba de los asuntos:

  • 1. asunto  C-59/22 o "Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid", por el segundo Auto del TSJM de 22/12/2021  , que  comentamos en esta entrada,sobre un caso de una empleada pública de la Consejería de Presidencia de la Comunidad de Madrid, de la Administración General y Servicios de la Comunidad de Madrid "discontinua" durante 13 años para ser declarada "indefinida discontinua no fija" en 2007 llevando así otros 13 años

  • 2.  asunto C-110/22 o "UNED", por  el primer Auto del TSJM de 21/12/2021 comentado en esta entrada sobre otra de Ignasi Beltrán,, sobre un caso de un empleado público de la UNED "indefinido no fijo durante 20 años" ,

  • 3. el asunto C-159/22 o  "Agencia Madrileña de Atención Social de la Comunidad de Madrid" [AMAS], por el  Auto del TSJM de 03/02/2022 , comentado en esta otra entrada sobre un caso de una  empleada pública laboral en contrato de interinidad de vacante de más de 3 años , también personal de la Administración General y Servicios de la Comunidad de Madrid

Recordemos que en esta sentencia el Tribunal europeo ha reafirmado la figura del indefinido no fijo como un temporal más a los efectos de la normativa europeo afirmando como novedad lo que era obvio: que mantenido durante años sufre nuevo abuso de temporalidad ,  tumbando  la figura del indefinido no fijo para el abuso de temporalidad del laboral público

Además, el tribunal europeo ha reiterado, esta vez de forma explícita en el fallo final, lo que ya afirmó en la previa sentencia del asunto acumulado "Sánchez Ruiz"  de 19/03/2020 (de asunto principal el de un informático nuestro): que , en general para todos los casos,  no pueden valer como sanción al abuso de temporalidad ni indemnizaciones al cese ni procesos selectivos, aunque se llamen de consolidación, mientras sean abiertos o quede incierto el futuro del personal en abuso [como no olvidemos , también lo son proceso selectivos derivados de la ley 20/2021, incluso los que son por concurso puro de méritos]. 

 

Además, el tribunal europeo ha afirmado esta vez explícitamente que dado que el tribunal remitente entiende que se puede hacer la interpretación conforme del derecho español aplicable al empleado público laboral de que la fijeza de tal laboral puede ser constitucional para estos casos, la solución para el laboral público en abuso de temporalidad debe ser la fijeza

[Vento] Analisis , claves y consecuencias de la Ssentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024.

Publica el Despacho de abogados Vento un amplio  análisis de la importante sentencia del Tribunal de Justicia de la UE  a  los asuntos acumulados C-59/22, C-110/22 y C-159/22 o asuntos "Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid/UNED/AMAS de la Comunidad de Madrid" .

 

domingo, 25 de febrero de 2024

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