miércoles, 8 de junio de 2022

La Comisión Europea responde a los sindicatos de los jueces honorarios italianos que "está evaluando la pertinencia" de la reciente sentencia del Tribunal Europeo sobre abuso de temporalidad en dichos jueces, y en el contexto del procedimiento de infracción contra Italia ya abierto sobre sus condiciones laborales

La federación de sindicatos italianos de jueces honorarios "Consulta della Magistratura Onoraria" informaba en  Facebook el 02/06/2022 de la respuesta que han recibido del responsable de Empleo, Adam Pokorny, de la Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión de la Comisión Europea a las cartas enviadas por sus sindicatos UNAGIPA y UNIMO sobre la situación de los jueces honorarios o "de paz" italianos, especialmente tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 07/04/2022 en el asunto C-236/20 , sentencia,  en la que , recordemos, el Tribunal europeo vino a afirmar que  el caso de largas temporalidades en estos jueces de paz italianos también se trata de una situación de abuso de temporalidad de la Directiva europea 1999/70/CE que requiere de una sanción reparadora para el trabajador y que la normativa italiana que prohíbe su fijeza ante la prolongación de la temporalidad viola la normativa de la Unión Europea si la normativa nacional no contempla otras sanciones disuasorias, algo que le corresponde al juez nacional corroborar.

Con anterioridad,  el mismo Tribunal de Justicia de la Unión Europea había dictado otra sentencia el 16 de julio de 2020 sobre estos jueces de paz , el asunto C‑658/18 en el que estableció que  un juez de paz , además de ser un juez de la unión europea por sus funciones, por las percibe indemnizaciones de carácter retributivo,  está comprendido en el concepto de trabajador de la Directiva 1999/70/C, con lo que le era de aplicación en especial la cláusula 4ª sobre no discriminación con las condiciones del personal fijo (el motivo de la consulta en ese asunto).

A raíz de esa primera sentencia de julio de 2020  y la falta de respuesta adecuada del Gobierno italiano,  la Comisión Europea decidió   pasar a abrir procedimiento de infracción oficial (de nº INFR(2016)4081)  con el envío de una "carta de emplazamiento" el 15/07/2021 instando a Italia a modificar su legislación sobre las condiciones de trabajo de los magistrados honorarios. El Gobierno italiano .

El Gobierno italiano reaccionó a este procedimiento de infracción a finales de 2021 con un proyecto legislativo para regularizar como trabajadores propios del Ministerio de Justicia los  6 mil jueces de paz italianos mediante unos  "procesos de evaluación " , restringidos a los jueces honorarios actuales, con una indemnización - en función de la antigüedad y con tope de 50 mil euros- si eligen no presentarse o no superan la citada evaluación.

En ese contexto del proceso de regularización llegó la 2ª sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea añadiendo la necesidad de una reparación a las situaciones de abuso por temporalidades prolongadas -que podría acabar obligando a modificar el proceso de regularización abierto de un proceso de evaluación a un proceso de fijeza directa- tal y como están solicitando sindicatos de los jueces honorarios.


Ahora, en su respuesta, el responsable de Empleo europeo afirma que:

  • va a "tener en cuenta la información que se nos envíe para evaluar la respuesta de las autoridades italianas" a la citada  carta de emplazamiento sobre ese  procedimiento de infracción en curso INFR(2016)4081)
  • y en cuanto a la  reciente sentencia del TJUE en el caso C-236/20 que "están evaluando la pertinencia de esta nueva sentencia en el contexto del procedimiento de infracción en curso contra Italia"

 

Hay que recordar que  la Comisión Europea mantiene abiertos  dos procedimientos de infracción contra España (en el primer estado de "Carta de Emplazamiento" enviada ) sobre posibles violaciones de las leyes nacionales de la Directiva 1999/70/CE en el empleo público :

  1.  el procedimiento de infracción 2014/4224 , en cuanto a discriminación de los temporales con el fijo 
  2.   y el  procedimiento de infracción 2014/4334, sobre incumplimiento de la cláusula 5ª sobre el abuso de temporalidad de la citata directiva, este último tras la denuncia múltiple abierta sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles CHAP(2013)01917 de la que en su  información oficial de Octubre de 2020, la Comisión europea ya dijo que había visto la sentencia europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz y otros" con su declaración de existencia de abuso, y que evaluaría que la futura reforma del Estatuto del empleado Público -anunciada entonces por el Gobierno español  realizada en parte por el Real Decreto-ley 14/2021 y  que culminaría con la nueva Ley 20/2021 de reducción de temporalidad pública,-   es conforme a la Directiva .  evaluación  que  la Comisión Europea sigue realizando a día de hoy , siguiendo este procedimiento en el paso inicial de "Carta de emplazamiento",  enviada ¡el  26/02/2015!
    ,
  3. También estaba el Procedimiento  de  infracción por ahora previo o informal EU‐Pilot  8422/16/EMPL sobre el incumplimiento de la misma Directiva 1999/70/CE en  los funcionarios de justicia españoles.


Entradas relacionadas:

27 comentarios:

Anónimo dijo...

"algo que le corresponde al juez nacional corroborar". Mientras exista esta frase en las sentencias estamos perdidos.

Anónimo dijo...

Hombre es evidente q tienen que ser un juez nacional, no va a ser q sean los jueces del TJUE lo que tengan q sentenciar uno a uno las miles de demandas de cada pais miembro , es q entonces no haria falta jueces nacionales, pero recuerda que los jueces nacionales son jueces europeos y estan obligados a aplicar las sentencias del TJUE como maximo organo judicial..... El problema mas lo veo en que no hay consecuencias aqui del incumpliento de las stc del tjue que prevaricar sale gratis y eso es loq ue no puede ser...

Anónimo dijo...

Señor: si no es mucha molestia puede pasarse por España. Le resumo, el Tribunal Supremo no solo no está aplicando una medida eficaz para resarcir el abuso si no que además está condenando a las víctimas con costas. Le parece a usted bien? Tienen la obligación de garantizar el Estado de Derecho y en España no lo están haciendo. No le parece lo suficientemente grave para actuar ya? Si les queda grande el puesto dejen a otros hacerlo.

Anónimo dijo...

Es que ese puesto no es grande: España se pasa por el forro lo que diga. La Unión Europea no pinta nada y NO os va a salvar

Anónimo dijo...

España no cumple ni su propia Ley, tiene que sacar POR 1 VEZ Y EXTRAORDINARIAMENTE TODAS las plazas ocupadas por interinos desde 2016 Y SACARLAS DE LOS ACTUALES PROCESOS QUE SACARON CORRIENDO. Debe cumplir la DA 6 y la DA8 y eso sí debemos exigirlo en España. ESO LO PONE MUY CLARO y si a los Sr. Del Gobierno de turno les j. Q les j. Que le "repugna mentalmente" la idea dijo el Director de Función Pública de Aragón y luego ha sacado 1 o ninguna de algunas especialidades cuando ya se han Demandando muchísimas más!! Este Sr tiene que hacer lo que dice la Ley para estabilizar a los afectados y no lo que le pasa a él " por los c.". No sé lo que tardaremos pq la justicia es lenta pero gracias a Dios tenemos buenos abogados expertos en la materia y por primera vez en la historia nos hemos " sublevado " como ha ocurrido en otras etapas decla historia cuando hay una gran injusticia y un gran número de afectados. La estabilidad laboral es imprescindible reconocerla cuando se llevan tantos años y tantas batallas a las espaldas. Si la Ley de dic de 2021 está para Estabilizar de forma única y extraordinaria que narices están haciendo? Hay que luchar para que se cumpla y los Jueces no son tontos y si se estaban esperando acquevlo " solucione el Gobierno" ya estarán viendo la que están liando pq con talvdecsalirse conbla suya no les importa aumentar la litigiosidad, llenar los juzgados de demandas, aumrntar la carga de trabajo y "ponerven un compromiso" a los Tribunales que les está " pidiendo" que no apliquen la normativa europea. Van a tener que desviar dinero para indemnizaciones. Están haciendo sufrir a mucha gente y va a ser un problema social. Pero de que va esta gente? El problema veo yo es que la mayoría de los " poliquiluchos" no tienen ningún tipo de preparación y solo saben hacer bien la pelota venderían suvalma al diablo solo por mantenerse en sus puestos y sacar " tajada". Yo ahora solo tengo Fe en la justicia ya que tenemos la razón.Impugnar, demandar, impugnar, impugnar!!! A ver si alguien con swntido común nos escucha, no les tiene " miedo" y les " conoce" bien como el Sr. Vidal de Barcelona.

Anónimo dijo...



La Unión Europea claro que "pinta". Desde luego, más que España.
Tiempo al tiempo...

Anónimo dijo...

Solo nosotros podemos cambiarlo, si las leyes protegen a los corruptos, cambiemos el sistema. Todo el poder lo han cogido de nosotros y solo nosotros podemos quitárselo. Os recuerdo, no sois anónimos. Pegasus es la fachada, hay muchísimo más. El enchufismo es la pero lacra, ya que con ello, se hacen con el control de todo. Spiriman, Royuela, etc....

Anónimo dijo...

Tendrán que actuar antes o después. Mientras llega eso se seguirán sintiendo impunes. El 28 con la sanción que vendrá del TJUE por no facilitar la responsabilidad patrimonial al incumplir el derecho europeo dará el pistoletazo de salida.

Anónimo dijo...

Yo sólo se que en Navarra sólo Eh Bildu parece entender de qué va la estabilización. Hoy se convalida el decreto del Gobierno y, si los aportes que se espera de Bildu que va a condicionar su voto a favor son en favor de los temporales, les votaré el resto de mi vida.

Anónimo dijo...



La manzana caerá. Podrida, pero caerá.

Anónimo dijo...

Los políticos de alto rango (que no alto nivel o talla política) son "elegidos" por quienes detentan, que no necesariamente ostentan, el poder judicial (y no a la inversa). Y la masa borreguil, ideológicamente corrupta, les hace palmas con las orejas. Sí, es una explicación grosera y burda de por qué los vividores de la política han ninguneado a los TTP'S en ABUSO hasta extremos esclavistas.

Anónimo dijo...

Y en Andalucía, pronto van a cesar a los interinosque realizan trabajo administrativo. En muchas Consejerías y Delegaciones están bajo mínimos de personal administrativo y auxiliares, y aún así los van a cesar. Pero lo gracioso, (q no tiene gracia), es q a su vez están solicitando interinos a Función Pública.
En la actualidad en estos organismos, son los interinos los que están sacando el trabajo de tipo administrativo.
Mucha critica a los interinos, pero luego ellos son los que están sacando el trabajo.
Sr. Moreno tome nota, ahora q estamos en campaña. Si cesais a estas personas os jugáis muchos votos.

Anónimo dijo...

Pues no será porque el PSOE no ha colocado gente en Andalucía durante 40 años. Y ya ni con esas gana las elecciones. El mensaje del miedo a la ultraderecha ya no cuela, Vox no se come crudos a los niños y Bonilla ha hecho una buena gestión.La gente lo que quiere es trabajar, no paguitas. A ver el resultado de Espadas, su mujer que esté tranquila que ya está colocada. Y queda la sentencia de Chaves y Griñan. El mayor caso de corrupción de la historia de España. ¿Han devuelto ya el dinero que algunos se gastaban en putas y coca en clubs de alterne? Viva Andalucía libre de corruptos.

Anónimo dijo...

Es indecente que estén echando interinos a la calle en situación de abuso y, algunos ya con sentencia y sin sanción al abuso, y por otras contratando a nuevos interinos. Cuándo espera el TJUE hacer justicia y reconocer la fijeza como sanción.

Anónimo dijo...

No os preocupéis por el trabajo, todo va a cambiar muchísimo, preocuparos de vuestra familia y de sobrevivir a lo que viene. No les votéis a ninguno. Nos espías hasta límites insospechados para muchos.

M.A. dijo...

Pretender que sean más claros es un planteamiento erróneo...


https://confilegal.com/20220610-lourdes-arastey-juez-espanola-en-el-tjue-es-una-anomalia-muy-grave-que-aun-no-se-haya-acometido-la-renovacion-del-cgpj/

Anónimo dijo...

Pero sí contestan a lo que se le pregunta. Las preguntas deben ser claras. Ya dice como está el estado de derecho en España,deceso son conscientes. Claro que lo tienen que arreglar los jueces, pero con independencia como dice y aplicando la interpretación del TSJUE dice ( no del TS ni de ños "poliquituchos ni sindicalituchos" ( tanto que ellos hablan de nuestros " abogaduchos" y demás desprecios que he oído yo para quitarles razón).

Anónimo dijo...

Qué tiene de especial la Sentencia de fijeza dw hace un par de días a una laboral de Navarra que había aprobado sin plaza? Es que lo ponen como si fuera un gran paso. Por favor explicarme. Otra cosa, para cuando más sentencias de funcionarios interinos que parececque solo hacen fijos a los laborales!!

Anónimo dijo...

En Navarra están dando fijeza a los laborales, por lo social, aprobados sin plaza y en abuso. A los que somos del contencioso, intentan pasarnos a lo social para que juzguen nuestros casos por lo social.

Anónimo dijo...

Y se se puede elegir eso?? En Aragon vamos al TSJA! Y está "paralizado"

Anónimo dijo...

No lo se. Mi caso no lo han podido pasar pero es que en Navarra los contratos son administrativos y no somos siquiera interinos, no hay nombramientos. Yo como no soy aprobada sin plaza, ni lo intento. En mi puesto no hay aprobados sin plaza.

Anónimo dijo...

Así es, el TJUE responde a lo que les preguntan.
Y el juez Vidal ha preguntado sumamente bien. Tras la respuesta y si no lo hace antes que debería, a la Comisión Europea no le quedará más remedio que actuar por ello atentado contra el Estado de Derecho.

Anónimo dijo...

La Ley 20/ 2021 puede tener carácter retroactivo?? Quiero decir, que antes de esta ley no había sanción para funcionarios interinos, ahora sí ( la m. De los 20 días pero desde último contrato y como mucho 12 meses creo). Quiero decir, que para l@s que hemos demandado antes no existía esta "sanción disuasoria" porvlo que o podríamos exigir mucho más o el juez estime fijeza en su caso. Pero mec sorprende que para los trabajadores laborales que sí existía ya la sanción de 20 días del Eststuto de los Trabajadores sí les estén dando la fijeza. Que me psrece muy bien. Pero si un funcionario interino " de pata negra como nos llaman" que además también haya superado un proceso selectivo ( mérito, igualdad capacidad) por lo menos igualmente deberían juzgarle FIJEZA ( INCLUSO F. CARRERA). Pero es que, aunque no lo haya superado y ha reclamado antes de entrar en vigor la Ley 20/21 no existía Sanción así que no veo que nos debamos conformar con los 20 días, eso no existía. Qué cantidad nos correspondería? Y si además aprobó una oposición sin plaza? Es que para los funcionarios interinos se nos está "echando el tiempo encima y much@s podemos estar fuera cuando salga la Sentencia y mas si ahora esperan a las prejudiciales" y digo yo, para los que tienen aprobada una oposición da igual esa prejudicial, no? Porque es para todos que no tienen una oposición aprobada según el criterio de tener todos ejercicios aprobados, pero para los que ya " mérito, capacidad, igualdad" en acceso para puestos estructurales no veo necesidad de tanta litigiosidad y demora que están creando. Mi pregunta, la Ley 20/21 puede ser retroactiva? Pq limita todavía más las espectarivas de l@s que reclamamos antes de entrar en vigor, ya que si no había Sanción ( que nada de nada para d. Interinos o los no del ET) ésta era una buena indemnización dosuasoria y compensatoria o, más "barato y lógica" la FIJEZA. Por ello es de justicia y de sentido común que las plazas ocupadas por este personal no sean dadas en los ahora " insensatos" procesos de de "Desestabilización". No hay Sanción, pues FIJEZA (o del dinero público " gracias" a hacer mal las cosas y a la "cola del paro", "ayudas sociales" y a crear un problemón más grande si cabe).

Anónimo dijo...

Como no había sanción te dicen que estás en abuso pero no hay sanción. Cada paso que des tienes que tener cuidado para que cuando salgan las prejudiciales te tengan que dar fijeza y si ya no estás te tengan que readmitir. Hay que ir paso a paso muy meditado.
Yo creo que cuando sea mi concurso no si no salgo yo no puedo coger la indemnización pero no se, hay que ir paso a paso, con cuidado.
Lo más triste es que ya me encuentro tan agobiada que ya siento que ni quiero mu trabajo. Qué absurdo, verdad? Me duele todo el cuerpo

Anónimo dijo...

https://twitter.com/FroilLannister/status/1535676829968785409

Anónimo dijo...

Pero si además no sacan las plazas de las DA 6 y 8 a concurso? Es vergonzoso, si la Ley 20/21 es la " sanción" la están uncumpliendo descaradamente.

Anónimo dijo...

https://www-noticiastrabajo-es.cdn.ampproject.org/v/s/www.noticiastrabajo.es/amp/empleo/derechos-trabajador/nuevos-despidos-plantea-estatuto-trabajadores/?amp_gsa=1&amp_js_v=a9&usqp=mq331AQKKAFQArABIIACAw%3D%3D#amp_tf=De%20%251%24s&aoh=16550669402809&referrer=https%3A%2F%2Fwww.google.com&ampshare=https%3A%2F%2Fwww.noticiastrabajo.es%2Fempleo%2Fderechos-trabajador%2Fnuevos-despidos-plantea-estatuto-trabajadores%2F