miércoles, 13 de marzo de 2024

[Comision Europea] 'Evento anual 2024 sobre la Implementación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en España: El plan de recuperación de España, un impulso a la competitividad de la UE'

'FECHA | 14 Marzo 2024
LUGAR | Auditorio Rafael del Pino (C/Rafael Calvo, 39A)
EVENTO HÍBRIDO


09:00-09:30 Recepción
09:30-10:00 Inauguración
Dña. María Jesús Montero Cuadrado, vicepresidenta primera del Gobierno de España y ministra de Hacienda
D. Paolo Gentiloni, comisario europeo de economía
 

martes, 12 de marzo de 2024

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo sigue rechazando admitir a trámite recursos de fijeza como sanción al abuso de temporalidad así como esperarse a la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE en las cuestiones prejudiciales pendientes sobre funcionarios interinos en abuso de temporalidad, donde se cuestiona precisamente su doctrina actual. Y condena en costas al personal demandante declarado en abuso

 Pocos días después de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 por casos de personal público laboral, la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo , la que lleva  las demandas de empleados públicos de tipo funcionario , ha emitido varias providencias de su sección de admisión por las que siguen inadmitiendo a trámite recursos de casación en los que se solicite fijeza -o indemnizaciones- como sanción al abuso de temporalidad, condenando además en costas al demandante, que se encuentra en dicha situación de abuso de temporalidad, al considerar el alto tribunal que ya tiene una doctrina muy consolidada al respecto tras una serie de sentencias desde  su  importante  sentencia de 30/11/2021  (recurso de casación 6302/2018) y  sentencias siguientes (como la serie de sentencias derivadas desde primeros de  Diciembre de 2021 y las  primeras sentencias a las demandas de fijeza del grupo de demandas del SERMAS de 2016 que dio lugar a la sentencia europea de 19/03/2020):

  • de las sentencias europeas, como la sentencia del TJUE de 19/03/2020,  se sigue que puede haber abuso de temporalidad en personal interino de vacante prolongada aunque sea en nombramiento único , o encadenada a otros tipos de nombramientos temporales anteriores, si bien esto debe establecerse en demandas personales del reconocimiento del abuso
  • pero "no se sigue que haya obligación" de conceder una sanción ante un abuso de temporalidad que no está contemplada en la legislación nacional , como la fijeza o una indemnización genérica "por abuso" 
  • siendo la  única posible consecuencia ante el abuso la que estableció en las sentencias del Tribunal Supremo de 26/09/2018: el mero mantenimiento del puesto de trabajo (con su readmisión si se había cesado al temporal de otra forma) hasta que la AAPP cumpla con  la cobertura  fija de la  vacante por algún proceso de cobertura (un proceso selectivo, un concurso de traslados, un reingreso, etc) o su amortización, en ambos casos, sin indemnización alguna más que una muy hipotética de daños y perjuicios concretos y acreditados, cuya carga de la prueba se hace recaer en el temporal y no en la administración, pero no una "indemnización al abuso  de temporalidad".

El Tribunal de Justicia de la UE, en su sentencia del asunto "Croce Rossa Italiana" de 25/01/2024, reitera que un tribunal "supremo" no está obligado a plantearle cuestiones prejudiciales sólo si la interpretación correcta del Derecho de la Unión le es tan evidente "que no deja lugar a ninguna duda razonable" y si está convencido de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y otros tribunales nacionales de última instancia opinarían lo mismo. Y reitera, en el caso de los trabajadores temporales de la Cruz Roja italiana durante décadas, su doctrina previa de que es abuso de temporalidad, que requiere una sanción y que si no hay niguna sanción recogida en la norma, puede ser la fijeza

El pasado  25 de Enero, la Sala Sexta del Tribunal de justicia de la Unión Europea , la misma Sala que la de la famosa  sentencia de 22/02/2024, dictó sentencia  en otro asunto con el tema la temporalidad pública, nuevamente sobre un colectivo italiano: el  asunto  C-389/22 asunto "Croce Rossa Italiana y otros", una  "petición de decisión prejudicial"    (consulta vinculantes al máximo tribunal europeo, que pueden realizar los órganos jurisdiccionales de cualquier país de la Unión) que había sido planteada por el propio Consejo de Estado italiano -que es el órgano judicial administrativo más alto, equivalente a la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo Español-,  en el marco de las demandas interpuestas ¡en 2013! originalmente por varios empleados temporales del cuerpo militar de la Cruz Roja italiana, pero de las que ya "solo un recurrente conserva un interés en la resolución del recurso" (nótese que tras ya casi 10 años de litigios)

Tal y como relataba el propio Tribunal de Justicia Europeo en su  resumen de la petición prejudicial asunto C-40/20  ,  los demandantes " formaban parte del personal temporal del cuerpo militar de la Croce Rossa Italiana", habido sido "llamados a prestar servicio en múltiples ocasiones en el marco de relaciones de carácter temporal en la Croce Rossa",  en muchos casos, siendo renovados "durante décadas", hasta que  en una "reforma radical de la organización de la Croce Rossa Italiana"   se reguló el cambio de "ente público no empresarial" y que los contratos  temporales existentes  se conservaban sólo hasta el 31 de diciembre de 2013. Los demandantes impugnaron su situación en la que quedaban con la nueva norma, apelando, entre otras cosas, a la  ya famosa   Directiva Europea 1999/70/CE sobre empleo temporal , tanto a su cláusula 5ª para que su situación se declarara abusiva y se le reconociera la condición de fijo antes de esa transformación, como su cláusula 4ª de no discriminación en las condiciones de trabajo del personal temporal del fijo, que, según estos trabajadores, habría sido violada al tratarse de forma diferente al personal fijo del temporal en la transformación de la entidad.

Los trabajadores solicitaban a la justicia italiana que planteara cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la UE sobre la aplicabilidad de la citada Directiva , y sus dos cláusulas, a su situación, pero los tribunales inferiores rechazaron tanto sus demandas como la realización de la cuestión prejudicial al Tribunal Europeo.

Recordatorio [epoli.gr] El tribunal regional de Atenas sentencia la fijeza a empleados públicos temporales, dejando de aplicar la prohibición de la constitución griega y aplicando una norma del derecho laboral , como solución "interpretación conforme" de su derecho nacional tras la sentencia del Tribunal Europeo de 11/02/2021 #Agios Nikolaos

[Recordatorio de entrada publicada el 28/02/2022 OJO hace dos años]  

Publicaba el medio griego epoli.gr el pasado 29/03/2021 como importante novedad jurídica que el Tribunal de apelación de Atenas [ Εφετείο Αθηνών ] , es decir ,el tribunal regional de segunda instancia, dictó el 18/03/2021 su sentencia número 5933/2020, por  la que declaraba la fijeza a unos empleados públicos temporales del Municipio de Metamorfossi,   ante su situación de  abuso  según la Directiva 1999/70/CE sobre temporalidad.
 
Y lo hacía dejando de aplicar la prohibición de la conversión en fijo para los empleados públicos existente en el artículo 103 de la Constitución griega, y aplicando en su lugar  la conversión general de contratos temporales del derecho privado contenido en la ley nacional  2112/1920 de [el medio dice por errata 2112/2020] , como solución por interpretación conforme del derecho nacional acorde  a la normativa y jurisprudencia europea, tal y como sugería el apartado 69 de la famosa sentencia europea del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 11/02/2021 en la  asunto C-760/18 "Agios Nilkolaos", sentencia europea que lleva a este tribunal de segunda instancia, antesala del "supremo" griego abandonar la doctrina previa de rechazar la fijeza por inconstitucional. 
 

[FETAP-CGT] 'El contínuo e insoportable uso de la “justicia” como herramienta política contra los empleados y empleadas públicas en abuso de temporalidad. Pretenden que cientos de miles de trabajadoras y trabajadores del sector público continuen en un limbo legal'

 'Desde FETAP-CGT denunciamos la enésima maniobra que se inventa el Tribunal Supremo para desatender, tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE del 22 de febrero, el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva del casi un millón de trabajadores y trabajadoras afectadas por el abuso de temporalidad en todas las administraciones y en el conjunto del sector público.

Hace unos días, según supimos por nota de prensa difundida el 7 de marzo en los medios oficiales del CGPJ, los magistrados integrantes del Tribunal Supremo una vez más evidenciaron su absoluta falta de imparcialidad e independencia al responder a los estímulos emanadados de determinadas fuerzas políticas parlamentarias en contra de la aplicación efectiva de la jurisprudencia comunitaria y del principio de supremacía del derecho de la UE, como ha quedado patente ya antes en innumerables ocasiones. Sin ir más lejos, véase lo que ha pasado con otra causa abusiva como la de las cláusulas hipotecarias.

Lo que la Sala de lo Social (Sala Cuarta) de este órgano judicial pretende ahora al eludir su responsabilidad jurisprudencial y elevar nuevas cuestiones prejudiciales respecto a la aplicación de la sentencia del TJUE del pasado 22/02/2024 es, evidentemente, ganar tiempo, pese a la claridad de dicha sentencia. Dando así un balón de oxígeno a la conclusión de miles de convocatorias de empleo público de “estabilización” vigentes a lo largo y ancho del país, que se amparan en la fraudulenta Ley 20/2021 derivada en su día del infausto “Icetazo”, y que están basadas en una cruenta mentira establecida en el preámbulo de dicha norma:

[CSIT-UP] 'Aclaramos la sentencia del TJUE de 22 de febrero, sobre el abuso de la temporalidad en la Administración' ["un paso adelante para combatir el abuso, pero no despeja la situación, dado que, la solución definitiva y su alcance habrán de ser fijados por el Tribunal Supremo" ]

'El 22 de febrero de 2024, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), dictó una sentencia a diferentes cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), sobre el abuso de la contratación temporal en las Administraciones Públicas.

Ante la expectativa y debate suscitados, la Asesoría Jurídica de CSIT UNIÓN PROFESIONAL precisa que esta sentencia del TJUE:

[Junta de Andalucía ]'Propuesta de elaboración de la I Estrategia de Salud Digital de Andalucía 2024-2028' [Consulta pública abierta para enviar aportaciones]

'El Gobierno de Andalucía tiene el impulso de la salud digital como uno de sus objetivos para esta legislatura, por ello mediante la firma del Pacto Social y Económico por el Impulso en Andalucía, firmado el 13 de marzo de 2023, entre la Presidencia de la Junta de Andalucía y los agentes sociales estableció “aprobar la Estrategia de Salud Digital en el marco del diálogo social”.

A nivel internacional, esta estrategia está enmarcada en el programa UEproSalud de la Unión Europea: una visión para una Unión Europea más sana, aprobado por el Reglamento (UE) 2021/522 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de marzo de 2021, por el que se establece un programa de acción de la Unión Europea en el ámbito de la salud (programa UeproSalud) para el período 2021-2027 y por el que se deroga el Reglamento (UE) núm. 282/2014. A nivel estatal, esta estrategia está condicionada y se alinea con la Estrategia de Salud Digital del Sistema Nacional de Salud, que aspira a la contribución del mantenimiento de un buen nivel de salud en la población española y a fortalecer el sistema sanitario público.

[CSIF nacional] 'CSIF denuncia la parálisis del Gobierno en las administraciones públicas y advierte: “si no se activa la negociación, habrá movilizaciones”. El sindicato presenta su hoja de ruta: plan de empleo a varios años, rejuvenecer plantillas, equiparación salarial, jornada de 35 horas en toda España, actualización del Estatuto Básico de Empleado Público, mejoras en las condiciones de jubilación, regular el teletrabajo en las administraciones.' '

'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado, celebra el próximo 14 de marzo su X Congreso Nacional, máximo órgano de dirección, que se produce cada cuatro años. Un total de 581 delegados y delegadas de toda España elegirán en el Congreso los cargos y las estructuras encargadas de dirigir el sindicato en el próximo periodo.

El presidente de CSIF, Miguel Borra -que ha presentado el X Congreso en rueda de prensa- ha emplazado al Gobierno a que no demore más el inicio de las negociaciones para realizar las reformas estructurales que necesitan nuestras administraciones públicas. CSIF ha iniciado una consulta con sus estructuras para realizar movilizaciones durante la primavera en toda España para obligar al Ejecutivo a reaccionar.

CSIF, con motivo de la celebración de su X Congreso, denuncia la parálisis en la que se encuentra inmerso el Gobierno, ante la inestabilidad parlamentaria, la situación política, la prioridad dada a la Ley de Amnistía, o las causas judiciales, que está causando un retraso injustificado para iniciar la negociación. De entrada, los empleados públicos siguen sin recibir la subida salarial correspondiente a 2024 y en la Administración del Estado, ni siquiera se ha recibido el 0,5 por ciento adicional correspondiente a 2023.

lunes, 11 de marzo de 2024

Recordatorio. Resumen de la comparecencia del Dir. Gral de RRHH en Comisión de Sanidad sobre OPE 2021 del SERMAS: fue absorbida por OPE 2022 de estabilización por concurso de méritos, que está en fase de resolución de recursos de alzada de los resultados definitivos. Las convocatorias por concurso-oposición de facultativos especialistas de Diciembre 2021 tendrán sus exámenes después de la resolución del siguiente concurso de méritos de las OPEs 2022-23 ordinarias. Las publicaron "desconociendo" que días después el Estado publicaría la ley 20/2021

 [Recordatorio de entrada publicada el 05/03/2024] Este lunes 04/03/2024 tuvo lugar reunión de la Comisión de Sanidad de la Asamblea de Madrid  contando  en su orden del día , entre otros puntos, con la comparecencia (C 1191/23)  del Director General de RRHH y Relaciones Laborales del SERMAS,, a petición del Grupo VOX, al objeto de informar de las "sobre efecto que puede tener la tramitación de Ofertas Públicas de Empleo 2021"

 
Puede verse una retransmisión de la sesión en la web de la Asamblea de Madrid.
 
La peticionaria de la comparecencia, portavoz de Vox, mencionó en su intervención que su pregunta se refería a las convocatorias de procesos selectivos por concurso oposición en 2021 y en especial a las de médicos especialistas convocadas en Diciembre de 2021 poco antes de la publicación de la nueva ley de estabilización 20/2021, con las que tendrían que haber sido convocadas por concurso de méritos excepcional de estabilización.

El Director General de RRHH del SERMAS , en su turno inicial de la comparecencia, indicó  [audio íntegro]:

Recordatorio [CESM] 'La Confenderación Estatal de Sindicatos Médicos se reúne con la ministra para abordar algunas de las cuestiones prioritarias de la profesión.' [ "el Estatuto Marco debe garantizar procesos selectivos basados sólo en méritos", "ayudaría a reducir la temporalidad"]

[Recordatorio de entrada publicada el 04/03/2024

'La Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) ha mantenido este viernes la primera toma de contacto con la ministra de Sanidad, Mónica García, para retomar la interlocución directa con el ministerio por ser la de la Confederación una opinión totalmente diferenciada de otros colectivos, y para recabar información sobre cuáles son los planteamientos de la responsable de la cartera sanitaria respecto a los principales asuntos que preocupan actualmente al colectivo médico. Desde la Confederación han señalado desde el inicio del encuentro que la profesión está en un momento difícil, de creciente desmotivación y hartazgo por parte de los profesionales y que esto requiere de medidas estructurales que reviertan esta situación, una visión que la ministra ha admitido compartir, consciente de la gravedad actual por la que atraviesa al Sistema Nacional de Salud.

En este sentido, el presidente de CESM, Tomás Toranzo, y el vicesecretario general, Víctor Pedrera, le han expuesto a García la necesidad de contar con el sindicato profesional para abordar cuestiones que afectan a los profesionales, para lo que han mostrado su total disposición a colaborar en todo lo que sea necesario. Entre ellos, la negociación del Estatuto Marco, en la que una vez más CESM ha recordado la necesidad de un estatuto específico para el médico que recoja las especificidades de la profesión o, al menos, una alternativa que regule la singularidad médica en todos los aspectos, como retribuciones, funciones o jornada laboral. Por el momento la postura de Sanidad es descartar la norma específica, pese a reconocer la necesidad de recoger esas singularidades de la profesión médica dentro del Estatuto Marco.

Ceses masivos, sin indemnización, de Auxiliares Administrativos tras la resolución final de los procesos por oposición de las OPEs ordinarias de 2017-2019 de Administración General de la Comunidad de Madrid , 760 plazas temporales ya todas más de 5 años

Se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de este 01/03/2024, la "ORDEN de 1 de marzo de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se nombran 760 funcionarios de carrera del Cuerpo de Auxiliares de Administración General, Grupo C, Subgrupo C2, dela Administración General y Servicios de la Comunidad de Madrid" por la resolución del proceso selectivo  convocado "por Orden 1916/2019, de 7 de junio (B.O.C.M. de 26 de junio), de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, y ampliándose plazas mediante la Orden 539/2021, de 9 de marzo (B.O.C.M. de 16 de abril), de la entonces Consejería de Hacienda y Función Pública".

 

Dichas convocatorias derivan de  OPEs ordinarias de la Administración General y Servicios de la Comunidad de Madrid de los años 2017 , 2018 y 2019, por tanto , de plazas de funcionarios vacantes de 2016 a parte de 2019 como mucho, con lo que todos los temporales que las sigan ocupando llevan en dichas  vacantes entre 5 y 8 años (y, en muchos casos, como funcionarios interinos de la misma categoría y AAPP muchos más. 

 

[CSIF Galicia Admin. General] 'CSIF gana la primera sentencia en Galicia que reconoce la fijeza de una trabajadora de la Xunta con contrato temporal, en aplicación del reciente fallo del TJUE.CSIF celebra la resolución del Juzgado de lo Social nº 1 de Ourense, que establece la improcedencia del cese de esta trabajadora y le otorga la opción de elegir entre la readmisión o la indemnización correspondiente'

'CSIF Galicia gana la primera sentencia que reconoce la condición de fija a una trabajadora de la Xunta de Galicia (Consellería de Política Social) en aplicación de la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, al considerar el cese como improcedente y dar la opción a la propia trabajadora de elegir entre la readmisión o indemnización correspondiente.

Tras la petición de aclaración de sentencia por parte de los servicios juridícos de CSIF,por haber contradicción entre el fallo y el cuerpo de la sentencia, finalmente la resolución es clara y otorga el derecho de elegir a la trabajadora, no a la administración.

La demandante prestaba sus servicios para la Consellería de Política Social con contrato de interinidad por vacante desde abril de 2013 y, pese a haber solicitado la inclusión de su plaza dentro del proceso de estabilización derivado de la Ley 20/21, fue cesada con fecha del 3 de octubre de 2023.

El fallo dictado por el Juzgado Nº1 de lo Social de Ourense recuerda que el TJUE establece que, a falta de medidas en el derecho nacional para prevenir y sancionar los abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos temporales prorrogados sucesivamente, la conversión de estos contratos temporales en fijos puede ser una salida.

Recordatorio. INFORSALUD 2024. XXVII Congreso nacional de Informática de la Salud, de la SEIS, del 12 al 14 de Marzo en Madrid. Programa . Ponentes de la C. de Madrid

 [Recordatorio de entrada publicada el 06/03/2024]

Del 12 al 14 de Marzo tendrá lugar en el Hotel NH Eurobuilding de Madrid el XXVII Congreso nacional de Informática de la Salud o INFORSALUD 2024 organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS] con el lema "La cooperación clave para el éxito de la transformación digital del SNS".

Ya está disponible  el programa  que contará con:

  • las habituales Mesas de Debate, este año: “La transformación digital en atención sanitaria: retos (medicina personalizada”, “Recursos humanos y la transformación digital”, “Como avanzar en gobernanza de la transformación digital en el SNS”, “Cooperación para el marco legal y regulador de la inteligencia artificial en salud”,“Securizando la infraestructura sanitaria: trabajo equipo”  ,“La cooperación del espacio de datos de salud de salud” y “Cooperación instituciones e industria para la personalización de la asistencia”
  •  una  mesa redonda especial de la Plataforma de Innovación,
  • las  presentaciones de  soluciones de la industria 
  • las presentaciones   de las  Comunicaciones, Pósteres y Proyectos de innovación aceptadas de entre las  recibidas en el plazo,
  • nuevamente INFORFARMA , o sección temática del congreso dedicada a la informática, con dos mesas redondas, 
  • y una sección con una mesa redonda para profesionales de enfermería,
  • finalizando con la tradicional entrega de premios a las comunicaciones, pósteres y proyectos de innovación.
 
 

Los ponentes de la Comunidad de Madrid serán (salvo omisiones involuntarias por nuestra parte):

  • Miércoles, 13 09.30 - 11.00 - Sala 1 - Sesión Debate 1:
    Ponente: Nuria Ruiz Hombrebueno, Directora General de Salud Digital de la Consejería de Digitalización de la Comunidad de Madrid

[UGT País Vasco] UGT gana una sentencia de fijeza en Gobierno Vasco que refuerza la última resolución emitida por el TJUE sobre contratos temporales sucesivos en el sector público.'

'Los Servicios Jurídicos de UGT han obtenido una sentencia que establece la fijeza del personal de limpieza y cocina en el Departamento de Educación del Gobierno Vasco. Esta sentencia refuerza la última decisión emitida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre contratos temporales sucesivos en el sector público.

En concreto, la sentencia reconoce la fijeza laboral para una trabajadora de los servicios de limpieza y cocina del Departamento de Educación. Esta trabajadora tenían contratos de interinidad de larga duración, pero se encontraban en situación de fraude de ley. Anteriormente, habían superado procesos de selección para puestos laborales fijos, aunque no habían obtenido plaza en los mismos.

 

[Araúz] 'Otra sentencia que anula el cese de un funcionario interino'

 'El Juzgado de lo CA nº 15 de Madrid ha dictado sentencia de 26/02/2024, que anula el cese de una funcionaria interina de la CCAA de la Comunidad de Madrid.


Declara el derecho de la recurrente a ser restituida en su puesto de trabajo con reconocimiento de su derecho a los salarios dejados de percibir, con los intereses legales correspondientes e imposición de costas a la CCAA de Madrid.'

domingo, 10 de marzo de 2024

Entradas más vistas de la semana 04/03/2024-10/03/2024 en este blog: Tribunal Supremo planteará cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE sobre el modo de aplicar la fijeza en el empleo público, convocada reunión de la Comisión de Seguimiento de la Estabilización por el Ministerio de Función Pública, ..

 Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed), canal de "Informática sanitaria" (feed), entradas sobre sentencias, sobre jurisprudencia y sobre jurisprudencia pendiente , transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:


viernes, 8 de marzo de 2024

Publicadas exclusión, por renuncia expresa, de un aspirante al concurso de méritos de Ley 20/2021 del SERMAS para la categorías de Técnico Superior en Sistemas y.T.I.

Este 07/03/2024  se ha publicado la Resolución de 4 de marzo de 2024 de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud , por la que declara la exclusión de una aspirante en el proceso selectivo  del Concurso de Méritos  de la Ley 20/2021 del SERMAS para la categoría  de Técnico Superior en Sistemas y.T.I.    por renuncia personal expresa

Ya se habían publicado las calificaciones definitivas  del concurso de méritos de estabilización del SERMAS para dicha categoría, estando prevista la publicación de forma inminente del correspondiente boletín oficial con la declaración de los aspirantes que han superado el proceso selectivo, que, por tanto, tendrá en cuenta ya esta exclusión, y aparecerá en la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo para el turno libre la persona siguiente en el orden de las calificaciones definitivas.

 

Recordatorio [21/11/2018] El Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su 2ª sentencia sobre el caso de la laboral pública interina de sustitución prolongada De Diego Porras, tras las dudas del Supremo en rebajar o ni dar indemnización alguna, responde que no es contraria a la norma europea la ley española que no indemniza al laboral interino de sustitución cesado por la cobertura normal de su puesto, salvo que se constate abuso de temporalidad para lo que debe existir al menos una medida eficaz para sancionarlo, algo que deja dirimir al Supremo. Y responde con carácter orientativo que la indemnización ante el cese planteada no es una medida suficiente por sí sola para sancionar el abuso en duración de temporalidad, si bien también le incumbe apreciarlo al juzgador nacional, en este caso un Tribunal Supremo que sostuvo que el pago de 12 días por año contemplado para los ceses de laborales por obra y servicio o por tiempo determinado sí sería una medida adecuada

 [Recordatorio de entrada publicada el 21/11/2018 OJO hace más de 5 años] El Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE] acaba de hacer pública su sentencia del asunto C-619/17 o 2º asunto Ana De Diego Porras , una "cuestión prejudicial" planteada por la sala de lo Social del propio Tribunal Supremo español  (durante el recurso de casación 3970/2016 )). La cuestión, tres cuestiones realmente,   versaban sobre el derecho a indemnización al personal laboral interino de sustitución ante el cese por cobertura normal de su plaza (la reincorporación del empleado sustituido) , con atención especial al caso de relación laboral de prolongada y abusiva temporalidad  , y en el caso de que correspondiera indemnización  y si correspondía indemnización si no debería ser de 12 días por año  en vez de la de 20 días por año  deducida por el tribunal inferior de la sentencia previa europea del mismo caso.


En efecto, recordemos que se trataba del mismo caso de la empleada del  Ministerio de Defensa que ya pasó por por el Tribunal de Justicia Europeo en otra cuestión prejudicial al TJUE, de número de asunto
C-596/14 , aquella vez de la instancia, inferior  al Tribunal Supremo, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, cuestión cuya sentencia fue una de las
3 famosas sentencias del Tribunal europeo de Septiembre de 2016 y por la que el Tribunal Superior de Justicia le concedió a la demandante una indemnización de 20 días por año trabajado por su cese como sustituta por cobertura de su puesto ante la vuelta del propietario fijo.  El Ministerio  de Defensa recurrió y el recurso  llegó a la Sala Social de un Tribunal Supremo que acabó planteando una serie de cuestiones que como, señalaba el profesor Eduardo Rojo,  parecían con el objetivo de  "obtener una resolución judicial que dé una respuesta distinta a la anterior sobre el mismo caso" , en concreto, una rectificación "a la baja " para el empleado  como se temía desde aquellas  declaraciones del presidente del Tribunal europeo  tras su cita con el Gobierno español -por otra parte muy interesado en que no haya que abonar indemnizaciones ante los miles de ceses previstos por las OPEs extraordinarias masivas- ,y como  ya se percibió -en parte- en la sentencia a principios de Junio  del mismo Tribunal de Justicia Europeo   del asunto C-677/16 Montero Mateos ante una cuestión similar pero esta vez para el  sobre el derecho al cobro de indemnizaciones a  laborales interinos de vacante si son cesados por la cobertura normal de su puesto (como una Oferta Pública de Empleo), "reculando" entonces el alto Tribunal Europeo con respecto a sus sentencias de 2016 para responder a las preguntas realizadas que NO era contraria  a la normativa europea la normativa española existente de no conceder indemnización alguna al laboral interino de vacante cesado por cobertura normal de su puesto (como una Oferta Pública de Empleo).

[Tribunal de Justicia de la UE] 'Sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto C-604/22 | IAB Europe. Subasta de datos personales con fines publicitarios: el Tribunal de Justicia aclara las normas sobre la base del Reglamento general de protección de datos'

'Cuando un usuario consulta un sitio de Internet o una aplicación que contiene un espacio publicitario, las empresas, los intermediarios y las plataformas publicitarias, que representan a miles de anunciantes, pueden pujar en tiempo real, sin ser vistos, por la obtención de ese espacio publicitario con el fin de mostrar en él publicidad adaptada al perfil del usuario (Real Time Bidding).


Sin embargo, antes de mostrar esa publicidad dirigida, debe obtenerse el consentimiento de dicho usuario para la recogida y el tratamiento de sus datos personales (relativos, en particular, a la localización del usuario, su edad, su historial de búsquedas y sus compras recientes) con fines como, entre otros, la comercialización o la publicidad, o con vistas a intercambiar esos datos con determinados proveedores. El usuario también puede oponerse a ello.

jueves, 7 de marzo de 2024

[Redacción Médica] El Ministro José Luis Escrivá responde a las declaraciones de Yolanda Díaz que se remite al compromiso con la UE de reducir la temporalidad pública con los procesos de estabilización emprendidos según la ley ya aprobada al efecto, la ley 20/2021 [ El Tribunal de Justicia de la UE falló en esa sentencia que procesos selectivos con plazas ocupadas por personal en abuso de temporalidad VIOLAN la normativa UE si no tienen en consideración la situación de abuso de temporalidad de dicho personal]

Informa Redacción Médica este 06/03/2024 que el Ministro de Función Pública, José Luis Escrivá, preguntado por las declaraciones de la vicepresidenta 2ª del Gobierno, Yolanda Díaz,  tras la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 22 de febrero, e el “el debate tiene que ser de más calado", que habrá una  reforma de la Administración a futuro  como la anunciada en su reciente comparecencia en el Congreso, y , ya en concreto, en cuanto al personal temporal de larga duración existente de forma masiva, que  "se remite al compromiso" reflejado en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia ante la Comisión Europea  y en la Ley que aprobó el Gobierno anterior para cumplirlo, la Ley  20/2021, de 28 de diciembre, de reducción de la tasa de temporalidad estructural al 8 por ciento incluyendo procesos de  "estabilización de plazas" que persiguen estabilizar 300.000 trabajadores, asegurando que “llevamos 225.000 en este momento”.

IMPORTANTE [Poder Judicial] 'El Tribunal Supremo planteará cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE sobre el modo de aplicar la fijeza en el empleo público. La Sala Cuarta del Tribunal Supremo anuncia que va a iniciar los trámites para despejar algunas dudas suscitadas tras la importante sentencia del pasado 22 de febrero'

'El Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, en sesión no jurisdiccional, ha analizado el modo de aplicar la STJUE de 22 de febrero de 2024 (asuntos acumulados C-59/22, C-110/22 y C-159/22) sobre personal indefinido no fijo, a los múltiples recursos pendientes de resolución. 

Con el deseo de llevar a cabo su correcta interpretación, y ante la existencia de importantes dudas acerca de su alcance en determinados aspectos, la Sala ha acordado iniciar las actuaciones a fin de formular una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea

En especial, para resolver las dudas acerca del modo en que compatibilizar la doctrina acuñada por la citada sentencia con las normas relativas al acceso al empleo público (incluyendo a los nacionales de los Estados miembros) así como con las reglas del ordenamiento jurídico nacional que garantizan el derecho de acceso al empleo público conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad.'

[Europa Press] La vicepresidenta 2ª del Gobierno, Yolanda Díaz, celebra la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 22 de febrero y afirma que "hay que hacer la misma reforma de estabilidad" para el abuso de la temporalidad en las AAPP que para las empresas privadas

Informa Europa Press este 06/03/2024 que la vicepresidenta 2ª del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha declarado en una entrevista a RNE [ver extracto del momento en Twitter] que "celebra" la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 22 de febrero sobre el abuso de la temporalidad en las administraciones públicas españolas , afirmando que tras esta sentencia que "la misma reforma que hemos hecho de la estabilidad en la empresa privada, hay que hacerla en el trabajo público".

[Ministerio de Transformación Digital y Función Pública] 'Plan de actuaciones para el despliegue de espacios de datos '

'El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública publica el ‘Plan de actuaciones para el despliegue de espacios de datos’, documento que configura el marco de desarrollo de la Economía del Dato en España. A través del impulso de los espacios de datos ––instrumentos para aprovechar el valor latente en los datos a través de la creación de conexiones entre fuentes heterogéneas, y su capitalización en base a algoritmos e IA–– se persigue articular su despliegue en sectores económicos y ámbitos de actividad diversos, con un enfoque pragmático y alineado con la estrategia definida en la Agenda España Digital.

Recordatorio. El Proyecto de Ley de medidas urgentes por el Plan de recuperación en función pública y otras materias, derivado del RDL 6/2023, recibe enmiendas parciales esta semana: una oportunidad para introducir medidas de cumplimiento de la normativa y sentencias europeas en materia de abuso de temporalidad en empleados públicos

 [Recordatorio de entrada publicada el 04/03/2024 El  Gobierno del Estado aprobó el 19/12/2023 el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el "que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo", de cuya publicación el 20/12/2023 nos hicimos eco en otra entrada en cuanto a sus medidas sobre Función Pública, que, finalmente afectaban exclusivamente a la Administración General del Estado:  las convocatorias de sus procesos selectivos deberán ser en el mismo año que aprobación de OPE y tendrán dos años máximo de duración; será obligatoria una evaluación del desempeño de los empleados públicos de la AGE, ...

[CSIF nacional] 'La administración rompe la tendencia global en la creación de empleo y destruye 71.000 puestos de trabajo. La Sanidad prescinde de 19.000 empleos en enero y febrero pese a la incidencia del invierno: CSIF exige negociar un plan de empleo a varios años para garantizar la viabilidad de las administraciones'' ["CSIF está preocupado por la situación de la temporalidad , teniendo en cuenta además la sentencia del TJUE, "procesos de estabilización en marcha " que "deben estar concluidos a 31/12/2024 para dar cumplimiento a los requerimientos de la UE]

'Las administraciones públicas han destruido 71.183 puestos de trabajo en un año (un 5,86 por ciento menos respecto a febrero de 2023), rompiendo la tendencia general de creación de empleo en la mayoría de los sectores, según datos de la Seguridad Social conocidos hoy.

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado, advierte de que este sector encabeza de lejos la pérdida de puestos de trabajo en España, junto al agrario y del empleo del hogar. 

[Heraldo de Aragón] Resuelto el problema de la red informática en los hospitale, quedando problemas en centros de salud

Informa el Heraldo de Aragón este 06/03/2024 que ayer por la tarde el Gobierno de Aragón seguía trabajando este miércoles para solucionar el fallo masivo de su red informática desde la tarde del  lunes, asegurando que por la mañana del miércoles ya se había resuelto en los hospitales, quedando algunos problemas en centros de salud.

miércoles, 6 de marzo de 2024

[UGT Servicios Públicos nacional] Convocada reunión de la Comisión de Seguimiento de la Estabilización por el Ministerio de Función Pública este 06/03/2024: datos de establización en AAPP y sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 "en referencia al personal indefinido no fijo de las AAPP"

 'El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, ha convocado reunión de la Comisión de Seguimiento de la Estabilización para el próximo  miércoles 6 de marzo a las 13:00 horas.


Entre los asuntos a tratar en la reunión se encuentra, tanto los datos de  estabilización en las Administraciones y Empresas Públicas, como la última sentencia emitida por el TJUE en referencia al personal indefinido no fijo de las
Administraciones Públicas.'

 

INFORSALUD 2024. XXVII Congreso nacional de Informática de la Salud, de la SEIS, del 12 al 14 de Marzo en Madrid. Programa . Ponentes de la C. de Madrid

Del 12 al 14 de Marzo tendrá lugar en el Hotel NH Eurobuilding de Madrid el XXVII Congreso nacional de Informática de la Salud o INFORSALUD 2024 organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS] con el lema "La cooperación clave para el éxito de la transformación digital del SNS".

Ya está disponible  el programa  que contará con:

[Coordinadora Madrileña de EE.PP. en Fraude de Ley] Concentración el jueves 14 de marzo a las 18:00 h "Europa lo tiene claro. Fijeza Ya!"

'La Coordinadora Madrileña convoca CONCENTRACIÓN ANTE EL MINISTERIO DE JUSTICIA, el JUEVES 14 DE MARZO A LAS 18:00 H.*

C/ San Bernardo, 45  MADRID

¡SI LLEVAS MÁS DE TRES AÑOS, ESTÁS EN ABUSO DE TEMPORALIDAD!

Si hay ORGANIZACIONES (ya sea de la Comunidad de Madrid o de otra CCAA) que quieran dar su apoyo, por favor rellenad el formulario:

Recordatorio. [22/02/2024] El Tribunal de Justicia de la UE, en su sentencia de este 22/02/2024 a asuntos acumulados Consejería de Presidencia C.M./UNED/AMAS, reafirma la figura del indefinido no fijo como un temporal que mantenido durante años sufre nuevo abuso de temporalidad , tumba tanto la figura del indefinido no fijo para abuso de temporalidad del laboral público como que , en general, puedan valer como sanción indemnizaciones al cese ni procesos de consolidación abiertos [como es la ley 20/2021]. Si el tribunal remitente entiende que se puede hacer la interpretación de que es constitucional, la solución para el laboral público en abuso es la fijeza. Posible futuro cambio jurisprudencial de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo y posible exigencia de la Comisión Europea de más cambios legislativos con medidas completamentarias a la ley 20/2021

 [Recordatorio de entrada publicada el 22/02/2024] Este mismo jueves 22/02/204 a las 09:30, como  estaba previsto ha tenido lugar la lectura y publicación de la importante sentencia del del Tribunal de Justicia de la UE  de los asuntos acumulados C-59/22, C-110/22, C-159/22 o asuntos "Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid/UNED/AMAS de la Comunidad de Madrid" , todos por cuestiones prejudiciales de la sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. En concreto, se trata de los asuntos:


Recordemos que en los dos primeros asuntos, ambos sobre personal laboral ya declarado previamente como indefinido no fijo, esta sección de la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid  cuestionaba en general la actual doctrina de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de conceder nada más que esa figura de indefinido no fijo al laboral empleado público como sanción al abuso de temporalidad y , preguntaba al Tribunal Europeo, refiriéndose en concreto ya a estos casos de personal ya indefinido no fijo:_
  •  si esa figura  del "indefinido no fijo" [INF] es un "contrato de duración determinada" de los de la cláusula 5ª en la Directiva 1999/70/CE [es decir, temporal], y si, en ese caso, no debería considerarse abuso de temporalidad según dicha cláusula 5ª de la Directiva permanecer a su vez  tiempo bajo esa figura de indefinido no fijo sin que se cumpliera con la obligación de cobertura inmediata del puesto con el proceso selectivo y cuál debería ser la consecuencia de este abuso, si en especial valdrían como sanción, considerando el tribunal remitente que no,:
    • la indemnización al cese de sólo 20 días por año trabajado con tope de 12 meses que ya tiene concedido al indefinido no fijo 
    • el ŕegimen de "responsabilidades" difuso e inconcreto establecido especialmente desde el Real Decreto-Ley 14/21  vigente cuando se emitieron los dos primeros Autos de los dos primeros asuntos, y que fue incorporado tal cual en la posterior nueva Ley 20/2021
    • los procesos selectivos denominados "de estabilización" pero que son de libre concurrencia y convencionales, por tanto de futuro incierto para la persona en abuso que puede acabar perdiendo el empleo, con oposición en general, tanto los derivados de las leyes estatales de 2017 y 2018 como los derivados del Real Decreto-Ley 14/2021 -los vigentes  cuando se emitieron los dos primeros Autos de los dos primeros asuntos-, estos últimos , los procesos derivados del RDL 14/2021, ya admeás  con una compensación de 20 días por año con tope 12 mensualidades en el caso de perder el empleo por dicho proceso selectivo,

  •  si se considera que no hay medidas válidas de sanción, es decir "en caso de considerar que no existen medidas suficientemente disuasorias en la legislación española", si la consecuencia deabuso de temporalidad en  un empleado público laboral indefinido no fijo mantenido años debe ser , en lugar del simple mantenimiento como indefinido no fijo hasta que la administración proceda con el proceso selectivo para la cobertura de su puesto o la amoritzación, pues "el reconocimiento  del trabajador como fijo plenamente, sin matizaciones", e  incluso aunque se esté interpretando por el Supremo  que el principio de igualdad en el acceso de la Constitución Española impide esa fijeza, preguntando entonces además, si dado que para esta Sala remitente no hay problema constitucional en dicha fijeza por abuso para los empleados públicos laborales, no sería válida esa "interpretación conforme" del derecho español al europeo que permite considerar que en estos casos de empleados laborales en abuso no se viola la Constitución con la conversión en fijo (siempre como única medida de sanción ya posible a falta de otras medidas de sanción contempladas en la ley , como sería el caso de cuando se pusieron las demandas si el tribunal no admite como válidas ni la permanencia en indefinidoo no fijo, ni su indemnización de 20 días al cese ni dichos procesos selectivos abiertos)

En el tercer asunto , el asunto AMAS, ya sobre una laboral temporal de contrato de interinidad prolongado en el tiempo, se realizan prácticamente las mismas cuestiones- ,  pero para el caso de un empleado público laboral que todavía no es indefinido no fijo y salvo las primeras preguntas de si ese tipo de contrato es temporal y si permanecer enese tipo de contrato es un abuso de temporalidad, cuestiones ya contestadas explícitamente de forma afirmativa para ese tipo de temporal en la sentencia previa del Tribunal Europeo del asunto IMIDRA y reconocidas por la propia doctrina de la Sala de lo Social en su reacción en Pleno de junio de 2021 a la sentencia IMIDRA.